ADJUDICACION |
SEGUN PUNTO N° 10 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
ADJUDICACIÓN
El Departamento de Educación de La Municipalidad de Cartagena, se reserva el derecho de adjudicar la propuesta, de acuerdo a lo que más convenga a sus intereses.
Asimismo, podrá declarar desierta la licitación por resolución fundada cuando las ofertas no resulten convenientes para ésta.
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MODIFICACION FECHA DE ADJUDICACION |
SEGUN PUNTO N° 12 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
MODIFICACIÓN DE LA FECHA DE ADJUDICACIÓN
La fecha de adjudicación se podrá modificar sólo en casos justificados por resolución fundada.
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READJUDICACION |
SEGÚN PUNTO N° 13 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS:
READJUDICACIÓN
El departamento de Educación de La Municipalidad de Cartagena podrá Re adjudicar la licitación a otro proveedor en los siguientes casos, a saber:
Desista de la adjudicación
Mutuo acuerdo
Si el proveedor no entrega el 100% de los productos ofertados en el Anexo N°4
No se inscriba en Chile Proveedores en el plazo previsto o se encuentre inhabilitado para contratar con organismos del estado, al momento de la emisión de la orden de compra
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DEL CONTRATO |
SEGUN PUNTO N° 14 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
DEL CONTRATO.
Quedará formalizada con la emisión de la orden de compra la aceptación de esta por parte del proveedor adjudicado.
Cualquier diferencia de interpretación de la reglamentación y antecedentes indicados en las presentes Bases y demás antecedentes, será resuelta sin ulterior recurso por la Dirección Jurídica.
Si hubiere alguna imprecisión y/o discordancia en cualquiera de los antecedentes entregados para la propuesta, la Dirección Jurídica deberá interpretarlo de la mejor forma en beneficio del Departamento de Educación.
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DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO |
SEGUN PUNTO N° 15 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
DE LAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICADO
a. Será obligación del adjudicado cumplir cabalmente lo dispuesto en las Bases Administrativas y el contrato respectivo.
• Cumplir con el Plazo de Entrega de los productos
• Cumplir con el Lugar de Entrega de los productos
• Cambiar los productos defectuosos o que no cumplen con estándares de calidad requeridos.
• El no cumplimiento de los plazos indicados por el oferente será causal de uso de garantías
b. Será obligación del adjudicado, reemplazar los productos que no correspondieran a lo ofertado y/o no se ajustaran a las condiciones de calidad y cantidad solicitado. en un plazo máximo de 2 días corridos.
c. La relación contractual del o los adjudicatarios con sus trabajadores y los litigios, conflictos o responsabilidades que de ellas surjan, no involucrarán en absoluto Al Departamento de Educación, y los servicios traspasados de la Municipalidad de Cartagena.
d. Será obligación que los materiales ofertados sean de primera calidad.
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SANCIONES Y MULTAS |
SEGÚN PUNTO N° 17 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
SANCIONES Y MULTAS
La Municipalidad de Cartagena, Departamento de Educación se reserva el derecho de aplicar y cobrar, por vía administrativa, multas o sanciones al Oferente contratado cada vez que exista un incumplimiento en los plazos de entrega, productos deficientes y despacho, en conformidad con las presentes bases.
Las Multas por atraso se aplicarán de acuerdo al siguiente procedimiento:
Una vez ocurrido el incumplimiento, la Municipalidad de Cartagena notificará vía carta Certificada al proveedor, la multa a aplicar, con los antecedentes que fundamentan el hecho.
Siendo notificado, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes de respaldo.
Presentado los descargos por parte del proveedor, dentro de los plazos establecidos, la Municipalidad de Cartagena tendrá un plazo de 30 días hábiles, para rechazar o acoger los descargos.
El rechazo total o parcial de los descargos, será formalizado mediante Decreto Alcaldicio, lo cual será notificado al proveedor, quien dispondrá de 5 días hábiles para impugnar dicho acto administrativo, adjuntando los antecedentes que lo respalden. Al respecto, la Municipalidad de Cartagena, tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La aplicación de multa resultará de acuerdo a la siguiente tabla:
Atraso de 1 a 4 días hábiles.
5% aplicado sobre el valor del servicio facturado.
Atraso de 5 a 9 días hábiles.
10% aplicado sobre el valor del servicio facturado.
Atraso igual o mayor a 10 días hábiles.
Se anula el servicio, informando al proveedor mediante correo electrónico.
Productos deficientes, en mal estado o no se ajustan a la calidad de los productos estipulados en las bases.
10% aplicado sobre el valor del servicio facturado.
En el caso que el proveedor no entregue los productos en el lugar señalado en las Bases Administrativo.
5% aplicado sobre el valor del servicio facturado.
La aplicación de las multas al proveedor no podrá exceder del 20% del monto total de la contratación, IVA incluido. Si excediere dicha cantidad, el servicio podrá ponerle término anticipado a la contratación, de conformidad con lo dispuesto en las presentes bases
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FORMA DE PAGO |
SEGÚN PUNTO N° 18 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS
FORMA DE PAGO
El pago de los productos adquiridos se efectuará, al proveedor en dependencias del Departamento de Educación, de la Municipalidad de Cartagena, ubicada en Avda. Cartagena 364, Comuna de Cartagena, vía transferencia bancaria, a través de factura pagadera a 30 días corridos desde la fecha de recepción del documento correspondiente, equivalente a lo solicitado sin observaciones en el período facturado, de acuerdo al valor presentado en la oferta (ANEXO N°5 Oferta Económica “Rango de Precios”).
En este sentido, su tramitación se hará presentando, por parte del Contratista, los siguientes antecedentes en la Oficina de Partes del Departamento de Educación, de la Municipalidad de Cartagena:
a. Factura emitida a nombre de la Municipalidad de Cartagena, R.U.T 69.073.600-4, Giro “Actividades de la Administración Pública”, domicilio Calle Casanova 210, comuna de Cartagena, consignando claramente en ella, el detalle de la materia de encargo proporcionada, su cantidad, precio unitario y valor total IVA incluido, según corresponda.
b. El proveedor deberá facturar por los productos entregados, tal como se indica en la NOTA N°3 del Anexo N°4 de Oferta Técnica.
c. Orden de Compra emitida por el Portal Mercado Público respectiva.
d. Copia de la(s) Guía(s) de Despacho o documento(s) en el que conste la recepción conforme de la mercadería
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