SE ADJUNTAN AL PRESENTE FORMULARIO, LAS BASES DE LICITACIÓN CORRESPONDIENTES A ESTA CONTRATACIÓN, EN ARCHIVO PDF ANEXO. LAS CUALES CONTIENEN TODOS LOS TÉRMINOS QUE RIGEN ESTA LICITACIÓN PÚBLICA Y SU POSTERIOR SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Y/U ORDEN(ES) DE COMPRA, TÉRMINOS QUE ADEMÁS SE EXPRESAN A CONTINUACIÓN:
BASES DE LICITACIÓN
“EXÁMENES IMÁGENES DIAGNÓSTICAS”
BASES ADMINISTRATIVAS
I DISPOSICIONES GENERALES
1º OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN
Las presentes Bases de Licitación, reglamentan el proceso de llamado a Licitación Pública para la contratación del suministro de servicios de exámenes de imagenología específicos para la detección precoz y oportuna de: cáncer de mama a través de Ecotomografías Mamarias Bilaterales; patología biliar y cáncer de vesícula mediante Ecotomografía Abdominal; y apoyo en diagnóstico radiológico ante sospecha clínica de neumonía, asma o enfermedad pulmonar crónica obstructiva mediante Radiografía de Tórax AP/LAT, durante el año 2025, de acuerdo a Convenio Programa Imágenes Diagnósticas en Atención Primaria de Salud emanado desde el Servicio de Salud O´Higgins, denominada “Exámenes Imágenes Diagnósticas”; dependiente del Departamento de Salud de la Municipalidad de Mostazal.
2º DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presentación de ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras o Uniones Temporales de Proveedores (UTP), que se encuentren habilitados de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), Además, en caso de ser persona jurídica éstas deberán encontrarse habilitadas conforme a lo señalado en los artículos 8° y 10º de la Ley Nº20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los delitos que indica, y no deben encontrarse afectadas por la inhabilitación para contratar con el Estado, contemplada en el artículo 33 de la ley N° 21.595, sobre delitos económicos.
En el caso de UTP, estas sólo podrán estar conformadas por Empresas de Menor Tamaño (EMT) y deberán acreditar que cada uno de sus integrantes se encuentra habilitado y/o no se encuentra afecto a las referidas inhabilidades y prohibiciones.
3º DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda y todas sus modificaciones; y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de precedencia:
a) Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la Licitación, si los hubiere.
b) Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer el Departamento de Salud, a través del Decreto Alcaldicio correspondiente.
c) Respuestas a las preguntas de los proveedores, las que en caso de ser sólo aclaraciones a lo señalado en las Bases y no constituyan modificaciones a estas, bastará con su ingreso a través del sistema www.mercadopublico.cl y su posterior constancia de ello en el Decreto de Adjudicación.
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Departamento de Salud.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al portal de Mercado Público.
4º CONSULTAS Y ACLARACIONES
Para la correcta interpretación de las bases y futura ejecución del contrato, los oferentes deberán ingresar sus consultas y solicitudes de aclaración de dudas o explicaciones en el Portal de Mercado Público; las cuales serán contestadas a través del mismo portal, de acuerdo con el cronograma de la licitación, con conocimiento de todos aquellos que participen del proceso.
El Departamento de Salud, por su propia iniciativa o en respuesta a una consulta o solicitud de aclaración planteada por algún oferente, podrá enmendar, rectificar o adicionar las Bases de Licitación mediante Aclaraciones.
Tanto las respuestas como las aclaraciones serán publicadas en el Portal Mercado Público. El Departamento de Salud, deberá entregar las respuestas dentro del plazo consignado en el cronograma de la licitación.
Las respuestas y aclaraciones, para todos los efectos, se entenderán que forman parte integrante de las Bases de licitación.
5º MODIFICACIONES A LAS BASES
El Departamento de Salud podrá modificar las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio, publicadas en el Portal Mercado Público y, en caso de ser necesario deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
6º EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Se entenderá que los oferentes por el sólo hecho de presentar sus ofertas, declaran conocer y aceptar en todas sus partes el contenido de las bases y demás documentos integrantes del proceso de licitación, obligándose a no tomar ventaja indebida de cualquier posible deficiencia del mismo y a colaborar con el Departamento de Salud, a fin de que la adjudicación de la propuesta se efectúe con la mayor transparencia y equidad posible.
Cualquier omisión o divergencia en el llamado a licitación o en el proceso mismo, así como de las Bases o su documentación anexa o de alguna exigencia necesaria para la correcta y oportuna ejecución del contrato, no releva a los oferentes de su responsabilidad para con el Departamento de Salud, siendo obligación de los oferentes hacerlas valer oportunamente en el periodo de consultas y respuestas.
Por el sólo hecho de presentar su propuesta en el Portal Mercado Público, el oferente se obliga a mantener vigente su oferta durante un plazo de 90 días corridos, o por el plazo que señalen las Bases Especiales o Técnicas, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La retractación del oferente antes del término señalado, será considerada como una falta de seriedad, en cuyo caso se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
II ETAPAS Y PLAZOS
7º CRONOGRAMA
7.1º FECHA DE PUBLICACIÓN: Posterior a la recepción de la total tramitación del acto administrativo aprobatorio de las presentes bases.
7.2º FECHA INICIO DE PREGUNTAS: Hasta 2 horas posteriores a la publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
7.3º FECHA FINAL DE PREGUNTAS: Hasta 3 días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
7.4º FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS: Hasta 2 días posteriores a la fecha final de preguntas según la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl
Con el objeto de dar respuesta en forma oportuna y en concordancia con el principio de economía procedimental, las respuestas a las preguntas estarán a cargo de quien se designe como Supervisor Técnico y Administrativo del presente proceso y serán publicadas en el plazo establecido precedentemente, para luego ser aprobadas en el acto administrativo de Adjudicación o Deserción según corresponda; excepto, si alguna de las respuestas da lugar a una modificación de las presentes bases, en dicho evento se publicará el acto administrativo con anterioridad al cierre de ofertas y se ampliarán los plazos respectivos, si corresponde, según lo estipulado en el Reglamento de la Ley N° 19.886 y en las presentes Bases.
7.5º FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LA OFERTA: Hasta 10 días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl, el cual podrá rebajarse hasta 5 días hábiles, en el evento de que se trate de la contratación de bienes o servicios de simple y objetiva especificación, y que conlleve un esfuerzo menor en la preparación de ofertas.
Indistintamente, este plazo podrá extenderse por hasta 5 días más, de no recibir oferentes o con el objeto de aumentar la cantidad de ofertas si hubieran menos de 3, o si no se hubieran recibido garantías por seriedad de la oferta (en caso de haberse solicitado), todo, hasta el día de la fecha de cierre publicada en www.mercadopublico.cl.
7.6º FECHA DE ACTO DE APERTURA: El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta 5 días hábiles posteriores.
7.7º FECHA DE ADJUDICACIÓN: Dentro de los 45 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl
Si por causas no imputables al Departamento de Salud de Mostazal, no se puede cumplir con la fecha indicada, el Departamento de Salud de Mostazal publicará una nueva fecha en el Portal www.mercadopublico.cl.
7.8º TIEMPO ESTIMADO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS: Hasta 20 días hábiles aproximadamente.
CONSIDERACIÓN: Los plazos de días establecidos en la cláusula II Etapas y Plazos, son de días corridos, a excepción de los que se indican expresamente en días hábiles, los cuales podrán aumentar en caso de que dicho día según calendario fuese inhábil, extendiéndose hasta el día hábil siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
III CONTENIDO DE LA OFERTA
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del Portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de recepción de estas, establecido en el cronograma de la licitación. Los proveedores podrán presentar más de una oferta en este proceso con un tope de 3 por cada línea de producto o servicio, pero no podrán ofertar de forma individual y simultáneamente hacerlo a través de Unión Temporal de Proveedores, por lo que en caso de hacerlo será rechazada la oferta individual. Asimismo, cada una de las ofertas presentadas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones, incluida la Garantía por Seriedad de la Oferta si esta hubiese sido requerida según el punto 25° de las Bases Administrativas.
La oferta se compone de los antecedentes administrativos, de los antecedentes técnicos (oferta técnica) y de los antecedentes económicos (oferta económica), según se detalla en los siguientes puntos de estas Bases. La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esos puntos, será condición suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones o de emplear otros mecanismos, en los términos que se establecen más adelante en las presentes Bases Administrativas.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, por lo que deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico dentro de su oferta ingresada a www.mercadopublico.cl, de acuerdo a los Antecedentes Administrativos, Técnicos y/o Económicos y/o a los formularios definidos para tal efecto en los anexos de las presentes bases, los que se encontrarán disponibles en formato editable en el Portal. En caso que el oferente quiera complementar su información, podrá hacerlo en archivos adicionales.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación, implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
8º ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
8.1º ANTECEDENTES MÍNIMOS REQUERIDOS PARA LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El oferente DEBE presentar en su propuesta, la documentación según el Artículo 4° y 35° quáter de la ley N° 19.886.-, que se detalla a continuación:
- Firmar Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que habilita www.mercadopublico.cl, y que se encontrará en línea al realizar la oferta para la licitación, todos los proveedores deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente dicha declaración jurada. En caso de presentarse como oferente bajo Unión Temporal, dicha Declaración Jurada deberá estar firmada en dicha calidad, tal como lo dispone el portal Mercado Público para dichos efectos y, acreditará la habilidad de todos y cada uno de los integrantes de dicha UTP.
