BASES DE LICITACIÓN
“SUMINISTRO DE MEDICAMENTOS”
BASES ADMINISTRATIVAS
I DISPOSICIONES GENERALES
1º OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN
Las presentes Bases de Licitación, reglamentan el proceso de llamado a Licitación Pública para la contratación del suministro de fármacos correspondientes al arsenal completo que requieren los usuarios de la comuna de Mostazal, y los que eventualmente puedan agregarse a esta canasta, durante los años 2022, 2023 y 2024, denominada “Suministro de Medicamentos”; dependiente del Departamento de Salud de la Municipalidad de Mostazal.
2º DE LOS PARTICIPANTES
Podrán participar en la presentación de ofertas aquellas personas naturales o jurídicas, Chilenas o extranjeras, que no registren alguna de las inhabilidades establecidas en el inciso 1º del artículo 4º de la Ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (Ley de Compras): “Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de las ofertas, de la formulación de la propuesta, o de la suscripción de la convención, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores 2 años”.
3º DOCUMENTACIÓN QUE RIGE ESTA LICITACIÓN
Esta licitación se rige por lo previsto en la Ley Nº19.866 y su Reglamento, aprobado por Decreto Nº 250, de 2004 y todas sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán de acuerdo al siguiente orden de precedencia:
a) Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la Licitación.
b) Modificaciones a las bases, que eventualmente podrá hacer el Departamento de Salud, a través del Decreto Alcaldicio correspondiente.
c) Respuestas a las preguntas de los proveedores.
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el Departamento de Salud.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente, podrán hacerlo accediendo al portal de Mercado Público.
4º CONSULTAS Y ACLARACIONES
Para la correcta interpretación de las bases y futura ejecución del contrato, los oferentes deberán ingresar sus consultas y solicitudes de aclaración de dudas o explicaciones en el Portal de Mercado Publico; las cuales serán contestadas a través del mismo portal, de acuerdo con el cronograma de la licitación, con conocimiento de todos aquellos que participen del proceso.
El Departamento de Salud, por su propia iniciativa o en respuesta a una consulta o solicitud de aclaración planteada por algún oferente, podrá enmendar, rectificar o adicionar las Bases de Licitación mediante Aclaraciones.
Tanto las respuestas como las aclaraciones serán publicadas en el Portal Mercado Público. El Departamento de Salud, deberá entregar las respuestas dentro del plazo consignado en el cronograma de la licitación.
Las respuestas y aclaraciones, para todos los efectos, se entenderán que forman parte integrante de las Bases de licitación.
5º MODIFICACIONES A LAS BASES
El Departamento de Salud podrá modificar las Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante Decreto Alcaldicio, publicadas en el Portal Mercado Público y, en caso de ser necesario deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
6º EFECTOS DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Se entenderá que los oferentes por el sólo hecho de presentar sus ofertas, declaran conocer y aceptar en todas sus partes el contenido de las bases y demás documentos integrantes del proceso de licitación, obligándose a no tomar ventaja indebida de cualquier posible deficiencia del mismo y a colaborar con el Departamento de Salud, a fin de que la adjudicación de la propuesta se efectúe con la mayor transparencia y equidad posible.
Cualquier omisión o divergencia en el llamado a licitación o en el proceso mismo, así como de las Bases o su documentación anexa o de alguna exigencia necesaria para la correcta y oportuna ejecución del contrato, no libera a los oferentes de su responsabilidad para con el Departamento de Salud, siendo obligación de los oferentes hacerlas valer oportunamente en el periodo de consultas y respuestas.
Por el sólo hecho de presentar su propuesta en el Portal Mercado Público, el oferente se obliga a mantener vigente su oferta durante un plazo de 90 días corridos, o por el plazo que señalen las Bases Especiales o Técnicas, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La retractación del oferente antes del término señalado, será considerada como una falta de seriedad, en cuyo caso se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
II ETAPAS Y PLAZOS
7º CRONOGRAMA
7.1º FECHA DE PUBLICACIÓN: Dentro de 5 días hábiles desde la recepción de la total tramitación del acto administrativo aprobatorio de las presentes bases.
7.2º FECHA INICIO DE PREGUNTAS: Hasta 2 horas posteriores a la publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
7.3º REUNIÓN ONLINE: A realizarse en un día hábil, entre la fecha de final de preguntas y la de publicación de respuestas, para quienes deseen aclarar temas respectivos a la licitación:
Para asistir a la reunión, los oferentes deberán publicar sus preguntas en el ámbito de Foro de Preguntas de la respectiva Licitación Pública, que para estos efectos entrega la plataforma www.mercadopublico.cl, indicando además el correo electrónico al cual se le enviará la invitación a la reunión online, a través de alguna plataforma utilizada para dicho propósito (teams, meet, zoom u otra)
7.4° FECHA FINAL DE PREGUNTAS: Hasta 6 días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
7.5º FECHA DE PUBLICACIÓN DE RESPUESTAS: Hasta 4 días posteriores a la fecha final de preguntas según la publicación en el Portal www.mercadopublico.cl
7.6º FECHA DE CIERRE DE RECEPCIÓN DE LA OFERTA: Hasta 20 días posteriores a la fecha de publicación de las bases en el Portal www.mercadopublico.cl
Este plazo podrá extenderse por hasta 5 días más, de no recibir oferentes o con el objeto de aumentar la cantidad de ofertas si hubieran menos de 3, hasta el día antes de la fecha de cierre. Todo esto mediante la emisión del correspondiente acto administrativo, el cual se publicará oportunamente en el Portal www.mercadopublico.cl.
7.7º FECHA DE ACTO DE APERTURA: El mismo día del cierre de recepción de ofertas en el Portal www.mercadopublico.cl, hasta 3 días hábiles posteriores.
7.8ºTIEMPO ESTIMADO DE EVALUACIÓN DE OFERTAS: Hasta 20 Días
CONSIDERACIÓN: Los plazos de días establecidos en la cláusula II Etapas y Plazos, son de días corridos, a excepción de los que se indican expresamente en días hábiles, los cuales podrán aumentar en caso de que dicho día según calendario fuese inhábil, extendiéndose hasta el día hábil siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, domingos y festivos.
7.9ºFECHA DE ADJUDICACIÓN: Dentro de los 45 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl
Si por causas no imputables al Departamento de Salud de Mostazal, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, el Departamento de Salud de Mostazal publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los 30 días hábiles adicionales al plazo ya establecido.
III CONTENIDO DE LA OFERTA
8º ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
8.1º REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El oferente DEBE presentar adjunto a su propuesta, la documentación según el Artículo 4º de la Ley 19.886.-, que se detalla a continuación:
- Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar que habilita www.mercadopublico.cl, y que se encontrará en línea al realizar la oferta para la licitación, todos los proveedores deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente dicha declaración jurada.
- En caso de que dos o más proveedores se unan para el efecto de participar en el presente proceso de contratación y la presente adquisición sea por un monto inferior a las 1.000 UTM, el oferente representante de esta unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar documento público o privado que formalice la unión el cual debe indicar a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Departamento de Salud y el nombramiento del representante o apoderado común con poderes suficientes.
- Sólo en el caso de existir Unión Temporal todos los proveedores que la integren deben acreditar cumplir con los Requisitos para Ofertar, firmando Declaración Jurada disponible en Anexo I de las presentes Bases y adjuntándola a su oferta.
9º ANTECEDENTES TÉCNICOS
9.1º REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El oferente DEBE indicar o presentar adjunto a su propuesta, los siguientes antecedentes:
- Para Laboratorios de producción farmacéutica: Adjuntar resolución del Instituto de Salud Pública de Chile que acredita que el laboratorio oferente dispone de autorización sanitaria de apertura y funcionamiento vigente para la producción de productos farmacéuticos.
- Para distribuidores de productos farmacéuticos: Adjuntar resolución del SEREMI de Salud que aprueba instalación y autoriza el funcionamiento del establecimiento farmacéutico correspondiente a la razón social del oferente.
- Para ambos:
- Acreditar número de registro sanitario vigente en el Instituto de Salud Pública de Chile, para cada fármaco ofertado, adjuntando ficha de producto con número de registro sanitario que se encuentra disponible en la página del ISP www.ispch.cl, o en su defecto adjuntar resolución que otorga, modifica y/o renueva registro, que para estos efectos emite dicha entidad.
- Para Fármacos con Exigencia de Cumplimiento Bioequivalencia, estos deben acreditar condición de fármaco de referencia “R” para estudios de bioequivalencia de acuerdo a Resolución emitida por el Instituto de Salud Pública de Chile para dichos efectos (adjuntar resolución, la cual es posible obtener en la página del ISP www.ispch.cl), ó acreditar Aprobación de resultados de estudios de bioequivalencia de acuerdo a Resolución emitida por el Instituto de Salud Pública de Chile para dichos efectos (adjuntar resolución, la cual es posible obtener en la página del ISP www.ispch.cl)
- Indicar fármacos que posean programas de farmacovigilancia.
- Los fármacos deben ser fabricados bajo normas de Buenas Prácticas de Manufactura o normas ISO o contar con estudios clínicos o especificaciones, cuya certificación o acreditación se debe adjuntar a la oferta.
- Los fármacos deben despacharse con fecha de vencimiento mayor a 12 meses desde su entrega en nuestra bodega, para lo cual el proveedor oferente debe realizar compromiso, según Anexo II
9.2º REQUERIMIENTOS A EVALUAR
Se evaluarán los siguientes antecedentes:
- Calidad Técnica de los productos de acuerdo a:
- Presentación de Certificado que acredite el uso de buenas prácticas de manufactura, emitido por el Instituto de Salud Pública de Chile, o por las agencias regulatorias de referencia (Nivel IV), como los son las de Colombia (INVIMA), Argentina (ANMAT), Brasil (ANVISA), Cuba (CECMED), México (COFEPRIS), o por las agencias regulatorias que reconoce el ISP según Resolución Exenta Nº 2274/12, que son: Agencia Europea de Medicamentos (EMEA), la Agencia de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA), la Dirección General de Medicamentos del Ministerio de Salud de Canadá, la Agencia Española de Medicamentos del Ministerio de Sanidad y Consumo, el Instituto Nacional Japonés de Ciencias de la Salud, la Agencia para el Control de Medicamentos del Reino Unido, la Agencia de Productos Medicamentosos de Suecia, la Agencia de Productos Medicamentosos de Suiza.
- Certificado de producto referente o bioequivalencia.
- Declaración denuncias ISP.
- Acreditar experiencia clínica nacional
- Servicio Post – Venta: Adjuntar Políticas de Canje y/o Nota de Crédito.
- Plazo de entrega: De acuerdo al tiempo de demora en la entrega de los productos en nuestras bodegas, ofertado por el proveedor.
10º ANTECEDENTES ECONÓMICOS
10.1º REQUERIMIENTOS MÍNIMOS PARA LA ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
El oferente DEBE presentar adjunto a su propuesta, los siguientes antecedentes:
- Ofertar valores netos de cada producto, en la unidad de medida, presentación y descripción solicitada en las presentes bases; en el ámbito que para estos efectos entrega el formulario de MercadoPublico.
10.2.º REQUERIMIENTOS A EVALUAR
Se evaluarán los siguientes antecedentes:
- Precio: Valor final de cada producto conforme a la unidad de medida indicada en las Bases (recargos incluidos).
IV FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
11º PRESENTACIÓN DE LA OFERTA EN MERCADO PÚBLICO
Los oferentes deberán presentar su Oferta a través del Portal www.mercadopublico.cl, hasta el día y hora del cierre de la propuesta, adjuntando la documentación de acuerdo a lo estipulado en las Bases de Licitación.
11.1º UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
El Departamento de Salud exigirá la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, al efecto, cada proveedor de dicha unión temporal deberá encontrarse inscrito al momento de que se genere esta formalidad.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
12º PRESENTACIÓN DE LA BOLETA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
La garantía de seriedad de la oferta DEBERÁ ser entregada a Secretaria del Departamento de Salud (o a quien la subrogue), en Oficina de recepción ubicada en las dependencias del Departamento de Salud de Mostazal, Luco Nº 502 San Francisco de Mostazal. En caso de ser electrónicas podrán ser enviadas al correo electrónico secretariadepto@saludmostazal.cl
Este documento será recibido sólo hasta las 13:00 horas del día de cierre de la propuesta, en el lugar o correo electrónico según corresponda y por la persona indicada, donde se dejará constancia en un Acta escrita la fecha y hora de recepción.
