Licitación ID: 2667-63-LP19
HOSTING, DISEÑO, DESARROLLO PAGINA WEB VITACURA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA, SECPLA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Software de desarrollo de plataforma Web 40 Mes
Cod: 43232408
VALOR MENSUAL NETO EN UF SERVICIO DE HOSTING, DESARROLLO, SOPORTE Y MANTENCIÓN, PARA EL SITIO WEB MUNICIPAL (CON DOS DECIMALES), SEGUN BAE-BT.  

2
Software de desarrollo de plataforma Web 1 Hora/Hombre
Cod: 43232408
VALOR NETO EN UF PRECIO UNITARIO POR HORAS HOMBRE, PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE NUEVOS Y/O FUTUROS REQUERIMIENTOS RELACIONADOS A LA PRESENTE LICITACIÓN. (CON DOS DECIMALES), SEGUN BAE-BT.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
HOSTING, DISEÑO, DESARROLLO PAGINA WEB VITACURA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente propuesta tiene por objeto la contratación de una persona natural o jurídica, para realizar la prestación de un servicio integral para administrar, mantener e implementar nuevos requerimientos para el sitio institucional www.vitacura.cl, de manera que permita informar a vecinos y/o contribuyentes, de los servicios, actividades, trámites on line, transparencia y todo lo que involucre el relacionamiento permanente con el ciudadano.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-10-2019 12:00:00
Fecha de Publicación: 27-09-2019 16:34:08
Fecha inicio de preguntas: 27-09-2019 17:30:00
Fecha final de preguntas: 03-10-2019 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 14-10-2019 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-10-2019 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-10-2019 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-11-2019 8:32:55
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos, según Punto N° 6, BAE. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
 
Documentos Económicos
1.- Las Ofertas Económicas asociadas a la ID de esta licitación, deben ser ingresadas conforme a las líneas de oferta del Anexo N°5. REVISAR ARCHIVO ADJUNTO "ANEXOS EN FORMATO EDITABLE".
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio OFERTA ECONOMICA: Revisar pauta de evaluación según Punto 9 de las BAE. 65%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios OFERTA TECNICA. Revisar pauta de evaluación según Punto 9 de las BAE. 13%
3 Experiencia de los Oferentes EXPERIENCIA, si la tuviere.Revisar pauta de evaluación según Punto 9 de las BAE. 20%
4 Cumplimiento de los requisitos CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES. Revisar pauta de evaluación según Punto 9 de las BAE. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Presupuesto Municipal
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 40 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE BUCAREY SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: jbucarey@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: MARIA VIRGINIA GONZALEZ
e-mail de responsable de contrato: mgonzalezm@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22402233-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 19-02-2020
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Compra Públicas y 53° de las BAG. El monto de esta Garantía será de $2.000.000 (dos millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 120 días corridos siguientes a la fecha de apertura de la licitación. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, el documento original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800, Piso 3°, teniendo como plazo límite, para ambas ocurrencias, la fecha y hora del cierre para el ingreso de las ofertas de la Licitación, señalado en el Decreto Alcaldicio de Llamado a Propuesta Pública. En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta.
Glosa: “Garantiza seriedad de la oferta Licitación Pública ID 2667-63-LP19".
Forma y oportunidad de restitución: La Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelta a los Proponentes conforme lo previsto en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 50° de las BAG.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de vencimiento: 31-08-2023
Monto: 10 %
Descripción: Una vez adjudicada la propuesta en el Portal, el Adjudicatario deberá presentar dentro del plazo de veinte (20) días seguidos a contar de la fecha de notificación de la adjudicación, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buena Ejecución del Servicio, en la forma establecida en los artículos 55° a 59° de las BAG. El monto de esta Garantía, será el equivalente al 10% del valor total del Contrato, y deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 90 días corridos siguientes al término del mismo.
Glosa: "Garantiza Fiel cumplimiento de contrato Licitación Pública ID 2667-63-LP19".
Forma y oportunidad de restitución: Se devolverá al Contratista a su vencimiento, previa verificación y certificación por la Unidad Técnica responsable de la Licitación, de que no existen obligaciones pendientes, tanto contractuales como desde el punto de vista laboral y previsional de los trabajadores del Contratista y/o de sus Subcontratistas, si procediere.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
GENERALIDADES DE LA LICITACION

La Municipalidad de Vitacura, debido a los constantes cambios tecnológicos y de diseño de sitios web, requiere la contratación de una persona natural o jurídica que preste el servicio de: Hosting, Diseño, Desarrollo, Mantención, Soporte e Implementación de nuevas funcionalidades para el Sitio Web de la Municipalidad de Vitacura https://www.vitacura.cl, y que también asesore al municipio en término de innovaciones tecnológicas, para lograr un mejor funcionamiento del mismo.

En todo lo no regulado en las presentes BAE, BT y BAG de este proceso licitatorio, se regirá por la Ley Nº 19.886 sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (en adelante Ley de Compras Públicas) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 250 del Ministerio de Hacienda de 2004 (en adelante el Reglamento de la Ley de Compras Públicas), y todos aquellos textos normativos vigentes que fueren pertinentes.

Para todos los efectos legales, se entenderá que forman parte integrante del Contrato a que dé lugar la adjudicación, los documentos señalados en el Artículo 2° de las BAG, y todas las normas legales y reglamentarias vigentes que se relacionen con el objeto y la materia de la Licitación.

Para el correcto cumplimiento de los términos del Contrato y sus Anexos, se estará a lo establecido en el artículo 4° de las BAG.