En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) conformadas por Empresas de Menor Tamaño (EMT):
- Si para el efecto de participar en el presente proceso de contratación la oferta es ingresada como UTP conformada por Empresas de Menor Tamaño. Esta Unión Temporal debe cumplir con la documentación exigida según lo dispuesto en el punto 11.1° de las presentes Bases Administrativas.
9º ANTECEDENTES TÉCNICOS
9.1º ANTECEDENTES MÍNIMOS REQUERIDOS PARA LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El oferente DEBE presentar en su propuesta, los siguientes antecedentes:
PARA TODAS LAS LÍNEAS LICITADAS:
- Adjuntar Certificado de Acreditación de Calidad emitido por la Superintendencia de Salud, ya sea en “Estándar General de Acreditación para Prestadores Institucionales de Atención Cerrada” ó “Estándar General para Prestadores Institucionales Destinados al Otorgamiento de Servicios de Imagenología”, o acreditación de exención, vigente al año 2025. En caso que alguna de dichas acreditaciones no posea vigencia por la totalidad del año 2025 y el proveedor sea contratado, este deberá presentar la certificación correspondiente a la acreditación o la renovación de esta al momento de obtenerla luego de su vencimiento, lo cual estará sujeto a la continuidad del contrato.
- Acreditar poseer idoneidad técnica para la prestación del servicio requerido, adjuntando Anexo I y descripción y ficha técnica de los equipos que se utilizarán, la tecnología ofrecida debe ser “de punta”, es decir, acorde a los avances y niveles tecnológicos actuales.
9.2º ANTECEDENTES A EVALUAR
Se evaluarán los siguientes antecedentes, cuyos factores de ponderación se encuentran descritos en el punto 15° Criterios de Evaluación de las presentes Bases Administrativas:
- Experiencia de los Oferentes: Adjuntar certificados emitidos por instituciones públicas, que acrediten haber trabajado en convenios de imágenes diagnósticas similares.
- Cupos disponibles: detallar cantidad de cupos, disponibilidad de horarios, y días de la semana (se requiere de lunes a sábado), que ofrecerá y destinará para la presente contratación. Teniendo en cuenta la cantidad de cupos mensuales o semanales requeridos para cada línea de prestación.
- Plazo de Entrega: según tiempo de entrega del examen informado indicado por proveedor, teniendo en cuenta que el plazo máximo es de 3 días hábiles.
- Ubicación del Centro Clínico: Indicar ubicación del establecimiento donde se realizarán los exámenes, dado que es de suma importancia para nuestros usuarios contar con acceso expedito desde nuestra comuna hasta dicho establecimiento.
- Servicio Post – Venta: Indicar forma de entrega de placa de examen y su informe.
- Pacto de Integridad: Acreditación de la existencia de programas de integridad y ética empresarial, los cuales deben ser efectivamente conocidos y aplicados por su personal.
- Cumplimiento de Requisitos Formales: Se asignará menor puntaje a las ofertas que no cumplieron con todos los antecedentes requeridos, dentro del plazo para presentación.
10º ANTECEDENTES ECONÓMICOS
Se considerarán incluidos en la oferta todos los costos y gastos que ocasionen la ejecución del contrato y el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, sean directos o indirectos.
10.1º ANTECEDENTES MÍNIMOS REQUERIDOS PARA LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El oferente DEBE presentar en su propuesta, los siguientes antecedentes:
- Presentar oferta económica del valor por la cantidad total de exámenes a realizar, adjuntando Propuesta Económica que indique el detalle y el valor unitario de cada examen, según Anexo II. Teniendo en cuenta los siguientes valores máximos como presupuesto disponible:
- Radiografía de tórax AP/LAT $16.000.- con impuestos incluidos.
- Ecotomografía abdominal $24.000.- con impuestos incluidos.
- Ecotomografía Mamaria Bilateral $18.000.- con impuestos incluidos.
Y, teniendo en cuenta que anualmente se realizan aproximadamente:
- 246 Radiografías de Tórax AP/LAT
- 250 Exámenes de Ecotomografía Abdominal
- 270 Exámenes de Ecotomografía Mamaria Bilateral
10.2.º ANTECEDENTES A EVALUAR
Se evaluarán los siguientes antecedentes:
- Precio: Valor final (impuestos y/o recargos incluidos) del kit total de exámenes de imágenes diagnósticas requeridos según Bases Técnicas.
IV FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
11º PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN MERCADO PÚBLICO
Los oferentes deberán presentar su Oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, hasta el día y hora del cierre de la propuesta, adjuntando la documentación de acuerdo a lo estipulado en las Bases de Licitación.
Un mismo proveedor podrá presentar hasta 3 ofertas por el mismo producto o servicio (misma línea), las cuales serán admitidas siempre y cuando cumplan individualmente con todos los antecedentes y requisitos, así como con la Garantía de Seriedad de la oferta si esta fuera requerida. Con todo, se evaluará y adjudicará la más conveniente según los Criterios de Evaluación dispuestos en las presentes Bases.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
11.1º UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
La unión temporal (UTP) estará integrada por dos o más proveedores clasificados como empresa de menor tamaño (EMT), y que se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
El Departamento de Salud exigirá la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, al efecto, cada proveedor de dicha unión temporal deberá encontrarse inscrito al momento de que se genere esta formalidad.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Las ofertas presentadas por una UTP compuesta por proveedores que no corresponden a una empresa de menor tamaño será declarada inadmisible.
En el caso en que la inhabilidad se produzca durante el período en que el contrato se encuentre en ejecución, el integrante inhábil podrá ser reemplazado por otro, propuesto por los integrantes restantes de la unión, que
cumpla con los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de licitación para ofertar y cuyos atributos no sean, a criterio del Departamento de Salud, inferiores a los que cumplía el anterior integrante al momento de adjudicarse el contrato, de todo ello se deberá dejar constancia en un acta. En el evento de que se apruebe el reemplazo del integrante inhábil, la Unión Temporal de Proveedores deberá suscribir, según corresponda, el respectivo instrumento público o privado para su materialización. Dicho cambio deberá formalizarse en un acto administrativo.
12º PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
El oferente deberá verificar en el punto 25° de las Bases Administrativas, si esta garantía es exigible o no para el presente proceso licitatorio.
La garantía de seriedad será recibida sólo hasta el día y hora de cierre del proceso de licitación fijado en el formulario de publicación, en el lugar, apartado web o correo electrónico según corresponda y por la persona indicada, donde se dejará constancia en un Acta escrita, la fecha y hora de recepción:
- Documentos en formato no electrónico, deben entregarse a Secretaria del Departamento de Salud (o a quien la subrogue), en Oficina de recepción del Departamento de Salud de Mostazal, ubicado en Luco Nº 502, San Francisco de Mostazal.
- Documentos en formato electrónico, podrán adjuntarse dentro de los Anexos Administrativos de la oferta en www.mercadopublico.cl o ser enviadas al correo electrónico secretariadepto@saludmostazal.cl
La entrega de esta garantía es de estricta responsabilidad del proveedor, quien debe velar para que sea recibida en la forma y momento indicados. El Departamento de Salud no se hará responsable por entregas mediante otras formas o en tiempos posteriores.
13º EVALUADOR O COMISIÓN EVALUADORA
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, en caso de que el proceso revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, la cual estará integrada por al menos tres funcionarios del Departamento de Salud, o en caso de impedimento, por quienes los subroguen legalmente, los que serán nombrados con anterioridad a la apertura del proceso de licitación, mediante el Decreto Alcaldicio correspondiente.
En caso de tratarse de un proceso licitatorio menor a 1.000 UTM y que la evaluación de las ofertas presentadas no revista gran complejidad esta podrá ser realizada por 2 o sólo un Evaluador/es, sin necesidad de un nombramiento bajo Decreto, sino que bastará con su registro en el Sistema de Información.
El Departamento de Salud a través del/los Evaluador/es o de la Comisión Evaluadora, según corresponda procederán al estudio de todos los antecedentes presentados en las ofertas, extendiéndose su revisión a los aspectos formales de los documentos presentados y a los aspectos esenciales, elaborando un análisis comparativo y fundado de las diferentes propuestas presentadas y su orden de prelación, conforme al resultado de la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en la pauta contenida en el punto 15° de las presentes Bases Administrativas.
14º APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura electrónica de las ofertas, se efectuará en el plazo señalado en el cronograma, en un solo acto, a través del Portal Mercado Público. Primeramente, se procederá a constatar la remisión de todos los antecedentes requeridos para la presentación de las ofertas.
14.1º RECHAZO INMEDIATO DE LAS OFERTAS
El Evaluador/es o la Comisión Evaluadora rechazará inmediatamente las propuestas, cuando se incurra en el siguiente incumplimiento:
- La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta en la forma y plazo indicado, o si ésta estuviera mal extendida, en caso de que dicho documento hubiese sido requerido.
14.2º DE LA INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El Evaluador/es o la Comisión Evaluadora declarará inadmisibles las ofertas cuando determine que éstas no se ajustan a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la ley o el reglamento o no subsanen o aclaren dichos requisitos: no cumplan con la Descripción del Producto o Servicio indicada en el punto 3° Descripción Técnica de los Bienes o Servicios, de las Bases Técnicas, y/o no presenten uno o más de los antecedentes Administrativos, Técnicos y/o Económicos solicitados como “Antecedentes mínimos requeridos para la admisibilidad de las ofertas” en el ítem III “Contenido de la oferta” de la presentes Bases Administrativas.