La entrega de esta garantía es de estricta responsabilidad del proveedor, quien debe velar para que sea recibida por la persona, en el lugar o correo electrónico, y en la fecha y hora indicadas. El Departamento de Salud no se hará responsable por entregas en otro lugar o correo.
13º COMISIÓN DE EVALUACIÓN
La evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión Evaluadora, integrada por los siguientes funcionarios del Departamento de Salud, o en caso de impedimento, por quienes los subroguen legalmente:
1.- Director(a) Departamento de Salud de Mostazal, o quien le subrogue
2.- Director(a) del CESFAM Mostazal, o quien les subrogue.
3.- Encargado(a) de Abastecimiento del CESFAM Mostazal, o quien le subrogue
4.- Representante Medico del CESFAM Mostazal, o quien lo subrogue
El Departamento de Salud a través de la comisión de evaluación procederán al estudio de las ofertas extendiéndose su revisión a los aspectos formales de los documentos presentados y los aspectos técnicos, elaborando un análisis comparativo y fundado de las diferentes propuestas presentadas y su orden de prelación, conforme al resultado de la aplicación de los criterios de evaluación establecidos en la pauta contenida en las Bases.
14º APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
14.1º RECHAZO INMEDIATO DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora rechazará inmediatamente las propuestas, cuando se incurra en el siguiente incumplimiento:
- La no presentación de la garantía de seriedad de la oferta, o si ésta estuviera mal extendida, en caso de que ésta hubiese sido requerida.
Luego de verificado esto último se procederá a la apertura electrónica de las “Ofertas” de aquellos oferentes que hayan presentado todos los antecedentes que consignan las bases.
14.2º DE LA INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora declarará inadmisibles las propuestas, cuando estas no presenten uno o más de los antecedentes Administrativos, Técnicos y/o Económicos solicitados como “Requerimientos mínimos para la admisibilidad de las ofertas” en el punto III “Contenido de la oferta”.
15º CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con los criterios de evaluación y los mecanismos de asignación de puntajes que se indican en los siguientes cuadros por línea de producto:
Criterio
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Factor
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%
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Mecanismo de Evaluación
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Técnico
70%
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Calidad y Atributos Técnicos
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40%
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Sub – factor Buenas Prácticas de Manufacturas 10%:
- Proveedores que adjunten Certificado que acredite el uso de buenas prácticas de manufactura del laboratorio de origen del fármaco ofertado, emitido por el Instituto de Salud Pública de Chile, y/o por las agencias regulatorias de referencia (Nivel IV), como los son las de Colombia (INVIMA), Argentina (ANMAT), Brasil (ANVISA), Cuba (CECMED), México (COFEPRIS), y/o por las agencias regulatorias que reconoce el ISP según Resolución Exenta Nº 2274/12, que son: Agencia Europea de Medicamentos (EMEA), la Agencia de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA), la Dirección General de Medicamentos del Ministerio de Salud de Canadá, la Agencia Española de Medicamentos del Ministerio de Sanidad y Consumo, el Instituto Nacional Japonés de Ciencias de la Salud, la Agencia para el Control de Medicamentos del Reino Unido, la Agencia de Productos Medicamentosos de Suecia, la Agencia de Productos Medicamentosos de Suiza = 10%
- Proveedor oferente no adjunta dicha documentación o esta no corresponde a las agencias regulatorias ya indicadas = 0%
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Sub – factor tipo producto 15%:
- Producto Innovador/Referencia = 15%
- Certificado de bioequivalencia = 5%
- No acredita producto de referencia ni bioequivalente = 0%
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Sub – factor declaración de calidad: Declaración de que el producto no presenta denuncias en ISP ni retiros en los últimos 12 meses (esta información será verificada en página web de ISP) 10%:
- Sin denuncias de calidad o falla terapéutica = 10%
- Con denuncias de calidad o falla terapéutica = 0%
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Sub – factor experiencia clínica nacional: el oferente deberá presentar certificados emitidos por establecimientos de salud, dentro de los últimos 24 meses, certificado debe ser firmado por jefe de farmacia o médico especialista de cada establecimiento, con fecha de emisión año 2022 5%:
- Certificado de 4 o más centros = 5%
- Certificado de 1 a 3 centros = 3%
- No presenta certificados = 0%
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Servicio Post - Venta
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15%
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Adjuntar Política canjes por vencimiento y/o Notas de Crédito
Adjuntar Política de notas de crédito en caso de requerir devolución.
Se dará mayor puntaje a los proveedores que retiran los fármacos para canje desde nuestras bodegas. Se evaluará conforme a la siguiente escala:
- Canje de productos asumiendo los costos de traslado de los fármacos, incluso si el convenio se encuentra caducado = 10%
- Canje de productos, pero No asume los costos de traslado de los fármacos = 5%
- Presenta Políticas de notas de crédito para devolución = 5%
- No realiza canjes, no lo indica o no adjunta políticas de canje = 0%
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Plazo Entrega
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15%
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Los plazos de entrega consideran desde su aceptación en el portal de mercado público y la recepción en las dependencias del cliente
- Entrega dentro de 1 y 2 días = 15%
- Entrega dentro de 3 a 5 días = 10%
- Entrega dentro de 5 a 7 días = 5%
- Entrega mayor a 7 días o no indica = 0%
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Económico
30%
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Precio
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30%
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A menor precio mayor puntaje.
- Menor precio será evaluado con 30%.
- Las ofertas restantes serán evaluadas con la siguiente fórmula:
Menor precio ofertado / Valor a Evaluar X 30
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16º PUNTAJE MÍNIMO
En caso de que el proveedor con mayor puntaje haya obtenido una ponderación total menor al 60%, se entenderá que las ofertas no son convenientes para el Departamento de Salud, pudiéndose declarar desierta la licitación.
17º ACTA DE EVALUACIÓN
Posteriormente la comisión evaluadora elevará los antecedentes al Alcalde mediante un Acta de Evaluación, quien adjudicará la propuesta al oferente que mejor cumpla con los requisitos administrativos, técnicos y económicos de la presente licitación. La aceptación y adjudicación de la propuesta se efectuará, mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio.
18º MECANISMO PARA RESOLVER EMPATES
La forma para resolver una situación de empate se realizará considerando los criterios de evaluación y según la ponderación de estos, de acuerdo al siguiente orden:
1º. Calidad Técnica: se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
2º. Precio: se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
3º. Plazo de Entrega: se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerará:
4º. Servicio Post - Venta: se considerará proveedor adjudicado al que obtenga mayor puntuación en este ítem, de continuar el empate se considerara al proveedor que haya ingresado primero su oferta en www.mercadopublico.cl
V DE LA ADJUDICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA
19º DEL ESTUDIO Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las ofertas se mantendrán vigentes por un lapso de 90 días, a contar del día siguiente de la apertura de la propuesta, período en el cual se deberán evaluar las ofertas, adjudicar, notificar y suscribir el contrato, cuando corresponda a contrataciones o adquisiciones mayores a 1000 UTM o que revistan gran complejidad, con el proponente que se haya adjudicado la propuesta.
20º PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
Cada proveedor deberá procurar presentar su oferta con la información requerida lo más completa y detallada posible y será de responsabilidad del oferente la omisión de algún punto especificado del cual se pida información, o de los documentos específicos requeridos en las Bases de Licitación. Si no indica o adjunta algún antecedente requerido se evaluará con 0% en el ítem que corresponda de los criterios de evaluación.
21º SOLICITUD DE ACLARACIONES
Si posterior a la apertura, y a juicio de la Comisión Evaluadora, los antecedentes presentados por alguno de los oferentes requirieren ser aclarados, la Comisión podrá solicitarle consulta a través del foro inverso, que existe en el portal de Mercado Público.
Las aclaraciones solicitadas no podrán alterar la esencia de la oferta, así como tampoco podrán vulnerar el principio de igualdad entre los participantes. Estas aclaraciones solo podrán referirse a la forma y en ningún caso al fondo de la documentación a aclarar.
De esta solicitud se comunicará a los demás oferentes en el sistema de información de portal Mercado Público.
22º DE LA ADJUDICACIÓN
El Departamento de Salud, aceptará la propuesta más ventajosa, conforme a los criterios de evaluación con sus respectivas ponderaciones y puntajes asignados para cada uno de los factores.
El Departamento de Salud, se reserva el derecho a declarar inadmisibles las ofertas cuando estas sobrepasen el monto presupuestado para la adquisición, o una o todas las ofertas por no ser convenientes a los intereses de este organismo, declarando desierta la licitación, mediante Decreto Alcaldicio, o inadmisible(s) la(s) Oferta(s) que correspondan; en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en el respectivo Decreto Alcaldicio.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor, por cada línea de producto o servicio requerida.
La Adjudicación de la Licitación se efectuará mediante Decreto Alcaldicio, el que se publicará en el portal Mercado Público para proceder a la emisión de la orden de compra respectiva, notificándose de esta forma al proveedor adjudicado.
22.1º FECHA DE ADJUDICACIÓN
En caso de no cumplirse con la fecha de adjudicación indicada en el cronograma de la ficha de licitación se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del retraso.
22.2º MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN
Los proveedores participantes primero deberán consultar el detalle de la evaluación de las ofertas en el Cuadro Evaluativo que se anexa al Acta de Adjudicación. Si aún existen dudas deberán enviar sus consultas al correo electrónico adquisicion.saludmostazal@gmail.com.
23º DE LA READJUDICACIÓN
El Departamento de Salud, en el caso que el proveedor se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato en el plazo establecido para esto efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento, podrá adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
VI GARANTÍAS
24º NORMAS COMUNES
- Las Garantías podrán otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que aseguren el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónica. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
- La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable.
- Los Documentos de Garantía deberán ser tomados por el oferente o adjudicatario a nombre de la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, Rut Nº 69.080.500-6, en caso de que sea tomada a nombre de un representante de la empresa, debe ser a nombre de alguno de sus representantes legales o socios, lo cual deberá acreditarse adjuntando a la garantía, documento notarial que acredite su calidad de representante o socio dentro de la empresa.
- Las Garantías DEBERÁN IDENTIFICAR CLARAMENTE la Adquisición o contratación que caucionan, mediante la GLOSA correspondiente al proceso, si no es posible dentro del mismo documento de garantía, se deberá adjuntar a este, una carta firmada por el representante legal donde se especifique dicha glosa indicando además el tipo de documento, número, fecha y monto.
- Las Garantías serán entregadas en las dependencias del Departamento de Salud, según corresponda, de acuerdo a la descripción de cada garantía, en caso de ser electrónicas podrán ser enviadas al correo electrónico secretariadepto@saludmostazal.cl (SOLO DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS)
- Todos los gastos que irrogue la mantención de las Garantías serán de cargo del proveedor quien será responsable de mantenerlas vigente por el período que caucionan.
- Las Garantías cubrirán sólo una oferta y no todas aquellas que cada proveedor realice en la misma Licitación, por lo tanto, cada oferta que se ingrese a cada proceso debe contar con el documento bancario requerido.
- Cada Garantía debe dar cumplimiento a las condiciones dispuestas en las presentes Bases de Licitación.
25º GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Beneficiario: Municipalidad de Mostazal - Servicio Traspasado de Salud
Fecha de Vencimiento: 90 días desde la fecha de cierre del proceso de licitación, indicada en portal www.mercadopublico.cl
Monto: $2.000.000.-
Tipo de Moneda: Peso Chileno
Descripción: La garantía de seriedad de la oferta, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, RUT 69.080.500-6, deberá ser entregada en Oficina de recepción ubicada en las dependencias del Departamento de Salud de Mostazal, Luco Nº 502 San Francisco de Mostazal, a Secretaria del Departamento de Salud (o a quien la subrogue), de lunes a miércoles de 08:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:00 horas y jueves y viernes de 08:00 a 13:30 y de 14:30 a 15:30 horas. En caso de ser electrónicas podrán ser enviadas al correo electrónico secretariadepto@saludmostazal.cl. Y sólo será recibida hasta las 13:00 horas del día de cierre de la licitación. La entrega de esta garantía es de estricta responsabilidad del proveedor, quien debe velar para que sea recibida por la persona, en el lugar o correo electrónico, y en la fecha y hora establecidos. El Departamento de Salud no se hará responsable por entregas en otro lugar o correo.
