Resolución de Empates |
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”. En el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de “Garantía post venta”, en caso de persistir nuevamente el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio “Plazo de Entrega” y posteriormente “Comportamiento Contractual Anterior”.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En cumplimiento de lo señalado en el artículo 27 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley N° 19.886, la Universidad deberá dar respuesta a todas las consultas hechas por los eventuales oferentes, debiendo ponerlas en conocimiento de todos los oferentes. Solamente a través de la Plataforma de Licitaciones de la Dirección de Compra ChileCompra (www.mercadopublico.cl), se podrán formular las consultas y solicitar aclaraciones de las presentes Bases Administrativas, sus Bases Técnicas y Formularios anexos. Podrán presentarlas hasta las 18:00 horas del segundo (2) día hábil posterior a la fecha de publicación del llamado a Licitación. Toda consulta planteada por un conducto diferente o fuera del plazo señalado, se tendrá por no presentada.
Las consultas y aclaraciones de cada oferente serán contestadas a través de la Plataforma referida en el párrafo anterior, sin indicar el autor de las mismas y se pondrán en conocimiento de todos los proponentes interesados, a través del Sistema de Información, a partir de las 18:00 horas del segundo (2) día hábil siguiente al vencimiento del plazo para formular consultas.
Sin perjuicio de lo anterior, la serie de consultas, respuestas y aclaraciones, si las hubiera, deberán aprobarse por acto administrativo, el que una vez totalmente tramitado se informará a través del Sistema de Información, Portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl. Para todos los efectos de la presente licitación, se entenderá que las consultas, respuestas y aclaraciones forman parte integrante de las Bases Administrativas, Bases Técnicas y/o Formularios anexos según correspondiera en derecho. Sin perjuicio de lo anterior, igualmente deberá decretarse cualquier aclaración que suponga una modificación de las bases de licitación debiendo, en tal caso, resguardarse debidamente los intereses de los oferentes, con el objeto de que no se vulneren los principios de estricta sujeción a las bases e igualdad de los oferentes. En esta situación, se considerará un plazo adicional prudencial que se contendrá en el mismo Decreto Universitario Exento para que los oferentes interesados puedan conocer y adecuar su oferta a las modificaciones efectuadas. El acto administrativo decretado conforme con el presente párrafo, una vez totalmente tramitado, se informará a través del Sistema de Información de ChileCompra.
Las aclaraciones, respuestas y/o modificaciones serán, de ese modo, obligatorias y afectarán a todos los oferentes en la presente licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La falta de presentación o la presentación incompleta de los documentos señalados en el Nº 10 “Presentación de la Propuesta”, implicará dejar inmediatamente al proponente fuera de Bases, por falta de cumplimiento de los requisitos de la oferta. La presentación de otros antecedentes, no serán considerados para la adjudicación de la Licitación, ni su presentación invalidará la propuesta que cumpla con las condiciones establecidas en estas Bases Especiales.
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COMISION DE EVALUACION |
La evaluación indicada en el párrafo anterior, se efectuará a través de una comisión denominada “Comisión Evaluadora”, integrada por el Encargado de Monitoreo de Servicios y Proyectos, Sede Chillán o por quien lo reemplace o subrogue, por el Jefe del Departamento de Servicios Tecnológicos, Sede Chillán o quien lo reemplace o subrogue y la Encargada de la Sección de Adquisiciones y Abastecimiento o quien la reemplace o subrogue. En el evento que cualquiera de ellos no pudiera asistir al proceso de evaluación, y previo a él, se procederá a designar sus reemplazantes por la Directora de Administración y Presupuesto, mediante oficio en que se le comunique su nombramiento.
La Universidad del Bío-Bío, rechazará todas aquellas ofertas que no cumplan en forma y tiempo, con las exigencias señaladas en las presentes Bases, dejando constancia de ello en el Informe de Evaluación que se emitirá al efecto.
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PLAZO DE ENTREGA |
El plazo de entrega de los equipos computacionales, será el que señale el proveedor en el formulario B, no pudiendo exceder de 21 días hábiles, contados desde la fecha de notificación, por medio del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, de la respectiva orden de compra.
Dicho plazo no será susceptible de prórroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor, hecho valer por el proponente antes del vencimiento del plazo original y que haya sido debidamente ponderado y aceptado por la Universidad.
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GARANTIA POST VENTA |
El plazo de garantía postventa será el que señale el proveedor en el formulario B, contados desde el momento de la recepción conforme del bien en los términos señalados en la cláusula N°19 “Entrega y Recepción”, de las presentes bases, el que en todo caso no podrá ser inferior a 3 meses.
