Licitación ID: 2494-91-LP24
EQUIPAMIENTO PARA EMERGENCIAS COMUNALES
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Carpas 6 Unidad
Cod: 30221001
Medidas exteriores: 10,5 m de largo x 12 m de ancho x 6 m de alto X 1,50 m de espesor. Medidas interiores: 10,5 m de largo x 9,0 m de ancho x 4,5 m de alto. Construidas en Tela Piso Carpa de PVC, 100% impermeable, anti resquebrajamiento, anti UV y ant  

2
Unidades para contenedores 1 Unidad
Cod: 30201803
Container marítimo 40 pies o superior. Dimensiones exteriores: Largo: 12.12 Mts. o superior. Alto: 2.90 Mts. o superior. Ancho: 2.44 Mts. o superior. Total: 30m2 o superior. Capacidad de carga: Carga Bruta: 32.000Kg o superior. Carga neta: 28.569  

3
Comunicaciones bilaterales por radio 19 Unidad
Cod: 43191510
Equipo Móvil: Cant.: 8. Equipo base/móvil DEM 400 de 64 canales. Pantalla alfanumérica. Encriptación analógica. Clave de protección. 12.5 kHz, 25 kHz. Antena 5/8 de onda con resorte de 3DB de ganancia, 135-174 MHZ, montaje perforado de 3/4" nmo, 1  

