CLAUSULA DE READJUDICACIÓN |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción en favor de quien presente el mejor puntaje en el Criterio de Evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente el mejor puntaje en el Criterio de Evaluación “Condiciones de Empleo y Remuneración”. Si aún se mantiene el empate, se resolverá por aquel oferente que acredite la mayor cantidad de contrataciones en el criterio “Experiencia del Oferente”. De mantenerse aún la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Acreditación Normas ISO”. De mantenerse aún la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. Con todo, de perseverar la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Inclusión Sello Mujer”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene la igualdad, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta quien haya presentado el mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”.
Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los Oferentes podrán realizar Consultas a la Municipalidad de Vitacura respecto de la Adjudicación, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información de Mercado Público, bajo el siguiente enlace:
https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/reclamoaOOPP/
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Mediante la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (FORMULARIO F30) vigente a la fecha de apertura de la licitación, y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, (F30-1 a partir del segundo mes del Contrato si el plazo ofertado supera los 30 días) ambos emitidos por la Dirección del Trabajo, según lo requerido en los numerales 10.2 , 12.3 letra a) y b) de las BAE de la presente Licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40° del Reglamento de la Ley de Compras.
Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 40° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.
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Pacto de integridad |
Los oferentes, por el sólo hecho de presentar su oferta, se obligan a no tomar ventaja indebida de cualquier posible deficiencia en el respectivo proceso licitatorio y a colaborar con el municipio, a fin de que la adjudicación de la propuesta se efectúe con la mayor transparencia y equidad posible.
El participante declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
b) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
d) Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
e) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el proceso licitatorio y en la ejecución contractual.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las respectivas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
En caso que la Municipalidad compruebe, por sí misma o por terceros, en cualquiera de las etapas de la presente licitación, que se han vulnerado alguno de los literales precedentes, se procederá a declarar inadmisible la oferta, declarar desierta o readjudicar la licitación, o poner término anticipado al respectivo contrato, según corresponda.
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Modificación N°1.1 |
1.1. MODIFICACIONES AL DECRETO ALCALDICIO N°3/948 DE FECHA 10/04/2024, QUE APRUEBA LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Y TÉCNICAS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA “CONCESIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA DE ESPACIOS PÚBLICOS DE LA COMUNA DE VITACURA”, ID 2667-50-LR24, como sigue:
A. DEL NUMERAL 4.1° CRONOGRAMA DE LICITACIÓN DE LAS BAE
A.1. DEL CIERRE DE RECEPCIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICA:
Donde dice:
A las 20:00 hrs, del 21° día hábil contado desde la desde la fecha de publicación del llamado a licitación y sus correspondientes bases en el portal www.mercadopublico.cl
Debe decir:
A las 12:00 hrs, del 23° día hábil contado desde la desde la fecha de publicación del llamado a licitación y sus correspondientes bases en el portal www.mercadopublico.cl
A.2. DE LA FECHA DE ACTO DE APERTURA DE OFERTAS TÉCNICA Y ECONÓMICA:
Donde dice:
A las 20:00 hrs, del día de cierre de recepción de ofertas.
Debe decir:
A las 12:00 hrs, del día de cierre de recepción de ofertas.
B. DEL NUMERAL 10.1° GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA, de las BAE:
Donde dice:
… “El monto de esta Garantía será de $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 120 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.” (…)
Debe decir:
…” El monto de esta Garantía será de $75.000.000 (setenta y cinco millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 116 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.” (…)
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Modificación N°1.2 |
1.2 MODIFICACIÓN A LAS BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES (BAE):
MODIFICACIÓN N°1
DEL NUMERAL 2.2, “COMPLEMENTO: PRECIOS UNITARIOS”, de las BAE.
Donde dice:
… “según las partidas indicadas en Anexo N°6” ...
Debe decir:
… “según las partidas indicadas en Anexo N°5” ...