OBJETO DE LA LICITACION

La presente propuesta tiene por objeto la contratación de una persona natural o jurídica, para realizar la prestación de un servicio integral para administrar, mantener e implementar nuevos requerimientos para el sitio institucional www.vitacura.cl, de manera que permita informar a vecinos y/o contribuyentes, de los servicios, actividades, trámites on line, transparencia y todo lo que involucre el relacionamiento permanente con el ciudadano.

Para ello, la contratación debe proporcionar los siguientes servicios:

a) Hosting.

b) Migración y operación de toda la página institucional, a partir del 1 de febrero de 2020.

c) Reorganización y actualización de los contenidos del sitio.

d) Mantención y Soporte a todo el sitio municipal.

e) Considerar la escucha de noticias para todo el sitio web, con el sistema conversores de texto-voz, también conocidos como CTV o por las siglas en inglés TTS (Text To Speech).

f) Continuar con el diseño y la puesta en operación de un nuevo sitio web, el que tiene un avance de un 70% en el front. Esto será ejecutado por intermedio de las horas mensuales de mantención.

En relación al equipo de trabajo, el adjudicatario deberá contar con un equipo multidisciplinario, de manera que pueda atender a las diferentes dimensiones del proyecto. De este modo, poder abordar, sin limitaciones, las áreas informáticas, de diseño gráfico y contenidos del sitio.

El adjudicatario, además, deberá prestar el servicio de soporte, mantención y/o actualización de la información para todo el sitio, por todo el proyecto. Lo cual, no significará costos adicionales para el municipio.

En relación a necesidad de nuevos y/o futuros requerimientos no contemplados en las presentes bases y que tiene relación a la presente licitación, se realizarán a solicitud municipal, siendo pagados a Precios Unitarios, de acuerdo al Anexo Nº 5 “Formulario Oferta Económica”, los cuales una vez recepcionados, pasarán a formar parte del contrato mensual, el que no tendrá costos adicionales a Línea de Producto N°1.

OFERENTES QUE PUEDEN PARTICIPAR

Podrán participar en la presente Licitación a través del Portal www.mercadopublico.cl (en adelante el Portal) aquellas personas naturales o jurídicas, así como las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), sean chilenas o extranjeras, y que no se encuentren afectas a una o más de las inhabilidades contempladas por la Ley de Compras Públicas y, que en este contexto cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 6º y 7° de las presentes BAE y los consignados en el artículo 6° de las BAG.

Serán de cargo del Oferente todos los costos directos e indirectos asociados a la participación, preparación y presentación de su oferta, incluyendo la visita a terreno. La Municipalidad en ningún caso será responsable de dichos costos.

Será responsabilidad y cargo del Contratista preparar, presentar, tramitar y obtener todos los permisos o autorizaciones que se requiera para la prestación del servicio. Asimismo, será responsabilidad del Contratista obtener las certificaciones que conforme las exigencias legales se requieran para la aprobación del servicio.

VISITA A TERRENO
La presente Licitación Pública no considera Visita a Terreno.
DE LA ADJUDICACION

La adjudicación será resuelta por el Sr. Alcalde, previo informe de la Comisión Revisora y Evaluadora de Propuestas Públicas y/o Privadas. Esta recomendará la adjudicación al proponente cuya oferta resulte más conveniente a los intereses municipales, teniendo para ello en consideración el informe que presente la Unidad Técnica Municipal que llamó a licitación.

La adjudicación de la licitación se entenderá notificada a las 24 hrs., desde su publicación en el Portal, de acuerdo al artículo 24° de las BAG.

La modalidad de esta adjudicación se realizará a suma alzada, por el total a un solo oferente.

La Municipalidad de Vitacura se reserva el derecho a desestimar fundadamente todas las ofertas presentadas, si estima que éstas no satisfacen los intereses municipales. Lo anterior no dará derecho a indemnización alguna a favor de los licitantes. De igual manera, y por razones de servicio, el Municipio se reserva el derecho de modificar eventualmente la fecha de adjudicación establecida en el Portal, sin que ello genere un perjuicio para los Proponentes.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los Oferentes podrán realizar Consultas respecto de la Adjudicación, a través del Foro de Consultas y Aclaraciones disponible en el Sistema de Información, bajo el ID de la presente Licitación Pública.

ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN

Los oferentes deberán elevar al portal www.mercadopublico.cl los documentos que se singularizan a continuación, hasta la fecha y hora del cierre de las ofertas, indicadas en el Decreto de llamado de licitación.

Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) los antecedentes que deben ingresar al portal, conforme a lo dispuesto en los requerimientos que a continuación se detallan, deben cumplirse respecto de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal, con excepción de la Garantía requerida en el Punto N° 10.1 de las presentes BAE que, para el caso de una eventual UTP, como tal, sólo deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta que presente.

Los documentos son los siguientes:

a) Individualización completa del oferente, (Anexo Nº 1).

b) Garantía de Seriedad de la Oferta. De acuerdo al Punto N° 11.1 de estas bases.

c) En el caso que el oferente sea una persona jurídica, deberá acompañar además una declaración jurada, firmada por el representante legal, acreditando la actual composición del directorio o la identificación de los socios según sea el caso. Si uno o más de los socios es una persona jurídica de cualquier tipo, deberá mediante declaración jurada simple acreditar los actuales socios o el Directorio de dicha persona jurídica. Utilizar Formulario de Declaración de Persona Jurídica contenido en Anexos de estas BAE.

d) Declaración Jurada Simple (Anexo Nº 2).

e) Experiencia en Proyectos de Páginas Web y/o Intranet (Anexo N° 4), si la tuviere.

f) Patente Municipal vigente, sea persona natural o jurídica, conforme a lo dispuesto en el DL N° 3.063 “Ley de Rentas Municipales”.

g) Anexo Oferta Económica (Anexo N°5), este anexo debe subirse como oferta económica en el portal.

h) Propuesta Técnica, de acuerdo al Punto N°7 de las Bases Técnicas.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En el caso de los documentos indicados en las letras c), d), y f) precedentes, que no se hayan entregado en la oportunidad indicada en el párrafo primero del presente artículo, deberán ser entregados por el oferente a más tardar, al tercer día hábil de requerida la entrega por la Unidad Técnica Municipal encargada de la propuesta pública, y si no lo hiciera queda fuera de bases.

