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Resolución de Empates |
Frente a la eventualidad de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje en
la Pauta de Evaluación, se establecen los siguientes criterios de desempate
para adjudicar, los que serán aplicados en el siguiente orden de prelación hasta
obtener un desempate y que sólo un oferente se adjudique la licitación:
1. Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más
oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya
obtenido el mayor puntaje en el criterio “PRECIO POR KILOGRAMO DE
CARGA”.
2. En caso de que se mantenga la situación de empate, se establece como
segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya
obtenido el mayor puntaje en el criterio “REQUISITOS TÉCNICOS”.
3. Si aun así se mantiene dicho empate, se establece como tercer mecanismo
de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor
puntaje en el criterio “EVALUACIÓN CUMPLIMIENTO REQUISITOS
FORMALES”.
4. Si la situación de empate se sigue presentando, se establece como cuarto
mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya presentado
primero la oferta en www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes dispondrán de cuarenta y ocho (48) horas para efectuar
consultas respecto de la Adjudicación, las que deberán ser formalizadas a
través del mecanismo habilitado en la Plataforma de Licitación de la Dirección
ChileCompra (www.mercadopublico.cl), o directamente al correo electrónico
adjudicacion@dgac.gob.cl y serán contestadas por la DGAC a través de ese
mismo medio, dentro de un plazo de cuatro (4) días hábiles administrativos.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Será obligación del prestador dar cumplimiento a todas las disposiciones laborales y
sociales vigentes, especialmente aquellas establecidas en el Código del Trabajo, Ley
sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales aplicables a los
contratos de trabajo de su personal y en especial, deberá velar por la observancia
que deben dar sus trabajadores a las disposiciones de seguridad e higiene en el
trabajo que sean aplicables en la DGAC cuando ingresen o permanezcan por motivos
de trabajo en dependencias institucionales.
Para efectos de resguardar el cumplimiento de dichas obligaciones, la DGAC estará
facultada para exigir al contratista, en cualquier oportunidad y a lo menos a la mitad
del periodo de ejecución del contrato con un máximo de seis (06) meses, la exhibición
de las planillas que acrediten el pago de remuneraciones y de las cotizaciones
previsionales de sus trabajadores, sin perjuicio de solicitar la información
correspondiente a la Inspección del Trabajo.
En caso de que el prestador no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de
las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada precedentemente, la
DGAC, de conformidad con lo que dispone la Ley N° 20.123, que modificó las normas
sobre el trabajo en régimen de subcontratación del Código del Trabajo, podrá
descontar de las obligaciones que tenga en su favor el monto del que sea
responsable de pago y pagar con cargo a dicha retención a los trabajadores o
instituciones previsionales acreedoras.
De conformidad con lo que disponen los artículos 11 de la Ley N° 19.886 y 68, 72 y
77 número 5 de su Reglamento y la Ley N° 20.123, la DGAC podrá hacer efectiva la
Garantía de fiel cumplimiento del Contrato en caso de que el prestador mantenga el incumplimiento de sus obligaciones laborales o sociales con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los dos (02) últimos años y pagar con
cargo a ella a los trabajadores o instituciones previsionales acreedoras. En este caso,
el prestador deberá presentar, dentro del plazo de quince (15) días corridos, una
nueva garantía de fiel cumplimiento del contrato, por el mismo período de vigencia y
monto requerido originalmente, a fin de reemplazar la caución destinada a cubrir el ncumplimiento de sus obligaciones laborales. Si transcurrido el plazo antes
mencionado sin que el contratista hubiere hecho entrega de la caución, la DGAC
podrá poner Término Anticipado al contrato por constituir una causal de
incumplimiento grave del mismo, conforme al punto XI.2.1, literal e) de las presentes
Bases Administrativas, sin perjuicio de las acciones legales que correspondan.
Asimismo, el incumplimiento por parte del contratista a cualquiera de las obligaciones
señaladas anteriormente será considerado por la DGAC como causal grave de
incumplimiento del contrato y le facultará para poner término anticipado al contrato,
con la correspondiente indemnización de perjuicios.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el periodo de evaluación, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los
oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no le confieran a esos oferentes
una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en
tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad
de los oferentes a través del Sistema de Información de la Plataforma de
Licitaciones de la Dirección ChileCompra (www.mercadopublico.cl). El o los
oferentes afectados tendrán un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas, contado desde la solicitud de la entidad licitante, para salvar tales errores u
omisiones.
Asimismo, la entidad licitante podrá permitir la presentación de
certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar
al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento
del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre
el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Los
oferentes afectados tendrán un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, contado
desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del
Sistema para presentar los antecedentes omitidos.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con
todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que
sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación,
asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer
ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos,
cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma
de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.- b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones,
actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos
acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de
sus tipos o formas.- c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando
todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.- d) El oferente se obliga a ajustar su actuar
y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia
en el presente proceso licitatorio.- e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce
y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos
integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.- f) El oferente se obliga y acepta
asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en
la legislación y normativa que sean aplicables a la misma, sin perjuicio del derecho de
impugnación que le asiste.- g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en
el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con
la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.- h) El oferente se obliga a tomar todas
las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean
asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o
agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus
subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su
infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o
fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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