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Pacto de Integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485º del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
viii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
ix. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
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Resolución de Empates |
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Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se adjudicará a quien presente el mayor puntaje en el criterio “oferta económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio “plazo de entrega”. De perseverar la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. Con todo, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley de Compras.
Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 56° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886.
De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los Oferentes podrán realizar Consultas a la Municipalidad de Vitacura respecto de la Adjudicación, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles, contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información de Mercado Público, bajo el siguiente enlace:
https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/reclamoaOOPP/
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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Mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, (F30-1 a partir del segundo mes del Contrato, ambos emitidos por la Dirección del Trabajo, según lo requerido en los numerales 10.2 y 12.1 letras a) y b) de las BAE de la presente Licitación.
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MODIFICACIONES A LAS BASES |
MODIFICACIÓN N°1
Reemplácese el inciso primero, del Numeral 2., de las Bases Técnicas, “DE LOS INSUMOS”, por los siguientes:
“El adjudicatario deberá proveer los tóneres para equipos de impresión e insumos de almacenamiento de datos, originales, alternativos, equivalentes o remanufacturados, los cuales deberán contar con certificación de calidad”.
“En el caso de los productos de la línea de oferta N°1, los tóneres alternativos, equivalentes o remanufacturados, deberán contar con su respectiva garantía del fabricante o distribuidor, en caso de que la impresora falle o no reconozca el insumo instalado, y asegurar como mínimo la misma cantidad de páginas de impresión de los modelos originales, mediante algún documento que lo certifique”.
“En el caso de la línea de oferta N°2, es necesario que el proponente adjunte carta o certificado emitido por la marca de los equipos ofertados, que señale claramente que el oferente es “partner certificado”, o que se encuentra habilitado para comercializar los productos requeridos, ya sean originales o remanufacturados, los cuales deben ser verificables por parte de la Municipalidad”.
MODIFICACION N°2
Reemplácese el Numeral 3. de las Bases Técnicas, “ESPECIFICACIONES OBLIGATORIAS DE LOS TONER, CARTRIDGE E INSUMOS DE ALMACENAMIENTO DE DATOS”, por el siguiente:
“Las características que obligatoriamente deberán cumplir los tóneres, cartridge e insumos computacionales para almacenamiento de datos, requeridos para la Municipalidad, incluidas las áreas de Educación y Salud, serán, al menos, las siguientes:
Ø Los productos deben ser compatibles con los equipos de impresión de la Municipalidad.
Ø Los Tóner pueden ser originales, alternativos, equivalentes o remanufacturados. En el caso de productos alternativos o remanufacturados, deberán contar con la certificación de compatibilidad de tóner respecto a la impresora determinada para cada ítem o producto, de acuerdo a especificaciones técnicas señaladas en Anexo Nº5, mediante carta o certificado emitido por el fabricante o distribuidor.
Ø Los Tóner deben ser despachados y recepcionados con sus cajas selladas.
Ø Los Tóner deben contar con sello certificador de fabricante en el caso que corresponda.
Ø Las cajas, de tóner, deben encontrase en buen estado e íntegras para su recepción por parte de la Municipalidad de Vitacura.
Los Pendrive deben ser nuevos y despachados en forma unitaria en caja o sachet en buen estado e íntegros."
MODIFICACIÓN N°3
Incorpórese en el Numeral 5. de las Bases Administrativas Especiales (BAE), denominado “ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACION”, en el acápite “Antecedentes Técnicos”, el siguiente literal:
g) Se deberá adjuntar la siguiente certificación, dependiendo de la línea que se oferte:
- Para la línea N°1, en caso que el producto a ofertar sea equivalente o remanufacturado, el oferente deberá contar con su respectiva garantía del fabricante o distribuidor, en caso de que la impresora falle o no reconozca el insumo instalado, y asegurar como mínimo la misma cantidad de páginas de impresión de los modelos originales, mediante algún documento que lo certifique.
- Para la línea N°2, el proponente deberá adjuntar carta o certificado emitido por la marca de los equipos ofertados, que señale claramente que el oferente es “partner certificado”, o que se encuentra habilitado para comercializar los productos requeridos, ya sean originales o remanufacturados, los cuales deben ser verificables por parte de la Municipalidad”.
En el caso de productos alternativos o remanufacturados, deberán contar con la certificación de compatibilidad de tóner respecto a la impresora determinada para cada ítem o producto, de acuerdo a especificaciones técnicas señaladas en Anexo Nº5, mediante carta o certificado emitido por el fabricante o distribuidor.
Por lo anterior, el actual literal g), del acápite “Antecedentes Económicos”, pasará a ser el literal h), del Numeral 5., “Antecedentes requeridos para participar en la licitación”, de las BAE.
MODIFICACIÓN N°4
Reemplácese el Anexo N°5 “Oferta Económica” publicado en el portal www.mercadopublico.cl, por el “Nuevo Anexo N°5 “Oferta Económica”, que se encontrará disponible en los adjuntos de la Licitación ID 2667-34-LQ25.
MODIFICACION N°5
Agréguese al inciso final, del Numeral 5. de las BAE, el literal h), en armonía con lo señalado en la Modificación N°3, del presente Decreto Alcaldicio.
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