La garantía de seriedad de la oferta, se hará efectiva íntegramente a título de cláusula penal, en los términos establecidos en el artículo Nº 1.542 del Código Civil, en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el oferente se desiste de la oferta presentada, completamente o en alguna de sus partes;
b) Si el oferente incurriere en falsedad en los documentos acompañados;
c) Si el adjudicatario no acompaña los documentos que se le soliciten para la redacción del contrato;
d) Si el adjudicatario no suscribe el contrato u orden de compra en el plazo y forma estipulada;
e) Si el adjudicatario no entregare las garantías de fiel cumplimiento de contrato en el plazo establecido, cuando estas sean requeridas.
Glosa: Deberá contener la siguiente glosa “Garantiza Seriedad de la Oferta correspondiente a Licitación Pública Suministro de Medicamentos, ID Nº ______________” (agregar el Nº de ID que corresponda según publicación en www.mercadopublico.cl).
Forma y Oportunidad de Restitución: Todos los oferentes podrán retirar la Boleta de Garantía de Seriedad de la Oferta a contar de los 30 días hábiles siguientes a la formalización del Contrato u Orden de Compra con el Adjudicatario, ya que existirá la posibilidad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje al proveedor que haya obtenido la mejor calificación, para el caso de que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato o no cumpliera con lo ofertado.
Para ser retirada, el proveedor deberá enviar una solicitud por escrito dirigida al Supervisor del Proceso, dicho documento estará suscrito y firmado por el representante legal de la empresa, si es persona jurídica, o por el oferente si es persona natural, y deberá señalar expresamente quién retira el documento (representante de la empresa, ejecutivo de ventas de la zona u otro), en la eventualidad de que sea una persona distinta a la que suscribe, e identificar claramente el tipo, número, valor y glosa del documento. El Supervisor del Proceso será quien dará el visto bueno para el retiro del Documento e informará de esto a la o las personas que lo caucionan.
El retiro se hará previa confirmación con el Supervisor del Proceso, de lunes a jueves de 08:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:00 horas y viernes de 08:00 a 13:30 y de 14:30 a 15:30 horas en Oficina de recepción ubicada en las dependencias del Departamento de Salud de Mostazal, Luco Nº 502 San Francisco de Mostazal, contactando a la Secretaria del Departamento de Salud (o a quien la subrogue). En el evento que no se efectúe la solicitud de devolución en la forma y tiempo indicado, el Departamento de Salud no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución.
26º GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Será requerida en el caso de contrataciones iguales o mayores a 100 UTM
Beneficiario: Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud
Fecha de Vencimiento: 60 días hábiles después del 31 de diciembre de 2024.
Monto: 10% del valor total adjudicado con IVA incluido.
Tipo de Moneda: Peso Chileno
Descripción:
La garantía de fiel cumplimiento de contrato, en caso de suscribirse el contrato por escrito, deberá ser entregada a la persona encargada de la confección del contrato en las dependencias del Departamento de Salud, antes de la firma del contrato o en el mismo momento de la firma de este. A su vez, se remitirá una copia de la garantía al Supervisor del Proceso, quien revisará la conformidad y autenticidad de la garantía, según lo expresado en estas bases y las Bases Técnicas.
En caso de contrataciones o adquisiciones menores a 1000 UTM, que no revistan gran complejidad, el contrato se formalizará con la emisión y aceptación de la Orden de Compra respectiva, evento en el cual el adjudicatario tiene un plazo de 5 días hábiles de aceptada la Orden de Compra para hacer llegar esta garantía, bajo apercibimiento de terminarse el contrato y hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta, enviándola a Secretaria del Departamento de Salud.
En el evento de existir reparos, el adjudicatario deberá dar solución a las mismas, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la respectiva adjudicación, por incumplimiento de uno de los requisitos esenciales para celebrar el contrato respectivo.
Si el contratista no cumpliere con la entrega de las garantías de fiel cumplimiento de contrato, el Departamento de Salud podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta y adjudicar ésta a otro de los oferentes o bien, llamar a un nuevo proceso de licitación. En este caso el Departamento de Salud queda facultado para hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta entregada por el adjudicatario incumplidor.
El Departamento de Salud podrá hacer efectiva la presente garantía, en cualquier momento, una vez producida alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando por causa imputable al proveedor se ponga término anticipado al contrato.
b) En caso que el proveedor presente saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, conforme a los términos previstos en la Ley 19.886.-
c) Cuando con posterioridad a la suscripción del respectivo contrato el proveedor incurra en alguna de las causales de inhabilidad contempladas en la Ley 19.886.-
d) No cumplimiento de las exigencias técnicas del convenio adjudicado.
e) Incumplimiento grave de las obligaciones impuestas por las bases y los términos del contrato por parte del proveedor, sin su debida y aceptable justificación (como, por ejemplo: La no aceptación de la Orden de Compra, no entrega del producto en los plazos pactados, o demora excesiva en su entrega más de 10 días hábiles después del envío de la Orden de Compra)
Glosa: Deberá contener la siguiente glosa “Garantiza el Fiel Cumplimiento del Contrato correspondiente a Licitación Pública Suministro de Medicamentos, ID Nº ______________” (agregar el Nº de ID que corresponda según publicación en Mercado Público).
Forma y Oportunidad de Restitución: Cumplido íntegramente el contrato, a satisfacción del Departamento de Salud, el proveedor adjudicado podrá solicitar la devolución de esta Garantía después de 60 días hábiles desde la fecha de término del contrato, dicho plazo, para lo cual se debe caucionar el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes.
Para hacer efectiva esta devolución, el proveedor deberá enviar una solicitud por escrito dirigida al Supervisor del Proceso, dicho documento estará suscrito y firmado por el representante legal de la empresa, si es persona jurídica, o por el oferente si es persona natural, y deberá señalar expresamente quién retira el documento (representante de la empresa, ejecutivo de ventas de la zona u otro), en la eventualidad de que sea una persona distinta a la que suscribe, e identificar claramente el tipo, número, valor y glosa del documento. El Supervisor del Proceso será quien dará el visto bueno para el retiro del Documento e informará de esto a la o las personas que lo caucionan.
El retiro se hará previa confirmación con Supervisor del Proceso, de lunes a miércoles de 08:00 a 13:30 y de 14:30 a 17:00 horas y jueves y viernes de 08:00 a 13:30 y de 14:30 a 15:30 horas en Oficina de recepción ubicada en las dependencias del Departamento de Salud, Luco Nº 502 San Francisco de Mostazal, contactando a la Secretaria del Departamento de Salud (o a quien la subrogue). En el evento que no se efectúe la solicitud de devolución en la forma y tiempo indicado, el Departamento de Salud no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución.
27º GARANTÍA ADICIONAL
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del Departamento de Salud que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el Departamento de Salud podrá a través de Decreto Alcaldicio, adjudicar esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel cumplimiento, por la diferencia del precio con la oferta que le sigue (con impuestos incluidos).
Esta garantía tendrá la misma fecha de vencimiento que la exigida para el fiel cumplimiento de contrato, o en su defecto su vencimiento será de hasta 90 días desde formalizada la contratación (fecha de orden de compra o contrato, según corresponda) y su glosa será: “Garantía Adicional de Fiel Cumplimiento del Contrato correspondiente a Licitación Pública _____________ _______________________ID Nº ______________” (agregar nombre y Nº de ID que corresponda según publicación en Mercado Público).
VII DEL CONTRATO, SU FORMALIZACIÓN Y SUS MODIFICACIONES
La o las contrataciones derivadas de las presentes bases que sean iguales o mayores a 1.000 UTM se formalizarán mediante la suscripción de contrato escrito, mientras que las menores a 1.000 UTM serán formalizadas sólo mediante la respectiva Orden de Compra, no siendo necesaria la firma del documento escrito.
28ºREQUISITOS PARA CONTRATAR AL PROVEEDOR ADJUDICADO
28.1º UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Para contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, sin que sea necesario constituir una sociedad, dicha documentación será requerida por el Departamento de Salud al momento de la suscripción del contrato.
28.2º HABILIDAD PARA CONTRATAR
El proveedor adjudicado deberá encontrarse hábil en Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl al momento de la formalización del contrato. Si al momento de la adjudicación el proveedor adjudicado se encuentra inhábil o no está registrado en Chile Proveedores tendrá un plazo de 5 días para subsanar dicha situación, si cumplido este plazo aún se encuentra inhábil no se realizará la formalización del contrato y se procederá a la readjudicación de la propuesta o será declarada desierta para proceder a un nuevo proceso, según corresponda.
29º DOCUMENTOS REQUERIDOS EN CASO DE EXISTIR SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO POR ESCRITO
Al momento de la formalización del contrato por escrito, el proveedor adjudicado deberá presentar o acreditar en Registro de Proveedores de www.mercadopublico.cl, los documentos que se señalan a continuación, según corresponda a persona natural o jurídica. En caso de formalizarse el contrato mediante Orden de Compra estos documentos no serán necesarios y los proveedores adjudicados sólo deberán contar con los requisitos para contratar indicados en los puntos 28.1º y 28.2º.
29.1º PERSONA NATURAL
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
29.2º PERSONA JURÍDICA
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
29.3º OTROS DOCUMENTOS
El Departamento de Salud se reserva el derecho de solicitar en original o legalizada, a cada proveedor adjudicado, la documentación técnica o administrativa no contemplada en los puntos anteriores, que considere necesaria para formalizar la contratación.
30º DATOS GENERALES DEL CONTRATO
Estimación en base a: Presupuesto Referencial
Fuente de financiamiento: Fondos Municipales
Monto Total Estimado Referencial: $140.000.000.- (Ciento cuarenta millones de pesos) impuestos y recargos incluidos, para los años 2023 y 2024. Lo cual equivale a $70.000.000.- (Setenta millones de pesos) impuestos y recargos incluidos, anuales.
Duración de Contrato: Contrato de Ejecución en el Tiempo.
Plazos de pago: Hasta 45 días. Letra e) de la glosa 02 de la partida del Ministerio de Salud de la Ley N° 21.395 de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2022.
Opciones de pago: Cheque
31º DEL PRESUPUESTO DISPONIBLE Y LAS CANTIDADES
Las cantidades licitadas por el Departamento de Salud podrán ser modificadas, reservándose el derecho de disminuir o aumentar su requerimiento, dependiendo de las necesidades del servicio y/o disponibilidad presupuestaria, y en concordancia con el punto 37° de las presentes Bases Administrativas.
32º FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
32.1º EN CASO DE FORMALIZAR CONTRATACIÓN POR ESCRITO
Una vez notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, el Adjudicatario deberá firmar el Contrato respectivo dentro de un plazo no superior a los 30 días siguientes de dicha notificación, para lo cual será requisito previo la entrega de la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, en caso de ser solicitada.
32.2º EN CASO DE FORMALIZAR LA CONTRATACIÓN CON ORDEN DE COMPRA
Una vez notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, se emitirá la correspondiente orden de compra, el adjudicatario dispondrá de 1 día hábil para aceptarla, contado después de 24 horas de enviada a través de www.mercadopublico.cl, bajo apercibimiento de hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta.
Lo anterior sin perjuicio de que igualmente deberá entregar Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde aceptada la Orden de Compra, también bajo apercibimiento de hacerse efectiva la Seriedad de la Oferta y, eventualmente, poner término anticipado al contrato ya formalizado, sea en papel o mediante la aceptación de la Orden de Compra.
33º REDACCIÓN DEL CONTRATO
En licitaciones que requieran contrato, este será visado por asesoría jurídica del Departamento de Salud, quien velará por el estricto apego a lo consignado en las presentes bases y oferta económica y técnica del adjudicatario y demás antecedentes que sean parte integrante de la propuesta.
