Licitación ID: 2667-90-LE23
SERVICIO DE PRODUCCIÓN COORDINACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA FERIA DEL ECOSISTEMA DE INNOVACIÓN HUB VITACURA EN EL ETMDAY 2023
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Global
Cod: 80141607
Valor total Neto por el “Servicio de Producción, Coordinación e Implementación de la Feria del Ecosistema de Innovación HUB Vitacura en el ETMDAY 2023", según bases de Licitación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PRODUCCIÓN COORDINACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA FERIA DEL ECOSISTEMA DE INNOVACIÓN HUB VITACURA EN EL ETMDAY 2023
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objeto de la presente licitación es contratar a una persona natural o jurídica, para la prestación de los servicios destinados a la producción, coordinación e implementación de la Feria del ecosistema de innovación HUB Vitacura en el ETMDAY 2023 en el Parque Bicentenario de la comuna. La implementación de la Feria, deberá ser con estructuras, equipamiento y servicios complementarios (estructuras para los stands, estructura para charlas del ecosistema, estructura para sombra, amplificación, sillas, mesas manteles, pantallas, generador eléctrico y distribución eléctrica para cada stand, fabricación de letras volumétricas, cabina para grabar videos, entre otros), con la finalidad de que estos sean adecuados a las necesidades de los expositores del evento, respecto del ecosistema y velando por el óptimo desarrollo de la actividad, conforme a lo indicado en las presentes BAE, BT y demás requerimientos de esta Licitación. El objeto definido deberá ser ejecutado en el mes de noviembre del año en curso en el plazo de quince (15) días corridos, contados desde la fecha de firma del Acta de Inicio del Servicio, del año en curso incluyendo en este período, su montaje diez (10) días, Feria dos (2) días y Desmontaje tres (3) días, conforme a las características y requerimientos, dispuestos en las presentes BAE y en las BT, BAG, Modificaciones y Respuestas a Consultas (si correspondiere) y en el Contrato, así como en otros documentos de este proceso licitatorio.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-10-2023 15:15:00
Fecha de Publicación: 10-10-2023 20:06:00
Fecha inicio de preguntas: 10-10-2023 20:11:00
Fecha final de preguntas: 16-10-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-10-2023 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-10-2023 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-10-2023 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 06-11-2023 17:26:02
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
El punto de reunión será en las oficinas del HUB Municipalidad de Vitacura, en calle Los Abedules 3085, piso 6, comuna de Vitacura 13-10-2023 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
 
Documentos Económicos
1.- Adjuntar antecedentes económicos según lo dispuesto en el Numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta Técnica Propuesta Técnica. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 17%
2 Políticas de Integridad Políticas de Integridad. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 2%
3 Oferta Económica Oferta Económica. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 63%
4 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de los Requisitos Formales. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 2%
5 Experiencia de los Oferentes Experiencia si la tuviere. Revisar Pauta de Evaluación conforme a lo dispuesto en numeral 7.1 de las Bases Administrativas Especiales. 16%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Municipal
Monto Total Estimado: 25000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Impuestos Incluidos.
Tiempo del Contrato 15 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Nancy Ortiz
e-mail de responsable de pago: nortiz@vitacura.cl
Nombre de responsable de contrato: Diego Larraín
e-mail de responsable de contrato: diego.larrain@vitacura.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-2402000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 18-01-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante documento en la forma establecida en el artículo 22° de las BAG y según lo dispuesto en el artículo 31° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, pagadero a la vista e irrevocable. El monto de esta Garantía será de $500.000 (quinientos mil pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 90 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de la licitación. La Garantía de Seriedad de la Oferta podrá ser incorporada en forma digital a través del portal www.mercadopublico.cl, sólo en el caso que se ajuste a lo dispuesto en la Ley N°19.799, sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma. En caso contrario, deberá hacer entrega obligatoria del documento en la Secretaría Municipal, ubicada en Av. Bicentenario N°3.800, Piso 3°, hasta el día y hora señalados para el ingreso de las ofertas en el Portal. En el evento de no cumplir con la entrega o el ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en tiempo y forma antes señalados, el Oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta. En caso de que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el Municipio podrá solicitar su prórroga, siendo obligatorio para el oferente cumplir la instrucción municipal. La garantía de seriedad de la oferta se hará efectiva en cualquiera de los casos previstos el artículo 23° de las BAG.