De constatarse lo anterior, no se aceptarán las ofertas inadmisibles y se procederá a la Apertura de Ofertas, sin perjuicio de que posteriormente a dicho acto, la oferta sea igualmente declarada inadmisible por los mismos motivos ya expuestos en los puntos 14.1° y 14.2° o los que a continuación se mencionan.
14.2.1° INADMISIBILIDAD DE OFERTAS RELACIONADAS
Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren ofertas simultáneas respecto del mismo bien o servicio a contratar señalados en las presentes Bases, por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
Para el efecto, de presentarse ofertas simultaneas por parte de oferentes pertenecientes al mismo grupo empresarial o empresas relacionadas entre sí, el/los evaluador/es o la Comisión Evaluadora, efectuará una evaluación preliminar que incluya las propuestas que estén relacionas, aplicando los Criterios de Evaluación establecidos en las Bases, permitiendo continuar en el proceso solo la oferta más conveniente y declarando inadmisibles las demás, siempre que no se encuentre en el supuesto del punto siguiente.
14.2.2° OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS
El Evaluador/es o la Comisión Evaluadora podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
Se deja establecido que se entenderá que una oferta es riesgosa o temeraria si esta se encuentra por debajo del 30% de la media obtenida entre las ofertas presentadas.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente se analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
A) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
B) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
C) De ser adjudicada la oferta, se solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
15º CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, debiendo cada uno de los componentes ser ponderado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda.
La suma de los puntajes asignados a los componentes indicados a continuación, corresponderá al puntaje final de la oferta. En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, se utilizarán hasta dos decimales.
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con los criterios de evaluación y los mecanismos de asignación de puntajes que se indican en el siguiente cuadro, por línea de producto:
|
Criterio
|
Factor
|
%
|
Mecanismo de Evaluación
|
|
Técnico 80%
|
Experiencia de los Oferentes
|
10
|
Adjuntar Certificados emitidos por clientes, que acrediten haber prestado servicios similares a los especificados en las presentes Bases de Licitación, según cada línea de examen requerido.
- Oferente con mayor cantidad de certificados que acreditan experiencia = 10%
- Los siguientes en cantidad se evaluarán de acuerdo a la siguiente fórmula:
- Cantidad de certificados oferta a evaluar / Cantidad de la oferta con la mayoría de certificados X 10
|
|
Cupos Disponibles
|
20
|
PARA LÍNEA Radiografías de Tórax
- Disponibilidad de horarios todos los días de lunes a sábado, y al menos 41 cupos mensuales = 100 pts
- Disponibilidad de horarios sólo de lunes a viernes y al menos 41 cupos mensuales = 60 pts
- Disponibilidad de horarios sólo de lunes y entre 30 a 40 cupos = 30 pts
- Disponibilidad de horarios sólo algunos días y menos de 30 cupos mensuales, o no indica = 0 pts
|
|
PARA LÍNEA Ecotomografías Abdominales:
De acuerdo a la cantidad de atenciones mensuales disponibles, indicadas por cada oferente:
- De 36 a 42 cupos mensuales = 100 pts
- De 30 a 35 cupos mensuales = 50 pts
- Oferta con menos de 30 cupos mensuales, o no indica = 0 pts
|
|
PARA LÍNEA Ecotomografías Mamarias:
De acuerdo a la cantidad de atenciones mensuales disponibles, indicadas por cada oferente:
- Atiende mensualmente desde 38 a 45 cupos = 100 pts
- Atiende mensualmente desde 32 a 37 cupos = 50 pts
- Atiende mensualmente menos de 32 cupos, o no indica = 0 pts
|
|
TOTAL 3 LÍNEAS:
- Se sumará puntaje total obtenido en la evaluación de las 3 líneas de exámenes y se obtendrá el porcentaje a evaluar mediante la siguiente fórmula:
Puntaje obtenido / 300 X 20
|
|
Plazo de Entrega
|
10
|
PARA LÍNEA Radiografías de Tórax:
Demora en la entrega del examen informado:
- Menos y hasta 48 horas = 100 pts
- Más de 48 horas = 0 pts
|
|
PARA LÍNEAS Ecotomografías Abdominales y Ecotomografías Mamarias:
De acuerdo al tiempo de entrega del examen informado, en días hábiles:
- Hasta 2 días hábiles = 100 pts
- 3 días hábiles = 50 pts
- Más de 3 días hábiles, o no indica = 0 pts
|
|
TOTAL 3 LÍNEAS:
- Se sumará puntaje total obtenido en la evaluación de las 3 líneas de exámenes y se obtendrá el porcentaje a evaluar mediante la siguiente fórmula:
Puntaje obtenido / 200 X 10
|
|
Servicio Post - Venta
|
5
|
Entrega de Placa de Examen e informe 5%:
- Entrega placa radiológica e informe en forma física = 5%
- No entrega placa radiológica e informe en forma física, sólo digital, o no indica = 0%
|
|
Ubicación del Centro Clínico
|
25
|
Ubicación del establecimiento del proveedor, en donde tomará los exámenes:
- Establecimiento en Mostazal, Graneros o Rancagua, por facilidad de acceso pues tiene cuatro tipos de locomoción para acceder a estas localidades = 25%.
- Establecimiento dentro de la provincia de Cachapoal, pero no en las comunas indicadas en punto anterior = 15%
- Consulta de atención establecida en otra provincia fuera de la de Cachapoal, o en otra región, o no indica = 0%
|
|
Pacto de Integridad
|
5
|
Se acreditará este Factor si en la oferta se encuentra adjunto el Programa de Integridad y medios verificadores de su difusión al personal de la empresa:
- Oferente acredita que sí cuenta con programa de integridad y que estos son conocidos por su personal = 5%
- Oferente acredita que sí cuenta con programas de integridad, pero no son conocidos por su personal, o no respalda su difusión = 2%
- Oferente no acredita contar con programas de integridad ni su difusión = 0%
|
|
Cumplimiento de Requisitos Formales
|
5
|
- Proveedor adjunta a su oferta de www.mercadopublico.cl toda la información solicitada = 5%
- Proveedor no adjunta en su oferta toda la información solicitada y la subsana o aclara a través del Foro inverso de la licitación = 2%
- Oferta no subsana o aclara la información = 0%
|
|
Económico
20%
|
Precio
|
20
|
- Menor valor ofertado = 20%
- Los siguientes valores más altos se evaluarán con la siguiente fórmula:
Menor valor / Valor a evaluar X 20
|
16º PUNTAJE MÍNIMO
En caso de que el proveedor con mayor puntaje haya obtenido una ponderación total menor al 60%, se entenderá que las ofertas no son convenientes para el Departamento de Salud, pudiéndose declarar desierta la licitación.
17º ACTA DE EVALUACIÓN
Posteriormente el Evaluador/es o la Comisión Evaluadora elevará los antecedentes al Alcalde mediante un Acta de Evaluación, quien adjudicará la propuesta al oferente que mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la presente licitación. La aceptación y adjudicación de la propuesta se efectuará, mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio.
18º MECANISMO PARA RESOLVER EMPATES
La forma para resolver una situación de empate se realizará considerando los criterios de evaluación y según la ponderación de estos, de acuerdo al siguiente orden:
1º. Ubicación del Centro Clínico; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
2º. Cupos Disponibles; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
3º. Precio; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
4º. Plazo de Entrega; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
5º. Experiencia de los Oferentes; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
6º. Servicio Post – Venta; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
7º. Pacto de Integridad; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
8º. Cumplimiento de Requisitos Formales; se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl
V DE LA ADJUDICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA.
19º DEL ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas se mantendrán vigentes por un lapso de 90 días, a contar del día siguiente de la apertura de la propuesta, período en el cual se deberán evaluar las ofertas, adjudicar, notificar y suscribir el contrato, cuando corresponda a contrataciones o adquisiciones mayores a 1000 UTM o que revistan gran complejidad, con el proponente que se haya adjudicado la propuesta.
20º PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Cada proveedor deberá procurar presentar su oferta con la información requerida lo más completa y detallada posible y será de responsabilidad del oferente la omisión de algún punto especificado del cual se pida información, o de los documentos específicos requeridos en las Bases de Licitación. Si no indica o adjunta algún antecedente a evaluar, este se evaluará con 0% en el ítem que corresponda de los criterios de evaluación o su oferta se declarará inadmisible si la omisión correspondiera a alguno de los antecedentes requeridos para la admisibilidad de las ofertas.
El Departamento de Salud podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el artículo 56 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal. Con todo, de existir proveedores que aclaren o salven dichos errores u omisiones de forma, a través del foro inverso, se les asignará menor puntaje al momento de evaluar las ofertas.
21º SOLICITUD DE ACLARACIONES PARA SALVAR ERRORES U OMISIONES
Si posterior a la apertura, y a juicio del Evaluador/es o Comisión Evaluadora, los antecedentes presentados por alguno de los oferentes requirieren ser aclarados o requiere salvar errores u omisiones de sus ofertas, el evaluador o la Comisión podrá solicitarle consulta a través del foro inverso, que existe en el portal de Mercado Público.
