Resolución de Empates |
En caso de empate entre las ofertas de dos o más oferentes, la adjudicación se hará a aquel de los oferentes que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de evaluación de “Oferta Económica”. En el caso de persistir el empate, se resolverá a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio de “Plazo de Entrega”. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio “Garantía Post Venta” y posteriormente “Comportamiento Contractual Anterior”.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
La falta de presentación o la presentación incompleta de los documentos señalados en el Nº 10 “Presentación de la Propuesta”, implicará dejar inmediatamente al proponente fuera de Bases, por falta de cumplimiento de los requisitos de la oferta. La presentación de otros antecedentes, no serán considerados
para la adjudicación de la Licitación, ni su presentación invalidará la propuesta que cumpla con las condiciones establecidas en estas Bases Especiales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PLAZO DE ENTREGA |
El plazo de entrega del equipo, será el que señale el proveedor en el formulario B, no pudiendo exceder de 25 días hábiles, contados desde la fecha de notificación, por medio del sistema de información del portal www.mercadopublico.cl, de la respectiva orden de compra.
Dicho plazo no será susceptible de prórroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor, hecho valer por el proponente antes del vencimiento del plazo original y que haya sido debidamente ponderado y aceptado por la Universidad.
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GARANTÍA POST VENTA |
El plazo de Garantía post venta será el que señale el proveedor en el formulario B “Oferta”, contados desde el momento de la recepción conforme de los bienes, en los términos señalados en la cláusula N° 17 “Plazo de Entrega”, de las presentes bases, el que en todo caso no podrá ser inferior a 12 meses.
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ENTREGA Y RECEPCIÓN |
La entrega de la provisión e instalación del sillón dental y turbina, conteniendo todo lo señalado en estas Bases, deberá hacerse en el Campus la Castilla, ubicado en Avenida Brasil N° 1180, Chillán, en horario continuado de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas, previa coordinación con el (la) Jefe(a) del Departamento de Salud Estudiantil Chillán o quien lo (la) reemplace o subrogue, quien también deberá dar la conformidad de su recepción.
La Universidad tendrá el derecho de rechazar los bienes o servicios, si no cumplieran con las Bases Administrativas y/o las características técnicas de las mismas. En este caso, el servicio se considerará como no entregado para todos los efectos legales, incurriendo el proveedor adjudicado en incumplimiento de contrato.
Todos los gastos relacionados con la entrega del servicio a la Universidad del Bío-Bío, serán de cargo del oferente.
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FORMA DE PAGO |
El pago por la provisión e instalación del sillón dental y turbina, se efectuará dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme del correspondiente documento tributario, sea en soporte papel o electrónico, debidamente autorizado por el Servicio de Impuestos Internos y contará con el visto bueno del (la) Jefe(a) del Departamento de Salud Estudiantil Chillán o quien lo (la) reemplace o subrogue.
Para los efectos contemplados en el artículo 3º de la Ley N°19.983, la Universidad del Bío-Bío, podrá reclamar del contenido de la factura o de la guía de despacho, en su caso, dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción del documento respectivo. Dicho reclamo, deberá ser puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o por cualquier otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
El proveedor adjudicado deberá entregar, si fuere en formato papel, su factura en Oficina de Partes, en horario continuado de 09:30 a 13:30 horas y si fuere en formato electrónico, deberá ser enviada a la dirección de correo ubb-dte@tecnomanquehue.cl.
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