Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario:
|
UNIVERSIDAD DEL BIO BIO
|
Fecha de vencimiento:
|
20-04-2023
|
Monto:
|
100000
Peso Chileno
|
|
Descripción:
|
La garantía de que trata este numerando deberá estar constituida por uno o varios instrumentos financieros, de la misma naturaleza, los que aseguren el pago del monto de la garantía de manera rápida y efectiva. Sólo a modo ejemplar, se aceptarán como documentos de garantía; depósitos a la vista, boletas bancarias, pólizas de seguro con liquidación inmediata, certificados de fianza pagaderos a primer requerimiento; igualmente a modo de ejemplo, no se aceptará la presentación de pagarés, letras de cambio, cheques o cualquier otro documento que no otorgue certeza respecto de la disponibilidad del dinero del que da cuenta y/o para su cobro efectivo.
La garantía de seriedad de la oferta podrá entregarse en formato físico o electrónico
|
|
Glosa:
|
A objeto de garantizar la seriedad de las ofertas que se presenten a la licitación denominada: “REPARACIÓN INTERIOR CASINOS CAMPUS FERNANDO MAY Y LA CASTILLA, UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO, SEDE CHILLÁN” los interesados en participar en ella, deberán acompañar a su oferta una caución o garantía por el monto de $100.000.- (Cien mil pesos chilenos) con una vigencia mínima de ciento cincuenta (150) días corridos, a contar de la fecha de apertura de las ofertas.
|
|
Forma y oportunidad de restitución:
|
Si la garantía de que trata esta cláusula se otorga en formato físico, deberá ser entregada hasta el mismo día de cierre de recepción de ofertas indicado en el numerando 10 de estas bases, a través de la Oficina de Partes del Campus Fernando May, de la Universidad del Bío-Bío, ubicada en Avenida Andrés Bello N° 720, de esta comuna y ciudad, y dentro del horario de 08:15 a 18:00 horas, documento que se acompañará en un sobre cerrado y en soporte papel, en el que se indique el nombre del oferente y con carátula “REPARACIÓN INTERIOR CASINOS CAMPUS FERNANDO MAY Y LA CASTILLA, UNIVERSIDAD DEL BÍO-BÍO, SEDE CHILLÁN”. El último día del plazo para recibir ofertas, el documento en que conste la garantía de seriedad de la oferta podrá ser ingresado, además, a través de la Portería del mismo Campus Fernando May, ubicado en el domicilio ya indicado, a partir del cierre del horario de funcionamiento de la Oficina de Partes y hasta las 24:00 horas del día de cierre de recepción de ofertas señalado.
Si la garantía se otorgare en formato electrónico, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma y adjuntarse de manera digital a la oferta.
La Universidad hará devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles y/o en el caso de declararse desierta la licitación, dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación.
Para los efectos previstos en el párrafo final del numerando 17 de estas Bases Administrativas, y Conforme lo faculta el artículo 43º del Reglamento de la Ley Nº 19.886 aprobado por el Decreto Supremo Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, el plazo de devolución de la garantía de seriedad de la oferta a los licitantes cuyas propuestas sean válidas pero no hayan resultado adjudicadas se hará dentro los cincuenta (50) días corridos siguientes a la notificación, por medio del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, del acto administrativo que resuelva la licitación.
Tratándose del proponente adjudicado, la devolución de la garantía se hará una vez que éste haga entrega de la respectiva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del mismo a que se refiere el punto 18.2 de estas Bases Administrativas.
Asimismo, se hará efectiva administrativamente la Garantía de Seriedad de la oferta, en el caso que el contratista no hiciere entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato en el momento de la suscripción del contrato con la Universidad, aunque esta última gestión no haya podido realizarse por cualquier causa, en la medida que la causa de ello no sea imputable a la Universidad.
|
|