Glosa: Garantiza Seriedad de la Oferta ID 2667-90-LE23.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta a los Proponentes conforme a los siguientes casos: • En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato. • Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 23-02-2024
Monto: 10 %
Descripción: Notificada la adjudicación a través del Portal, el oferente adjudicado, deberá presentar una Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Contratista, en los términos, forma, plazo y condiciones establecidas en los artículos 53° al 59° de las BAG. El monto de esta garantía será el equivalente al 10% del valor total del contrato (impuestos incluidos), expresada en pesos chilenos, conforme a lo ofertado en el Anexo N°5 y su vigencia deberá comprender a lo menos, desde la fecha de emisión de la garantía, la cual deberá ser anterior a la fecha del contrato, más a lo menos noventa (90) días corridos posteriores a su término. Esta garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución del contrato. Todo eventual aumento del contrato deberá ser igualmente garantizado, de modo que se cumpla con el porcentaje señalado para el valor total del contrato. En el caso eventual de demandas al Municipio, la garantía de fiel cumplimento de contrato deberá siempre mantenerse vigente, y renovarse durante el desarrollo y resolución del proceso. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato se hará efectiva, sin más trámite, en cualquiera de los casos previstos en el artículo 71° del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, es decir, por incumplimiento del contratista de las obligaciones que le impone el contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, como también en los siguientes casos, cuya enunciación no es taxativa: I. No pago de multas dentro de los plazos establecidos en las presentes bases y el respectivo contrato. II. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos o servicios adjudicados establecidos en el Contrato. III. Por la declaración de término anticipado, respecto de las causales imputables al proveedor. IV. Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones impuestas por las presentes Bases, siempre que estos sean imputables al proveedor. Ante casos de incumplimiento, y con el objeto de respetar los principios de contradictoriedad e impugnabilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 ter del DS N°250 “Reglamento de la Ley N°19.886”, se adoptará el procedimiento establecido en el artículo 71° de las BAG, para la aplicación de multas en todo lo que resulte procedente, permitiendo al contratista o concesionario exponer sus descargos de manera previa al cobro de la caución.
Glosa: Garantiza Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato ID 2667-90-LE23
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta al Contratista de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59 de las BAG.
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 25-12-2023
Monto: 2000 Unidad de Fomento
Descripción: El Contratista será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten la prestación del servicio, así como los que se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la Municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al Contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo a lo estipulado precedentemente. Con el objeto de caucionar el pago de los daños indicados en el párrafo que antecede, el contratista deberá entregar, previo a la suscripción del contrato, una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, por un monto equivalente a UF 2.000 (dos mil unidades de fomento), y con pago de prima único, por lo que deberá presentar el comprobante de pago de la totalidad de la Póliza. A su vez, este instrumento debe considerar obligatoriamente, una cláusula de responsabilidad civil patronal, por UF 1.000 (mil unidades de fomento). La vigencia de la Póliza será, a lo menos, desde la fecha de emisión de la misma, la cual deberá ser siempre anterior o a la fecha de suscripción del contrato, más 30 días corridos posteriores al término del mismo. En caso de que las prestaciones se extendieran más allá del plazo ofertado o este periodo no estuviese debidamente resguardado por la Póliza de Responsabilidad Civil vigente, el Contratista deberá realizar la respectiva prórroga y mantener la vigencia de la Póliza, hasta la nueva fecha de término validada por el ITS y el Decreto Alcaldicio que lo sancione. Esta Póliza de Seguro tendrá como asegurado a la Municipalidad de Vitacura, debiendo excluir expresamente la cláusula de arbitraje respecto del municipio, además de incluir obligatoriamente una cláusula que imponga la prohibición de introducir modificaciones a los términos y condiciones de la misma (cláusula de inalterabilidad), sin autorización previa, y por escrito, de la Municipalidad de Vitacura, según lo establecido en el artículo 60° de las BAG. Las pólizas de suro que no cumplan expresamente con los requerimientos señalados en el presente numeral no serán aceptadas, encontrándose facultada la Municipalidad para dejar sin efecto la licitación y proceder de acuerdo a lo previsto en el artículo 41 de las BAG. Si la póliza es con deducible, en las condiciones particulares de ésta, deberá estipular expresamente que, el deducible será de cargo exclusivo del contratante de dicha póliza. En caso de renovación de la póliza de seguro, deberá hacerse con un mínimo de 30 días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento. En caso de daños a la propiedad privada, pública o a terceros, cuyo monto sea inferior al deducible del seguro, el Contratista deberá responder en forma inmediata una vez notificado por el ITO. Esta póliza será devuelta al Contratista de acuerdo con lo dispuesto en el inciso final el artículo 133° de las BAG. De igual forma, el Seguro de responsabilidad Civil será considerado como requisito esencial para la firma del contrato, y su no entrega oportuna facultará a la Municipalidad para dejar sin efecto la adjudicación y cobrar la Garantía de Seriedad de la Oferta, así como también dará lugar a la readjudicación de la licitación, si fuese procedente, conforme a los intereses municipales. En caso de daños a terceros, el contratista se obliga a activar en forma personal el procedimiento para responder civilmente por dichos daños, notificando de dicho trámite en un plazo no mayor a 48 horas a la Municipalidad de Vitacura, vía Libro de Inspección o correo electrónico. Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del Contratista, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido.
Glosa: Seguro de Responsabilidad Civil Licitación Pública ID 2667-90-LE23
Forma y oportunidad de restitución: Esta póliza será devuelta al Contratista de acuerdo a lo dispuesto en las BAG.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
Si al completarse la evaluación, dos o más ofertas tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a quien presente el mayor puntaje en el criterio “Oferta Económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido en favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio “Propuesta Técnica”. En caso de persistir el empate, será definido en favor de quien acredite la mayor cantidad de contrataciones en el criterio “Experiencia”. Con todo, de mantenerse el empate, se resolverá a favor de quien obtenga el mayor puntaje en el criterio “Políticas de Integridad”. De persistir la igualdad, la adjudicación se definirá en favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. Por último, si aplicado todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene la igualdad, la adjudicación de decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.