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Resolución de Empates |
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Si al completarse la evaluación, dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente la mayor cantidad de acreditaciones en el criterio “Experiencia”. De mantenerse aún la igualdad, se resolverá en favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Plazo total de fabricación, provisión e instalación del mobiliario”. Si aun así se mantiene la igualdad, se resolverá a favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”. Por último, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Políticas de integridad”. Finalmente, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los Oferentes podrán realizar Consultas a la Municipalidad de Vitacura respecto de la Adjudicación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información de Mercado Público, bajo el siguiente enlace:
https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/reclamoaOOPP/.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (FORMULARIO F30) vigente a la fecha de apertura de la licitación, y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, (F30-1 a partir del segundo mes del Contrato si el plazo ofertado supera los 30 días), ambos emitidos por la Dirección del Trabajo, según lo requerido en los numerales 10.2, 12.1 letra a) y b) de las BAE de la presente Licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley de Compras.
Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 56° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886.
De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.
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Pacto de integridad |
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar su oferta, se obligan a no tomar ventaja indebida de cualquier posible deficiencia en el respectivo proceso licitatorio y a colaborar con el municipio, a fin de que la adjudicación de la propuesta se efectúe con la mayor transparencia y equidad posible. El participante declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el proveedor adjudicado acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
v. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el proceso licitatorio y en la ejecución contractual.
vi. El proveedor adjudicado manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las respectivas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
viii. El proveedor adjudicado reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
ix. El proveedor adjudicado se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso que la Municipalidad compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al respectivo contrato, según corresponda.
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Modificación N°1 |
Reemplácese el numeral 12. “FORMA DE PAGO” de las Bases Administrativas Especiales, en los términos que se indican:
La forma de pago para el presente contrato será en pesos chilenos con impuestos incluidos, pagándose el precio convenido mediante 2 estados de pago:
- 1° estado de pago por el 80% del monto total contratado, impuesto incluido, contra entrega conforme, del mobiliario, sin observaciones, a la Inspección Técnica de Obra (ITO) o Inspección Técnica del Servicio (ITS).
- 2° estado de pago por el 20% restante del monto total contratado, impuesto incluido, el cual se pagará una vez instalado todo el mobiliario, emitida el Acta de Recepción Provisoria conforme, sin observaciones y otorgado el Decreto Alcaldicio que aprueba dicha acta y ordena pagar el último estado de pago.
Los eventuales aumentos de obras aprobados serán pagados en estados de pagos adicionales, conforme al porcentaje indicado en el párrafo primero del presente numeral.
La Municipalidad pagará la factura o documento de cobro, dentro de los 30 días corridos siguientes a su recepción conforme por parte de la ITO/ITS y Director/a de la Unidad Técnica responsable del contrato. Se deberá adjuntar, además, toda la documentación solicitada para el pago que más adelante se indica.
El documento de cobro deberá ser enviado en formato XML a la casilla recepciondte-69255600-3@municipios.moit.cl, donde su descarga y visualización será mediante la plataforma web https://vitacura-dte.moit.cl/. Si no se cuenta con la debida recepción del archivo XML, el documento de cobro será rechazado de forma automática al octavo día de haberlo recibido en la plataforma antes mencionada, quedando invalidada para todo efecto tributario y legal, debiendo el proveedor realizar su correspondiente anulación y de corresponder su refacturación.
Las boletas de servicio, como, asimismo, el documento de cobro (factura) antes señalado, también, deben ser enviados al correo electrónico facturas@vitacura.cl, de la Subdirección de Finanzas de la Municipalidad, con copia al ITS del contrato o a quien éste designe, informando, además, si la factura o documento tributario de cobro será cedido y anotado en el archivo electrónico de cesión en el Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos.
Los pagos se realizarán mediante transferencia electrónica, debiendo el Contratista informar al ITS el nombre del Banco y el número de cuenta a la cual deberán realizarse las respectivas transferencias electrónicas.
Para proceder al pago correspondiente, la Unidad Técnica actuará conforme a lo previsto en el Reglamento N°23/1, de fecha 10 de abril de 2025, “Reglamento de Recepción de Facturas y/o Boletas de Servicios electrónicos de la Municipalidad de Vitacura”, y sus posteriores modificaciones, en adelante “documentos para el pago”, debiendo certificar la recepción conforme de los bienes o servicios objeto de la presente licitación, en conformidad al artículo N°133 del Reglamento de la Ley N°19.886.
La Municipalidad se reserva el derecho a retener el pago de los servicios derivados del contrato y pagar las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores asociados al servicio o pagar por subrogación dichas obligaciones, en los términos establecidos en el Código del Trabajo y el Código Civil, en su caso.
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Modificación N°2 |
Modifíquese el Numeral 4 “Cronograma de Licitación”, de las BAE, en los términos que se indican:
DEL CIERRE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS:
Donde dice:
“A las 15:00 hrs, del 12° día hábil, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación y sus correspondientes bases en el portal www.mercadopublico.cl”.
Debe decir:
“A las 15:00 hrs, del 15° día hábil, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación y sus correspondientes bases en el portal www.mercadopublico.cl”.
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Modificación N°3 |
Modifíquese el Numeral 2.4.2 “Lavadero Simple / Secador Derecha MB09”, de las BT, en los términos que se indican:
Donde dice:
“Se consulta la adquisición de lavadero simple-secador derecha calidad técnica igual o superior a Biggi, modelo L-1AES-SD, atril soldado, respaldo sanitario 6cms, con llave y desagüe, medidas 120cm x 60cm, construcción integra en acero inoxidable, cubierta estampada con secador derecho, soldada sobre atril de acero inoxidable, perfil cuadrado soldado de 30 x 30 x 1mm., 1 taza estampada de 40 x 40 x 25cm de profundidad, con llave cuello cisne y 1 desagüe, altura 86cm más respaldo mural sanitario en una pieza de 6cm, borde perimetral para evitar derrames, con patines plásticos de alta resistencia para regulación de altura.”
Debe decir:
“Se consulta la adquisición e instalación de lavadero simple-secador derecha calidad técnica igual o superior a Biggi, modelo L-1AES-SD, atril soldado, respaldo sanitario 6cms, con llave y desagüe, medidas 120cm x 60cm, construcción integra en acero inoxidable, cubierta estampada con secador derecho, soldada sobre atril de acero inoxidable, perfil cuadrado soldado de 30 x 30 x 1mm., 1 taza estampada de 40 x 40 x 25cm de profundidad, con llave cuello cisne y 1 desagüe, altura 86cm más respaldo mural sanitario en una pieza de 6cm, borde perimetral para evitar derrames, con patines plásticos de alta resistencia para regulación de altura.”
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