34º PLAZO PARA FIRMAR EL CONTRATO
El contrato deberá ser firmado dentro del plazo de 30 días, contados desde la notificación vía portal mercado público, bajo el apercibimiento de hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta.
El adjudicatario deberá presentarse personalmente, o el representante legal en caso de persona jurídica, a suscribir contrato en las dependencias del Departamento de Salud, el día acordado dentro de plazo, en horario de lunes a jueves entre las 9:00 y las 14:00 horas. En caso de no poder concurrir a las dependencias del Departamento de Salud por causa justificada, el proveedor podrá firmar el contrato en alguna notaría previo acuerdo de las partes, siendo el documento a firmar ÚNICAMENTE el que enviará el Departamento de Salud de manera interna a dicha notaría. En este último caso TODOS los gastos notariales correrán por cuenta del proveedor a contratar.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo señalado, el Departamento de Salud podrá dejar sin efecto la adjudicación de la propuesta, pudiendo en este evento adjudicarla a otro oferente. La no suscripción del contrato, por parte del adjudicatario dará derecho al Departamento de Salud a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
35º PUBLICACIÓN DEL CONTRATO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 65º del Reglamento de la Ley N° 19.886, una vez suscrito el contrato, será publicado en el portal www.mercadopublico.cl.
36º FECHA DE INICIO
Una vez firmado el contrato y/o aceptada la Orden de Compra, según sea el caso, sin perjuicio de que por razones de buen servicio y/o por necesidades de la institución la prestación podrá iniciarse con anterioridad. El adjudicatario dará inicio a sus obligaciones una vez suscrito el contrato u Orden de Compra respectivo(a) por ambas partes. Firmado el contrato o enviada la Orden de Compra, la Unidad Técnica procederá a entregar los antecedentes necesarios para su ejecución.
37º AUMENTOS DEL CONTRATO
Durante la ejecución del contrato, el Departamento de Salud puede requerir al oferente un incremento de los bienes y/o servicios contratados de hasta un 30% (treinta por ciento) respecto del monto total contratado mediante la presente licitación sin efectuar un nuevo llamado, en cuyo caso, sólo si corresponde, se incrementarán automáticamente los plazos de ejecución de los servicios en la parte que se concrete dicho incremento. Para proceder a este incremento, se formalizará mediante la emisión de una orden de compra y/o una modificación al contrato, aprobada mediante Decreto Alcaldicio cuando corresponda.
38º CAUSALES DE MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
De acuerdo al artículo 13 de la Ley 19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, el Departamento de Salud podrá declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en todo o en parte, sin ulterior recurso del adjudicatario, por alguna de las siguientes causales:
- Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
- Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante:
A) Si a juicio de los encargados del Departamento de Salud el proveedor, no está dando cumplimiento a lo establecido en cuanto a calidad y requerimientos técnicos, plazo de entrega y otras causalidades señaladas para el suministro adjudicado: *Que el proveedor no cumpla con los plazos fijados para la ejecución de las acciones *Que el Departamento de Salud compruebe, previo peritaje técnico, errores en la entrega de los productos y/o servicios contratados *Si el proveedor no pudiere cumplir cualquiera de sus obligaciones contempladas en el contrato y en las presentes bases.
B) Si el contratista es sometido a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva y/o ya no acredite habilidad para contratar con el Estado
C) Si los representantes o el personal dependiente de los proveedores adjudicados no observan los más altos niveles éticos o cometan actos de fraude, corrupción soborno, extorsión, coerción y/o colusión.
D) La no entrega oportuna de la Garantía de Cumplimiento establecida en las presentes Bases de Licitación.
- Estado de notoria insolvencia del contratante a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
- Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
A) Cese de presupuesto.
B) Fallecimiento de alguna de las partes
C) Catástrofes.
El presente contrato podrá terminarse anticipadamente por la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, si concurre alguna de estas causales, unilateralmente, por escrito, con un aviso previo de 10 días corridos. En este caso los adjudicatarios deberán satisfacer íntegramente las Órdenes de Compra recibidas antes de la notificación del referido término anticipado. En todos los casos señalados anteriormente, no operará indemnización alguna para los adjudicatarios.
39º PROCEDIMIENTO
En el caso de poner término anticipado al contrato, la Municipalidad dictará el correspondiente Decreto Alcaldicio señalando específicamente las razones que se han considerado para tomar tal decisión, luego de lo cual se notificará dicho Decreto al contratista mediante carta certificada dirigida a su domicilio contractual.
Notificado el Decreto de terminación de contrato se citará por escrito al contratista con el propósito de realizar la liquidación del contrato.
La proposición que realice el supervisor del convenio al Alcalde para la Liquidación del contrato será informada al Asesor Jurídico, con su informe, si procede, se dictara el respectivo Decreto y se ordenará al supervisor del convenio hacer efectiva la garantía, y a iniciar las acciones judiciales correspondientes.
VIII DE LA SUPERVISIÓN TÉCNICA
40º SUPERVISOR DEL PROCESO
Sera designado por la Dirección del Departamento de Salud un funcionario público denominado Supervisor del proceso el cual tendrá la misión de verificar el fiel cumplimiento del contrato u orden de y que servirá de nexo y coordinador con el proveedor adjudicado.
IX DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
41º OBLIGACIONES OPERATIVAS
a) Cumplir y ejecutar el contrato con estricta sujeción a las bases de licitación y a la oferta adjudicada.
b) Dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por el supervisor técnico, en tanto dichas instrucciones se ajusten estrictamente a las bases y a las normas vigentes;
c) Registrará, el supervisor del convenio el nombre, dirección electrónica y teléfono del supervisor a cargo del servicio, con el objeto de poder ser contactado, en horarios hábiles, ante cualquier eventualidad relacionada con el servicio;
d) El proveedor no se eximirá del cumplimiento del Contrato por el hecho de que su personal o el del sub-contratista se declare en huelga. En tal caso, el contratista deberá arbitrar oportunamente todas las medidas posibles para que las labores ejecuten a pesar de la huelga declarada;
e) El proveedor queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y a la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
42º PERSONAL DEL PROVEEDOR
El proveedor empleará personal debidamente calificado para la prestación del servicio, el que estará bajo su única y directa subordinación y dependencia; no obstante, el proveedor contratado será el único responsable frente al Departamento de Salud de las obligaciones que impone el contrato y estas bases.
43º OBLIGACIONES LABORALES Y PREVISIONALES DEL PROVEEDOR
Las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad laboral serán de cargo exclusivo del proveedor, reservándose el Departamento de Salud la facultad de solicitar la documentación necesaria que acredite el estado de cumplimiento de las mismas, tanto respecto de su personal propio como de los trabajadores del o los sub-contratistas que laboren en los servicios contratados, reconociéndose por tanto, y ante eventuales litigios, a la ilustre Municipalidad de Mostazal como un mero responsable subsidiario. Así mismo, el Departamento de Salud se reserva el derecho a retener los pagos mensuales al proveedor contratado en caso de observar incumplimiento en el pago de estas obligaciones.
44º RESPONSABILIDAD CIVIL Y OBLIGACIÓN DE SEGURO
El proveedor deberá responder de todo daño que con ocasión de los trabajos encomendados se cause a terceros o a sus bienes, cualquiera sea su propiedad, tanto de particulares, de empresas de utilidad pública, o entidades fiscales o municipales.
45º EXENCIÓN DE RESPONSABILIDAD POR ACCIDENTES LABORALES
El Departamento de Salud no será responsable ni asumirá ningún costo originado por accidentes de trabajo que afecten al personal del contratista o del subcontratista, por lo que será responsabilidad de estos tomar las medidas necesarias para resguardar la seguridad de dicho personal. Por lo tanto, el contratista libera al Departamento de Salud de cualquier acción legal en su contra que tenga su origen en accidentes ocurridos con ocasión de los trabajos encomendados.
46º RESPONSABILIDAD POR DAÑO AMBIENTAL
El contratista será responsable por daños ambientales que pudiera ocasionar en el cumplimiento del contrato, contemplados en la Ley Nº 19.300.
47º COMUNICACIÓN CON EL DEPARTAMENTO DE SALUD
El proveedor contratado deberá mantener permanentemente comunicación con el Departamento de Salud, vía teléfono o correo electrónico. En caso de comunicación adicional, deberá siempre remitir por escrito al supervisor del convenio de cualquier observación o requerimiento importante.
48º OBLIGACIONES LEGALES PARTICULARES
El contratista queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo, en particular en sus artículos 183 y siguientes y 184, así como a la ley 16.744 sobre enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, el Decreto Supremo Nº 76 del año 2007 de la Dirección del Trabajo y las demás normas complementarias vigentes en la materia.
X DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
49º ELEMENTOS QUE DEBERÁ SUMINISTRAR EL ADJUDICATARIO
Será de cargo del proveedor adjudicado proveer todos los materiales, insumos, herramientas, equipamiento, etc., y todos los gastos que se originen con objeto de esta contratación.
50º MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO
Cuando circunstancias especiales lo ameriten, el Departamento de Salud o el proveedor adjudicado podrán solicitar a la contraparte, con la debida antelación, la modificación del cronograma de trabajo y/o forma de entrega de los productos y/o servicios, en cuyo caso tanto la solicitud como la autorización deberán constar por escrito.
XI PAGOS Y PLAZOS DE EJECUCIÓN
51º DE LOS PAGOS
Los pagos del precio convenido entre el Departamento de Salud y el proveedor adjudicado se harán en los plazos y formas establecidos.
El pago se realizará contra recepción conforme de los productos recibidos, para el efecto, se solicitará el suministro mediante la emisión de una Orden de Compra por parte del Departamento de Salud al proveedor adjudicado, de acuerdo a sus necesidades, aceptada dicha O.C. el proveedor entregará lo solicitado a nuestro establecimiento, entregando la respectiva facturación, este documento será revisado por el Supervisor del proceso quien dará su VºBº a Unidad de Bodega en donde se emitirá documento de recepción conforme de la factura.
A contar de la recepción conforme de los productos y su factura, se efectuará dicha cancelación, en un plazo máximo de 45 días. El pago será efectuado mediante cheque nominativo a nombre del proveedor contratado.
51.1° FACTORING
El Departamento de Salud deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus Contratistas, siempre y cuando se le notifique oportunamente dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes.
52º PLAZO DEL CONTRATO
El contrato derivado de las presentes Bases comenzará a regir a contar de la fecha de la total tramitación de el o los documentos que lo formalicen (Contrato y su Decreto de Aprobación, o envío de Orden de Compra según corresponda), sin perjuicio de que por razones de buen servicio y/o por necesidades de la institución la prestación podrá iniciarse con anterioridad, y durará hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre y cuando se cuente con los recursos presupuestarios.
53º ATRASOS
Cualquier atraso o interrupción de los servicios contratados deberá ser informado por escrito al supervisor del convenio, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes a su ocurrencia, señalando las causas que lo originaron.
54º MULTAS
54.1° Por atraso en la aceptación de la Orden de Compra, contado desde la fecha de su envío por sistema: 0,5 UTM por cada día hábil de atraso, teniendo en cuenta que el proveedor tiene 24 horas para notificarse del envío de la orden, y que tendrá que aceptar dicha orden dentro del plazo de 1 día hábil siguiente a estas 24 horas, comenzando a contar el retraso después de dicho plazo.
54.2° Por atraso en el despacho de los productos requeridos, contados desde la aceptación de la respectiva Orden de Compra y según el plazo de entrega indicado por el proveedor en su oferta, o el requerido en las presentes Bases de Licitación si este no fuese indicado en la oferta, o el convenido entre el Departamento de Salud y el proveedor adjudicado: 0,5 UTM por cada día de atraso. Para tal caso se debe tener presente que de no haber sido aceptada la orden de compra en el plazo establecido, de igual forma comenzará a regir el plazo de entrega cumplido dicho plazo, entendiéndose por aceptada la OC luego de 1 día hábil siguiente a las 24 horas de haber sido enviada a través de www.mercadopublico.cl
54.3° Por no cumplimiento del tiempo de vencimiento solicitado, en caso de despachar productos con vencimiento menor a 12 meses desde el día de entrega en nuestra Bodega: 0,5 UTM por producto en dicha condición.