MODIFICACIÓN N°2
A. DEL NUMERAL 5° literal g), “ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN”, de las BAE.
Donde dice:
… “Certificación Inclusión - Sello Mujer (Anexo N°7)” ...
Debe decir:
… “Certificación Inclusión - Sello Mujer (Anexo N°6)” ...
B. En el criterio de evaluación P.6, “INCLUSIÓN: SELLO MUJER” DEL NUMERAL 7.1, “EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS”, de las BAE.
Donde dice:
… “deberá adjuntarla y acreditarla en Anexo N°7 firmado.” ...
Debe decir:
… “deberá adjuntarla y acreditarla en Anexo N°6 firmado.” ...
MODIFICACIÓN N°3
En el inciso primero DEL NUMERAL 6°, “OFERTA ECONÓMICA”, de las BAE.
Donde dice:
… “Las cantidades informadas (Precios Unitarios) en el Anexo N°6 son parte igualmente de la evaluación” ...
Debe decir:
… “Las cantidades informadas en los Precios Unitarios del mismo Anexo N°5, son parte igualmente de la evaluación” ...
MODIFICACIÓN N°4
En el criterio de evaluación P.2.1, “Subcriterio REMUNERACIONES OFERTADAS” DEL NUMERAL 7.1, “EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS”, de las BAE.
Donde dice:
… “Fórmula: (Remuneración Bruta a evaluar por cargo / Mayor Remuneración Bruta ofertada por cargo) x puntaje del cargo / 3” …
Debe decir:
… “Fórmula: (Remuneración Bruta a evaluar por cargo / Mayor Remuneración Bruta ofertada por cargo) x puntaje del cargo / 5” …
MODIFICACIÓN N°5
Se modifica el Anexo N°5 “Oferta Económica”, incorporando el tipo de impuesto al cual estará afecto el servicio, además de la metodología de presentación de las ofertas, para el valor mensual del contrato y los precios unitarios referenciales, respectivamente. Esta información será actualizada en el archivo denominado Nuevo Anexo N°5 “Oferta Económica” (VERSIÓN CORREGIDA), que se ingresará al portal www.mercadopublico.cl, junto con el presente Decreto Alcaldicio (VER ARCHIVOS ADJUNTOS)
MODIFICACIÓN N°6
En el ANEXO N°7 (1), “FICHA TÉCNICA INFRAESTRUCTURA”, de las BAE.
Donde dice:
… “Sistema transmisión automatizado 4x2” …
Debe decir:
… “Sistema transmisión automatizado 4x2 o transmisión automática” …
MODIFICACIÓN N°7
En el ANEXO N°3, “CERTIFICADO DE EMPLEO Y REMUNERACIONES”, de las BAE.
Donde dice:
… “Sueldos” …
Debe decir:
… “Remuneración” …
MODIFICACIÓN N°8
P.5: POLÍTICAS DE INTEGRIDAD
Donde dice:
… “Corresponde a la verificación de las normas referidas en el Numeral 23° de las presentes BAE, denominado “Pacto de Integridad” …
Debe decir:
… “Corresponde a la verificación de las normas referidas en el Numeral 22° de las presentes BAE, denominado “Pacto de Integridad” …
MODIFICACIÓN N°9
Numeral 16° “MULTAS POR INCUMPLIMIENTO”
A. Elimínese la multa establecida en el literal a.4 del punto 16.2. “Aspectos referidos a la ejecución del servicio”, de las BAE.
B. Numeral 16.3. Otras Multas:
Donde dice:
“a. Por cualquier orden, observación o instrucción no cumplida, que haya sido emanada des de la ITS, por cualquiera de las vías reglamentadas en estas bases. Por cada observación; de 5 a 10 UTM, dependiendo de la gravedad de la falta. Toda orden, observación, instrucción o consulta deberá tener un plazo acotado para ser respondida, que estará dispuesta en Manifold y/o Correo Electrónico y, en el caso de no tenerlo en forma explícita, se entenderá que este es de cinco días hábiles, a partir de la fecha de emisión de la comunicación formal por Manifold y/o Correo Electrónico. Del mismo modo la ITS deberá dejar consignado en Manifold y/o Correo Electrónico, en la respectiva orden impartida al Concesionario, el valor de la multa a aplicar en la eventualidad que exista incumplimiento. De no quedar establecido el valor de la multa, el incumplimiento a la orden estipulada, se podrá sancionar con el valor mínimo, es decir 5 UTM por observación.”
