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Resolución de Empates |
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Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción en favor de quien presente el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”; en caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien acredite la mayor cantidad de contrataciones en el criterio “Experiencia”; en caso de mantenerse el empate, será para quien obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo total de ejecución”. De perseverar la igualdad, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. Con todo, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Políticas de integridad”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los Oferentes podrán realizar Consultas a la Municipalidad de Vitacura respecto de la Adjudicación, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información de Mercado Público, bajo el siguiente enlace:
https://ayuda.mercadopublico.cl/reclamosodenuncias/reclamoaOOPP/
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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El Municipio hará siempre efectivo el derecho a ser informado y el derecho de retención a que se refiere el artículo 183-C del Código del Trabajo, exigiendo al contratista, de manera previa a la remisión de la o las factura(s) o instrumento tributario de cobro por la prestación de sus servicios y como condición para el pago de éstas, presentar obligatoriamente a la ITS, un certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo (Certificado F30-1; F-30), o bien por medios e instituciones idóneas que garanticen la veracidad y cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del contratista y del subcontratista, si procediere.
Adicionalmente, se podrá requerir, en cualquier momento, que el contratista presente copia de la planilla de pago de las imposiciones a los organismos de previsión que corresponda, respecto de todo su personal afecto al Contrato debidamente pagada, copia de las liquidaciones de sueldo de dicho personal debidamente pagadas, correspondiente al mes inmediatamente anterior al que se factura, registros de asistencia, etc.
En el caso que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada en el párrafo precedente, o que la Municipalidad tome conocimiento o sea notificada por la Dirección del Trabajo, en los términos establecidos en el Artículo 183-B, 183-C y 183-D del Código del Trabajo, la Municipalidad podrá ejercer su derecho de retención, en conformidad a las disposiciones legales antes indicadas, procediendo con el producto de dicha retención a pagar al trabajador o institución previsional acreedora.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la Municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley de Compras.
Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 56° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886.
De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá será rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.
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Pacto de Integridad |
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Los oferentes, por el sólo hecho de presentar su oferta, se obligan a no tomar ventaja indebida de cualquier posible deficiencia en el respectivo proceso licitatorio y a colaborar con el municipio, a fin de que la adjudicación de la propuesta se efectúe con la mayor transparencia y equidad posible.
El participante declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el proveedor adjudicado acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
i. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
ii. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
iii. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
iv. Revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
v. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el proceso licitatorio y en la ejecución contractual.
vi. El proveedor adjudicado manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
vii. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las respectivas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
viii. El proveedor adjudicado reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El adjudicatario se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Modificación N°1 |
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Modifíquese el Numeral 4. de las BAE, en los términos que se indican:
DEL CIERRE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICA:
Donde dice:
“A las 15:00 hrs, del 12° día hábil contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación y sus correspondientes bases en el portal www.mercadopublico.cl”.
Debe decir:
“A las 15:00 hrs, del 14° día hábil contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación y sus correspondientes bases en el portal www.mercadopublico.cl”.
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Modificación N°2 |
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Modifíquese lo señalado en el Numeral 7.1.2, acápite P.2: PLAZO DE EJECUCIÓN Y PLAN DE TRABAJO”, donde debe considerar lo siguiente:
Donde dice:
(…) Se indica que los trabajos de pintura no podrán ser superiores a 15 días corridos. En caso de que la oferta de plazo total de ejecución de las obras supere los 15 días corridos, la propuesta será declarada inadmisible.
Debe decir:
(…) Se indica que los trabajos de pintura no podrán ser superiores a 30 días corridos. En caso de que la oferta de plazo total de ejecución de las obras supere los 30 días corridos, la propuesta será declarada inadmisible.
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Modificación N°3 |
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Modifíquese lo señalado en el Numeral 11.3 “MONTO, INICIO Y PLAZO DEL CONTRATO” de las Bases Administrativas Especiales, en donde se debe considerar lo siguiente:
Donde dice:
(…) El plazo máximo total de ejecución de las obras será el ofertado por el proponente, el cual no podrá superar los 15 (quince) días corridos.
Debe decir:
(…) El plazo máximo total de ejecución de las obras será el ofertado por el proponente, el cual no podrá superar los 30 (treinta) días corridos.
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Modificación N°4 |
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Modifíquese lo señalado en el Anexo N°5 “PLAZO TOTAL DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS Y PLAN DE TRABAJO” de las Bases Administrativas Especiales, en donde debe considerar lo siguiente:
Donde dice:
(…) Se indica que los trabajos de pintura no podrán ser superior a 15 días corridos. En caso de que la oferta de plazo total de ejecución de las obras supere los 15 días corridos, la propuesta será declarada inadmisible.
Debe decir:
(…) Se indica que los trabajos de pintura no podrán ser superior a 30 días corridos. En caso de que la oferta de plazo total de ejecución de las obras supere los 30 días corridos, la propuesta será declarada inadmisible.
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Modificación N°5 |
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Modifíquese lo señalado en el Numeral 2 “PINTURA” de las Bases Técnicas, en donde debe considerar lo siguiente:
Donde dice:
Esmalte sintético : elementos metálicos, marcos de puertas, barandas, pasamanos, otros elementos metálicos no estructurales.
Debe decir:
Esmalte sintético : elementos metálicos: estructura puente, estructura cobertizo policarbonato, cualquier otro elemento metálico (marcos de puertas y ventanas, barandas, pasamanos, rejas, pilares, etc.) en los sectores a pintar.
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Modificación N°6 |
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Modifíquese lo señalado en el Ítem “IMPORTANTE” de la página N°29 de las Bases Técnicas, en donde SE debe considerar lo siguiente:
Donde dice:
La presente licitación y posterior adjudicación se realizará bajo la modalidad de “a suma alzada”, por lo que, es de exclusiva responsabilidad del oferente, verificar en visita a terreno obligatoria, las cubicaciones de acuerdo especificaciones técnicas y planos indicados en las presentes bases (…)
Debe decir:
No se considera visita de terreno.
La presente licitación y posterior adjudicación se realizará bajo la modalidad de “a suma alzada”, por lo que, es de exclusiva responsabilidad del oferente, realizar las cubicaciones de acuerdo con las Bases Técnicas y planos e imágenes indicados en las presentes bases, disponibles en los archivos adjuntos del Portal (…)
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Modificación N°7 |
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Se ingresa al portal www.mercadopublico.cl con el ID de la licitación, NUEVO ANEXO N°6 “ÍTEMIZADO OFERTA ECONÓMICA”, el cual deberán ingresar al portal los proponentes con su oferta, quedando nulo el anterior Anexo N°6 ingresado en la publicación de fecha 02/07/2025.
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