54.4° Por no disponibilidad de los productos ofertados por quiebre de stock de acuerdo a las presentes Bases de Licitación: 1 UTM por cada producto que no se encuentre disponible.
54.5° Por no cumplimiento del Servicio post-venta, Políticas de Canje ofertadas, de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y Técnicas: 1,0 UTM por oportunidad.
55.° DISPOSICIONES EN CASO DE APLICACIÓN DE MULTAS
55.1° TOPE MÁXIMO
El Departamento de Salud podrá aplicar el cobro de multas, por alguno de los incumplimientos especificados, en hasta 10 oportunidades durante el tiempo de duración del contrato. Si el proveedor sobrepasara dicha cantidad, esto constituirá causal de término anticipado de contrato, por causas imputables al proveedor, y por lo cual se efectuará el cobro de la correspondiente Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
La sumatoria total de las multas dentro de un mes no podrá exceder el 15% del valor mensual del contrato, si el valor sobrepasa el porcentaje indicado el Departamento de Salud tendrá la facultad de proceder a la liquidación del contrato y hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato.
55.2° APELACIÓN A LAS MULTAS Y PAGO DE LAS MISMAS
Los incumplimientos y/o multas serán informados por el Supervisor Técnico correspondiente, lo cual deberá ser notificado por el medio más idóneo (e-mail o carta certificada) al Adjudicatario respectivo, con copia a Oficina de Finanzas del Departamento de Salud.
El adjudicatario podrá apelar por escrito a las multas impuestas en un plazo de 5 días hábiles desde la notificación, la apelación deberá ser presentada en el Departamento de Salud a nombre del Director del Departamento de Salud.
La respuesta será emitida dentro de 10 días hábiles contados desde la fecha de recepción de esta y una vez analizada en conjunto con el Director del Departamento de Salud.
Toda multa deberá pagarse mediante depósito en “Tesorería Municipal”, quedando supeditada la cancelación de la factura respectiva, al cumplimiento por parte del adjudicatario de esta obligación, una vez realizado el pago, deberá enviarse el comprobante de ingreso de Tesorería, al Supervisor Técnico del Proceso con copia a Oficina de Finanzas del Departamento de Salud.
XII. DISPOSICIONES FINALES
56º PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
57º INTERPRETACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LAS BASES
Una vez firmado el contrato definitivo o aceptada la orden de compra (en caso de no existir contrato escrito), cualquier duda acerca del contenido de las Bases, será resuelta por la Unidad Técnica, sin perjuicio de las atribuciones correspondientes al Alcalde.
58º DOMICILIO Y TRIBUNALES COMPETENTES
Para todos los efectos de estas Bases, la Municipalidad de Mostazal – Servicio Traspasado de Salud, en adelante el Departamento de Salud, y los oferentes se entenderán domiciliados en la comuna de Mostazal y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
59º PROHIBICIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
No se prohíbe la subcontratación.
BASES TÉCNICAS
1º GENERALIDADES
Las presentes Bases Técnicas contienen los procedimientos, requerimientos, términos y exigencias necesarias para materializar el llamado a Licitación Pública para la contratación denominada “Suministro de Medicamentos”, para los años 2023 y 2024. Cuyo objetivo es adquirir los fármacos de calidad y certificados por la autoridad sanitaria, necesarios para el tratamiento de Patologías que presenten los usuarios adscritos a los establecimientos de salud dependientes del Departamento de Salud Municipal de Mostazal.
Las cantidades licitadas corresponden a un aproximado referencial de acuerdo al consumo actual, por lo que podrán variar (aumentar o disminuir). Estas cantidades corresponden al gasto para 12 meses, y los pedidos a solicitar variarán (aumentarán o disminuirán) de acuerdo a lo despachado y no despachado por la Central de Abastecimiento a nuestro establecimiento. Se calcula realizar 1 pedido mensual de acuerdo a la necesidad del servicio y pedidos regulares por los meses de octubre, noviembre y diciembre, para generar una mejor oferta por parte de los proveedores y contar con la seguridad del stock de medicamentos.
En el caso de requerir incluir nuevos fármacos a la canasta, se solicitará cotización de estos al o a los proveedores adjudicados, la cual será evaluada de acuerdo a 1 o más de los Criterios de Evaluación expuestos en las presentes Bases de Licitación, luego de esto se procederá a emitir la Orden de Compra al proveedor seleccionado mediante sistema www.mercadopublico.cl
Asimismo, de no requerir algún fármaco licitado, no se solicitará dentro de la orden de compra correspondiente.
2º DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN
- Tipo de Licitación: Licitación mayor a 2.000 UTM y menor a 5.000 UTM (LQ).
- Tipo de Convocatoria: ABIERTO.
- Moneda: Peso Chileno.
- Etapas del proceso de Apertura: Una Etapa.
- Contrato: Se formalizará mediante la suscripción de Contrato escrito en el caso de contrataciones mayores a 1.000 UTM y Orden de Compra para contrataciones menores a 1.000 UTM.
- Toma de Razón por Contraloría: No requiere Toma de Razón por Contraloría.
- Publicidad de Ofertas Técnicas: Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada o declarada desierta la licitación.
3º DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LOS BIENES O SERVICIOS
Nº
|
CÓDIGO
|
NOMBRE
|
PRESEN-
TACIÓN
|
CANTIDAD
|
DESCRIPCIÓN
|
1
|
51102301
|
Aciclovir
|
Comprimido
|
3.100
|
ACICLOVIR 400 MG.
|
2
|
51142002
|
Ácido acetilsalicílico
|
Comprimido
|
1.200
|
ÁCIDO ACETILSALICÍLICO 500 MG.
|
3
|
51142002
|
Ácido acetilsalicílico
|
Comprimido
|
213.000
|
ÁCIDO ACETILSALICÍLICO 100 MG.
|
4
|
51191905
|
Suplementos vitamínicos
|
Comprimido
|
7.000
|
ÁCIDO FÓLICO 1 MG.
|
5
|
51191905
|
Suplementos vitamínicos
|
Comprimido
|
18.000
|
ÁCIDO FÓLICO 5 MG.
|
6
|
51142012
|
Ácido mefenámico
|
Comprimido
|
4.000
|
ÁCIDO MEFENÁMICO 500 MG. COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
7
|
51131808
|
Ácido aminocaproico
|
Comprimido
|
400
|
ÁCIDO TRANEXAMICO 500 MG. COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
8
|
51131808
|
Ácido aminocaproico
|
Ampolla
|
200
|
ÁCIDO TRANEXAMICO 1.000 MG / 10 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
9
|
51141531
|
Ácido valproico
|
Frasco
|
20
|
ACIDO VALPROICO 375 MG / ML. SOLUCIÓN EN GOTAS ORALES 25 ML.
|
10
|
51141531
|
Ácido valproico
|
Comprimido
|
44.000
|
ACIDO VALPROICO 200 MG. COMPRIMIDOS CON RECUBRIMIENTO ENTÉRICO
|
11
|
53131613
|
Productos para el cuidado de la piel
|
Tubo
|
30
|
ADAPALENO 0,1%, GEL DÉRMICO 30 GR
|
12
|
51121501
|
Adenosina
|
Ampolla
|
25
|
ADENOSINA 6 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
13
|
51102702
|
Agua destilada para irrigación
|
Ampolla
|
1.100
|
AGUA BIDESTILADA, 5 ML
|
14
|
51211501
|
Allopurinol
|
Comprimido
|
19.000
|
ALOPURINOL 100 MG
|
15
|
51211501
|
Allopurinol
|
Comprimido
|
1.800
|
ALOPURINOL 300 MG
|
16
|
51141919
|
Alprazolam
|
Comprimido
|
36.200
|
ALPRAZOLAM 0,5 MG
|
17
|
51121511
|
Clorhidrato de amiodarona
|
Comprimido
|
2.700
|
AMIODARONA CLORHIDRATO 200 MG
|
18
|
51121511
|
Clorhidrato de amiodarona
|
Ampolla
|
100
|
AMIODARONA CLORHIDRATO 150 MG / 3 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE E.V.
|
19
|
51141601
|
Hidrocloruro de amitriptilina
|
Comprimido
|
32.000
|
AMITRIPTILINA CLORHIDRATO 25 MG
|
20
|
51121743
|
Besilato de amlodipina
|
Comprimido
|
39.000
|
AMLODIPINO 10 MG
|
21
|
51121743
|
Besilato de amlodipina
|
Comprimido
|
107.000
|
AMLODIPINO 5 MG
|
22
|
51101511
|
Amoxicilina
|
Frasco
|
125
|
AMOXICILINA (COMO TRIHIDRATO) 400 MG; ACIDO CLAVULÁNICO (COMO SAL POTÁSICA) 57 MG / 5 ML. PARA SUSPENCIÓN ORAL 70 ML. EQUIVALENTE A AMBILAN BID.
|
23
|
51101511
|
Amoxicilina
|
Comprimido
|
16.000
|
AMOXICILINA 500 MG
|
24
|
51101511
|
Amoxicilina
|
Frasco
|
350
|
AMOXICILINA 500 MG / 5 ML, PARA SUSPENCIÓN ORAL 60 ML
|
25
|
51101511
|
Amoxicilina
|
Comprimido
|
19.000
|
AMOXICILINA 500 MG; ACIDO CLAVULANICO 125 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
26
|
51172103
|
Clorhidrato de pitofenona
|
Supositorio
|
600
|
PROPIFENASONA 440 MG; ADIFENINA 50 MG. ANTIESPASMÓDICO ADULTO
|
27
|
51172103
|
Clorhidrato de pitofenona
|
Supositorio
|
500
|
PROPIFENASONA 220 MG; ADIFENINA 25 MG. ANTIESPASMÓDICO INFANTIL
|
28
|
51141723
|
Tiotixenos
|
Comprimido
|
30
|
ARIPIPRAZOL 10 MG.
|
29
|
51151801
|
Atenolol
|
Comprimido
|
40.000
|
ATENOLOL 50 MG
|
30
|
51121818
|
Atorvastatina
|
Comprimido
|
265.000
|
ATORVASTATINA 20 MG
|
31
|
51121818
|
Atorvastatina
|
Comprimido
|
193.000
|
ATORVASTATINA 10 MG
|
32
|
51151616
|
Atropina
|
Ampolla
|
100
|
ATROPINA SULFATO 1 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
33
|
51151616
|
Atropina
|
Comprimido
|
2.200
|
CLORHIDRATO DE PAPAVERINA 40.0 MG; SULFATO DE ATROPINA 0.5 MG. ANTIESPASMÓDICO ORAL
|
34
|
51101572
|
Azitromicina
|
Frasco
|
130
|
AZITROMICINA 200 MG / 5 ML, JARABE.
|
35
|
51101572
|
Azitromicina
|
Comprimido
|
2.300
|
AZITROMICINA 500 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
36
|
51101507
|
Penicilina
|
Frasco – Ampolla
|
270
|
BENCIPENICILINA BENZATINA 1.200.000 U.I, POLVO PARA SUSPENCIÓN INYECTABLE
|
37
|
51101507
|
Penicilina
|
Frasco – Ampolla
|
160
|
BENCIPENICILINA SODICA 1.000.000 U.I. POLVO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
38
|
51101507
|
Penicilina
|
Frasco – Ampolla
|
25
|
BENCIPENICILINA SODICA 2.000.000 U.I. POLVO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
39
|
51181701
|
Betametasona
|
Tubo
|
1.000
|
BETAMETASONA 0,05%, CREMA DÉRMICA 15 GR
|
40
|
51181701
|
Betametasona
|
Ampolla
|
4.800
|
BETAMETASONA SODIO FOSFATO 4 MG / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
41
|
51191704
|
Soluciones multielectrolíticas
|
Ampolla
|
80
|
BICARBONATO DE SODIO 8,4%, SOLUCIÓN INTECTABLE 10 ML.
