Se podrá solicitar a los oferentes que salven errores (información extraída desde el portal www.mercadopublico.cl fuere ilegible y/o incomprensible o ininteligible) u omisiones formales de la oferta Administrativa, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información (Art. 40 del Decreto N° 250 - Reglamento Ley 19.886).
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes de los documentos administrativos solicitados en las letras A), B) y C), siempre que dichos documentos se hayan obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas en el portal, para lo cual se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, para responder lo solicitado, a partir del requerimiento por parte de esta unidad licitante. En caso que el Documento de Garantía de Seriedad de la Oferta adoleciera de algún error de forma, la comisión evaluadora podrá otorgar el mismo plazo para subsanarlo. La municipalidad NO considerará las respuestas o antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo y/o enviadas por otro medio que no sea el Portal Mercado Público.
Lo anterior, se someterá a evaluación, según lo señalado en Cumplimiento de requisitos formales de presentación, del Punto 11.- EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN de las presentes Bases.