La presentación de los antecedentes referidos en el párrafo que antecede, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de elevar al Portal su oferta, sólo será admisible cuando dichas certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones permanentes, o que no pudieren cambiar entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
No aplica a la presente Licitación Pública.
SOLICITUD DE ANTECEDENTES ADICIONALES
La Municipalidad, durante la etapa de evaluación de las ofertas podrá solicitar a los oferentes, nuevos antecedentes que complementen o aclaren su oferta técnica, con excepción de la Garantía de Seriedad de la Oferta y la Oferta Económica, conforme a lo dispuesto en el Artículo 21° de las BAG.
OFERTA ECONOMICA

Las Ofertas Económicas asociada a la ID de esta licitación, deben ser ingresadas conforme a las siguientes líneas de oferta, expresadas en UF (Unidad de fomento), sin impuestos, con dos decimales (Anexo N°5):

• Valor mensual neto en UF (con dos decimales): por el servicio mensual completo (40 pagos mensuales).

• Valor neto en UF (con dos decimales): por el valor a precio unitario por horas hombre, para la implementación de nuevos y/o futuros requerimientos relacionados a la presente licitación (a solicitud municipal).

PRESUPUESTO DISPONIBLE
El presupuesto estimado disponible mensual es de UF 78,00 (setenta y ocho unidades de fomento), impuestos incluidos. No obstante, lo anterior, el Municipio adjudicará a la oferta que resulte más conveniente a los intereses Municipales, conforme a la Evaluación de las Ofertas.
ALCANCE DE LA OFERTA
La oferta comprenderá todos los trabajos y rubros necesarios para el suministro de elementos y servicios para la “Contratación de un Servicio de hosting, Desarrollo, Soporte y Mantención, para el sitio web municipal para la Municipalidad de Vitacura”, a fin de cumplir con las exigencias establecidas en las presentes Bases de licitación.
EVALUACION DE LAS OFERTAS

Los factores de evaluación de las ofertas que hayan cumplido con todos los requisitos, será el siguiente:

Item

Criterios de Evaluación

Ponderación

P1

Oferta Económica

Línea N°1: Pagos mensuales: 60%

Línea N°2: Horas Hombre para futuros requerimientos: 5%

65%

P2

Oferta Técnica

13%

P3

Experiencia, si la tuviere

20%  

P4

Cumplimiento de Requisitos Formales

2%

Las ofertas consideradas como técnicamente válidas, deberán cumplir con todos y cada uno de los requisitos solicitados.

Se entiende por:

• P1: OFERTA ECONÓMICA (65%)

Para las ofertas que cumplan todos los requerimientos administrativos y técnicos se evaluarán económicamente de la siguiente forma:

P1a = Oferta económica (valor mensual del contrato)

Puntaje = (Oferta económica menor/ Oferta económica en Evaluación) x 60%

P1b = Oferta económica (valor horas hombre, a solicitud municipal).

Puntaje = (Oferta económica menor/ Oferta económica en Evaluación) x 5%

• P2: OFERTA TÉCNICA (13%)

Para la evaluación técnica se considerará: Describe los detalles de los elementos técnicos, labores y configuraciones que contendrá la solución ofertada, siendo mejor evaluados los que presenten un mayor detalle de la solución. Se aplicará la siguiente medida para asignar el puntaje, de acuerdo a lo solicitado en las Bases Técnicas:

NOTA: La no entrega de la propuesta técnica dejará al oferente Fuera de Bases.

La propuesta técnica deberá ser presentada de acuerdo al orden establecido en el punto N° 7 de las Bases Técnicas. De no ser respetado lo establecido en dicho punto, se considerará a la oferta técnica como de regular o deficiente calidad.

SUBCRITERIOS A EVALUAR

CUMPLE

NO CUMPLE

Presenta Oferta Técnica

Dentro de Bases.

Fuera de Bases.

Presenta uptime sobre 98%

3 puntos

0 puntos.

Presenta Certificaciones, para los integrantes del equipo y/o la empresa.

4 puntos

0 puntos.

Plan de Trabajo y Carta Gantt de Actividades: El detalle técnico, el plan de trabajo y el proyecto es de buena calidad, es decir: presenta en forma precisa los componentes, actividades y descripción de implementación del proyecto y de los equipos y detalle de todas las actividades de la carta Gantt haciendo una descripción con detalle de su contenido, por lo tanto, es posible efectuar un seguimiento de la ejecución de la propuesta y de la aplicación de la metodología y, por ende, realizar su evaluación posterior.

6 puntos

0 puntos.

Plan de Trabajo y Carta Gantt de Actividades: El detalle técnico, el plan de trabajo y el proyecto es de regular calidad, es decir: presenta en forma no precisa los componentes, actividades y descripción de implementación del proyecto y poco detalle de todas las actividades de la carta Gantt haciendo una descripción con poco detalle su contenido, por lo tanto, no es posible efectuar un seguimiento y entendimiento del proyecto y de ejecución de la propuesta y, por ende, realizar su evaluación posterior de forma acabada.