La garantía post-venta caucionará la obligación del proveedor de responder por todo deterioro del equipo, como también todo daño y fallas de fábrica, salvo el causado por un uso no correspondiente a la naturaleza y destino del equipo. Si no se respondiera a tal obligación a requerimiento de la Universidad, ésta quedará facultada para repararlo con cargo a la garantía de fiel cumplimiento otorgada sin perjuicio de la obligación del contratista de responder por todo mayor gasto que la respectiva reparación o mantención haya originado.
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ENTREGA Y RECEPCIÓN |
La entrega de los equipos computacionales, conteniendo todo lo señalado en estas Bases, deberá hacerse en el Campus Fernando May, ubicado en Avenida Andrés Bello N° 720, Chillán, en horario de lunes a viernes de 09:00 a 17:30 horas.
La Universidad tendrá el derecho de rechazar los bienes o servicios, si no cumplieran con las Bases Administrativas y/o las características técnicas de las mismas. En este caso, el servicio se considerará como no entregado para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor adjudicado en incumplimiento de contrato.
Todos los gastos relacionados con la entrega del servicio a la Universidad del Bío-Bío, serán de cargo del oferente.
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RESOLUCION DE LA LICITACION |
La Licitación deberá resolverse dentro del plazo de quince (15) días hábiles a contar de la fecha de la apertura de las ofertas. En el evento de no poder resolverse la presente Licitación dentro del plazo estipulado, la Universidad podrá señalar un nuevo plazo para cumplir este trámite, el que será informado a través del Sistema de Información a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
La Licitación se adjudicará a aquella oferta que obtenga el más alto puntaje y que haya sido recibida en tiempo y forma a través de los sistemas electrónicos o digitales de la Dirección de Compras y Contratación Pública, con toda la información y documentación solicitada, y en la forma requerida en estas Bases.
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FORMALIZACION DEL CONTRATO |
Atendida la simple y objetiva especificación del objeto licitado y el monto del presupuesto disponible, la adquisición se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por la Universidad del Bío-Bío y su correspondiente aceptación por parte del oferente adjudicado, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 22 Nº 8 de la Ley de Compras y artículo Nº 63 del Reglamento Nº 250 de 2004 de Hacienda.
Será requisito que el proponente adjudicado y cada uno de los miembros de la UTP en su caso, al momento de aceptar la orden de compra se encuentre inscrito en el registro Chileproveedores en calidad de hábil para contratar con el Estado, bastando para comprobar lo anterior la revisión que al efecto haga la Universidad.
Tratándose de una UTP, deberá acompañarse el documento privado o público de su constitución. Dicho documento deberá cumplir con:
1.- Establecer que se constituye para participar en el presente proceso de Licitación individualizándolo con su respectivo número ID
2.- Establecer expresamente la solidaridad entre todos sus miembros respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen en el presente proceso de Licitación y en la contratación posterior con la Universidad del Bío-Bío.
3.- Contener la designación de un representante o apoderado común de todos sus integrantes.
4.- El apoderado debe estar investido con poderes suficientes para actuar en nombre y representación de todos ellos, con facultades para contraer las obligaciones y ejercer los derechos que se vinculan con las actividades objeto del contrato desde la presentación de la oferta, la vigencia y hasta la total extinción del contrato.
5.- Indicar la vigencia de la UTP, ésta no podrá ser inferior al plazo indicado en el Plazo de entrega.
El no cumplimiento de una cualquiera de las exigencias anteriores dejará en forma inmediata fuera de Bases a la UTP.
Si el proponente adjudicado, no aceptare la orden de compra en la forma y plazos señalados en las presentes Bases, la Universidad del Bío-Bío, mediante resolución fundada, podrá dejar sin efecto la adjudicación. Si la Universidad hiciere uso de esta facultad, podrá adjudicar la Licitación a los otros proponentes comenzando por la oferta que hubiera obtenido el segundo mayor puntaje, de acuerdo al orden de prelación que hubieren obtenido en la evaluación de las ofertas o bien, llamar a una nueva Licitación Pública, según así fundadamente lo declarare.
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DEL PAGO DE LA MULTA |
Toda multa que se imponga al proveedor, deberá ser pagada directamente en la caja de la Universidad del Bío-Bío, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación del Decreto Universitario que la sanciona, de acuerdo a las normas señaladas en el numerando anterior, bajo apercibimiento que si no lo hiciera, se deducirá su monto del pago más próximo que mantenga el proveedor.
Para los efectos del pago de las multas expresadas en Unidades Tributarias Mensuales, el valor que se considerará será el que esta unidad tenga en el mes calendario de la ocurrencia de la infracción que se sanciona y si la infracción se hubiere extendido en el tiempo en meses distintos, la correspondiente al valor del mes en que hubiere comenzado la comisión del hecho.
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