|
42
|
51151738
|
Fumarato de formoterol
|
Frasco
|
40
|
FENOTEROL BROMHIDRATO 0.5 MG; BROMURO DE IPRATROPIO 0.25 MG / 1 ML, SOLUCIÓN PARA NEBULIZAR, FRASCO – GOTARIO 20 ML
|
43
|
51142215
|
Clorhidrato de buprenorfina
|
Parche
|
200
|
BUPRENORFINA 20 MG, PARCHE 35 MCG. COTIZAR VALOR 1 PARCHE
|
44
|
51121703
|
Captopril
|
Comprimido
|
500
|
CAPTOPRIL 25 MG
|
45
|
51141513
|
Carbamazepina
|
Comprimido
|
43.000
|
CARBAMAZEPINA 200 MG
|
46
|
|
|
Sobre
|
50
|
CARBÓN ACTIVADO, SOBRE 60 GR
|
47
|
51121709
|
Carvedilol
|
Comprimido
|
28.000
|
CARVEDILOL 25 MG
|
48
|
51121709
|
Carvedilol
|
Comprimido
|
61.000
|
CARVEDILOL 12,5 MG
|
49
|
51121709
|
Carvedilol
|
Comprimido
|
52.000
|
CARVEDILOL 6,25 MG
|
50
|
51101580
|
Cefadroxilo
|
Comprimido
|
7.000
|
CEFADROXILO 500 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
51
|
51101580
|
Cefadroxilo
|
Frasco
|
260
|
CEFADROXILO 250 MG / 5 ML, POLVO PARA SUSPENCIÓN ORAL 60 ML
|
52
|
51101551
|
Ceftriaxona
|
Frasco - Ampolla
|
1.100
|
CEFTRIAXONA 1 G, POLVO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
53
|
51142131
|
Celecoxib
|
Cápsula
|
16.000
|
CELECOXIB 200 MG
|
54
|
51191905
|
Suplementos vitamínicos
|
Ampolla
|
2.200
|
CIANOCOBALAMINA 100 MCG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
55
|
51151914
|
Clorhidrato de ciclobenzaprina
|
Comprimido
|
82.000
|
CICLOBENZAPRINA CLORHIDRATO 10 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
56
|
51101542
|
Ciprofloxacina
|
Comprimido
|
10.000
|
CIPROFLOXACINO 500 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
57
|
51141617
|
Bromhidrato de citalopram
|
Comprimido
|
600
|
CITALOPRAM 20 MG
|
58
|
51101522
|
Claritromicina
|
Frasco
|
10
|
CLARITROMICINA 250 MG / 5 ML, PARA SUSPENCIÓN ORAL, 80 ML
|
59
|
51101522
|
Claritromicina
|
Comprimido
|
4.000
|
CLARITROMICINA 500 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
60
|
51181742
|
Propionato de clobetasol
|
Tubo
|
15
|
CLOBETASOL 0.05% CREMA, 20 G
|
61
|
51141502
|
Clonazepam
|
Comprimido
|
35.000
|
CLONAZEPAM 0,5 MG
|
62
|
51141502
|
Clonazepam
|
Comprimido
|
46.000
|
CLONAZEPAM 2 MG
|
63
|
51142001
|
Acetaminofen
|
Ampolla
|
3.000
|
CLONIXINATO DE LISINA 100 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
64
|
51131709
|
Bisulfato de clopidogrel
|
Comprimidos
|
40
|
CLOPIDOGREL 300 MG
|
65
|
51101503
|
Cloranfenicol
|
Frasco
|
360
|
CLORANFENICOL 0,5%, GOTAS PARA SOLUCIÓN OFTÁLMICA 10 ML
|
66
|
51101503
|
Cloranfenicol
|
Tubo
|
190
|
CLORANFENICOL 1%, UNGÜENTO OFTÁLMICO 3,5 G
|
67
|
51161630
|
Maleato de clorfeniramina
|
Frasco
|
440
|
CLORFENAMINA 2 MG / 5 ML, JARABE 120 ML
|
68
|
51161630
|
Maleato de clorfeniramina
|
Ampolla
|
1.300
|
CLORFENAMINA MALEATO 10 M / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
69
|
51161630
|
Maleato de clorfeniramina
|
Comprimido
|
104.000
|
CLORFENAMINA MALEATO 4 MG
|
70
|
51141913
|
Clormezanona
|
Ampolla
|
500
|
CLORPROMAZINA CLORHIDRATO 25 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
71
|
51141913
|
Clormezanona
|
Comprimido
|
3.500
|
CLORPROMAZINA CLORHIDRATO 100 MG
|
72
|
51191802
|
Cloruro potásico
|
Cápsulas
|
2.300
|
CLORURO DE POTASIO 600 MG
|
73
|
51102714
|
Solución de cloruro sódico para irrigación
|
Matraz
|
1.600
|
CLORURO DE SODIO 0,9%, SOLUCIÓN INYECTABLE 500 ML
|
74
|
51102714
|
Solución de cloruro sódico para irrigación
|
Matraz
|
1.600
|
CLORURO DE SODIO 0,9%, SOLUCIÓN INYECTABLE 250 ML
|
75
|
51102714
|
Solución de cloruro sódico para irrigación
|
Matraz
|
1.100
|
CLORURO DE SODIO 0,9%, SOLUCIÓN INYECTABLE 100 ML
|
76
|
51102714
|
Solución de cloruro sódico para irrigación
|
Ampolla
|
200
|
CLORURO DE SODIO 0,9%, SOLUCIÓN INYECTABLE 20 ML
|
77
|
51101805
|
Cotrimazol
|
Tubo
|
1.700
|
CLOTRIMAZOL 1%, CREMA TÓPICA 20 G
|
78
|
51101805
|
Cotrimazol
|
Ovulo
|
700
|
CLOTRIMAZOL 100 MG
|
79
|
51101512
|
Cloxacilina
|
Frasco - Ampolla
|
40
|
CLOXACILINA 500 MG, POLVO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
80
|
51101530
|
Trimetroprim
|
Frasco
|
10
|
SULFAMETOXAZOL 400 MG + TRIMETOPRIM 80 MG, SUSPENSIÓN ORAL 100 ML, EQUIVALENTE A COTRIMOXAZOL FORTE
|
81
|
51101530
|
Trimetroprim
|
Comprimido
|
800
|
SULFAMETOXAZOL 800 MG + TRIMETOPRIM 160 MG, EQUIVALENTE A COTRIMOXAZOL FORTE
|
82
|
51181509
|
Gliclazida
|
Comprimido
|
20.000
|
DAPAGLIFLOZINA 10 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
83
|
51101719
|
Butóxido de piperonilo
|
Frasco
|
25
|
DELTAMETRINA 0,02G; PIPERONIL BUTÓXIDO 2,5 G, EN 100 ML LOCIÓN 60 ML
|
84
|
51161633
|
Desloratadina
|
Comprimido
|
24.000
|
DESLORATADINA 5 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
85
|
51141920
|
Diazepam
|
Ampolla
|
240
|
DIAZEPAM 10 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
86
|
51141920
|
Diazepam
|
Comprimido
|
15.200
|
DIAZEPAM 10 MG
|
87
|
51142121
|
Diclofenaco
|
Comprimido
|
72.000
|
DICLOFENACO SODICO 50 MG
|
88
|
51142121
|
Diclofenaco
|
Supositorio
|
1.000
|
DICLOFENACO SODICO INFANTIL 12,5 MG
|
89
|
51142121
|
Diclofenaco
|
Ampolla
|
7.800
|
DICLOFENACO SODICO 75 MG / 3 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
90
|
51121502
|
Digoxina
|
Comprimido
|
3.000
|
DIGOXINA 0,25 MG
|
91
|
51212201
|
Disulfiram
|
Comprimido
|
5.000
|
DISULFIRAMO 500 MG
|
92
|
51171806
|
Metoclopramida
|
Frasco
|
1.100
|
DOMPERIDONA 10 MG / 1 ML, SUSPENSIÓN PARA GOTAS ORALES 20 ML
|
93
|
51171806
|
Metoclopramida
|
Cápsula
|
22.000
|
DOMPERIDONA 10 MG
|
94
|
51151737
|
Clorhidrato de dopamina
|
Ampolla
|
100
|
DOPAMINA CLORHIDRATO 200 MG / 5 ML. SOLUCIÓN INYECTABLE
|
95
|
51101557
|
Doxiciclina
|
Cápsula
|
260
|
DOXICICLINA 100 MG
|
96
|
51171501
|
Carbonato de calcio
|
Cápsula
|
240.000
|
CARBONATO DE CALCIO (EQUIVALENTE A 450 MG DE CALCIO IÓNICO) 1125 MG; VITAMINA D 175 U.I.
|
97
|
51121715
|
Enalapril
|
Comprimido
|
4.000
|
ENALAPRIL MALEATO 20 MG
|
98
|
51121715
|
Enalapril
|
Comprimido
|
136.000
|
ENALAPRIL MALEATO 10 MG
|
99
|
51171622
|
Fosfato sódico
|
Frasco
|
60
|
FOSFATO DE SODIO MONOBÁSICO 19 G, FOSFATO DE SODIO DIBÁSICO 7 G, CADA 118 ML, ENVASE 133 ML, EQUIVALENTE A FLEET ENEMA ADULTO.
|
100
|
51151703
|
Epinefrina
|
Ampolla
|
100
|
EPINEFRINA 1 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
101
|
51151703
|
Epinefrina
|
Frasco - Ampolla
|
20
|
EPINEFRINA Ó ADRENALINA RACEMICA 2,25%, SOLUCIÓN PARA NEBULIZACIÓN, 15 ML
|
102
|
51101570
|
Eritromicina
|
Frasco
|
80
|
ERITROMICINA 200 MG / 5 ML, POLVO PARA SUSPENSIÓN ORAL 60 ML
|
103
|
51101570
|
Eritromicina
|
Comprimido
|
100
|
ERITROMICINA 500 MG
|
104
|
51172107
|
Butilbromuro de hioscina
|
Ampolla
|
90
|
ESCOPOLOMINA N-BUTIL BROMURO 20 MG/1ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
105
|
51191507
|
Espironolactona
|
Comprimido
|
25.000
|
ESPIRONOLACTONA 25 MG
|
106
|
51171902
|
Famotidina
|
Comprimido
|
66.000
|
FAMOTIDINA 40 MG
|
107
|
51141525
|
Fenitoína sódica
|
Ampolla
|
20
|
FENITOINA SODICA 250 MG / 5 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
108
|
51141525
|
Fenitoína sódica
|
Comprimido
|
12.000
|
FENITOINA SODICA 100 MG
|
109
|
51141505
|
Fenobarbital
|
Comprimido
|
5.000
|
FENOBARBITAL 100 MG
|
110
|
51142219
|
Fentanilo
|
Ampolla
|
50
|
FENTANILO 0,05 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE 10 ML.