4 puntos

0 puntos.

Plan de Trabajo y Carta Gantt de Actividades: El programa de trabajo es de deficiente calidad, es decir: no presenta en forma precisa los componentes, actividades y descripción de implementación del proyecto y poco detalle de todas las actividades de la carta Gantt haciendo una descripción sin detallar su contenido, por lo tanto, no es posible efectuar un seguimiento y entendimiento del proyecto y de ejecución de la propuesta y, por ende, no se puede realizar su evaluación posterior de forma acabada.

0 puntos

0 puntos

La calificación de 0 puntos dejará al oferente Fuera de Bases.

• P3: EXPERIENCIA (20%), si la tuviere; se considerará solo la cantidad de implementaciones en Proyectos de Páginas Web y/o Intranet, relacionado directamente con los servicios materia de esta Licitación, durante los últimos 5 años. No se considerarán experiencias que no aborde el objeto de la presente licitación. No es inhabilitante, pero el oferente deberá de igual forma, presentar el Anexo N°4, tenga o no tenga experiencia. Se aplicará la siguiente tabla para asignar el puntaje:

CANTIDAD DE IMPLEMENTACIONES

EN PROYECTOS DE PÁGINAS WEB Y/O INTRANET

PUNTAJE P3a)

No acredita o No Informa

0 pts.

Entre 1 y 5 acreditaciones

4 pts.

Entre 6 – 10 acreditaciones

8 pts.

Entre 11 y 15 o más acreditaciones

15 pts.

CANTIDAD DE IMPLEMENTACIONES

EN PROYECTOS DE PÁGINAS WEB Y/O INTRANET

(Administración Pública)

PUNTAJE P3b)

Entre 0 - 2 acreditaciones en el servicio público de gobierno local o regional de la Administración pública.

2 pts.

Entre 3 o más acreditaciones en el servicio público de gobierno local o regional de la Administración pública.

5 pts.

• P4: CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES (2%)

SUBCRITERIOS

PUNTAJE

El oferente cumple con la totalidad de los documentos solicitados, en los plazos requeridos, antes del cierre

2 pts.

El oferente presenta los antecedentes omitidos en el plazo señalado en el Foro Inverso (posterior al cierre)

0 pts.

El oferente no cumple con la totalidad de los documentos solicitados o No informa

Fuera

de Bases

Resolución de Empates
Si al completarse la evaluación dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a quien presente el mayor puntaje en el criterio “oferta económica”, y en caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio “experiencia”. De persistir el empate, se dirimirá en favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “oferta técnica”.
GARANTIAS Y SEGUROS

Garantía de Seriedad de la Oferta.

Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Compra Públicas y 53° de las BAG. El monto de esta Garantía será de $2.000.000 (dos millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 120 días corridos siguientes a la fecha de apertura de la licitación.

La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser digitalmente incorporada a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la Ley N° 19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, el documento original debe entregarse obligatoriamente en la Secretaría Municipal, Av. Bicentenario 3.800, Piso 3°, teniendo como plazo límite, para ambas ocurrencias, la fecha y hora del cierre para el ingreso de las ofertas de la Licitación, señalado en el Decreto Alcaldicio de Llamado a Propuesta Pública. En el evento de no cumplir con la entrega material de la garantía de seriedad de la oferta en tiempo y forma, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, inadmisible su oferta.

Glosa Referencial de la garantía: “Garantiza seriedad de la oferta Licitación Pública ID 2667-63-LP19.

En caso que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio podrá solicitar prórroga de éstas, siendo obligación del Oferente su cumplimiento.

La Garantía de Seriedad de la Oferta se hará efectiva en cualquiera de los casos previstos en el artículo 54° de las BAG.

La Garantía de Seriedad de la Oferta será devuelta a los Proponentes conforme lo previsto en los incisos cuarto, quinto y sexto del artículo 50° de las BAG.

Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato y Buena Ejecución del Servicio

Una vez adjudicada la propuesta en el Portal, el Adjudicatario deberá presentar dentro del plazo de veinte (20) días seguidos a contar de la fecha de notificación de la adjudicación, en la Secretaría Municipal, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato y Buena Ejecución del Servicio, en la forma establecida en los artículos 55° a 59° de las BAG.

El monto de esta Garantía, será el equivalente al 10% del valor total del Contrato, y deberá estar vigente desde la suscripción del contrato y hasta 90 días corridos siguientes al término del mismo, siendo devuelta al Contratista una vez cumplido dicho plazo, previa verificación y certificación por la Unidad Técnica responsable de la Licitación, de que no existen obligaciones pendientes, tanto contractuales como desde el punto de vista laboral y previsional de los trabajadores del Contratista y/o de sus Subcontratistas, si procediere. En caso de variar el valor del contrato, esta garantía deberá variar en el mismo porcentaje.

Glosa de esta garantía: Garantiza Fiel cumplimiento de contrato Licitación Pública ID 2667- 63-LP19.

Esta garantía se hará efectiva, sin más trámite, en cualquiera de los casos previstos en el Artículo 72° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo de la disposición citada y cuando el Municipio considere infringidas total o parcialmente cualquiera de las condiciones establecidas en las Bases de Licitación, sus Anexos y/o el Contrato.

Pólizas de Seguros

En caso de que las garantías requeridas (Seriedad de la Oferta y Fiel Cumplimiento de Contrato y Buena Ejecución del Servicio) fueran entregadas como pólizas de seguro, deberán excluir expresamente cláusula de arbitraje, e incluir cláusula de inalterabilidad, de sus términos y condiciones sin autorización por escrito de la Municipalidad, según lo dispuesto en el en el inciso tercero del Artículo 53° y en el inciso sexto del Artículo 55° de las BAG.

