Resolución de Empates |
En caso que dos o más ofertas tengan igual puntaje final, la Comisión dirimirá el empate de acuerdo a los siguientes criterios, en el siguiente orden de prelación:
1) Se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación de la oferta económica.
2) Si aplicado el criterio anterior el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación del criterio “Representación Marca Vehículo”
3) Si aplicado el criterio anterior el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación del criterio “Plazo de ejecución Mantenciones Preventivas”
4) Si aplicado el criterio anterior el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación del criterio “Garantía de mantenciones”
5) Si aplicado el criterio anterior el empate persiste, se preferirá la propuesta que tenga mayor puntaje en la evaluación del criterio “Enfoque de género”.
6) Si aplicados los criterios precedentes el empate persiste, se invitará a los oferentes en situación de empate a que realicen un porcentaje de descuento a aplicar sobre su oferta económica, siendo adjudicado el oferente que entregue un mayor descuento.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En el caso de existir consultas sobre el proceso de adjudicación, deberán efectuarse a la Encargada Regional del Departamento Administrativo, correo nhuerta@sernapesca.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Para dar cumplimiento a esta acreditación se verificará continuamente la habilidad en el Registro de proveedores del Estado.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el proceso de evaluación, la Entidad Licitante no podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Comisión evaluadora |
La evaluación de las ofertas se realizará por una Comisión Evaluadora, en lo sucesivo la “Comisión”, la que estará integrada, a lo menos, por las personas señaladas a continuación:
1. Encargada Regional del Departamento Administrativo, o quien la subrogue.
2. Funcionario/a designado por Director Regional o quien lo subrogue,
3. Abogado Regional o quien lo reemplace.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Director Regional o a quien lo subrogue, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
Para efectos de cumplir con lo dispuesto en el inciso 4° del artículo 37 del Reglamento, los integrantes de la Comisión Evaluadora antes señalados deberán declarar bajo juramento que no les afectan conflictos de interés de ninguna especie, que los inhabiliten o hagan incompatible su participación en el presente procedimiento concursal. Asimismo, deberán declarar cualquier otra circunstancia que afecte o pueda afectar su imparcialidad al respectivo superior jerárquico.
Los integrantes de la Comisión que se encuentren impedidos de ejercer sus funciones evaluadoras en razón de inhabilidad, incompatibilidad o cualquiera otra razón, serán reemplazados por quienes los subroguen o reemplacen en sus cargos.
Los oferentes no podrán mantener contacto con la Entidad Licitante ni con ningún integrante de la Comisión durante todo el período de evaluación. Por lo tanto, no se dará a conocer su contenido a los oferentes que presentaron propuestas ni a otros terceros sino hasta que se haya notificado la resolución de adjudicación de la presente licitación o, en su defecto, aquella que la declare desierta. Corresponderá a la Comisión verificar que cada antecedente presentado cumpla con todos y cada uno de los requisitos indicados en las Bases Administrativas y Técnicas.
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Valor de información entregada en rango para el proceso de evaluación de ofertas |
Cuando la presentación de información para cualquier criterio de evaluación, sea entregada en rangos, será considerado el valor más alto dentro de éste, como el válido para la evaluación y asignación de puntaje.
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Criterios de Evaluación |
Todo proveedor interesado en realizar una oferta debe obligatoriamente presentar información para cada uno de los criterios exigidos, de lo contrario será evaluado con puntaje 0.
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Fecha de adjudicación |
En caso de que la licitación no sea adjudicada dentro de la fecha indicada en las Bases, la Institución justificará dicho cambio a través de la funcionalidad que para este efecto posee este sistema de información
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Confidencialidad de la información |
El oferente se obliga a que la información suministrada por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura o a la que tenga acceso en calidad de adjudicatario con ocasión de la ejecución del respectivo contrato, ya sea en forma oral o escrita, a través de documentos, registros, contratos, libros de contabilidad, bosquejos, folletos, soportes computacionales y, en general, por cualquier otro medio en virtud del cual se haga posible tornar conocimiento de tal información, tendrá carácter "confidencial".
Conforme a lo anterior, queda prohibido al adjudicatario divulgar, explotar, comercializar y utilizar la información antes referida, para fines distintos de los requeridos en la contratación objeto del presente instrumento.
La obligación de confidencialidad se hace extensiva a los propietarios, gerentes y/o administradores, trabajadores de la empresa prestadores de servicios y todo aquel que tenga algún vínculo de subordinación o dependencia con la misma o con las entidades de las cuales forme parte; a quienes tengan o hayan tenido, durante los últimos seis meses, directamente o a través de otras personas, una relación profesional o de negocios con la referida empresa, a los cónyuges y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad de los propietarios, gerentes, administradores, empleados, trabajadores y de todo aquel que tenga algún vínculo de subordinación o dependencia con la empresa.