Las aclaraciones solicitadas no podrán alterar la esencia de la oferta, así como tampoco podrán vulnerar el principio de igualdad entre los participantes. Estas aclaraciones solo podrán referirse a la forma y en ningún caso al fondo de la documentación a aclarar. De esta solicitud se comunicará a todos los oferentes en el sistema de información de portal Mercado Público.
La solicitud tendrá un plazo de respuesta máximo y fatal de 48 horas por parte de los proveedores, desde su ingreso en www.mercadopublico.cl.
22º DE LA ADJUDICACIÓN
El Departamento de Salud, aceptará la propuesta más ventajosa, conforme a los criterios de evaluación con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores.
El Departamento de Salud, se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas cuando estas sobrepasen el monto presupuestado para la adquisición, o una o todas las ofertas por no ser convenientes a los intereses de este organismo, declarando inadmisible(s) la(s) oferta(s) que correspondan o desierta la licitación, mediante Decreto Alcaldicio; en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en el respectivo Decreto Alcaldicio.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor, por cada línea de producto o servicio requerida.
La Adjudicación de la Licitación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio, el que se publicará en el portal Mercado Público para proceder a la emisión de la orden de compra respectiva, notificándose de esta forma al proveedor adjudicado.
22.1º FECHA DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en el cronograma de la ficha de licitación se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del retraso.
22.2º MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los proveedores participantes primero deberán consultar el detalle de la evaluación de las ofertas en el Cuadro Evaluativo que se anexa al Acta de Adjudicación. Si aún existen dudas deberán enviar sus consultas al correo electrónico adquisicion.saludmostazal@gmail.com.
23º DE LA READJUDICACIÓN
El Departamento de Salud, en el caso que el proveedor se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en el plazo establecido para esto efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
VI GARANTÍAS
24º NORMAS COMUNES
- Las Garantías podrán otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que aseguren el pago de la garantía de manera rápida, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
- La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista, a primer requerimiento y tener el carácter de irrevocable.
- Los Documentos de Garantía deberán ser tomados por el oferente o adjudicatario a nombre de la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, Rut Nº 69.080.500-6, en caso de que sea tomada a nombre de un representante de la empresa, debe ser a nombre de alguno de sus representantes legales o socios, lo cual deberá acreditarse adjuntando a la garantía, documento notarial que acredite su calidad de representante o socio dentro de la empresa.
- Las Garantías DEBERÁN IDENTIFICAR CLARAMENTE la Adquisición o contratación que caucionan, mediante la GLOSA correspondiente al proceso, si no es posible dentro del mismo documento de garantía, se deberá adjuntar a este, una carta firmada por el representante legal donde se especifique dicha glosa indicando además el tipo de documento, número, fecha y monto.
- Si el instrumento que se presenta expresa su monto en unidades de fomento (UF), se considerará para determinar su equivalente en pesos chilenos (CLP), el valor de la UF a la fecha de emisión del documento presentado.
- Las Garantías serán entregadas en las dependencias del Departamento de Salud, según corresponda, de acuerdo a la descripción de cada garantía, en caso de ser electrónicas podrán ser enviadas al correo electrónico secretariadepto@saludmostazal.cl y para el caso de la Garantía por Seriedad de la Oferta podrá adjuntarse en los Anexos Administrativos de la Oferta realizada a través de www.mercadopublico.cl (SOLO DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS)
- Todos los gastos que irrogue la mantención de las Garantías serán de cargo del proveedor quien será responsable de mantenerlas vigente por el período que caucionan.
- Las Garantías cubrirán sólo una oferta y no todas aquellas que cada proveedor realice en la misma Licitación, por lo tanto, cada oferta que se ingrese a cada proceso debe contar con el documento bancario requerido.
- Cada Garantía debe dar cumplimiento a las condiciones dispuestas en las presentes Bases de Licitación.
10. Para efectos de la presente contratación será delegada su caución al Director del Departamento de Salud.
25º GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
No requerida.
26º GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
No requerida.
27º GARANTÍA ADICIONAL
De ser adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, o cuando el precio de una oferta adjudicada sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Departamento de Salud solicitará una ampliación de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato o, en caso de no haberla requerido en el punto 26° de las presentes Bases, solicitará una garantía adicional al proveedor adjudicado.
El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
Esta garantía tendrá la misma fecha de vencimiento que la exigida para el fiel cumplimiento de contrato, o en su defecto su vencimiento será después de 90 días hábiles posteriores a la fecha de término de la contratación y su glosa será: “Garantía Adicional de Fiel Cumplimiento del Contrato correspondiente a Licitación Pública _____________ _______________________ID Nº ______________” (agregar nombre y Nº de ID que corresponda según publicación en Mercado Público).
VII DEL CONTRATO, SU FORMALIZACIÓN Y SUS MODIFICACIONES
La contratación derivada de las presentes bases se formalizará mediante la emisión de Orden de Compra.
28ºREQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
28.1º UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad, dicha documentación será requerida por el Departamento de Salud al momento de la suscripción del contrato.
28.2º HABILIDAD PARA CONTRATAR
El proveedor adjudicado deberá encontrarse hábil en Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl al momento de la formalización del contrato. Si al momento de la adjudicación el proveedor seleccionado se encuentra inhábil o sin información en www.mercadopublico.cl, tendrá un plazo de 5 días hábiles para subsanar dicha situación, si cumplido este plazo aún se encuentra inhábil o sin información no se realizará la formalización de la contratación y se procederá a la readjudicación de la propuesta o será declarada desierta para proceder a un nuevo proceso, según corresponda.
29º DOCUMENTOS REQUERIDOS EN CASO DE EXISTIR SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO POR ESCRITO
Al momento de la formalización del contrato por escrito, el contrato se efectuará de acuerdo a la información del proveedor adjudicado, contenida en el Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl, sólo se solicitarán antecedentes, de no encontrar acreditado alguno de los documentos que se señalan a continuación. En caso de formalizarse el contrato mediante Orden de Compra estos documentos no serán necesarios y los proveedores adjudicados sólo deberán contar con los requisitos para contratar indicados en los puntos 28.1º y 28.2º.
29.1º PERSONA NATURAL
- No requerirá documentación adicional.
29.2º PERSONA JURÍDICA
- Certificado de Vigencia de la Sociedad.
29.3º OTROS DOCUMENTOS
En el caso de contrataciones de suministros de productos o servicios que se entreguen de manera sucesiva en el tiempo, indistintamente hayan sido formalizados bajo contrato escrito u orden de compra, se le solicitará al proveedor adjudicado que acredite situación de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, mediante Certificado F-30 de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo.
En caso de que el proveedor contratado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato proveniente del presente proceso licitatorio deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
Para esto, el Departamento de Salud, durante toda la mitad del contrato y hasta un máximo de seis meses, luego de cada hito de pago, irá solicitando al proveedor contratado los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación, para luego, a la mitad del contrato y/o a los seis meses según corresponda, volver a solicitar Certificado F-30 de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales de la Dirección del Trabajo, para evaluar si procede la continuidad del contrato, por cuanto el incumplimiento de estas obligaciones por parte del proveedor contratado, según lo anteriormente dispuesto, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Además, el Departamento de Salud se reserva el derecho de verificar en línea, en el caso de documentos electrónicos, o constatar los documentos originales o su copia legalizada, en el caso de documentación en papel, solicitando a cada proveedor adjudicado, la documentación técnica o administrativa no contemplada en los puntos anteriores, que considere necesaria para formalizar la contratación o podrá solicitar su verificación durante la vigencia del contrato.
30º DATOS GENERALES DEL CONTRATO
Estimación en base a: Presupuesto Referencial
Fuente de financiamiento: Fondos Municipales
Monto Total Estimado Referencial: $14.796.000.- (Catorce millones setecientos noventa y seis mil pesos) impuestos y recargos incluidos, si los hubiere.
Duración de Contrato: Contrato de Ejecución en el tiempo.
Tiempo de Ejecución: 7 meses aproximadamente, hasta el 31 de diciembre de 2025, siempre y cuando exista presupuesto disponible.
Plazos de pago: Hasta 30 días.
Opciones de pago: Cheque o transferencia bancaria.
31º DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE Y LAS CANTIDADES
Las cantidades licitadas por el Departamento de Salud podrán ser modificadas al momento de la adjudicación, reservándose el derecho de disminuir o aumentar su requerimiento, dependiendo de las necesidades del servicio y/o disponibilidad presupuestaria.
32º FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
32.1º EN CASO DE FORMALIZAR CONTRATACIÓN MEDIANTE FIRMA DE DOCUMENTO ESCRITO
Una vez notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, el Adjudicatario deberá firmar el Contrato respectivo dentro de un plazo no superior a los 30 días siguientes de dicha notificación, para lo cual será requisito previo la entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en caso de ser solicitada.
32.2º EN CASO DE FORMALIZAR LA CONTRATACIÓN CON ORDEN DE COMPRA
Una vez notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, se emitirá la correspondiente orden de compra, el adjudicatario dispondrá de 1 día hábil para aceptarla, contado después de 24 horas de enviada a través de www.mercadopublico.cl, bajo apercibimiento de hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Lo anterior sin perjuicio de que igualmente deberá entregar Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde aceptada la Orden de Compra, también bajo apercibimiento de hacerse efectiva la Seriedad de la Oferta y, eventualmente, poner término anticipado al contrato ya formalizado.