Debe decir:
“a. Por cualquier orden, observación o instrucción no cumplida, que haya sido emanada desde la ITS, por cualquiera de las vías reglamentadas en estas bases. Por cada observación 5 o 10 UTM, dependiendo de la reiteración de la falta, primera vez 5 UTM, reincidente 10 UTM. Toda orden, observación, instrucción o consulta deberá tener un plazo de 48 horas para ser respondida, que estará dispuesta en Manifold o correo electrónico y, en el caso de no tenerlo en forma explícita, se entenderá que este es de cinco días hábiles, a partir de la fecha de emisión de la comunicación formal por Manifold o correo electrónico.”
MODIFICACIÓN N°10
Agréguese a continuación del inciso segundo del Numeral 18°, “TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO” de las BAE, como inciso tercero, lo siguiente:
… “El no cumplimiento de lo establecido en el numeral 17° de las BAE, respecto del plazo de la presentación de las certificaciones de las normas: ISO 9001/14.001/ 45.001, será causal de término anticipado del contrato.” …
MODIFICACIÓN N°11
En el ANEXO N°7 (6), “FICHA TÉCNICA INFRAESTRUCTURA”, de las BT.
Donde dice:
… “A modo de ejemplo se considerará valida una oferta con cilindrada 1.998, si el vehículo se comercializa como 2.4, o 2.400cc.” …
Debe decir:
… “A modo de ejemplo se considerará valida una oferta con cilindrada 1.998, si el vehículo se comercializa como 2.0, o 2.000cc”. …
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Modificación N°1.3 |
1.3 MODIFICACIÓN A LAS BASES TÉCNICAS (BT):
MODIFICACIÓN N°12
En el Punto 3.1.2, “Destino de los Residuos” de las BT.
Donde dice:
… “En el evento que, por la capacidad de carga de las máquinas barredoras, el transporte de los residuos a Estación de Transferencia altere significativamente el horario de ejecución del servicio, éstos deberán ser evacuados directamente por el Concesionario…
Debe decir:
… “En el evento que, por la capacidad de carga de las máquinas barredoras, el transporte de los residuos a Estación de Transferencia altere significativamente el horario de ejecución del servicio (hasta 2 horas de retraso, como máximo), éstos deberán ser evacuados directamente por el Concesionario” …
MODIFICACIÓN N°13
En el Punto 3.2.1 “Descripción” de las BT.
Donde dice:
… “Una vez lleno el receptáculo del carro, la bolsa plástica podrá depositarse en la vereda para ser retirada a la brevedad, por vehículo del servicio Tipo R2 (camión recolector de hojas de menor volumen) durante el mismo turno y no al día siguiente. Sólo se permitirá el acopio de estas bolsas en la vía pública, en consecuencia, la basura a granel debe ser retirada en forma inmediata.
Debe decir:
… “Una vez lleno el receptáculo del carro, la bolsa plástica podrá depositarse en la vereda para ser retirada a la brevedad, por vehículo del servicio Tipo R2 (camión recolector de hojas de menor volumen) durante el mismo turno y no al día siguiente. Sólo se permitirá el acopio de estas bolsas en la vía pública, en consecuencia, la basura a granel debe ser retirada en forma inmediata. La ITS en conjunto con el contratista adjudicado, definirán la ruta de este camión, un mes antes del inicio del servicio.”
MODIFICACIÓN N°14
En el Punto 4.4, “TIPO Y CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA INFRAESTRUCTURA”, de las BT.
Donde dice:
… “Anexos Administrativos N°8” …
Debe decir:
… “Anexos Administrativos N°7” …
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