4
Sodio Na 9350 kilogramo
Cod: 12141806
Idealmente Deberá ser SAL PARA DESHIELO compuesta por un porcentaje superior al 98,2% de cloruro de sodio (NaCI), y que cumpla con requisitos de la Norma ISO 9001 – 14001.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EQUIPAMIENTO PARA EMERGENCIAS COMUNALES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Ilustre Municipalidad de Coyhaique, a través de la Secretaría de Planificación Comunal, llama a licitación pública la ejecución del proyecto FRIL denominado: “ADQUISICIÓN EQUIPOS Y EQUIPAMIENTO PARA EMERGENCIAS COMUNALES COYHAIQUE, CÓDIGO BIP 40057763-0, a objeto de seleccionar al proveedor que, de acuerdo a las presentes bases de licitación, deberá entregar los equipos y equipamiento de acuerdo a lo establecido en las presentes bases y la oferta que resulte adjudicada. El presente proyecto considera la adquisición de 06 carpas inflables; 01 container; 9.350 kilos de sal para deshielo y 19 radios, para prepararse y enfrentar de la forma más apropiada las posibles situaciones de emergencia naturales que se pudiesen producir en la zona y otorgar un espacio seguro y que cumpla los mínimos estándares de habitabilidad para residentes en estado o posible situación de albergados u otros. De acuerdo a las especificaciones técnicas establecida en las bases técnicas.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECRETARIA COMUNAL DE PLANIFICACION
R.U.T.:
69.240.300-2
Dirección:
FRANCISCO BILBAO N° 357
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-01-2025 17:00:00
Fecha de Publicación: 16-12-2024 8:48:00
Fecha inicio de preguntas: 16-12-2024 16:30:00
Fecha final de preguntas: 20-12-2024 16:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 30-12-2024 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-01-2025 16:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-01-2025 16:00:00
Fecha de Adjudicación: 11-02-2025 14:43:59
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO ADMI 1
2.- FORMULARIO ADMI 2
3.- FORMULARIO ADMI 3
4.- FORMULARIO ADMI 4
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO TEC 1
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO ECO 1
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES POR LINEA Evalúa la oportunidad de la presentación de la documentación administrativa, técnica y económica. 10%
2 PLAZO DE ENTREGA POR LÍNEA El plazo de entrega ofertado tendrá un 30% de la ponderación total de la nota final, y este será el estipulado por cada oferente en el Formulario ECO-1, oferta económica. Dicho plazo será fijado en días corridos, contados desde aceptada la orden de compra emitida por parte del municipio en el portal www.mercadopublico.cl, aceptación que no puede ser superior a 48 horas desde emitida, según la siguiente tabla: 30%
3 OFERTA ECONÓMICA POR LÍNEA Pde Oi=(( Oe ) * 100 ) * 0,50 Oi Donde: Pde Oi : Ponderación obtenido por oferente. Oe : Oferta más conveniente. Oi : Oferta en evaluación. 50%
4 COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR En este ítem se analiza el comportamiento contractual anterior del oferente, para lo cual se revisará la información registrada en la ficha del proveedor disponible en el portal www.mercadopublico.cl, relativa a su comportamiento anterior con un tope de 2 años contados desde la fecha de apertura de la propuesta y las multas contenidas en el formulario F-30 certificado de antecedentes laborales y previsionales. Este criterio se ponderará de acuerdo a la siguiente tabla: 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: gobierno regional
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GRICELDA RAMIREZ
e-mail de responsable de pago: GRICELDARAMIREZ@COYHAIQUE.CL
Nombre de responsable de contrato: BORIS ROMERO
e-mail de responsable de contrato: BORISROMER@COYHAIQUE.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-67-2675128-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La presente licitación no contempla subcontratación.
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COYHAIQUE
Fecha de vencimiento: 29-04-2025
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato: “ADQUISICIÓN EQUIPOS Y EQUIPAMIENTO PARA EMERGENCIAS COMUNALES COYHAIQUE", CÓDIGO BIP 40057763-0, expresando claramente el número de la línea o líneas a la(s) adjudicada y el número de ID de la licitación. En caso de que el documento corresponda a Vale Vista, deberá señalar en su reverso la siguiente glosa: Garantía de fiel cumplimiento del contrato “ADQUISICIÓN EQUIPOS Y EQUIPAMIENTO PARA EMERGENCIAS COMUNALES COYHAIQUE", CÓDIGO BIP 40057763-0, expresando claramente el número de la línea o líneas a la(s) adjudicada y el número de ID de la licitación.
Forma y oportunidad de restitución: Para solicitar la devolución de garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, la Dirección o unidad Técnica a través del I.T.C, gestionará el Decreto Alcaldicio que autorizará la devolución una vez recepcionado conforme los equipos y equipamiento contratados, el cual debe contener Nombre y Rut del tomador, número y tipo de documento que se debe devolver, monto y finalidad de lo que se caucionó. Se deberá hacer llegar el decreto Alcaldicio que autoriza la devolución a la Dirección de Administración y finanzas, quien devolverá la Garantía al proveedor a su solicitud en la Tesorería Municipal (de lunes a viernes desde las 09:00 hrs hasta las 13:00 hrs), una vez que la sección de Tesorería informe vía correo electrónico a la Dirección que solicitó la Devolución de garantía que se encuentra disponible para ser retirada. Para el retiro de esta garantía, la Dirección que solicitó la devolución del Documento deberá informar al tomador que dicho documento será entregado al titular o representante legal, quien deberá presentar Cédula de Identidad de la persona que la retira y el R.U.T. de la persona jurídica y deberá firmar el Certificado de Devolución que acreditará la recepción conforme de la garantía. Si es un tercero quien retirase el documento, deberá presentar un Poder Simple, firmado por el titular o representante legal, adjuntando copia de la cédula de identidad tanto del titular Legal como la persona que autoriza a retirar. El poder simple debe contener claramente los datos de la persona que retirará el documento de garantía. En caso de que el tomador requiera él envió de documento de garantía por correo certificado o su depósito bancario, esta solicitud debe hacerla manifiesta el titular o representante legal a la unidad de origen del documento de garantía, indicando Dirección, Ciudad, número de contacto telefónico, correo electrónico, número y tipo de cuenta bancaria asociada al tomador de la garantía. Con toda esta información las Dirección a cargo de la devolución deberá remitir memorándum a la Unidad de Tesorería a objeto de indicar todos los antecedentes proporcionados para la realización de la devolución, bajo este formato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si vencido el plazo señalado en 12.3. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, sin que el proponente adjudicado hubiese aceptado la orden de compra emitida por causales imputables a éste, la Municipalidad podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de adjudicación, y hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta entregada por el oferente, si la hubiere. A continuación, la Municipalidad deberá determinar si adjudica a la siguiente oferta mejor evaluada en dicha línea, declarar desierta la línea o bien efectúa un nuevo llamado a licitación. En el evento en que la Municipalidad decidiera readjudicar al oferente que hubiera ocupado el segundo lugar en la evaluación o con los que hubiesen ocupado el tercer o siguientes lugares si el anterior se desistiera, éste deberá cumplir con la entrega de la garantía de fiel de contrato, la oferta debe haber obtenido una ponderación superior al 50% del puntaje de evaluación, así como también deberá inscribirse en el registro electrónico www.chileProveedores.cl en el evento en que no lo esté, todo dentro del plazo de 10 diez días hábiles contados desde la notificación de la resolución de readjudicación. Si el readjudicatario fuese una persona jurídica, dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior deberá acreditar la vigencia de la sociedad y de los poderes de su representante legal en los mismos términos señalados en el párrafo 3° del numeral 12.2 de las presentes bases
Resolución de Empates

En caso de producirse un empate entre dos o más proponentes, se considerará para dirimir tal situación, la calificación más alta obtenida en el ítem de OFERTA ECONÓMICA POR LÍNEA, y luego, en el evento de mantenerse el empate, pese a la aplicación del criterio ya señalado, se aplicará para dirimir el empate la mayor calificación del ítem PLAZO DE ENTREGA POR LÍNEA, y si aún persistiere el empate, se aplicará para dirimir la mayor calificación en el ítem COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR.