Si pasados 2 días hábiles desde su envío, el adjudicatario no ha aceptado la orden de compra, el Departamento de Salud solicitará el rechazo de dicha OC, entendiéndose esta, totalmente rechazada luego de 24 horas desde dicho requerimiento, sin mediar aceptación, pudiendo el Departamento de Salud proceder a la readjudicación de los productos o servicios licitados.
33º REDACCIÓN DEL CONTRATO
En licitaciones que requieran contrato, este será visado por asesoría jurídica del Departamento de Salud, quien velará por el estricto apego a lo consignado en las presentes bases, oferta económica y técnica del adjudicatario y demás antecedentes que sean parte integrante de la propuesta.
34º PLAZO PARA FIRMAR EL CONTRATO
El contrato deberá ser firmado dentro del plazo de 30 días corridos, contados desde la notificación vía portal mercado público, bajo el apercibimiento de hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta. El proveedor contratado podrá realizar la firma manual o de forma electrónica, según se convenga internamente con el Departamento de Salud.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo señalado, el Departamento de Salud podrá dejar sin efecto la adjudicación de la propuesta, pudiendo en este evento adjudicarla a otro oferente. La no suscripción del contrato, por parte del adjudicatario dará derecho al Departamento de Salud a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
35º PUBLICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 119º del Reglamento de la Ley N° 19.886, una vez suscrito el contrato, será publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
36º FECHA DE INICIO
Una vez firmado el contrato y/o aceptada la Orden de Compra, según sea el caso, sin perjuicio de que por razones de buen servicio y/o por necesidades de la institución la prestación podrá iniciarse con anterioridad. El adjudicatario dará inicio a sus obligaciones una vez suscrito el contrato u Orden de Compra respectivo(a) por ambas partes. Firmado el contrato o enviada la Orden de Compra, y de requerirse, la Unidad Técnica procederá a entregar los antecedentes necesarios para su ejecución.
37º MODIFICACIONES DEL CONTRATO
De acuerdo al artículo 42, inciso 3 y artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886, durante la ejecución del contrato u Orden de Compra y sin efectuar un nuevo llamado, el Departamento de Salud podrá acordar con el proveedor adjudicado, una modificación para:
a) La sustitución o el incremento de los bienes o servicios licitados,
b) Prórroga por incremento o en el caso de que aún existiera presupuesto por ejecutar del monto originalmente contratado y/o,
c) El reajuste de precios.
En razón de lo anterior, el Departamento de Salud estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra.
Se deja constancia que cualquier modificación a pactar no alterará las condiciones esenciales de la contratación. Por lo que, las sustituciones a realizar sólo corresponderán a alguna unidad de suministro o servicio puntual. Asimismo, las modificaciones a los bienes y/o servicios comprometidos en la contratación original, se efectuarán siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que da origen a la presente licitación. En cuanto a los reajustes, estos se efectuarán en caso de haberse establecido en las presentes Bases y en ellas se hubiera agregado al final, como punto 60° REAJUSTE DE PRECIOS.
En ningún caso, el monto de todas las ya mencionadas modificaciones al contrato podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente contratado, y serán efectuadas siempre que el Departamento de Salud cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
37.1° PROCEDIMIENTO
Para proceder a alguna de las modificaciones previstas en las presentes Bases, o de no haberse previsto en ellas, pero exista la justificación para realizarlas como caso fortuito o fuerza mayor, cambio de razón social o demás que disponga el Reglamento de Compras, se formalizará mediante la emisión de una orden de compra y/o una modificación al contrato, mediante un Anexo aprobado mediante Decreto Alcaldicio, según corresponda en relación a la forma de suscripción de la contratación original.
De efectuarse el incremento y en caso de que se haya establecido entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento para el contrato derivado de las presentes Bases, se deja establecido que para dichos efectos, el proveedor extenderá una nueva garantía de fiel cumplimiento de contrato, de acuerdo al monto correspondiente al aumento a pactar, la que será equivalente al porcentaje y vigencia solicitado originalmente, entendiendo además que si se incrementan los plazos del contrato, el plazo para la vigencia de esta garantía, dispuesto en las presentes Bases, deberá ajustarse a la nueva fecha de término.
38º CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo al artículo 13 de la Ley 19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y al artículo 130 de su Reglamento, el Departamento de Salud podrá declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en todo o en parte, sin ulterior recurso ni derecho a indemnización alguna del adjudicatario, por alguna de las siguientes causales:
- La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
- La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
- El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor:
A) La no entrega oportuna de la Garantía de Cumplimiento establecida en las presentes Bases de Licitación.
B) Si a juicio de los encargados del Departamento de Salud el proveedor, no está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a calidad y requerimientos técnicos, plazo de entrega y otras causalidades señaladas para el suministro adjudicado: *Que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para la ejecución de las acciones *Que el Departamento de Salud compruebe, previo peritaje técnico, errores en la entrega de los productos y/o servicios contratados *Si el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en el contrato y en las presentes bases.
C) Si el contratista es sometido a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva y/o ya no acredite habilidad para contratar con el Estado (Inhabilidad sobreviniente en el Registro de Proveedores).
D) Si se traspasaran los topes establecidos para el cobro de multas.
E) Si los representantes o el personal dependiente de los proveedores adjudicados no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción soborno, extorsión, coerción y/o colusión.
- El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al punto precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en las presentes bases (multas y/o cobro de Garantías).
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
A) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
B) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
C) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
D) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
E) Disolución de la UTP.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato, tales como:
A) Cese de presupuesto.
B) Fallecimiento de alguna de las partes
C) Catástrofes.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto las de los numerales 2, 5 y 6, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El contrato derivado de las presentes Bases, podrá terminarse anticipadamente por la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, si concurre alguna de estas causales, unilateralmente, por escrito, con un aviso previo de 10 días corridos. En este caso, los adjudicatarios deberán satisfacer íntegramente las Órdenes de Compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado.
39º PROCEDIMIENTO
En el caso de poner término anticipado al contrato, la Municipalidad dictará el correspondiente Decreto Alcaldicio señalando específicamente las razones que se han considerado para tomar tal decisión, luego de lo cual se notificará dicho Decreto al contratista mediante carta certificada dirigida a su domicilio contractual.
Notificado el Decreto de terminación de contrato se citará por escrito al contratista con el propósito de realizar la liquidación del contrato.
La proposición que realice el supervisor del convenio al Alcalde para la Liquidación del contrato será informada al Asesor Jurídico, con su informe, si procede, se dictara el respectivo Decreto y se ordenará al supervisor del convenio hacer efectiva la garantía, y a iniciar las acciones judiciales correspondientes.
VIII DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
40º SUPERVISOR DEL PROCESO Y DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL
Sera designado por la Dirección del Departamento de Salud un funcionario público denominado Supervisor del proceso el cual tendrá la misión de verificar el fiel cumplimiento del proceso de contratación, el contrato, hitos y/u orden de compra, gestionar conformidad de facturas y que servirá de nexo y coordinador con el proveedor adjudicado.
IX DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
41º OBLIGACIONES OPERATIVAS
a) Cumplir y ejecutar el contrato con estricta sujeción a las bases de licitación y a la oferta adjudicada.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el supervisor técnico, en tanto dichas instrucciones se ajusten estrictamente a las bases y a las normas vigentes;
c) Registrará, el supervisor del convenio el nombre, dirección electrónica y teléfono del supervisor a cargo del servicio, con el objeto de poder ser contactado, en horarios hábiles, ante cualquier eventualidad relacionada con el servicio;
d) El proveedor no se eximirá del cumplimiento del Contrato por el hecho de que su personal o el del sub-contratista se declare en huelga. En tal caso, el contratista deberá arbitrar oportunamente todas las medidas posibles para que las labores ejecuten a pesar de la huelga declarada;
e) El proveedor queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
42º PERSONAL DEL PROVEEDOR
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia; no obstante, el proveedor contratado será el único responsable frente al Departamento de Salud de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
43º OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL PROVEEDOR
Las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad laboral serán de cargo exclusivo del proveedor, reservándose el Departamento de Salud la facultad de solicitar la documentación necesaria que acredite el estado de cumplimiento de las mismas, tanto respecto de su personal propio como de los trabajadores del o los sub-contratistas que laboren en los servicios contratados, reconociéndose por tanto, y ante eventuales litigios, a la ilustre Municipalidad de Mostazal como un mero responsable subsidiario.
Así mismo, el Departamento de Salud se reserva el derecho a proceder al cobro de Garantías o en caso de no haberlas solicitado, retener los pagos mensuales al proveedor contratado, en la eventualidad de observar incumplimiento en el pago de estas obligaciones.
44º RESPONSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO
El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a terceros o a sus bienes, cualquiera sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.
45º EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES
El Departamento de Salud no será responsable ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera al Departamento de Salud de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
46º RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL
El contratista será responsable por daños ambientales que pudiera ocasionar en el cumplimiento del contrato, contemplados en la Ley Nº 19.300.
47º COMUNICACIÓN CON EL DEPARTAMENTO DE SALUD
El proveedor contratado deberá mantener permanentemente comunicación con el Departamento de Salud, vía teléfono o correo electrónico. En caso de comunicación adicional, deberá siempre remitir por escrito al supervisor del convenio de cualquier observación o requerimiento importante.
