Licitación ID: 2494-86-LE24
ADQUISICIÓN PREFABRICADOS ADMINISTRACIÓN DIRECTA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 13
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Azulejos o baldosas de hormigón 1 Unidad
Cod: 30131703
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN PREFABRICADOS ADMINISTRACIÓN DIRECTA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Ilustre Municipalidad de Coyhaique, a través de la Secretaría Comunal de Planificación, llama a licitación pública para la adquisición denominada: “ADQUISICIÓN PREFABRICADOS PARA PROYECTOS DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA”, a objeto de seleccionar al proveedor que, de acuerdo a las presentes bases de licitación, deberá entregar prefabricados por línea.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION
R.U.T.:
69.240.300-2
Dirección:
FRANCISCO BILBAO N° 357
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-12-2024 17:30:00
Fecha de Publicación: 05-12-2024 16:50:26
Fecha inicio de preguntas: 05-12-2024 17:15:00
Fecha final de preguntas: 06-12-2024 17:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-12-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-12-2024 18:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-12-2024 18:00:00
Fecha de Adjudicación: 31-01-2025 14:56:40
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO ADMI 1
2.- FORMULARIO ADMI 2
3.- FORMULARIO ADMI 3
4.- FORMULARIO ADMI 4
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO TEC 1
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO ECO - 1
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES El Oferente cumple con todos los requisitos formales de presentación de los antecedentes solicitados, sin observaciones, errores u omisiones. 10%
2 CALIDAD TECNICA Los productos ofertados cumplen con todos los requisitos indicados en el numeral 3. REQUISITOS GENERALES, de las bases técnicas. 25%
3 OFERTA ECONOMICA Pde Oi=(( Oe ) * 100 ) * 0,50 Oi 50%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR El oferente no posee incumplimientos o sanciones contractuales mediante actos administrativos por parte de los organismos compradores y presenta formulario F-30 certificado de antecedentes laborales y previsionales sin multas. 15%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: gobierno regional
Monto Total Estimado: 18222689
Justificación del monto estimado La adquisición, será financiada mediante recursos transferidos por parte del Gobierno Regional de Aysén a la Ilustre Municipalidad de Coyhaique. Para todos los efectos, los referidos convenios, sus modificaciones y los respectivos actos administrativos a
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GRICELDA RAMIREZ
e-mail de responsable de pago: GRICELDARAMIREZ@COYHAIQUE.CL
Nombre de responsable de contrato: ALLAINN SAAVEDRA
e-mail de responsable de contrato: ALLAINSAAVEDRA@COYHAIQUE.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-67-2675128-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si vencido el plazo señalado en párrafo primero del numeral anterior, sin que el proponente adjudicado hubiese aceptado la orden de compra emitida por causales imputables a éste, la Municipalidad podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de adjudicación, y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta entregada por el oferente, si la hubiere. A continuación, la Municipalidad deberá determinar si adjudica a la siguiente oferta mejor evaluada, declara desierta la licitación o bien, efectúa un nuevo llamado a licitación. En el evento en que la Municipalidad decidiera readjudicar al oferente que hubiera ocupado el segundo lugar en la evaluación o con los que hubiesen ocupado el tercer o siguientes lugares si el anterior se desistiera, la oferta debe haber obtenido una ponderación superior al 50% del puntaje de evaluación, así como también deberá inscribirse en el registro electrónico www.chileProveedores.cl en el evento en que no lo esté, todo dentro del plazo de 10 diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución de readjudicación. Si el readjudicatario fuese una persona jurídica, dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior deberá acreditar: a La vigencia de la persona jurídica por medio de copia del certificado de vigencia emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o por las autoridades que correspondan de data no superior a tres 3 meses contados hacia atrás desde la fecha en que deba suscribirse el contrato . b La vigencia de los poderes del representante legal a través de copia del certificado de vigencia emitido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces o por las autoridades que correspondan, de una data no superior a tres 3 meses contados hacia atrás desde la fecha en que deba suscribirse el contrato.
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, se considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de Oferta EconómicA, y luego, en el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem CALIDAD TÉCNICA.

En el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación de los criterios ya señalados, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR, y luego, en el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem cumplimiento requisitos formales.

En caso de que aplicados todos los criterios antes mencionados se mantuviera el empate en la puntuación obtenido por los Proveedores, se revisará la primera oferta que haya sido ingresada en el sistema de información conforme a certificado emitido por la Dirección de Compras Públicas considerándose como la mejor oferta presentada.


REVOCACIÓN DEL LLAMADO EN EL SISTEMA PÚBLICO
La Municipalidad se reserva el derecho de revocar en cualquier momento, hasta antes de la adjudicación de la propuesta, el presente llamado a licitación, por razones de interés de la Municipalidad o de disponibilidad presupuestaria, mediante la publicación del decreto alcaldicio correspondiente en el portal www.mercadopublico.cl. Si el llamado fuere revocado, los proponentes no tendrán derecho a reclamo ni indemnización alguna.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Efectuada la evaluación de las ofertas, se emitirá un Acta o Informe Final, el que deberá contener un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que haya obtenido el o los respectivos proponentes. Esta acta será firmada por los integrantes de la comisión de apertura y evaluación de ofertas y formará parte de los antecedentes de la propuesta, además, se deberá incluir una declaración de los integrantes de la comisión de apertura y evaluación de ofertas declararán no tener conflictos de intereses con los oferentes. Sin perjuicio de lo anterior, deberá darse cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 40 Bis del Reglamento.

La comisión de apertura y evaluación de ofertas, emitirá una proposición de adjudicación que recaerá en el oferente que, a su juicio, mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la licitación, de acuerdo a los criterios de evaluación fijados en estas bases administrativas; para ello, informará a la autoridad competente el resultado de la evaluación en un informe en el que se adjuntarán todos los antecedentes que le permitan resolver sobre la propuesta más conveniente para la Municipalidad.

En este orden, la Municipalidad se reserva el derecho de aceptar cualquier propuesta, que, aplicando los criterios de evaluación, obtenga el mejor puntaje, aunque no sea la de menor precio, o no aceptar ninguna por no corresponder a los intereses del mismo, sin que los proponentes tengan derecho a indemnización alguna por este concepto.

Con todo, sin perjuicio de lo anterior cuando ninguna de las ofertas supere el 50% del puntaje de evaluación, la Municipalidad podrá declarar desierta la licitación sin expresión de causa.

Asimismo, la Municipalidad podrá declarar desierta la totalidad de la licitación si las ofertas no se ajustaren al presupuesto disponible para este proceso de licitación, como también podrá declarar inadmisibles las ofertas en los demás casos indicados en la Ley. La decisión de la Municipalidad de declarar desierta la licitación o inadmisible la totalidad de las ofertas, se hará por decreto alcaldicio fundado que se publicará en el Portal.

Si la autoridad competente, en uso de sus facultades decide aprobar la proposición de adjudicación, se dictará el decreto alcaldicio de adjudicación respectivo, dentro del plazo establecido en el calendario de la licitación, pudiendo ampliar dicho plazo en diez (10) días hábiles, según lo establecido en el art. 41, inciso 2º del Reglamento, notificando al Adjudicatario y a los demás Oferentes vía Portal. En caso de que se requiera ampliar dicho plazo por más de lo estipulado anteriormente, se deberá dictar un decreto alcaldicio fundado y debidamente notificado que autorice dicha extensión. Este plazo incluye el sometimiento ante el Honorable Concejo Municipal de la propuesta respectiva.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.