La falta de cumplimiento de esta obligación, hará responsable al adjudicatario de todos los daños y perjuicios que directa o indirectamente ocasione su actuar al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
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Comportamiento ético del adjudicatario |
El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Confidencialidad |
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el desarrollo de los servicios.
El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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Propiedad de la información |
El proveedor no podrá utilizar la información generada con ocasión de la entrega del servicio, durante la ejecución del contrato ni con posterioridad al término de su vigencia, sin autorización escrita de la entidad licitante. Por tal motivo, una vez que el proveedor entregue dicha información a la entidad o al finalizar la relación contractual, deberá borrarla de sus registros lógicos y físicos.
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Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Durante la vigencia del respectivo contrato el adjudicatario deberá acreditar que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas.
En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.
La entidad licitante deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
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Normas laborales |
El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.
El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.
Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.
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Mantenciones preventivas cada 10.000 km, según pauta fabricante. |
Se entenderá como Mantención de Inspección Preventiva a aquella que se ejecuta de acuerdo al Plan de Mantenimiento para vehículos en concordancia a siguiente pauta para vehículo JYFZ64, marca Chevrolet:
En la mantención del vehículo se deberán realizar los cambios de repuestos necesarios según catálogo de fábrica de la marca del vehículo, SOLO SE DEBEN UTILIZAR REPUESTOS ORIGINALES.
LOS REPUESTOS QUE SE UTILIZARÁN EN LAS REPARACIONES DEBERÁN SER ORIGINALES Y APORTADOS POR EL PROPONENTE ADJUDICADO, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura podrá exigir la presentación de facturas que respalden la compra de los repuestos originales, si lo estima necesario.
El proveedor adjudicado debe devolver al encargado de vehículo regional los repuestos cambiados en las reparaciones.
Los trabajos requeridos deberán ser efectuados en el taller del proveedor adjudicado ubicado preferentemente en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, Región del Maule, Región de Valparaíso o Región Metropolitana, en caso de recibirse ofertas de otras regiones no nombradas anteriormente, el oferente debe hacerse cargo del traslado del vehículo el cual debe ser realizado en Grúa por el hecho de tratarse de un vehículo fiscal.
El proveedor adjudicado será responsable de los daños que pudieran producirse como consecuencia de un trabajo mal ejecutado, debiendo rehacerlo sin costo alguno para el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; también deberá asumir el costo total por daños o perdidas de cualquier elemento del vehículo entregado a su cargo.
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Reparaciones correctivas no incluidas en plan de mantención del vehículo e instalación de accesorios y neumáticos. |
Se entenderá como Reparaciones Correctivas todas aquellas que no se encuentren incluidas dentro del Plan de Mantenimiento para vehículos en concordancia a Programa del Fabricante, es decir, todas aquellas reparaciones de carácter extraordinario no incluidas en pautas de punto anterior.
En el caso de requerirse alguna mantención correctiva, el Proponente adjudicado entregará un Presupuesto valorizado en forma detallada (indicando piezas a reemplazar y su costo, además de valor por mano de obra y tiempo de ejecución), el(la) Director(a) Regional o quien lo subrogue tiene la facultad de aprobar o rechazar el presupuesto presentado por el proveedor, así como solicitar aclaraciones para tomar esta decisión. Comunicado el requerimiento vía mail, el proveedor adjudicado deberá entregar diagnóstico y presupuesto, a más tardar, dentro de los dos días hábiles siguientes, para este efecto el proveedor debe indicar si recibirá el vehículo en taller o enviará personal a terreno para realizar diagnóstico.
Si el presupuesto presentado es aprobado por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, se informará vía mail de esta decisión al proveedor para coordinar fecha en que se realizarán los trabajos requeridos y así dar origen a la ejecución de los trabajos requeridos, una vez autorizada la reparación del vehículo se deberá realizar los cambios de repuestos necesarios según catálogo de fábrica de la marca del vehículo, SOLO SE AUTORIZA EL USO DE REPUESTO ORIGINALES.
LOS REPUESTOS QUE SE UTILIZARÁN EN LAS REPARACIONES DEBERÁN SER ORIGINALES Y APORTADOS POR EL PROPONENTE ADJUDICADO, el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura podrá exigir la presentación de facturas que respalden la compra de los repuestos originales, si lo estima necesario.
El proveedor adjudicado debe devolver al encargado de vehículo regional los repuestos cambiados en las reparaciones.
Los trabajos requeridos deberán ser efectuados en el taller del proveedor adjudicado ubicado preferentemente en la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins, Región del Maule, Región de Valparaíso o Región Metropolitana, en caso de recibirse ofertas de otras regiones no nombradas anteriormente, el oferente debe hacerse cargo del traslado del vehículo el cual debe ser realizado en Grúa por el hecho de tratarse de un vehículo fiscal.
El proveedor adjudicado será responsable de los daños que pudieran producirse como consecuencia de un trabajo mal ejecutado, debiendo rehacerlo sin costo alguno para el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura; también deberá asumir el costo total por daños o perdidas de cualquier elemento del vehículo entregado a su cargo.
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