En caso de que aplicado este criterio se mantuviera el empate en la puntuación obtenido por los Proveedores, se revisará la primera oferta que haya sido ingresada en el sistema de información conforme a certificado emitido por la Dirección de Compras Públicas considerándose como la mejor oferta presentada.


Pacto de integridad

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación. El oferente se obliga expresamente a: 
1. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 


2. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. 


3. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 


4. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 


5. Tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 


6. Asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. Asimismo, manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus documentos integrantes y el contrato que de ellos se derive. 


CAUSAL ESPECIAL DE TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN
En conformidad a lo establecido en el artículo 77 número 6 del Reglamento, constituirá una causal de término anticipado de la contratación el fallecimiento del adjudicatario (persona natural) o término de giro, liquidación o disolución de la empresa en caso de persona jurídica En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación de la contratación, determinando las obligaciones que quedaren pendientes.
CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN POR INCUMPLIMIENTO GRAVE.
Para todos los efectos legales, se considerará que las siguientes causales son de incumplimiento grave de las obligaciones del Adjudicatario y facultan a la Municipalidad mediante decreto alcaldicio fundada, a poner término anticipado a la contratación o el contrato, sin perjuicio de las demás acciones que eventualmente pudieran ejercerse. En caso de que la Municipalidad detecte cualquiera de las causales de incumplimiento grave, esto será notificado por escrito al Adjudicatario mencionando la causal de incumplimiento, a fin de que éste, dentro del plazo que se le fije, solucione o remedie la causal de incumplimiento alegada. Si transcurrido el plazo fijado, el Adjudicatario no hubiere solucionado o remediado la causal de incumplimiento alegada, a plena satisfacción de la Municipalidad, se procederá a poner término anticipado al contrato. Se entenderá por "incumplimiento grave", lo siguiente: a) Si el Adjudicatario rechaza la Orden Compra emitida. b) Si en el curso de la vigencia del contrato, el proveedor fuera sancionado con multas que alcanzaren lo indicado en el numeral 21.4. c) Si el Adjudicatario demostrara incapacidad técnica para ejecutar el cumplimiento del contrato, previo informe técnico de la Unidad Técnica d) Cuando el proponente fuese condenado por algún delito que merezca pena aflictiva; tratándose de sociedades anónimas, cuando lo fuere alguno de los miembros del directorio, titulares o no. e) Por quiebra, sujeción a algún procedimiento concursal de la ley N° 20.720 de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas y Perfecciona el Rol de la Superintendencia del Ramo, cesión de bienes o notoria insolvencia del proponente, a menos que se mejoren las garantías entregadas a satisfacción de la Municipalidad o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. f) Por cesión o traspaso, a cualquier título, del contrato. g) Por acreditarse, respecto del Adjudicatario que constituyere una Unión Temporal de Proveedores, alguna de las siguientes causales: a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta y dicho integrante reuniese uno o más características esenciales objeto de la evaluación de la oferta. c. Si se ocultare información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. d. Si se presentare inhabilidad sobreviviente en alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. e. Si se disolviere la Unión Temporal de Proveedores. Sin perjuicio de lo anterior, si una UTP constituida por 3 o más integrante, uno de ellos se retira, aquella podría continuar ejecutando el contrato con los restantes integrantes, siempre que ellos se verifiquen en los mismos términos comprometidos en la oferta. La UTP deberá informar de inmediato al mandante cualquier modificación que esta tenga, especialmente respecto del retiro de algún integrante, en un plazo de 10 días hábiles. Todos los gastos administrativos que hubiere que efectuar con motivo del término anticipado del contrato serán de cargo del proveedor. Las causales de término anticipado serán calificadas por la Unidad Técnica y se notificarán al proveedor en forma escrita, quien tendrá un plazo de 48 horas, contados desde la notificación, para realizar sus descargos, si los tuviere. La resolución del contrato se perfeccionará mediante Decreto Alcaldicio fundado debidamente notificado del proveedor, el cual contendrá la orden de liquidar el contrato. Dicho decreto, se pronunciará de los descargos, si los hubiere. El Acto Administrativo que decrete la resolución del contrato, será impugnable por vía de Recurso de Reposición en conformidad al art. 59 de la Ley 19.880 de bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
TÉRMINO ANTICIPADO POR INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO/ORDEN DE COMPRA.
La contratación o el contrato podrán terminarse anticipadamente por la ocurrencia de cualquiera de las siguientes causales: a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Los hechos que tipifican este tipo de incumplimiento se especifican en el numeral siguiente. c) Estado de notoria insolvencia del adjudicatario, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Caso fortuito o fuerza mayor. f) Las demás que se establezcan en los presentes términos de referencia.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.