|
111
|
51101512
|
Cloxacilina
|
Frasco
|
260
|
FLUCLOXACILINA 250 MG / 5 ML, SUSPENCIÓN ORAL 60 ML
|
112
|
51101512
|
Cloxacilina
|
Comprimido
|
9.000
|
FLUCLOXACILINA 500 MG
|
113
|
51101807
|
Fluconazol
|
Cápsula
|
800
|
FLUCONAZOL 150 MG
|
114
|
51211606
|
Flumazenil
|
Ampolla
|
15
|
FLUMAZENIL 0,5 MG / 5 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
115
|
51141618
|
Clorhidrato de fluoxetina
|
Comprimido
|
58.000
|
FLUOXETINA 20 MG
|
116
|
51191905
|
Suplementos vitamínicos
|
Cápsula
|
29.000
|
HIERRO 30 MG; FUMARATO FERROSO 182.54 MG; CALCIO 240.3 MG; CARBONATO DE CALCIO 600.00 MG; VITAMINA A 4.000 U.I.; RETINOL ACETATO 8.00 MG; VITAMINA D2 400 U.I.; ERGOCALCIFEROL 10.00 MCG; VITAMINA C 50 MG; ACIDO ASCÓRBICO 50.00 MG; VITAMINA B1 2.00 MG; MONOHIDRATO DE TIAMINA 3.70 MG; VITAMINA B2 2.00 MG; RIVOFLAVINA 2.00 MG; VITAMINA B6 3.00 MG; CLORHIDRATO DE PIRIDOXINA 3.65 MG; VITAMINA B12 5.00 MCG; CIANOCOBALAMINA 5.00 MCG; ACIDO FÓLICO 1.00 MG; NICOTINAMIDA 10.00 MCG; OXIDO DE MAGNESIO (EQUIVALENTE A 50 MG DE MAGNESIO) 82.90 MG. SUPLEMENTO VITAMÍNICO EQUIVALENTE A FERCOVIT
|
117
|
51191510
|
Furosemida
|
Ampolla
|
100
|
FUROSEMIDA 20 MG / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
118
|
51191510
|
Furosemida
|
Comprimido
|
53.000
|
FUROSEMIDA 40 MG
|
119
|
51121805
|
Gemfibrozilo
|
Comprimido
|
42.000
|
GEMFIBROZILO 600 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
120
|
51101584
|
Gentamicina
|
Ampolla
|
600
|
GENTAMICINA 80 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
121
|
51181516
|
Glibenclamida o gliburida
|
Comprimido
|
31.000
|
GLIBENCLAMIDA 5 MG
|
122
|
51182403
|
Gluconato de calcio
|
Ampolla
|
20
|
GLUCONATO DE CALCIO 10%, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
123
|
51191601
|
Dextrosa
|
Ampolla
|
100
|
GLUCOSA 30%, SOLUCIÓN INYECTABLE 20 ML
|
124
|
51191601
|
Dextrosa
|
Matraz
|
200
|
GLUCOSA 5%, SOLUCIÓN INYECTABLE 250 ML
|
125
|
51191704
|
Soluciones multielectrolíticas
|
Matraz
|
200
|
GLUCOSALINO ISOTONICO, SOLUCIÓN INYECTABLE 500 ML
|
126
|
51141702
|
Haloperidol
|
Comprimido
|
3.000
|
HALOPERIDOL 1 MG
|
127
|
51141702
|
Haloperidol
|
Ampolla
|
50
|
HALOPERIDOL 5 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
128
|
51191515
|
Hidroclorotiazida
|
Comprimido
|
4.000
|
HIDROCLOROTIAZIDA 25 MG; TRIAMTERENO 50 MG
|
129
|
51191515
|
Hidroclorotiazida
|
Comprimido
|
91.000
|
HIDROCLOROTIAZIDA 50 MG
|
130
|
51181706
|
Hidrocortisona
|
Pomo
|
15
|
HIDROCORTISONA ACETATO 1%, CREMA TÓPICA
|
131
|
51181706
|
Hidrocortisona
|
Comprimido
|
3.000
|
HIDROCORTISONA 20 MG
|
132
|
51181706
|
Hidrocortisona
|
Frasco - Ampolla
|
700
|
HIDROCORTISONA 100 MG, POLVO LIOFILIZADO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
133
|
51181706
|
Hidrocortisona
|
Frasco - Ampolla
|
10
|
HIDROCORTISONA 500 MG, POLVO LIOFILIZADO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
134
|
51171511
|
Hidróxido de aluminio
|
Comprimido
|
42.000
|
HIDRÓXIDO DE ALUMINIO 500 MG, MASTICABLES.
|
135
|
51142106
|
Ibuprofeno
|
Frasco
|
700
|
IBUPROFENO 200 MG / 5 ML, SUSPENSIÓN ORAL 120 ML
|
136
|
51142106
|
Ibuprofeno
|
Comprimido
|
30.000
|
IBUPROFENO 400 MG
|
137
|
51141621
|
Clorhidrato de imipramina
|
Comprimido
|
4.000
|
IMIPRAMINA CLORHIDRATO 25 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
138
|
51121602
|
Dinitrato de Isosorbida
|
Comprimido
|
24.000
|
ISOSORBIDE DINITRATO 10 MG
|
139
|
51142108
|
Ketoprofeno
|
Ampolla
|
300
|
KETOPROFENO 100 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
140
|
51142108
|
Ketoprofeno
|
Frasco - Ampolla
|
600
|
KETOPROFENO 100 MG, LIOFILIZADO PARA ADMINISTRACIÓN ENDOVENOSA
|
141
|
51151823
|
Clorhidrato de labetalol
|
Ampolla
|
50
|
LABETALOL CLORHIDRATO 100 MG / 20 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
142
|
51171605
|
Lactulosa
|
Frasco
|
600
|
LACTULOSA 65%, SOLUCIÓN ORAL 200 ML
|
143
|
51101538
|
Levofloxacina
|
Comprimido
|
600
|
LEVOFLOXACINO 500 MG, COMPRIMIDO RECUBIERTO
|
144
|
51181601
|
Levotiroxina sódica
|
Comprimido
|
122.000
|
LEVOTIROXINA SODICA 100 MCG
|
145
|
51181601
|
Levotiroxina sódica
|
Comprimido
|
7.000
|
LEVOTIROXINA SODICA 50 MCG
|
146
|
51142937
|
Clorhidrato de lidocaína
|
Ampolla
|
700
|
LIDOCAINA CLORHIDRATO 2%, SOLUCIÓN INYECTABLE 5 ML
|
147
|
51171702
|
Hidrocloruro de loperamida
|
Comprimido
|
9.000
|
LOPERAMIDA 2 MG
|
148
|
51161606
|
Loratadina
|
Comprimido
|
50.000
|
LORATADINA 10 MG
|
149
|
51161606
|
Loratadina
|
Frasco
|
260
|
LORATADINA 5 MG / 5 ML, JARABE 90 ML
|
150
|
51141916
|
Lorazepam
|
Comprimido
|
250
|
LORAZEPAM 1 MG. COMPRIMIDO SUBLINGUAL
|
151
|
51141916
|
Lorazepam
|
Ampolla
|
40
|
LORAZEPAM 4 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
152
|
51121710
|
Losartan potásico
|
Comprimido
|
563.000
|
LOSARTAN POTÁSICO 50 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
153
|
51101702
|
Mebendazol
|
Comprimido
|
50
|
MEBENDAZOL 100 MG
|
154
|
51142009
|
Metamizol sódico
|
Supositorio
|
125
|
METAMIZOL SODICO MONOHIDRATO 250 MG
|
155
|
51142009
|
Metamizol sódico
|
Ampolla
|
4.200
|
METAMIZOL SODICO MONOHIDRATO 1 G / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
156
|
51181517
|
Clorhidrato de metformina
|
Comprimido
|
406.000
|
METFORMINA CLORHIDRATO 850 MG., COMPRIMIDO RECUBIERTO, RANURADO, OVOIDE DE TAMAÑO PEQUEÑO PARA FÁCIL DEGLUCIÓN
|
157
|
51181517
|
Clorhidrato de metformina
|
Comprimido
|
13.000
|
METFORMINA 1.000 MG, COMPRIMIDO DE LIBERACIÓN PROLONGADA.
|
158
|
51142618
|
Clorhidrato de metilfenidato
|
Comprimido
|
7.000
|
METILFENIDATO CLORHIDRTO 10 MG
|
159
|
51171621
|
Clorhidrato de metoclopramida
|
Comprimido
|
14.000
|
METOCLOPRAMIDA CLORHIDRATO 10 MG
|
160
|
51171621
|
Clorhidrato de metoclopramida
|
Ampolla
|
1.100
|
METOCLOPRAMIDA CLORHIDRATO 10 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
161
|
51101603
|
Metronidazol
|
Comprimido
|
2.000
|
METRONIDAZOL 500 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
162
|
51101603
|
Metronidazol
|
Tubo
|
15
|
METRONIDAZOL 0,75%, CREMA DÉRMICA 30 G
|
163
|
51101603
|
Metronidazol
|
Ovulo
|
1.100
|
METRONIDAZOL 500 MG
|
164
|
51141921
|
Clorhidrato de midazolam
|
Ampolla
|
15
|
MIDAZOLAM 5 M / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
165
|
51141604
|
Mirtazapina
|
Comprimidos
|
150
|
MIRTAZAPINA 15 MG
|
166
|
51142206
|
Sulfato de morfina
|
Frasco
|
20
|
MORFINA SULFATO AL 2%, SOLUCIÓN EN GOTAS 60 ML
|
167
|
51142206
|
Sulfato de morfina
|
Ampolla
|
140
|
MORFINA CLORHIDRATO 10 MG / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
168
|
51121904
|
Nifedipina
|
Comprimido
|
15.000
|
NIFEDIPINO 20 MG, LIBERACIÓN PROLONGADA
|
169
|
51101815
|
Nistatina
|
Ovulos
|
500
|
NISTATINA 100.000 U.I.
|
170
|
51101815
|
Nistatina
|
Tubo
|
30
|
NISTATINA 100.000 U.I./G, UNGÜENTO DÉRMICO 15 G
|
171
|
51121744
|
Maleato de enalpril
|
Comprimido
|
48.000
|
NITRENDIPINO 20 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
172
|
51102206
|
Nitrofurantoina
|
Comprimido
|
3.200
|
NITROFURANTOINA 100 MG
|
173
|
51121603
|
Nitroglicerina
|
Comprimido
|
30
|
NITROGLICERINA 0,6 MG, COMPRIMIDOS SUBLINGUALES
|
174
|
51121603
|
Nitroglicerina
|
Ampolla
|
20
|
NITROGLICERINA 50 MG / 10 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
175
|
51171909
|
Omeprazol
|
Cápsula
|
191.000
|
OMEPRAZOL 20 MG, CÁPSULAS CON MICROGRÁNULOS CON RECUBRIMIENTO ENTÉRICO
|
176
|
51171909
|
Omeprazol
|
Frasco - Ampolla
|
100
|
OMEPRAZOL 40 MG, PARA ADMINISTRACIÓN ENDOVENOSA
|
177
|
51171816
|
Ondansetrón
|
Ampolla
|
120
|
ONDANSETRON 4 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
178
|
51241303
|
Acetato de Zinc
|
Pote
|
200
|
OXIDO DE ZINC 250 G, EQUIVALENTE A PASTA LASSAR, CREMA 100 G
|
179
|
51122109
|
Clorhidrato de papaverina
|
Ampolla
|
100
|
PAPAVERINA CLORHIDRATO 80 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
180
|
51161812
|
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno
|
Supositorio
|
500
|
PARACETAMOL 125 MG
|
181
|
51161812
|
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno
|
Comprimido
|
832.000
|
PARACETAMOL 500 MG
|
182
|
51161812
|
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno
|
Comprimido
|
1.200
|
PARACETAMOL 100 U 80 MG, INFANTIL
|
183
|
51161812
|
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno
|
Frasco
|
400
|
PARACETAMOL 100 MG / ML, SOLUCIÓN ORAL PARA GOTAS 15 ML
|
184
|
51161812
|
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno
|
Frasco - Ampolla
|
300
|
PARACETAMOL 10 MG / ML, SOLUCIÓN PARA INFUSIÓN INTRAVENOSA
|
185
|
51172101
|
Clorhidrato de mebeverina
|
Frasco
|
2.300
|
PARGEVERINA CLORHIDRATO 5 MG / ML, SOLUCIÓN PARA GOTAS ORALES 15 ML
|
186
|
51172101
|
Clorhidrato de mebeverina
|
Ampolla
|
1.700
|
PARGEVERINA CLORHIDRATO 5 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
187
|
51172101
|
Clorhidrato de mebeverina
|
Ampolla
|
20
|
PARGEVERINA CLORHIDRATO 10 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
188
|
51141605
|
Hidrocloruro de paroxetina
|
Comprimido
|
22.000
|
PAROXETINA 20 MG, COMPRIMIDOS RECUBIERTOS
|
189
|
51191905
|
Suplementos vitamínicos
|
Ampolla
|
1.500
|
PIRIDOXINA 100 MG / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
190
|
51181713
|
Prednisona
|
Comprimido
|
19.000
|
PREDNISONA 5 MG
|
191
|
51181713
|
Prednisona
|
Comprimido
|
16.000
|
PREDNISONA 20 MG
|
192
|
51181713
|
Prednisona
|
Frasco
|
1.000
|
PREDNISONA 20 MG / 5 ML, SUSPENCIÓN ORAL 60 ML
|
193
|
51141517
|
Gabapentina
|
Comprimido
|
10.000
|
PREGABALINA 75 MG
|
194
|
51151812
|
Clorhidrato de propanolol
|
Comprimido
|
22.000
|
PROPANOLOL 40 MG
|
195
|
51151812
|
Clorhidrato de propanolol
|
Ampolla
|
40
|
PROPANOLOL CLORHIDRATO 1 MG / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
196
|
51142940
|
Clorhidrato de proparacaína
|
Frasco
|
20
|
PROPACAINA 0,5%, SOLUCIÓN OFTÁLMICA 15 ML
|
197
|
51141722
|
Fumarato de quetiapina
|
Comprimido
|
16.000
|
QUETIAPINA 100 MG
|
198
|
51141722
|
Fumarato de quetiapina
|
Comprimido
|
46.000
|
QUETIAPINA 25 MG
|
199
|
51171904
|
Hidrocloruro de ranitidina
|
Ampolla
|
1.600
|
RANITIDINA 50 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
200
|
51191604
|
Solución de Ringer lactado
|
Matraz
|
300
|
RINGER LACTATO, SOLUCIÓN INYECTABLE 500 ML
|
201
|
51141704
|
Risperidona
|
Comprimido
|
11.000
|
RISPERIDONA 1 MG
|
202
|
51141704
|
Risperidona
|
Frasco
|
150
|
RISPERIDONA 1 MG / ML, SOLUCIÓN PARA GOTAS ORALES 30 ML
|
203
|
51152003
|
Bromuro de rocuronio
|
Frasco - Ampolla
|
10
|
ROCURONIO BROMURO 50 MG / 5 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
204
|
51191906
|
Solución de rehidratación oral
|
Sobre
|
1.000
|
SALES PARA REHIDRATACIÓN ORAL 60 MEQ, POLVO PARA SOLUCIÓN
|
205
|
51191906
|
Solución de rehidratación oral
|
Sobre
|
1.600
|
SALES PARA REHIDRATACIÓN ORAL 90 MEQ, POLVO PARA SOLUCIÓN
|
206
|
51151720
|
Xinafoato de salmeterol
|
Frasco
|
50
|
SALMETEROL 25 MCG / DOSIS (120 DOSIS) AEROSOL PARA INHALACIÓN
|
207
|
51141619
|
Clorhidrato de sertralina
|
Cápsula
|
119.000
|
SERTRALINA 50 MG
|
208
|
50161510
|
Sacarina o sucralosa
|
Frasco
|
6.000
|
SUCRALOSA COMPRIMIDOS, (NO SACARINA) FRASCO X 300 COMPRIMIDOS.