INCUMPLIMIENTO Y MULTAS DEL CONTRATO

Incumplimiento

En caso de incumplimiento de las obligaciones del Oferente, el Inspector Técnico del Servicio, aplicará las multas moratorias que a continuación se detallan de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 51° y 52° de las BAG, con un tope máximo de 500 UTM, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 79 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Este tope no constituye una limitación a la responsabilidad del Contratista, en relación a otras estipulaciones del contrato.

El valor de la UTM a considerar, será el correspondiente al mes de pago de la multa.

Las alegaciones, descargos u observaciones que le merezcan al Contratista las multas impuestas se regularán de acuerdo al procedimiento dispuesto en los incisos tercero, cuarto, quinto y sexto del artículo 51° de las BAG.

Multas.

a. La municipalidad aplicará una multa de 20 UTM por el atraso en el cumplimiento del plazo de inicio de la operación (1 de febrero de 2020) y de 10 UTM por cada día sucesivo o fracción de atraso de dicha fecha.

b. Se aplicará una multa de 10 UTM por cada día o fracción de día por fallas que afecten la continuidad operacional total del servicio, de responsabilidad del contratista.

c. Se aplicará una multa de 5 UTM por cada día o fracción de día por fallas que afecten la continuidad operacional parcial del servicio, de responsabilidad del contratista.

d. Si el incidente se relaciona a lo indicado en el punto b) o c) y no es solucionado en un plazo de hasta 8 horas, se aplicará una multa de 2 UTM por cada hora o fracción adicional, hasta la reparación del incidente reportado.

e. Si lo indicado en el punto b) o c) ocurre durante el período de renovación de Permisos de Circulación o de Patentes Comerciales (enero, febrero, marzo, julio y agosto), la multa será el doble de la señalada en la letra precedente por cada evento.

f. Se aplicará una multa de 10 UTM por cualquier intento de engaño (entrega de cotizaciones, que implican sobrecostos, relacionados a temas asociados a la mantención y/o operatividad del sitio, que son parte de la labor habitual del adjudicatario) y/o entrega de información maliciosa hacia el municipio.

g. Se aplicará una multa de 5 UTM por cada evento por negarse a entregar información, en el formato y plazo requerido.

h. Se aplicará una multa de 5 UTM por cada evento de incumplimiento de las instrucciones emitidas por el Inspector Técnico.

i. Se aplicará una multa de 3 UTM, en caso de incurrir el Oferente Adjudicatario en cualquier incumplimiento de una obligación expresamente establecida en las presentes BAE y BT y demás documentos que forman parte de este proceso licitatorio, que atente contra la correcta ejecución del contrato y no tenga señalada una multa específica.

FORMA DE PAGO

La forma de pago será en pesos chilenos, con impuesto incluido, al valor de la UF del último día del mes en el cual se prestó el servicio, pagándose el precio convenido por los servicios mensuales efectivamente realizados por el Contratista. Esto dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme por el ITS (ver numeral 17° de estas BAE) del documento de cobro y toda la documentación solicitada para su pago.

Sin perjuicio de la documentación que más adelante se detalla, los pagos se realizarán contra presentación de factura, boleta de honorarios o instrumento tributario respectivo, acompañada del estado de pago aprobado y firmado por el ITS, la recepción conforme de bienes de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento N° 06 de fecha 18 de enero de 2019 que aprueba el Reglamento sobre la Administración y Control de Bienes de Propiedad Municipal y la recepción de obras y/o servicios y demás antecedentes que requieran las BAE o el Contrato, en los términos, condiciones y plazos que estas misma señalen.

Para proceder al pago correspondiente, la Unidad Técnica actuará conforme a lo previsto en el Decreto Alcaldicio N° 10/1620, de fecha 23 de julio de 2018, Reglamento de Recepción de Facturas y/o Boletas de servicios, en adelante documentos para pago, correspondiente a compras de bienes o contratación de servicios requeridos por la Municipalidad, para el desarrollo de sus funciones.

El documento de cobro (factura electrónica) u otro instrumento, deberá enviarlo al correo facturas@vitacura.cl con copia al ITS del Contrato o a quien este designe.

Documentación a solicitar, para cada estado de pago:

a. Factura del Contratista, debidamente visada por el ITS.

b. Certificado de aprobación conforme de la factura por el ITS;

c. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo. En el evento que haya un subcontrato, el Contratista deberá presentar este Certificado respecto de las obligaciones de su Subcontratista con los trabajadores de éste.

d. Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo referido al período en que se curse el pago, conforme a lo dispuesto en el artículo 183-C, del Código del Trabajo y D.S. 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, tanto para el Contratista como para su Subcontratista, de haberlo. (Formulario F30-1).

e. Pago de multas cursadas en el mes (si las hubiere).

f. Copia de la Patente Municipal al día, para los meses de enero y julio de cada año.

g. Comprobante de pago de póliza de seguro, en el caso que corresponda.

h. Informe de Soporte mensual requerido en el numeral 3.3 de las BT.

NOTA: Los documentos aquí señalados deberán presentarse “todos”, en soporte digital (CD, pendrive) adjuntos a la factura respectiva del mes de cobro, con la finalidad que la Municipalidad pueda revisar lo que estime pertinente, sin necesidad de encontrarse todo impreso.

