|
1.-
15.4 OFERTA TÉCNICA
15.4.1 OFERTA A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR
La empresa adjudicada queda obligada a proporcionar directamente la prestación de servicios, toma de exámenes con sus respectivas placas e informes a realizarse en las instalaciones del oferente, de acuerdo a las necesidades del programa Imágenes Diagnósticas en APS, del Departamento de Salud de Ovalle.
1. Contar con Resolución Sanitaria del Centro Médico, Consulta o Clínica ubicada en la ciudad de Ovalle y que cuente con RESOLUCIÓN SANITARIA VIGENTE DE SALA DONDE SE REALIZARA EL EXAMÉN, indicando dirección.
2. El Centro médico o consulta debe estar ubicado en la ciudad de Ovalle.
3. Se exige Médico Radiólogo/a: Inscrito/a en la Superintendencia de Salud. Acreditación especialidad o Certificado CONACEM.
4. Profesional Tecnólogo Médico con título de Tecnólogo Médico Mención en Imagenología y Física Médica, con entrenamiento en Ecografía. Certificado de la Superintendencia de Salud.
5. Debe presentar declaración Jurada Simple del Staff que realizara las prestaciones, según antecedentes del punto anterior.
6. En el informe debe tener imagen y garantizar diagnóstico concluyente por médico radiólogo.
7. Es indispensable presentar un plan de trabajo indicando lugar donde se realizará los exámenes, disponibilidad de agenda, plazo de entrega, medida de contingencia, especificaciones de equipo, mantención, indicar personal para la ejecución del convenio, lo indicado en Formulario N°6 el cual será evaluado.
8. El informe de cada examen debe ser entregado en el formato especificado más abajo. El plazo de entrega no puede superar los 5 días corridos posteriores a la toma del examen. Debe estar firmado por el profesional médico capacitado para esto.
9. La notificación crítica para hallazgos patológicos que requieren atención urgente, deberá ser realizada en un plazo no superior a 24 horas hábiles, desde la toma del examen.
10. La notificación crítica para hallazgos con resultado prioritario, deberá ser realizada en un plazo máximo de 48 horas hábiles, desde la toma del examen.
11. Se entenderá como hallazgo patológico que requiere atención urgente, los resultados mamografía BIRADS 4, 5 o 6, mastitis o absceso mamario, u otro resultado que requiera atención de urgencia.
12. La notificación deberá ser realizada obligatoriamente vía correo electrónico a las siguientes personas responsables ITO Técnico.
13. El proveedor deberá entregar un calendario con las fechas y horarios establecidos para la atención de los usuarios de la comuna, considerando los días destinados para dicha actividad. Este calendario deberá ser incorporado a la propuesta técnica. (Plan de trabajo). Debe contener horarios diferidos y flexibles de lunes a viernes en jornada de mañana y tarde, cautelando cupos para usuarios del sector rural los cuales tiene locomoción lunes, miércoles y viernes hasta 12:00 horas.
14. Debe existir un flujo diario en el envío de los resultados, en los casos de Urgencia el informe debe ser emitido el mismo día.
15. El horario ofrecido para la toma de los exámenes debe ser desde las 9:00 horas a 19:00 horas (con el objeto de permitirles a los pacientes tener un fácil acceso a la locomoción disponible).
16. En caso de suspender las atenciones, es responsabilidad del Centro Radiológico, contactar a los usuarios y reagendar nueva horas, informando por correo a Departamento de Salud, indicando las razones de suspensión.
17. El Instrumental, equipos o insumos a utilizar en cada atención serán de cargo, responsabilidad y costo del proveedor. Asimismo, este será responsable directo de los pagos de su personal por concepto de remuneraciones, viáticos.
18. El servicio requerido debe considerar un equipo que garantice una resolución adecuada, reflejada en imágenes de calidad, para obtener los diagnósticos requeridos en este nivel de atención.
19. Los Centros radiológicos que postulen deben indicar y adjuntar el tipo de equipo con el que cuentan.
20. El prestador será responsable exclusivo de cualquier daño que cause a cualquier beneficiario de los exámenes en razón de éstos, no incumbiéndole responsabilidad alguna a la Municipalidad en tal caso.
21. El adjudicatario deberá llevar estricto control del número de atenciones realizadas, asumiendo el costo por atenciones adicionales a lo convenido.
22. En lo no contemplado expresamente en estas especificaciones técnicas, los tratamientos deberán regirse por las normas que rigen la actividad, por las guías elaboradas sobre la materia por el Ministerio de Salud, y por las instrucciones que al efecto entregue el inspector técnico.
Las citaciones de los pacientes las realizará un funcionario del CESFAM que corresponda, designado para este efecto, en horarios previamente establecidos por el oferente. Las atenciones deben programarse en días y horarios hábiles. Los calendarios pueden estar sujetos a modificación debido a la no asistencia de algún paciente. El oferente es el responsable del cumplimento de la totalidad de las prestaciones.
En cuanto a los Exámenes solicitados
La adquisición debe considerar el siguiente examén de: 1.200 Und. Ecotomografías de mamarias.
15.4.2. REQUISITOS ESPECIFICOS: Ecotomografía Mamaria
a) Equipo:
Ecotomógrafo de alta resolución, con transductor adecuado para partes blandas, mínimo de 12,5 Mhz (idealmente de 17 o 18 Mhz)
Imágenes debe ser entregada idealmente en placa radiográfica o sistema digital (CD), con exposición y resolución adecuada de todos los cuadrantes y en especial de los hallazgos.
Idealmente se debe contar con mamografía previa.
b) Informe:
Informe de Ecotomografía Mamaria en formato impreso y digital (idealmente entregar CD o DVD con imágenes a Usuarias): Uso de lenguaje BIRADS, Identificación del paciente, edad, fecha de realización de examen, Antecedentes relevantes, Descripción de hallazgos, Correlación con Mamografía si corresponde, Conclusión o Impresión de imágenes, Categoría BIRADS. Que incluya imágenes de alta resolución.
Los oferentes deberán señalar explícitamente en cada una de las características requeridas en el Formulario N° 6, si dan o no cumplimiento a lo solicitado, especificando con la información complementaria requerida, señalando ubicación en archivo de referencia para la obtención de puntaje en la característica.
15.4.3. Sustitución de Recurso Humanos
Al momento del inicio de las prestaciones adjudicadas a un determinado oferente, en relación al Recurso Humano presentando en la oferta técnica, si por causa de razones de fuerza mayor no continua como parte del equipo de trabajo algunos de los profesionales informados al inicio o durante la ejecución del servicio, debe comunicar por medio escrito formal dentro de las 24 hrs. al ITO de la licitación indicada, la causal por la cual no continuará el profesional antes indicado, además debe ser reemplazado por otro profesional que cuente con los mismos requisitos de las presentes bases. Lo anterior, solo es aplicable en relación a RRHH y en caso excepcional donde profesional indique su inhabilidad. El plazo de reemplazo no deberá ser mayor a tres días hábiles, contados desde el requerimiento formal escrito del ITO. Si transcurrido el plazo no se da cumplimiento a lo requerido se pondrá término del contrato y se procederá al cobro de la garantía del fiel cumplimiento de contrato.
|
|
|
| |
|