RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que haya ofrecido una mayor garantía post venta y si persiste el empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que haya ofrecido un menor plazo de entrega
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CONSULTAS |
Los participantes en la presente Licitación podrán solicitar aclaraciones de las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, a través del Sistema de Información a cargo del Sistema de Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl, hasta las 18:00 horas del segundo día hábil posterior a la fecha de publicación del llamado a licitación. No se aceptarán consultas ni solicitud de aclaración alguna, fuera de plazo ni enviadas vía fax, teléfono u otro medio distinto del señalado en el párrafo precedente.
Tanto las preguntas como las respuestas serán puestas en conocimiento de todos los proveedores interesados, a través del Sistema de Información, sin indicar el autor de las mismas. Las respuestas, se emitirán exclusivamente a través del Sistema de Información, Portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl, y estarán en él a disposición de todos los eventuales oferentes, a partir de las 18:00 horas del primer día hábil siguiente al vencimiento del plazo para formular consultas.
La Universidad, además de dar respuesta a las preguntas formuladas, podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases Administrativas, y demás antecedentes, cuando a su juicio algún punto no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones, sólo podrán hacerse antes del cierre del período fijado para presentar ofertas y en cuanto impliquen modificación de las presentes bases administrativas, deberán constar en Decreto Universitario exento, debiendo señalarse en él un plazo prudencial de prórroga para la adecuación o presentación de las ofertas.
Una vez tramitadas las modificaciones, también se pondrán a disposición de los proveedores a través del Sistema de Información, Portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl., dentro del plazo de 10 días hábiles a contar de la fecha de recepción del acto administrativo, que apruebe la respectiva modificación.
Sin perjuicio de lo anterior la serie de preguntas y respuestas si las hubiera, deberá ser sancionada por acto administrativo dentro del segundo día hábil siguiente de vencido el plazo para responder las consultas. Para todos los efectos de la presente licitación dicha serie se entenderá parte integrante de las presentes bases.
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RESOLUCIÓN DE LA LICITACIÓN |
La licitación deberá resolverse dentro del plazo de diez (10) días corridos contar de la fecha de la apertura de las ofertas. En el evento de no poder resolverse la presente licitación dentro del plazo estipulado, la Universidad podrá señalar un nuevo plazo para cumplir este trámite, el que será informado a través del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
La licitación se adjudicará a aquella oferta que obtenga el más alto puntaje y que haya sido recibida en tiempo y forma a través de los sistemas electrónicos o digitales de la Dirección de Compras y Contratación Pública, con toda la información y documentación solicitada, y en la forma requerida en estas bases administrativas.
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que haya ofrecido una mayor garantía post venta y si persiste el empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que haya ofrecido un menor plazo de entrega
La Universidad dictará el correspondiente acto administrativo de adjudicación, el que será notificado al oferente adjudicado y a los demás proponentes a través del sitio web de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Dicha notificación se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas, desde su publicación en el Sistema de Información.
No obstante lo señalado en los párrafos anteriores, la Universidad del Bío-Bío, se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación en el evento que las ofertas presentadas no convengan a sus intereses, declarándolo así a través del correspondiente acto administrativo debidamente fundado, conforme lo faculta el artículo 9 de la Ley N° 19.886.
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PRESENTACION DE OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse única y exclusivamente en formato digital a través del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de cinco (5) días corridos contados a partir del día siguiente al de la publicación del llamado a licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad, será considerada extemporánea y se tendrá por no presentada para todos los efectos de la licitación referida. Igualmente, sólo se entenderá válida como oferta aquélla a la cual se incorporen o adjunten, en forma digital, los documentos y antecedentes indicados en el N° 8 anterior en sus letras c.- a la f.-
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no vencerá en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
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FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO |
Atendida la simple y objetiva especificación del objeto licitado y el monto del presupuesto referencial, la contratación se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por la Universidad del Bío-Bío y su correspondiente aceptación por parte del oferente adjudicado, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 22 Nº 8 de la Ley de Compras y artículo Nº 63 del Reglamento Nº 250 de 2004 de Hacienda.
Será requisito que el proponente adjudicado y cada uno de los miembros de la UTP en su caso, al momento de aceptar la orden de compra se encuentre inscrito en el registro Chileproveedores en calidad de hábil para contratar con el Estado, bastando para comprobar lo anterior la revisión que al efecto haga la Universidad.
Tratándose de una UTP, deberá acompañarse el documento privado o público de su constitución. Dicho documento deberá cumplir con:
1.- Establecer que se constituye para participar en el presente proceso de licitación individualizándolo con su respectivo número ID
2.- Establecer expresamente la solidaridad entre todos sus miembros respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen en el presente proceso de licitación y en la contratación posterior con la Universidad del Bío-Bío.
3.- Contener la designación de un representante o apoderado común de todos sus integrantes.
4.- El apoderado debe estar investido con poderes suficientes para actuar en nombre y representación de todos ellos, con facultades para contraer las obligaciones y ejercer los derechos que se vinculan con las actividades objeto del contrato desde la presentación de la oferta, la vigencia y hasta la total extinción del contrato.
5.- Indicar la vigencia de la UTP, esta no podrá ser inferior al plazo indicado en el N° 19 “Garantía Post Venta”.
Si el proponente adjudicado, no aceptare la orden de compra en la forma y plazos señalados en las presentes bases, la Universidad del Bío-Bío, mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación. Si la Universidad hiciere uso de esta facultad, podrá adjudicar la licitación a los otros proponentes comenzando por la oferta que hubiera obtenido el segundo mayor puntaje, de acuerdo al orden de prelación que hubieren obtenido en la evaluación de las ofertas o bien, llamar a una nueva licitación pública, según así fundadamente lo declarare.
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FORMA DE PAGO |
El pago del precio se efectuará dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme del correspondiente documento tributario electrónico, debidamente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos y contará con el visto bueno de don Nelson Muñoz Suárez, Jefe Depto. Arte, Cultura y Comunicación o quien lo reemplace. Dicho pago se realizará mediante transferencia bancaria, a la cuenta bancaria de que sea titular la empresa oferente y que señale el oferente en el formulario A.
Para los efectos contemplados en el artículo 3º de la Ley N°19.983, la Universidad del Bío-Bío, podrá reclamar del contenido de la factura o de la guía de despacho, en su caso, dentro de los (8) ocho días corridos siguientes a la recepción del documento respectivo. Dicho reclamo, deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
El proveedor adjudicado deberá entregar, su Documento Tributario Electrónico a la casilla de correo ubb-dte@tecnomanquehue.cl.
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