Retenciones de pago:

El Estado de Pago, se podrá retener en los siguientes casos:

• Si no se acreditare oportunamente, por el Contratista, el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales, conforme lo dispuesto en el artículo 183-C, del Código del trabajo y Decreto Supremo Nº 319, sobre acreditación de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales y además, habilitará al Municipio a efectuar las retenciones de dinero del o los Estados de Pago correspondientes, o de la Boleta de Garantía si no existieran pagos pendientes, y a pagar a quien corresponda las sumas adeudadas.

• Observaciones no subsanadas señaladas por el ITS, para lo cual se retendrá el valor de los servicios pendientes de término, sin perjuicio de la multa moratoria indicada en la letra f) del numeral 12 de estas BAE.

• Existencia de reclamos en la Inspeccion del Trabajo, o laborales o previsionales pendientes por parte del adjudicatario y que hayan sido notificadas a la Municipalidad, si correspondiere.

• Si la Municipalidad fuera demandada subsidiariamente y/o solidariamente. En estos casos la Municipalidad quedará facultada para pagar con estos fondos. En caso de demandas solidarias y/o subsidiariamente en que la Municipalidad haya debido defenderse judicialmente y, se dicte sentencia condenatoria en contra, ya sea de la Municipalidad o del Contratista, este último deberá reintegrar al municipio la totalidad de los costos que haya asumido en su defensa judicial.

• Por incumplimiento de alguna de las exigencias de la Recepción Provisoria de los Servicios, si correspondiere.

La Municipalidad se reserva el derecho a retener el estado de pago pertinente con la sola notificación de una demanda laboral en su contra o en contra del contratista o bien una orden de algún organismo público que tenga facultades para ordenar dicha retención previamente notificada al municipio.

DE LA EJECUCION DE LOS PROYECTOS DEL CONTRATO

Fecha de Inicio de Actividades

Será a contar de la fecha de entrega de los elementos necesarios para que el servicio sea prestado el 1 de febrero de 2020, lo anterior, será registrado en el Acta de Inicio de Actividades, confeccionada por el ITS de la presente licitación.

Conocimiento de los requerimientos del servicio

Aun cuando en la descripción de los Servicios del Contrato estipuladas en las BT se hubieran omitido detalles necesarios, el Servicio requerido deberá entregarse completo, operable y en los plazos que se fijan en las bases técnicas y administrativas.

El costo de los elementos o trabajos secundarios o menores, así como el de los trabajos, bienes, servicios y funcionalidades cuya provisión está expresamente solicitada en las BT, pero no consignada individualmente en la oferta, se considerarán incluidos en los precios cotizados.

El contratista deberá examinar cuidadosamente los antecedentes que forman parte integrante de la Propuesta y solicitar toda la información necesaria, incluso de materias que no figuren o se hayan omitido en dichos documentos y que sean necesarios para el otorgamiento del servicio requerido, siendo de su cargo cualquier solución no resuelta. Cualquier discrepancia que exista entre estos documentos será resuelta por el Director de Informática.

Cumplimiento de instrucciones

El Contratista deberá someterse a las instrucciones de la Dirección de Gabinete, las cuales se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones del respectivo contrato. El Inspector Técnico de Servicio (ITS) será nombrado por la Dirección de Gabinete, en el Decreto de Adjudicación, conforme lo previsto en el Punto N° 17° de estas BAE.

Dentro las funciones del ITS, se encuentran, entre otras, las siguientes:

- Para efectos contractuales, ser el interlocutor de la Municipalidad con el Contratista.

- Coordinar y supervisar la ejecución del proyecto.

- Temas operacionales varios.

- Aprobar los avances del proyecto.

- Aprobar y cursar, multas y pagos.

DURACION DEL CONTRATO

El contrato empezará a regir desde la fecha de su suscripción, sin perjuicio de que la prestación de los servicios se efectuará por el plazo de 40 meses, a contar del 1 de febrero de 2020, fecha del inicio efectivo de los servicios.

La Municipalidad podrá aumentar o disminuir el contrato, de acuerdo a los requerimientos estipulados en el artículo 44° del Título VII “Del contrato y su ejecución” de las BAG. Los aumentos no podrán superar el 30% del valor total del contrato y deberán ser aprobados por la Comisión de Finanzas Municipales y ordenadas por Decreto Alcaldicio (art. 47° de las BAG).

La única instancia de aceptación de modificación por parte de la Municipalidad de Vitacura, será la notificación en el portal www.mercadopublico.cl del Decreto Alcaldicio que lo autoriza.

Por lo tanto, si el Contratista por cuenta propia realiza cambios, e implementa servicios adicionales, éstos no serán pagadas si no cuentan con la notificación anteriormente señalada. Sin esta aceptación, el ITS no estará autorizado para visar ningún pago por concepto de extraordinarios.

En aquellos casos en que los aumentos de servicios se refieran a partidas que no han sido consideradas en la oferta presentada por el Adjudicatario, estos precios deberán ser convenidos por ambas partes de común acuerdo, cuyos valores deberán ser evaluados por la Municipalidad, según costos de mercado, para posteriormente ser aprobados.

Una vez establecida la conformidad anteriormente señalada y ratificada la disponibilidad de fondos por la Comisión de Finanzas Municipales, se procederá a redactar el Decreto Alcaldicio que autoriza dicha modificación.

Los aumentos y/o disminuciones de obras serán perfeccionados con modificaciones de contrato.

SUBCONTRATACION

El Contratista podrá subcontratar parcialmente la prestación de los servicios conforme lo dispuesto en el inciso segundo del Artículo 73° de las BAG. Para obtener el consentimiento a que hace referencia el artículo citado, el Contratista deberá presentar por escrito a la consideración de la Unidad Técnica las bases sobre las cuales se otorgará el subcontrato, la naturaleza y extensión de los trabajos o servicios y suministros consultados en el subcontrato, y el nombre y los antecedentes del subcontratista.

