Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR. |
Sin perjuicio del fiel, oportuno y estricto cumplimiento de las obligaciones que las bases impongan al proveedor adjudicado, este responderá directa y exclusivamente por todos los deterioros, defectos, daños y pérdidas que pudieran ocasionarse o sufrieren por cualquier causa hasta la fecha de su recepción, sin que esto signifique pagar monto alguno por parte del Municipio a favor del proveedor o de cualquier otro que haya participado de este hecho.
Finalmente, el proveedor responderá por todos los daños y perjuicios que se causaren a terceros, durante o con motivo de la entrega, sea que provengan de un error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus dependientes.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Si con posterioridad a la apertura de las ofertas, durante la evaluación, la Comisión de
Evaluación detectare errores u omisiones formales, éstos podrán ser salvados previa
solicitud de la comisión señalada, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios
u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de
los demás competidores, esto es, en tanto no afecten los principios de estricta sujeción
a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud será informada al resto de
los oferentes a través del Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la
Administración, señalándose además el plazo fatal de dos (2) días hábiles para la
UNIDAD DE ADQUISICIONES
MUNICIPALIDAD DE QUILLOTA
corrección de estas omisiones, contado precisamente desde el requerimiento
informado por el sistema.
La Municipalidad sólo permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que
los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad
al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables
entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Lo
anterior, se entiende sin perjuicio de las consecuencias que tendrá en el resultado final
de la evaluación la falta de oportuno cumplimiento de los requisitos formales, conforme
con los criterios de evaluación contenidos en el punto 13.3 de las presentes bases.
La Comisión de Evaluación rechazará aquellas ofertas que no cumplan con los
requisitos y condiciones establecidos en las presentes bases de la licitación, y no se
podrán corregir errores aritméticos que presenten las ofertas.
Son cuestiones de fondo, que no pueden ser saneadas:
a) La ausencia o ilegibilidad de documentos legales del proponente en formato digital
o de los documentos técnicos y económicos de la oferta.
b) La ausencia (formato digital) de documentación que acredite el Representante
Legal.
c) La ausencia del documento que acredite la Unión Temporal de Proveedores, si
correspondiere.
d) La no entrega o presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta, su plazo y
monto equívocos o erróneos.
e) La Identificación del Oferente, la Declaración Jurada y la Oferta, sin firma del
representante legal.
El análisis de las ofertas presentadas, se realizará en conformidad con metodología
establecida en el punto 13.3, en base a los antecedentes efectivamente entregados
por cada proponente a través del portal de ChileCompra en Módulos Anexos
Administrativos, Técnicos y Económicos de manera tal que la Comisión pueda ponderar
los aspectos y objetivos principales de la materia de la Adquisición.
Toda información que se demuestre falsa, alterada o maliciosamente incompleta y que
altere el principio de igualdad de los proponentes será estimada fraudulenta, siendo
causal de eliminación del oferente de la etapa de evaluación y adjudicación de la
propuesta.
De dicha evaluación emanará un Informe de Evaluación en el cual se consignarán las
razones técnicas, económicas y jurídicas de la ponderación obtenida por cada una de
las ofertas presentadas. Cabe señalar que la aplicación de la metodología establecida
dará como resultado final en orden descendente de una propuesta de adjudicación,
sugiriendo la Comisión al Sr. Alcalde adjudicar la licitación a favor del proponente que
haya obtenido el mayor puntaje.
En todo caso y según corresponda la Municipalidad de Quillota, se reserva el derecho
de efectuar un nuevo proceso de licitación.
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