48º OBLIGACIONES LEGALES PARTICULARES
El contratista queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo, en particular en sus artículos 183 y siguientes y 184, así como a la ley 16.744 sobre enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, el Decreto Supremo Nº 76 del año 2007 de la Dirección del Trabajo y las demás normas complementarias vigentes en la materia.
X DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
49º ELEMENTOS QUE DEBERÁ SUMINISTRAR EL ADJUDICATARIO
Será de cargo del proveedor adjudicado proveer todos los materiales, insumos, herramientas, equipamiento, etc., y todos los gastos que se originen con objeto de esta contratación.
50º MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO
Cuando circunstancias especiales lo ameriten, el Departamento de Salud o el proveedor adjudicado podrán solicitar a la contraparte, con la debida antelación, la modificación del cronograma de trabajo y/o forma de entrega de los productos y/o servicios, en cuyo caso tanto la solicitud como la autorización deberán constar por escrito.
XI PAGOS Y PLAZOS DE EJECUCIÓN
51º DE LOS PAGOS
Los pagos del precio convenido entre el Departamento de Salud y el proveedor adjudicado se harán en los plazos y formas establecidos, mediante cheque o transferencia bancaria a nombre del proveedor contratado, sin perjuicio de lo indicado en el punto 51.2° de las presentes Bases.
El pago se realizará por estado de avance, contra recepción conforme por los servicios prestados. Para este efecto, el prestador deberá presentar “listado de atenciones”, según los servicios prestados por el estado de avance a cobrar y debe contener:
- Nombre completo de usuario/a.
- Rut.
- Detalle de atención entregada.
- Fecha de atención.
- Valor de la atención entregada.
Esta planilla debe ser entregada por cada estado de avance de prestación del servicio mensual, dentro de los primeros 5 días hábiles, posteriores al mes ya cerrado. Dicho documento será visado por el supervisor del proceso quien dará su visto bueno al proveedor o solicitará su corrección según sea el caso, luego de estar conforme dicho listado, el Supervisor del proceso solicitará la factura, la cual será derivada al Departamento de Salud mediante documento de Recepción Conforme firmado, junto al listado de atenciones y Nota de Pedido, con todo lo cual se procederá al trámite de pago.
Desde la fecha de dicha recepción conforme, se contará el plazo de pago, el cual se realizará dentro de los 30 días siguientes.
El último resumen de atenciones del año calendario correspondiente, deberá ser entregado a más tardar el día 19 de diciembre, al supervisor del proceso, y en caso de no haber terminado a esta fecha con la cantidad mínima de atenciones requeridas, la fecha tope para entregar este listado será el 26 de diciembre.
Con todo, si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad, acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan. Asimismo, de existir retrasos en los pagos, el proveedor no podrá suspender ni dar corte al suministro / servicio contratado, pudiendo si, proceder al cobro de intereses por mora según normativa vigente.
51.1° OBLIGACIONES PARA EL PAGO
En caso de efectuarse la formalización de la contratación por escrito y/o requerirse documento de garantía por fiel cumplimiento de contrato, el pago de las facturas emitidas por el o los proveedores adjudicados se encontrará condicionado a la firma y/o presentación de estos documentos según corresponda. De no firmar el contrato y/o no presentar la o las garantías, no se efectuarán pagos hasta su regularización. Asimismo, de haberse formalizado la contratación bajo orden de compra o haberse enviado orden de compra conforme al o los hitos del contrato, el pago se encontrará condicionado a la aceptación de estas vía portal Mercado Público, por lo que no se efectuarán pagos hasta la aceptación de la respectiva orden.
51.2° FACTORING
El Departamento de Salud deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus proveedores, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
52º PLAZO DEL CONTRATO
El contrato derivado de las presentes Bases comenzará a regir a contar de la fecha de la total tramitación de el o los documentos que lo formalicen (Contrato y su Decreto de Aprobación, o envío de Orden de Compra según corresponda), sin perjuicio de que por razones de buen servicio y/o por necesidades de la institución la prestación podrá iniciarse con anterioridad, y durará hasta el 31 de diciembre de 2025, plazo que podrá aumentarse según lo establecido en punto 37° de las presentes Bases, todo lo anterior, siempre y cuando se cuente con disponibilidad de los recursos presupuestarios.
53º ATRASOS
Cualquier atraso o interrupción de los servicios contratados deberá ser informado por escrito al supervisor del convenio, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su ocurrencia, señalando las causas que lo originaron.
54º MULTAS
54.1° Por atraso en la aceptación de la Orden de Compra, contado desde la fecha de su envío por sistema: 0,5 UTM por cada día hábil de atraso, teniendo en cuenta que el proveedor tiene 24 horas para notificarse del envío de la orden, y que tendrá que aceptar dicha orden dentro del plazo de 1 día hábil siguiente a estas 24 horas, comenzando a contar el retraso después de dicho plazo.
54.2° Por cancelación de la/s fecha/s agendada/s para realización de exámenes, según calendario o citaciones del proveedor: 0,2 UTM por usuario agendado, por cada día de atraso y en cada oportunidad.
54.3° Por atraso en la entrega del resultado del examen contado desde la toma de este, según el plazo de entrega indicado por el proveedor en su oferta, o el requerido en las presentes Bases de Licitación, si este no fuese indicado en la oferta del proveedor adjudicado: 0,5 UTM por cada día de atraso.
54.4° Por no disponibilidad de cupos mensuales ofertados, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Técnicas: 1 UTM por cada oportunidad.
54.5° Por no disponibilidad de los servicios presentados, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Técnicas: 2 UTM por cada oportunidad.
55.° DISPOSICIONES EN CASO DE APLICACIÓN DE MULTAS
55.1° TOPE MÁXIMO
La sumatoria total de las multas no podrá exceder el 30% del total del contrato y dentro de un mes no podrá exceder el 15% del valor mensual de este, o del valor promedio mensual si este no fuera un monto fijo, si el valor sobrepasa los porcentajes indicados, el Departamento de Salud tendrá la facultad de proceder a la liquidación del contrato por término anticipado, por causas imputables al proveedor y hacer efectivo el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
55.2° APELACIÓN A LAS MULTAS Y PAGO DE LAS MISMAS
Los incumplimientos y/o multas serán informados por el Supervisor Técnico correspondiente, lo cual deberá ser notificado por el medio más idóneo (e-mail o carta certificada) al Adjudicatario respectivo, con copia a Oficina de Finanzas del Departamento de Salud. Para esto el proveedor adjudicado informará a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad del proveedor mantener dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio.
El adjudicatario podrá apelar por escrito a las multas impuestas en un plazo de 5 días hábiles desde la notificación, la apelación deberá ser presentada en el Departamento de Salud a nombre del Director del Departamento de Salud. La respuesta será emitida dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha de recepción de esta apelación y una vez analizada en conjunto con el Director del Departamento de Salud.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa, de no efectuarse en dicho plazo, el Departamento de Salud se reserva el derecho a efectuar su cobro con cargo a la Garantía de Fiel Cumplimiento, si existiere, procediendo a cobrar sólo el monto correspondiente a la multa, reintegrando al proveedor lo sobrante luego de que este restituya íntegramente dicha Garantía, por el monto total del porcentaje originalmente exigido para el contrato.
Asimismo, el Departamento de Salud no podrá proceder al cobro de las multas que se hayan aplicado, en caso de que adeude al mismo Proveedor el pago de las prestaciones del contrato que hayan sido devengadas durante los meses anteriores al que se hizo obligatorio el pago de multa.
Toda multa deberá pagarse a la cuenta corriente institucional del Departamento de Salud cuyos datos se informarán al momento de la notificación, quedando supeditado el pago de la factura respectiva, al cumplimiento por parte del adjudicatario de esta obligación, una vez realizado el pago, deberá enviarse el comprobante de depósito o transferencia bancaria, al Supervisor del Proceso con copia a Oficina de Finanzas del Departamento de Salud. En caso de no existir facturas pendientes de pago ni Garantías de Fiel Cumplimiento asociadas y el proveedor no efectúe el pago de la multa en el plazo exigido, se configurará una causal de término anticipado del contrato, por causal imputable al proveedor, quedando esta sanción en el expediente de Comportamiento Contractual disponible en el Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho del Departamento de Salud de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia y otros recursos que la normativa asociada entregue, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor, por cuanto si las medidas aplicadas no cubren los daños causados por el incumplimiento del contrato, el Departamento de Salud estará facultado para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios.
XII. DISPOSICIONES FINALES
56º PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
57º INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LAS BASES
Una vez firmado el contrato definitivo o aceptada la orden de compra (en caso de no existir contrato escrito), cualquier duda acerca del contenido de las Bases, será resuelta por la Unidad Técnica, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes al Alcalde.
58º DOMICILIO Y TRIBUNALES COMPETENTES
Para todos los efectos de estas Bases, la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, en adelante el Departamento de Salud, y los oferentes se entenderán domiciliados en la comuna de Mostazal y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
59º PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
El Proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, en hasta un 30%, sin perjuicio de su total responsabilidad en el cumplimiento de este y siempre y cuando el o los subcontratistas posean la misma idoneidad técnica, que corresponda, acreditada por el proveedor principal en su oferta.
Para esto, los oferentes deberán indicar en la propuesta o luego de la Adjudicación del contrato y, a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista el cual también deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Asimismo, durante la ejecución del contrato, el proveedor principal deberá notificar por escrito al Departamento de Salud de cualquier modificación en las prestaciones que deberá desarrollar el subcontratista, o en su identidad, con anterioridad a la materialización de estos cambios. En caso de un cambio en la identidad de un subcontratista, el proveedor principal deberá acreditar que este se encuentre hábil en el Registro de Proveedores.