Si tal autorización fuese otorgada, no relevará al Contratista de ninguna de las responsabilidades y obligaciones del Contrato, entendiéndose que mantiene la responsabilidad de todas las obligaciones contraídas con la Municipalidad de Vitacura en virtud del contrato; siendo el Contratista, responsable solidario por los actos, errores y negligencias de cualquier subcontratista, sus representantes o trabajadores, como si fueran propios, incluso respecto de aquellos contratos de especialidades en cuya selección haya intervenido la Municipalidad de Vitacura, como así mismo, el pago de todas las obligaciones para con los trabajadores, proveedores u otros que omita pagar el subcontratista, todo de conformidad a lo establecido en la legislación vigente. Igualmente, el Subcontratista deberá cumplir con lo previsto en el artículo 4° de la Ley de Compras Públicas. La subcontratación no creará relación jurídica ni de ninguna especie entre los subcontratistas, sus trabajadores y la Municipalidad de Vitacura.

Responsabilidad Subsidiaria y Solidaria:

El Municipio hará siempre efectivo el derecho a ser informada y el derecho de retención a que se refieren los incisos primero y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, exigiendo al Contratista, conjuntamente con la o las factura (s) por la prestación de sus servicios y como condición para el pago de éstas, presentar obligatoriamente al ITS, un certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo (Certificado F30-1), o bien por medios e instituciones idóneas que garanticen la veracidad y cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales del Contratista y del Subcontratista si procediere.

Adicionalmente, el ITS podrá requerir, en cualquier momento, que el Contratista le presente copia de la planilla de pago de las imposiciones a los organismos de previsión que corresponda, respecto de todo su personal afecto al Contrato debidamente cancelada, copia de las liquidaciones de sueldo de dicho personal debidamente pagadas, correspondiente al mes inmediatamente anterior al que se factura, registros de asistencia, etc.

En caso que el Contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada en el párrafo precedente, o que la Municipalidad tome conocimiento o sea notificada de cualquier demanda deducida por un trabajador en contra del Contratista o del Subcontratista, si fuere el caso, que pueda afectar la responsabilidad solidaria o subsidiaria del Municipio, en los términos establecidos en el Artículo 183-B o 183-D del Código del Trabajo, la Municipalidad podrá retener de la factura que deba pagar al Contratista, una suma equivalente al monto de que es responsable, procediendo con el producto de dicha retención a pagar al trabajador o institución previsional acreedora, en conformidad a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo y el Decreto 319 de 2006 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; de la Subsecretaría del Trabajo que Aprueba el Reglamento del Artículo 183-C inciso segundo del Código del Trabajo.

A mayor abundamiento, el Contratista faculta expresamente a la Municipalidad para efectuar tal retención, y la autoriza para que, en su nombre y representación, pague al trabajador o a la institución previsional acreedora su acreencia con cargo a los dineros retenidos.

Asimismo, el Contratista se obliga especialmente, a informar al Municipio de manera oportuna y cabal, (i) cualquier reclamo presentado por los trabajadores en la Inspección del Trabajo, o (ii) citación que reciba de este organismo, y que se haga con motivo o en el marco del procedimiento dispuesto en el párrafo 7º del Capítulo II del Libro V del Código del Trabajo, y siempre que dicha citación diga relación con alguno de los trabajadores o ex trabajadores que presten o hayan prestado labores o servicios durante el plazo de ejecución del Contrato.

Se deja constancia que esta obligación tiene como finalidad principal que la Municipalidad pueda tomar las providencias necesarias para ejercer su debido derecho a defensa ante dicho organismo o simplemente plantear ante este todo aquello que estime necesario para una correcta y cabal comprensión de los hechos materia de la denuncia.

En caso que el Contratista no dé el aviso correspondiente, o bien dándolo, la Municipalidad sea requerida para cumplir alguna prestación laboral con motivo de un Procedimiento laboral, el Municipio queda facultado para retener del Contratista todas aquellas sumas de dinero pretendidas por el trabajador u ordenadas pagar por el Tribunal respectivo. Todo lo anterior se entiende sin perjuicio de los demás derechos que la ley confiere a la Municipalidad, en su calidad de empresa principal.

PROFESIONAL DE COORDINACION E INSPECCION (ITS) Y REPRESENTANTE DEL CONTRATISTA

Coordinación e Inspección de la Municipalidad

De acuerdo al artículo 63° de las BAG y lo previsto en el Decreto Alcaldicio N° 5/1245, de fecha 22 de junio de 2016, que aprueba el Reglamento sobre Función y Deberes de los Administradores de Contrato de la Municipalidad de Vitacura, el desarrollo del contrato será coordinado e inspeccionado por el Inspector Técnico del Servicio (ITS) que designe la Municipalidad, a través del director de la Dirección de Gabinete, y el Adjudicatario reconocerá como válida su coordinación, control, observaciones y detalles.

El ITS tendrá las atribuciones contenidas en los documentos señalados en el párrafo precedente, los que se indican en el numeral 14.3 de estas BAE y los que le sean otorgados en el Decreto Alcaldicio de Adjudicación o por escrito por el Director de Gabinete.

Representante del Contratista

Conforme lo previsto en el artículo 74° de las BAG, el Contratista designará un Administrador del Contrato a cargo durante el tiempo de duración del Contrato, de la gestión administrativa y técnica del mismo, quién deberá ser aprobado por la Dirección de Gabinete y deberá acreditar por escrito que cuenta con atribuciones y facultades para adoptar medidas y tomar decisiones respecto del requerimiento que el Municipio ha contratado.

