ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
Las presentes especificaciones técnicas, están destinadas a complementar las Bases Administrativas Especiales e indicar normas y características del servicio, que la Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte desea adquirir, y que deben cumplir a cabalidad los oferentes.
Se requiere:
ITEM PRODUCTO
1 PETROLEO DIESEL
2 GASOLINA 95 OCTANOS
Términos de referencia:
- El carguío de combustible se realizará en lugares que disponga el proveedor para su suministro establecidos a lo largo de todo el territorio Nacional, el proveedor deberá identificar la cantidad de estaciones de servicio por región y la cobertura comunal en la región.
- El carguío de combustible se realizará mediante tarjetas flota individualizadas por la patente del vehículo y/o maquinaria u equipo municipal y a nombre de la municipalidad, estas tarjetas serán a cargo del proveedor, las cuales deberán contar con chip. Dichas tarjetas deberán ser entregadas por el proveedor en un plazo no mayor a 10 días corridos desde la emisión de la orden de compra y el envío de planilla de datos de flota vehicular y maquinaria municipal y/o documentos necesarios, la cual será enviada vía correo electrónico institucional por la unidad requirente a más tardar el segundo día hábil posterior a la emisión de la orden de compra.
- El combustible diésel no podrá contener una concentración de agua y sedimento mayor a 0,05 %v/v.
La combustible gasolina no podrá contener una concentración de azufre mayor a 15 ppm.
Dichos parámetros se acreditarán mediante certificado emitido por el proveedor.
- El adjudicatario deberá disponer una plataforma digital web donde se puedan visualizar de manera diario, semanal y mensual del Servicio las transacciones realizadas, la cual será entregada por el proveedor al primer día hábil posterior a la emisión de la orden de compra. La Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte tendrá la administración y manejo de la plataforma digital web y en la cual se podrán realizar las restricciones y autorizaciones de carguío que la entidad licitante encontrase recomendable. En dicha plataforma se deberán describir hechos relevantes ocurridos durante la prestación de los servicios, junto con recomendaciones asociadas, correspondientes al mes finalizado.
El proveedor deberá entregar informe (puede ser electrónico) a la entidad licitante a más tardar el quinto día hábil de cada mes, debiendo contener la información del mes inmediatamente anterior.
Dichos informes deberán contener, a lo menos lo siguiente, según el servicio contratado:
- Incidentes
- Ubicación Estanque origen (dirección y coordenadas)
- Tipo de combustible (diferenciado por combustible Diesel y gasolina)
- Cantidad de litros de combustible consumidos (diferenciado por tipo de combustible)
- Montos comprados y descuentos aplicados por tipo de combustible
- Organismo comprador (Nombre, RUT y centro de costo cuando posea más de uno creado en sistema)
- Patente del vehículo que despacha el granel
- Registro de cada movimiento
- Informe consolidado
- Recomendaciones para la ejecución del Contrato.
- La entidad licitante será la titular de todos los datos de transacciones, bitácoras (logs), parámetros, documentos electrónicos y archivos adjuntos y, en general, de las bases de datos y de toda información contenida en la infraestructura física y tecnológica que le suministre el proveedor contratado y que se genere en virtud de la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
- Todos los reportes e informes mensuales, así como los estados de pago asociados deberán estar disponibles en forma permanente para la entidad licitante.
- El proveedor no podrá utilizar la información indicada en el párrafo anterior, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos
- El proveedor deberá incluir en su oferta el descuento ponderado sobre precio de pizarra para cada punto de despacho, el cual no puede ser inferior a $30 pesos para el diésel y $35 pesos para la gasolina. Es necesario indicar que el precio del combustible corresponderá al establecido al momento del carguío el cual se refleja en las guías de despacho para el día indicado en las mismas, y no constituye el precio del combustible al momento de la facturación
- El monto solicitado del combustible se indicará en Orden de compra emitida por la Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte y se consumirá en el año 2024.
- El proveedor contratado deberá acompañar a la factura respectiva la descripción de cada transacción realizada referenciado por el número de guía al momento del carguío, la cual se entregará a los funcionarios municipales.
- El pago se realizará de forma mensual el cual se irá rebajando de la orden de compra.
- El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
-
Horario del servicio: carguío de combustible disponible las 24 horas en todo el país y el que disponga el mandante en fiel cumplimiento de sus funciones.
|
|
|