|
209
|
51171606
|
Sulfato de magnesio
|
Ampolla
|
10
|
SULFATO DE MAGNESIO 25%, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
210
|
51131503
|
Sulfato ferroso
|
Frasco
|
100
|
SULFATO FERROSO 125 MG / ML, SOLUCIÓN PARA GOTAS ORALES 30 ML
|
211
|
51131503
|
Sulfato ferroso
|
Comprimido
|
17.000
|
SULFATO FERROSO 200 MG
|
212
|
51151911
|
Suxametonio
|
Ampolla
|
10
|
SUXAMETONIO CLORURO 100 MG, LIOFILIZADO PARA SOLUCIÓN INYECTABLE
|
213
|
51101818
|
Hidrocloruro de terbinafina
|
Comprimido
|
4.000
|
TERBINAFINA 250 MG
|
214
|
51101509
|
Tetraciclina
|
Cápsulas
|
500
|
TETRACICLINA CLORHIDRATO 250 MG
|
215
|
51191905
|
Suplementos vitamínicos
|
Ampolla
|
1.600
|
TIAMINA CLORHIDRATO 30 MG / 1 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
|
216
|
51142235
|
Clorhidrato de tramadol
|
Cápsula
|
17.000
|
TRAMADOL CLORHIDRATO 50 MG
|
217
|
51142235
|
Clorhidrato de tramadol
|
Frasco
|
1.900
|
TRAMADOL CLORHIDRATO 100 MG / ML, SOLUCIÓN ORAL PARA GOTAS 10 ML
|
218
|
51142235
|
Clorhidrato de tramadol
|
Ampolla
|
100
|
TRAMADOL 100 MG / ML, SOLUCIÓN INYECTABLE 2 ML
|
219
|
51141606
|
Hidrocloruro de trazodona
|
Cápsulas
|
600
|
TRAZODONA CLORHIDRATO 25 MG
|
220
|
51142502
|
Carbidopa
|
Comprimido
|
1.800
|
TRIHEXIFENIDILO CLORHIDRATO 2 MG
|
221
|
51171630
|
Aceite mineral
|
Ampolla
|
300
|
VASELINA LIQUIDA ESTÉRIL 10 ML
|
222
|
51171630
|
Aceite mineral
|
Frasco
|
1.600
|
VASELINA LÍQUIDA MEDICINAL 200 ML
|
223
|
51141618
|
Clorhidrato de fluoxetina
|
Comprimido
|
12.000
|
VENLAFAXINA 75 MG
|
224
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51121739
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Clorhidrato de verapamilo
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Ampolla
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10
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VERAPAMILO CLORHIDRATO 5 MG / 2 ML, SOLUCIÓN INYECTABLE
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225
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51191905
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Suplementos vitamínicos
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Frasco
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600
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VITAMINA A 5.000 U.I. (1,5 MG) (COMO RETINOL PALMITATO), VITAMINA D3 1.000 U.I. (25 ΜG) (COLECALCIFEROL), VITAMINA C 75 MG (COMO ASCORBATO), SOLUCIÓN PARA GOTAS ORALES PEDIÁTRICAS 30 ML
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226
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51141810
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Zopiclona
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Comprimido
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141.000
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ZOPICLONA 7,5 MG
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227
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51142235
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Clorhidrato de tramadol
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Comprimido
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20.000
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TRAMADOL 50 MG CP/CM REC
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228
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51142508
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Diclorhidrato de pramipexol
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Comprimido
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4.000
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PRAMIPEXOL 0,25 MG CM
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229
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51141513
|
Carbamazepina
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Comprimido
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60.000
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CARBAMAZEPINA 200 MG CM
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230
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51181608
|
Levotiroxina
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Comprimido
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48.000
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LEVOTIROXINA 50 MCG CM RANURADO
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231
|
51181608
|
Levotiroxina
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Comprimido
|
48.000
|
LEVOTIROXINA 100 MCG CM RANURADO
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232
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51181722
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Fluticasona
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Frasco
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600
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FLUTICASONA/SALMETEROL 125/25 UG/ X 120DO FRA
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233
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51181722
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Fluticasona
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Frasco
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1.600
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FLUTICASONA/SALMETEROL 250/25 UG/ X 120DO FRA
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4º REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS
Los productos ofertados deberán cumplir con todas las especificaciones que se establecen en Descripción Técnica de los Bienes o Servicios, o en los anexos, donde se detallan los productos requeridos, debiendo los oferentes, completar con toda la información requerida, los campos correspondientes para tal efecto, ya que, se trata de antecedentes necesarios para la evaluación y asignación de puntaje por parte de la comisión encargada de evaluar las propuestas.
4.1.º DE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DE CADA PRODUCTO
El vencimiento de cada producto deberá ser como mínimo 12 meses desde la fecha de entrega a nuestro establecimiento, y deberá indicarse claramente en cada oferta.
4.2.º SOLICITUD PARCIALIZADA
Se estima que las cantidades licitadas, sean solicitadas mediante órdenes de compra parcializadas, en aproximadamente 1 pedido mensual.
4.3.ºPROCEDIMIENTO DE CANJE Y NOTAS DE CREDITO
Contar con sistema de canje para los fármacos ofertados y detallar los motivos por los cuales se realizarán y el procedimiento para efectuar dichos canjes, en la eventualidad de que se requieran, indicando quién asumirá los costos de traslado.
Se acordará con el proveedor, mediante acuerdo simple entre las partes, la devolución del mismo fármaco o una nota de crédito.
4.4.º DE LOS MONTOS MÍNIMOS
En el caso de que los montos del total de los ítems a adjudicar a un proveedor sean inferiores al monto de facturación y/o despacho, indicado por ellos, se procederá a adjudicar automáticamente al que obtenga el siguiente puntaje en la evaluación.
4.5.º DE LAS CONDICIONES DE DESPACHO Y/O ENTREGA
El despacho de los productos debe ser realizado de acuerdo a la solicitud de orden de compra que será emitida a cada proveedor adjudicado a través del portal www.mercadopublico.cl. Los productos solicitados deben ser entregados en Bodega del CESFAM Mostazal, ubicada en Luco 400 San Francisco de Mostazal, en los días hábiles y horarios de lunes a jueves de 08:00 a 14:00 y de 14:30 a 16:00, y en el plazo comprometido por el proveedor. Al momento de la entrega se debe hacer mediante Guía de Despacho o Factura, la cual indicará las cantidades y valores, señalando además la referencia de la respectiva orden de compra. Se solicita que en la medida de lo posible se facturen los productos fielmente a lo solicitado en la orden de compra (una factura por orden).
El proveedor adjudicado deberá garantizar que los productos lleguen a nuestra bodega en óptimas condiciones para su utilización, en el caso de deterioros que vayan en directo perjuicio de la conservación de los productos deberá asumir la obligación de cambiar y/o sustituir el producto en cuestión.
El traslado y entrega de los productos deben ser gestionados por el proveedor.
Una vez recibidos los productos en nuestra bodega serán revisados con el fin de constatar: fecha de vencimiento, que lleguen en la cantidad solicitada y en buenas condiciones (productos quebrados, cajas mojadas, sobres abiertos, y en general cualquier indicio de mal estado de conservación que impidan su consumo), luego de esto, si todo se encuentra en buenas condiciones, se entregará el visto bueno para la recepción conforme de los productos.
Los despachos serán recepcionados como conforme únicamente con el documento de ingreso de mercaderías visado por el personal de Bodega o quien le subrogue según lo designado por el Departamento de Salud.
La recepción se realizará por el 100% de lo facturado, si se encuentran diferencias o faltas, se retornará la totalidad de los productos con la misma empresa que está realizando la entrega.
Serán visadas para pago las entregas cuando se encuentren lo más completas posible, es decir cuando se entregue la totalidad o al menos el 70% de los productos solicitados en la respectiva orden de compra. En los casos que, generada una orden de compra, no se cumpliese con el despacho del total requerido en esta, se aplicará multa respectiva.
4.6º. PLAZO DE ENTREGA
A continuación, se señalan los plazos de entrega requeridos los cuales regirán a contar de la aceptación de la respectiva Orden de Compra, teniendo en cuenta que la aceptación debe hacerse hasta 1 día hábil después de las 24 horas de enviada la orden a través de www.mercadopublico.cl y en caso de que el proveedor no lo haya hecho en dicho plazo se entenderá igualmente aceptada, comenzando a regir desde allí el plazo para la entrega respectiva:
El plazo de entrega de los productos en nuestra bodega, será de máximo 72 horas, luego de aceptada la Orden de Compra correspondiente.
4.7.º DE LA PRESENTACIÓN
Indicar detalle de cada producto:
- Nombre Genérico y nombre comercial (si lo tiene)
- Presentación (comprimido, frasco, ampolla, tubo, supositorio, sachet, óvulo, cápsula, frasco-ampolla, u otro)
- Unidad de Medida: Mg, Ml, u otro, y la cantidad de ellos contenida
- Presentación Comercial, indicar cantidad de unidades por envase (ejemplo: caja x 30 comprimidos, caja x 100 ampollas, etc.)
Las cantidades adjudicadas podrán adecuarse a la presentación del envase ofertado por el proveedor, para evitar problemas en la cuadratura de la Orden de Compra y factura respectiva
ANEXOS
La presente licitación considera los siguientes anexos, los que para todos los efectos forman parte de las presentes Bases.
ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Anexo I: Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar
ANEXOS TÉCNICOS:
- Anexo II: CARTA COMPROMISO - Fecha de Vencimiento