Con todo, el proveedor no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una contratación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común.
60° REAJUSTE DE PRECIOS
El Departamento de Salud y el proveedor adjudicado podrán convenir reajustar el valor del suministro de productos o servicios contratados. Dicho reajuste se realizará en base a la fluctuación de los siguientes indicadores económicos: IPC, IPP y/o Valor dólar observado, según el tipo de producto o servicio a reajustar y en razón a su variación porcentual entre el mes de envío de la primera orden de compra por el suministro de estos productos o servicios y el mes en que se solicita el reajuste de precios.
Para estos efectos el proveedor deberá solicitar el reajuste al Supervisor del Proceso, enviando una carta con la justificación de dicho reajuste a efectuar y su respaldo correspondiente, junto al listado o cotización con la actualización de precios, al momento de producirse dicho cambio.
Esta actualización de precios, constituye una modificación de contrato, por lo que rige bajo las condiciones expuestas en los puntos 37° de las presentes Bases. Ante esto, la totalidad del o los reajustes a realizar no podrá sobrepasar el 30% del valor del contrato y cada uno será por un período mínimo de 1 año, a excepción de alguna situación extraordinaria, anómala o inesperada – caso fortuito o fuerza mayor - que pudiese acontecer durante el contrato, donde en tal caso, se evaluará la procedencia de rebajar dicho margen de tiempo, según la justificación y presentación de evidencias por parte del proveedor adjudicado.
BASES TÉCNICAS
1º GENERALIDADES
Las presentes Bases Técnicas contienen los procedimientos, requerimientos, términos y exigencias necesarias para materializar el llamado a Licitación Pública para la contratación denominada “Exámenes Imágenes Diagnósticas” cuyo objetivo general de dicho Programa es Mejorar la capacidad resolutiva de la Atención Primaria, mediante el acceso a exámenes de imagenología específicos, que permiten la detección precoz y el diagnóstico oportuno de algunas patologías de salud. A través de los siguientes objetivos específicos:
- Otorgar prestaciones de ecotomografía mamaria, a mujeres que se hayan realizado mamografías en mamógrafo móvil y presenten CD con placas, con resultados alterados que requieran este examen complementario, que permitan en grupos de riesgo la pesquisa de cáncer de mamas en forma oportuna y contribuir a la reducción de la morbimortalidad.
- Otorgar prestaciones de ecotomografía abdominal que permita detectar en grupos de riesgo y derivar en forma oportuna una patología biliar y eventual cáncer de vesícula.
- Otorgar prestaciones de radiografía de tórax para el diagnóstico de Neumonía Adquirida en la Comunidad (NAC), asma en adultos y enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Apoyar en la gestión del Programa y capacitación de equipos para mejorar la focalización y la detección de grupos definidos para cada prestación, asegurando una atención más resolutiva y cercana al territorio geográfico de los beneficiarios
Las cantidades de exámenes solicitados por el Departamento de Salud de acuerdo a las presentes Bases corresponden a la necesidad actual, por lo que podrán aumentar o disminuir, de acuerdo a la necesidad del servicio durante el tiempo de duración del contrato derivado de las presentes Bases.
Si en el transcurso del convenio el Departamento de Salud tuviese que modificar o reemplazar los servicios requeridos en las presentes Bases Técnicas, incluir servicios similares a estas prestaciones o asociados a ellas, en virtud de la mejora de la calidad de las prestaciones y de la satisfacción final de la necesidad pública, de común acuerdo entre las partes se podrá sustituir o ampliar la variedad de los parámetros solicitados, bajo las mismas condiciones y requerimientos licitados. En dicho caso, se solicitará una cotización al proveedor adjudicado, la cual será evaluada en términos económicos, en el caso de agregarse se solicitarán al momento de surgir la necesidad, a través de la emisión de la Orden de Compra al proveedor, mediante sistema www.mercadopublico.cl, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria y no se sobrepasen los límites económicos dispuestos en las Bases Administrativas. Asimismo, de no requerir algún servicio licitado, no se verá reflejado en la Orden de Compra.
2º DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
- Tipo de Licitación: Licitación mayor a 100 y menor a 1.000 UTM.
- Tipo de Convocatoria: ABIERTO.
- Moneda: Peso Chileno.
- Etapas del proceso de Apertura: Una Etapa.
- Contrato: Se formalizará mediante la suscripción de Orden de Compra.
- Toma de Razón por Contraloría: No requiere Toma de Razón por Contraloría.
- Publicidad de Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación, por cuanto estas, dentro de su contenido poseerán datos sensibles de los trabajadores de las empresas oferentes.
3º DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS BIENES O SERVICIOS
|
Nº
|
CÓDIGO
|
NOMBRE
|
PRESENTACIÓN
|
CANTIDAD
|
DESCRIPCIÓN
|
|
1
|
85121808
|
Laboratorio de rayos X
|
Kit
|
1
|
Servicios de exámenes de imagenología para usuarios de la comuna de Mostazal
(Rx Tórax, Ecotomografías Abdominales y Ecotomografías Mamarias), según especificaciones en Bases Técnicas.
|
4º REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
Los productos o servicios ofertados deberán cumplir con todas las especificaciones que se establecen en Descripción Técnica de los Bienes o Servicios, o en los anexos, donde se detallan los productos requeridos, debiendo los oferentes, completar con toda la información requerida, los campos correspondientes para tal efecto, ya que, se trata de antecedentes necesarios para la evaluación y asignación de puntaje por parte del evaluador o la comisión encargada de evaluar las propuestas.
4.1.° DESCRIPCIÓN TÉCNICA
Programa de apoyo imagenológico a la Atención Primaria orientado a facilitar el acceso y la oportunidad de detección precoz de algunas patologías, cuyos objetivos son:
- Permitir la detección de cáncer de mama en estadíos más precoces de la enfermedad a través de Ecotomografías mamarias realizadas prioritariamente en mujeres de 50 a 69 años y de otras edades con factores de riesgo para cáncer de mama
- Contribuir a la detección precoz de patología biliar y cáncer de vesícula en grupos de riesgo mediante Ecotomografías abdominales realizadas prioritariamente en personas de 35 a 49 años o de otras edades, con sintomatología y/o factores de riesgo.
- Facilitar el diagnóstico y tratamiento oportuno de Neumonía Adquirida en la Comunidad, asma y EPOC en atención primaria realizando Radiografía de tórax.
4.2.º ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO REQUERIDO
|
COMPONENTE
|
N°
|
ESTRATEGIA
|
CANTIDAD DE EXÁMENES, EJECUCIÓN 2024.
|
MONTO DE RECURSOS EN $.
|
|
Diagnóstico y tratamiento oportuno de neumonía adquirida en la comunidad (NAC), asma en adultos y enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
|
1
|
Radiografía de tórax.
|
246
|
$3.936.000.-
|
|
Detección precoz y derivación oportuna de patología biliar y cáncer de vesícula
|
2
|
Ecotomografía abdominal
|
250
|
$6.000.000.-
|
|
Detección precoz y oportuna de cáncer de mama
|
3
|
Ecotomografía mamaria.
|
270
|
$4.860.000.-
|
|
TOTAL
|
$14.796.000.-
|
LÍNEA Radiografías de Tórax AP/LAT
Se requiere la contratación del servicio de Radiografía de Tórax AP/LAT (Frontal/Lateral), ante sospecha clínica de neumonía, diagnóstico o seguimiento de asma en adultos y enfermedad pulmonar obstructiva crónica:
- En la línea a ofertar el proveedor deberá cotizar el valor de un examen, pero la prestación debe ser pensada para realizar un aproximado de 246 exámenes, los cuales podrán variar dependiendo del valor que se adjudique y las necesidades del Departamento de Salud.
- La prestación incluye:
- Toma de examen de Radiografía de Tórax AP/LAT, realizada por Médico Radiólogo que acredite su especialización mediante la certificación correspondiente.
- Informe de cada Radiografía de Tórax AP/LAT realizada, con descripción completa de los hallazgos, evaluación e interpretación de estos datos.
- Envío al Departamento de Salud, CESFAM Mostazal, de las radiografías de tórax AP/LAT informadas en un plazo máximo de 48 horas, o en menor plazo en caso de disponer de un menor tiempo de entrega.
- La consulta instalada deberá estar en la comuna de Mostazal o en Comunas vecinas a una distancia no mayor a la equivalente entre Mostazal y Rancagua, sólo en la Provincia de Cachapoal Sexta Región.
- Indicar dirección del lugar donde se realizará el examen, esta no debe sobrepasar la distancia equivalente entre Mostazal y Rancagua y debe estar dentro de la Provincia de Cachapoal Sexta Región.
- Los postulantes deberán detallar en su oferta los cupos disponibles, los días y horarios de estos cupos, se requiere disponibilidad de lunes a sábado.
- Para la debida ejecución del programa, la entidad que entregue el servicio radiológico descrito, deberá tener calidad y capacidad de respuesta oportuna frente a urgencias y por tanto contar con servicio de urgencia que otorgue Resolutividad a la demanda espontánea de este recurso.
