Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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31-07-2024
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Monto:
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1000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante documento en la forma establecida en los artículos 21° a 23° de las BAG y según lo dispuesto en el artículo N°31 del Reglamento de la Ley de Compras.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos:
a. vale vista;
b. boleta de garantía bancaria pagadera a la vista;
c. póliza de seguro de ejecución inmediata;
d. depósito a plazo;
e. certificado de fianza a la vista emitido por sociedades de garantía recíproca;
f. cualquier otro instrumento pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago en forma rápida y efectiva, de conformidad al artículo 31 del Reglamento de la Ley 19.886.
El monto de esta Garantía será de $1.000.000 (un millón de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 90 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la UF o UTM al día de cierre de recepción de ofertas.
Glosa de la Garantía: “Garantiza Seriedad de la Oferta Licitación Publica ID 2667-41-LR24”
La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser incorporada en forma digital a través del portal www.mercadopublico.cl. sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, el oferente deberá hacer entrega del documento original de garantía en la Secretaría Municipal, ubicada en Av. Bicentenario N°3.800, Piso 3°, hasta el día y hora señalados para el ingreso de las ofertas en el Portal.
En el evento de no cumplir con la entrega o el ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en tiempo y forma antes señalados, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta. En caso que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio podrá solicitar prórroga de estas, siendo obligación del oferente su cumplimiento.
La Municipalidad hará efectiva íntegramente la Garantía de Seriedad de la Oferta en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta presentada.
b) Si el oferente entrega antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta (Aplica dictamen CGR N°10.706 de 2019).
c) Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo establecido en el numeral 11.1 “Requisitos para contratar” de las presentes bases administrativas.
d) Si el adjudicatario no acompaña los documentos que se le soliciten para la redacción del contrato en los plazos establecidos en las presentes bases administrativas.
e) Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada en las presentes bases administrativas.
f) Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en el plazo que dispongan las presentes BAE.
La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en cualquiera de los casos previstos en el artículo 23° de las BAG.
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Glosa:
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Garantiza Seriedad de la Oferta Licitación Publica ID 2667-41-LR24
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Forma y oportunidad de restitución:
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Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos:
• En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato.
• Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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30-10-2028
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Monto:
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5
Unidad de Fomento
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Descripción:
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Notificada la adjudicación a través del Portal, y dentro del mismo plazo otorgado para para acompañar la documentación legal señalada en el numeral 11.2 “Documentación para elaborar el contrato” de las bases administrativas, el Oferente adjudicado deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Contratista, en los términos, forma, plazo y condiciones establecidas en el artículo 53° a 59° de las BAG.
El monto de esta Garantía, será el equivalente al 5% del valor total del contrato (impuestos incluidos), expresada en Unidades de Fomento (UF) a la fecha de su otorgamiento, conforme a los precios ofertados en el Anexo N°4 de estas BAE, y su vigencia debe exceder, en al menos 90 días corridos a la fecha de término del respectivo contrato. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución de los servicios y salvaguardará, además, los problemas que puedan existir debido a la mala ejecución de estos últimos, conforme a las especificaciones descritas en las Bases Técnicas (BT) y demás antecedentes de la Licitación.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a plazo, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva. Todo eventual aumento de contrato o de plazo deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del contrato y plazo de vigencia.
La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá entregarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso que se efectúe físicamente, deberá entregarse materialmente en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA).
La SECPLA será la encargada de revisar la conformidad de la garantía, de acuerdo con los términos y condiciones solicitados en las bases, y remitirá el documento original a la Tesorería Municipal, para su debida custodia y resguardo. En el evento de no cumplir con la entrega física o electrónica de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las disposiciones precedentes, el Municipio podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el adjudicatario infractor y adjudicar ésta al que le siga en puntaje, de acuerdo a lo establecido en los numerales 9.1 y 9.2 de las presentes bases administrativas especiales.
La garantía de fiel cumplimiento del contrato se hará efectiva, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 72° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, por incumplimiento del Contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, como también en los siguientes casos:
i. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato.
ii. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados establecidos en el contrato.
iii. Por la declaración de término anticipado, respecto de las causales imputables al proveedor.
iv. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor.
Ante casos de incumplimiento, y con el objeto de respetar los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 ter del DS N°250 “Reglamento de la Ley N°19.886”, se adoptará el procedimiento establecido en el artículo 71° de las BAG, para la aplicación de multas, en todo lo que resulte procedente, permitiendo al contratista o concesionario exponer sus descargos de manera previa al cobro de la caución.
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Glosa:
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Garantiza Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato ID 2667-41-LR24
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Forma y oportunidad de restitución:
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Esta garantía será devuelta al contratista de acuerdo a lo dispuesto en los Artículos 59° y 133° de las Bases Administrativas Generales, previa verificación y certificación por la Unidad Técnica, de que no existen obligaciones pendientes, tanto contractuales como desde el punto de vista laboral y previsional de los trabajadores del contratista y/o de sus Subcontratistas, a través de la presentación de los a través de la presentación de los Certificados de Antecedentes Laborales y Previsionales y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo.
No obstante, lo anterior, será obligación de la adjudicataria, presentar con 20 días de anticipación al término de la Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1). Estos certificados deben estar vigentes al momento de su presentación y ser entregados al ITS, quien dará su aprobación.
Para aquellos casos en que la adjudicataria no presente los formularios señalados, la Subdirección de Tesorería Municipal deberá hacer efectivas las garantías de fiel cumplimiento, en el caso que correspondiere.
Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, siendo este responsable de mantenerlas vigentes por todo el periodo que caucionan, especialmente en aquellos casos de eventuales aumento de plazos, debiendo ser reemplazadas por otro documento, conforme al nuevo plazo contractual, más los días previstos según corresponda a la Licitación, siendo todos los costos financieros de responsabilidad única de la adjudicataria.
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