El Administrador del Contrato actuará como contraparte, para la solución de temas administrativos, coordinación de asistencia técnica y otras actividades propias de los servicios contratados (presentación de nuevos productos, up grades, etc.). Lo anterior, una vez firmado el contrato y se debe indicar: nombre, mail, número teléfono fijo y número teléfono móvil.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Aclaración N° 1
Modifíquese Punto N° 14.2 de las Bases Administrativas Especiales (BAE), en tercer párrafo:

Donde dice:
“El contratista deberá examinar cuidadosamente los antecedentes que forman parte integrante de la Propuesta y solicitar toda la información necesaria, incluso de materias que no figuren o se hayan omitido en dichos documentos y que sean necesarios para el otorgamiento del servicio requerido, siendo de su cargo cualquier solución no resuelta. Cualquier discrepancia que exista entre estos documentos será resuelta por el Director de Informática.”

Debe decir:
“El contratista deberá examinar cuidadosamente los antecedentes que forman parte integrante de la Propuesta y solicitar toda la información necesaria, incluso de materias que no figuren o se hayan omitido en dichos documentos y que sean necesarios para el otorgamiento del servicio requerido, siendo de su cargo cualquier solución no resuelta. Cualquier discrepancia que exista entre estos documentos será resuelta por el Director de Gabinete de Alcaldía.”
Aclaración N° 2
Modifíquese el punto N°6 de las Bases Administrativas Especiales (BAE), segundo párrafo:

Donde dice:
“Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP} los antecedentes que deben ingresar al portal, conforme a lo dispuesto en los requerimientos que a continuación se detallan, deben cumplirse respecto de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal, con excepción de la Garantía requerida en el Punto N° 10.1 de las presentes BAE que, para el caso de una eventual UTP, como tal, sólo deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta que presente.

Debe decir:
"Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) los antecedentes que deben ingresar al portal, conforme a lo dispuesto en los requerimientos que a continuación se detallan, deben cumplirse respecto de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal, con excepción de la Garantía requerida en el Punto N° 11.1 de las presentes BAE que, para el caso de una eventual UTP, como tal, sólo deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta que presente.
Aclaración N° 3
Modifíquese el punto N°2.1 de las Bases Técnicas (BT), cuarto párrafo:

Donde dice:
“En relación al contenido del sitio web, éstas incluyen: Banner, Textos, gráfica (realizadas por la empresa adjudicataria), sonido, animaciones (realizadas por la empresa adjudicataria) y videos HD y Full HD, de máximo 1 minuto, que son proporcionados por el municipio. Además, la actual empresa adjudicada diseñó, confeccionó y operó dos presentaciones de 60 minutos aproximados, para la Cuenta Pública Anual u otro tema que requiera el municipio. En ella también incorpora HTML5 u otro similar, y que incorpore fotos, videos, audio, voz y animaciones”.

Debe decir:
En relación al contenido del sitio web, éstas incluyen: Banner, Textos, gráfica (realizadas por la empresa adjudicataria), sonido, animaciones (realizadas por la empresa adjudicataria) y videos HD y Full HD, de máximo 1 minuto, que son proporcionados por el municipio. Como parte del contrato mensual, el adjudicatario también desarrolló, confeccionó y operó dos presentaciones de 60 minutos aproximados, en formato HTML5. La presentación fue diseñada a partir de los documentos entregados por el Municipio, esta actividad habitualmente ocurre para la Cuenta Pública u otro tema que requiera el municipio. A modo de ejemplo, la presentación de la Cuenta Pública puede ser revisada y analizada, en https://vitacura.cl/municipalidad/cta_publica/cuenta_publica_2018/index.html
Aclaración N° 4
Modifíquese el punto N°3.3 de las Bases Técnicas (BT), en lo siguiente:

Donde dice: “Soporte Técnico Administrativo, fuera del horario anterior (incluidos fines de semana), será la Contraparte Técnica, quien resuelva y ejecute las solicitudes generadas por el Municipio, en general, temas relacionados a plebiscitos, precensos, censos, consultas comunales, elecciones, cabildos, festivales, celebraciones, terremotos y emergencias climáticas con impacto en los servicios, y todo lo que requiera cambios a las exigencias municipales.
Soporte de emergencia, será la Contraparte Técnica, quien resuelva y ejecute las solicitudes generadas por el Municipio, en general, catástrofes, emergencias mayores, caída de servicios, temas de seguridad e indisponibilidad del sitio, ante lo cual se requiere disponibilidad inmediata.

Debe decir: “Soporte Técnico Administrativo
, fuera del horario anterior (incluidos fines de semana y festivos), serán considerados de Emergencia y/o Fuerza Mayor. En tal caso, será la Contraparte Técnica del Adjudicatario, quien resuelva y ejecute las solicitudes generadas por el Municipio. Resulta imposible precisar la cantidad exacta de oportunidades en que eso sucede, pues se trata de imponderables.”.
Aclaración N° 5
Modifíquese el punto N°3.4 de las Bases Técnicas (BT), segundo párrafo:

Donde dice: Cuando la Dirección de Informática lo determine, el adjudicatario deberá:
i. Prestar todo su apoyo para el levantamiento y operación del sitio institucional, en la ubicación que el municipio determine.

Debe decir: Cuando la Dirección de Informática lo determine, el adjudicatario deberá:
i. Realizar el levantamiento y operación del sitio institucional, en el servidor que el municipio determine.