- Indicar tiempo de entrega del examen informado, placa y su informe, este tiempo no debe ser mayor a 48 horas, la placa y su informe deben ser remitidos al CESFAM Mostazal, a administrativo que nuestro establecimiento determine a cargo de solicitar y coordinar las horas de las radiografías desde nuestro establecimiento.
- El equipo de Rayos X debe dar seguridad y tener calidad de imagen.
- El oferente describirá en detalle el equipo que utilizará y/o adjuntará la ficha técnica de los equipos y la certificación ISO si la posee.
- El oferente debe entregar un adecuado y correcto informe del examen realizado.
- El oferente debe entregar una atención de óptima calidad en “atención al usuario”.
- Mensualmente el proveedor adjudicado deberá emitir un informe con listado de usuarios atendidos, adjuntando la interconsulta con la que fue derivado, la nómina debe contener: Nombre, Rut, Edad, Domicilio, Fecha de Atención.
Esta nómina será cotejada con el listado de pacientes enviados, una vez recepcionado conforme dicho listado, se solicitará su facturación la cual, será remitida a Oficina de Adquisiciones, para generar documentos de respaldo para el envío al pago por estado de avance, en relación a la correspondiente orden de compra.
- Para ofertar, debe considerar adjuntar y/o especificar toda la información solicitada en Requerimientos para la Admisibilidad de las Ofertas, y detallar el servicio que ofrece según los criterios que se evalúan, la descripción de estos y lo solicitado en las presentes Bases de Licitación.
- El proveedor adjudicado deberá garantizar que los servicios sean entregados a los pacientes en óptimas condiciones.
Estándares de Calidad para los equipos y servicios de Radiografías de Tórax:
a) DISTANCIA:
- Foco – Película (Tubo – Placa) 1.80 Mt. Paciente
- Película: Pecho pegado a la placa.
b) CONTRASTE:
- Define la calidad de los rayos.
- Está dado por Kilo voltaje
- El alto voltaje define la escala de grises.
- Se debe utilizar siempre 120 KW.
c) GRADO DE ENNEGRECIMIENTO:
- Define la cantidad de rayos
- Está dado por Mili amperes/segundo
- El tiempo es constante <0.2 segundos
d) RADIACIÓN SECUNDARIA:
- Parrilla Bucky (Relación>11/2 Cm.)
e) PANTALLAS DE REFORZAMIENTO:
f) PELÍCULA:
- Sensible al verde, grano plano
g) PACIENTE:
- Posición de pie
- Postero anterior.
- El paciente mira hacia la placa
IMPORTANTE: EL PROVEEDOR QUE NO CUMPLE CON ESTAS CARACTERÍSTICAS, QUIEN NO LO INDIQUE O QUE NO DETALLE LAS EXIGENCIAS DE LA LETRA A HASTA LA G, QUEDARÁ FUERA DE EVALUACIÓN.
Se exige como mínimo 30 cupos mensuales de lunes a sábado de 08:00 a 20:00 horas (especificar horarios).
LÍNEA Ecotomografías Abdominales
Se requiere la contratación del servicio de Ecotomografía abdominal: Para la detección precoz y oportuna de patología biliar y cáncer de vesícula.
La prestación debe ser pensada para realizar un aproximado de 250 exámenes, los cuales podrán variar dependiendo del valor que se adjudique y las necesidades del Departamento de Salud.
Se exige como mínimo 30 cupos mensuales de lunes a sábado de 08:00 a 20:00 horas (especificar horarios).
Considerar como tiempo de entrega del examen, desde cuando el paciente se toma el examen, hasta que la placa radiográfica y su informe se encuentren recepcionados en el CESFAM de Mostazal, plazo máximo 3 días hábiles.
REQUISITOS MÍNIMOS DE EQUIPAMIENTO, TÉCNICA Y REGISTRO DE LA ECOTOMOGRAFÍA DE VESÍCULA Y VÍAS BILIARES.
Equipamiento: Ecotomógrafos provistos de transductores convexos o sectoriales de abdomen de frecuencia entre 3 y 5 MHZ y que además acepten transductores de al menos 10 MHz.
Técnica:
Es recomendable que los pacientes se presenten en ayuno de 6 horas.
El examen se efectuará en decúbito dorsal en inspiración profunda evaluando toda la pared vesicular. Si eso no es posible puede visualizarse por vía intercostal en espiración y debe complementarse en decúbito lateral izquierdo, especialmente si la vesícula aparece sin cálculos en decúbito dorsal, lo que permite mejor evaluación del lumen y el desplazamiento o no de cálculos.
Si la vesícula esta contraída, citar nuevamente al paciente con ayuno de 8 a 12 horas. Es indispensable que el operador vea en forma adecuada el fondo vesicular y bacinete.
Informe:
Además de la presencia o ausencia de cálculos, que constituye el objetivo principal del examen, hay otros detalles importantes de consignar tanto para la sospecha de cáncer como para detectar complicaciones de la litiasis:
- Cálculos: Cantidad y tamaño (pequeños: riesgo de coledocolitiasis; grandes: riesgo de cáncer)
- Longitud de la vesícula (riesgo de cáncer).
- Características de la pared: fina o con engrosamiento local o difuso, diámetro.
(Riesgo de cáncer o complicación aguda).
- Lumen: visualización o no del lumen y presencia de imágenes endoluminales.
- Lesiones elevadas o poliposas, número y su diámetro.
- Diámetro de la vía biliar extrahepática en mm: debe ser vista en forma longitudinal idealmente hasta la porción intrapancreática y desembocadura (VBEH dilatada, en vesícula con o sin cálculos sospecha de coledocolitiasis o tumor Periampular).
- Hígado; características anatómicas, descripción de lesiones focales, número y tamaño, alteraciones del hígado adyacentes en caso de sospecha de lesión vesicular.
Conclusión: al final del informe es importante que se registre la impresión del ecografista sobre las imágenes observadas y sugerir conducta cuando el caso lo amerite (complementar con estudios de imágenes más específicos y detallados, evaluación por especialista, etc.).
Registro de Imágenes: se solicita imprimir las imágenes diagnósticas en papel, en todos los casos y se recomienda entregarlas en archivo electrónico en todos los casos.
El informe de la Ecotomografía Abdominal (y el examen en sí) debe ser realizado por Médico Radiólogo Acreditado, debe adjuntar acreditación en Superintendencia de Salud.
Adjuntar ficha técnica o entregar detalles del equipo a utilizar (tecnología, capacidad y cualidades), según lo solicitado en los criterios de evaluación, adjuntar imagen (fotografía) del equipo.
LÍNEAS 3 Ecotomografía Mamaria:
Se solicita ecotomografía mamaria a mujeres entre 50 a 69 años y otras edades con factores de riesgo: En la línea a ofertar el proveedor deberá cotizar el valor de un examen, pero la prestación debe ser pensada para realizar un aproximado de 270 exámenes, con un cupo mínimo mensual de al menos 32 exámenes, los cuales podrán variar dependiendo del valor que se adjudique y las necesidades del Departamento de Salud.
La usuaria asistirá con su mamografía y complementos (realizada en mamógrafo móvil) si corresponde, con una antigüedad no superior a 6 meses.
Estándares de Calidad para los equipos y servicios de Ecotomografía Mamaria:
- Acreditar capacitación en exámenes de imágenes mamarias, de los profesionales que participarán en la realización del examen.
- Otorgar al menos 32 cupos mensuales para ecotomografías mamarias, exclusivos para el presente convenio.
ECOTOMOGRAFÍA MAMARIA
Examen debe ser realizado por un radiólogo u otro profesional capacitado, con entrenamiento específico en imágenes mamarias.
INFORME
Uso del lenguaje BI – RADS
Detalles de antecedentes y hallazgos, semejante a mamografías
4.3.º PLAZO DE ENTREGA
Todo incumplimiento en los plazos estará condicionado al cobro de multas, según lo dispuesto en Bases Administrativas.
El proveedor adjudicado tendrá un plazo de 7 días desde adjudicada la presente licitación para coordinar puesta en marcha de servicios, disponer y agendar exámenes, por lo que se espera poder comenzar con la toma de exámenes a más tardar la última semana de mayo.
Entrega de Examen de Radiografía de Tórax AP/LAT informado, con placa física, hasta 48 horas.
Entrega de Exámenes de Ecotomografía Abdominal y Ecotomografía Mamaria, hasta 3 días hábiles.
4.4.º CONTINUIDAD DEL SERVICIO
El proveedor adjudicado deberá asegurar la continuidad del servicio mientras el convenio se encuentre vigente, por lo cual se sugiere que se postule con más de un profesional de las aéreas solicitadas, ya que en caso de que uno no pueda entregar en cualquier momento la atención, tiene la alternativa para reemplazar al profesional, pues no podemos trabajar con profesionales que no estén debidamente acreditados en la oferta.
4.5.º CONDICIONES DE DESPACHO Y ENTREGA
El oferente adjudicado será responsable de hacer llegar los resultados de los exámenes informados a nuestro establecimiento en el plazo indicado en su oferta, nuestra dirección es: Calle Luco Nº400 San Francisco de Mostazal Sexta Región, el costo que demande este procedimiento también será de responsabilidad del oferente adjudicado, considerando el plazo máximo de entrega previamente descrito.
ANEXOS
La presente licitación considera los siguientes anexos, los que para todos los efectos forman parte de las presentes Bases.
- Anexo I: Detalle Oferta Técnica.
- Anexo II: Propuesta Económica.