Resolución de Empates |
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”. En el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de “Experiencia”, en el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiera obtenido la más alta calificación en el criterio “Domicilio Comercial”, en el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de “Comportamiento Contractual Anterior”. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La falta de presentación o la presentación incompleta de cualquiera de los antecedentes y documentos referidos en el numerando 10 implicará dejar inmediatamente al proponente fuera de bases, por falta de cumplimiento de los requisitos de la oferta. La presentación de otros antecedentes, no serán considerados para la adjudicación de la Licitación, ni su presentación invalidará la propuesta que cumpla con las condiciones establecidas en estas Bases Especiales.
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LA PRESENTACION DE LA OFERTA |
Las ofertas deberán presentarse única y exclusivamente en formato digital a través del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, en el portal www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de cinco (5) días corridos, contados a partir del día siguiente al de la publicación del llamado a Licitación. Cualquier oferta presentada con posterioridad, será considerada extemporánea y se tendrá por no presentada para todos los efectos de la Licitación referida. Igualmente, sólo se entenderá válida como oferta aquélla a la cual se incorporen o adjunten, en forma digital, los documentos y antecedentes indicados en el N° 8 anterior en sus letras b.- a la e.-
En todos los casos, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no vencerá en días inhábiles ni en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
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EVALUACION DE LAS OFERTAS |
La Universidad del Bío-Bío, dentro del plazo de dos (2) días corridos, a contar de la fecha de apertura de las ofertas, considerando sólo a aquellas que hayan cumplido con los requisitos de forma y fondo requeridos por las presentes Bases y documentos anexos, procederá a evaluarlas y a emitir un informe de dicha evaluación, para obtener una prelación de las ofertas, ordenadas de mayor a menor puntaje.
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RESOLUCIÓN DE LA LICITACIÓN |
La licitación deberá resolverse dentro del plazo de tres (3) días corridos contados desde la fecha de apertura de las ofertas. En el evento de no poder resolverse la presente licitación dentro del plazo señalado, la Universidad podrá señalar un nuevo plazo para cumplir este trámite, el que será informado a través del Sistema de información.
El acto administrativo de adjudicación será notificado al oferente adjudicado y a los demás proponentes a través del Sistema de Información, a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl. Dicha notificación se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas, desde su publicación en dicho Sistema de Información.
Se adjudicará la licitación a aquella oferta que obtenga el más alto puntaje y que haya sido recibida en tiempo y forma a través de los sistemas electrónicos o digitales de la Dirección de Compras y Contratación Pública, con toda la información y documentación solicitada y presentada, según se indica en estas Bases.
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FORMA DE PAGO |
El pago se efectuará dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme del correspondiente documento tributario, sea en soporte papel o electrónico, debidamente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos y contará con el visto bueno de la Jefa Departamento de Formación Continua.
Para los efectos contemplados en el artículo 3º de la Ley N°19.983, la Universidad del Bío-Bío, podrá reclamar del contenido de la factura o de la guía de despacho, en su caso, dentro de los ocho (8) días corridos siguientes a la recepción del documento respectivo. Dicho reclamo, deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
El proveedor adjudicado deberá entregar, si fuere en formato papel, su factura en Oficina de Partes, en horario continuado de 09:00 a 17:00 horas y si fuere en formato electrónico, deberá ser enviada a la dirección de correo ubb-dte@tecnomanquehue.cl.
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INCUMPLIMIENTO CONTRACTUALES QUE DAN LUGAR AL COBRO DE MULTAS |
una multa del 1% por cada día de atraso, del valor de la orden de compra, con un tope de 10 días.
Todas y cada una de las sanciones antes señaladas, serán aplicadas administrativamente mediante acto administrativo fundado previa tramitación del procedimiento administrativo que correspondiere y se deducirán de la o las facturas más próximas, de las retenciones, de las garantías vigentes o de cualquier otro valor que se le adeudare al proveedor, cualquiera sea su origen y naturaleza a elección de la Universidad. Dicho acto administrativo será impugnable a través del recurso de reposición ante la autoridad que lo haya emitido, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado, y lo dispuesto en la Ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimiento Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado, en lo que fuere aplicable.
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