Durante el proceso de análisis, estudio y ponderación de las ofertas que se presenten a esta Licitación Pública, la Universidad del Bío-Bío podrá solicitar, según lo estime pertinente y procedente y de conformidad con el artículo 40 del Decreto Supremo Nº 250, Reglamento de la Ley N° 19.886, a cualquiera de los oferentes, salvar errores u omisiones formales que se detecten en sus ofertas, debiendo informar de dicha solicitud a los demás oferentes a través del Sistema de Información. Dichas correcciones no podrán en caso alguno, implicar la modificación de los precios o elementos sustanciales de la oferta.