Los oferentes deberán acompañar – en su oferta- el Certificado de Antecedentes Laborales F30 extendido por la Dirección del Trabajo, con una vigencia no superior a 60 días corridos anteriores a la fecha de apertura de la propuesta, para acreditar no tener deudas laborales.
El Departamento de Educación Municipal se encuentra facultado para solicitar la actualización del Certificado de Antecedentes Laborales F30 previo al pago de los servicios o bienes adjudicados, ello para revisar si el adjudicatario registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones, de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.
Si existen montos pendientes de pago, los primeros estados de pago producto del contrato administrativo deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato administrativo, con un máximo de 6 meses. El Departamento de Educación Municipal exigirá que la empresa contratada proceda a dichos pagos, presentando los respectivos comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento de esta obligación por parte del adjudicatario dará derecho a poner término al contrato administrativo respectivo, sin que genere la obligación de indemnizar, pudiendo el Departamento de Educación Municipal llamar a una nueva licitación.
Si el contratista subcontratare parcialmente algunas labores del contrato, el Departamento de Educación Municipal revisará igualmente el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales. El subcontratista estará sujeto a los mismos requisitos señalados en este punto.