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ANEXO ADMINISTRATIVO ESPECIAL
Propuesta Publica Nª 58/2022 ID 2710-135-LE22
“ARRIENDO DE VEHICULOS APOYO CONTINGENCIA COVID-19”
GENERALIDADES:
Las presentes Especificaciones Técnicas se refieren al proceso de Licitación, adjudicación y suscripción de un contrato de arriendo de arriendo de 6 camioneta, con chofer y combustible diésel ó gasolina, doble cabina, tracción 4x2 o 4x4, con pick up y barra antivuelco, año 2019 en adelante, para el Departamento de Salud e Higiene Ambiental de la Municipalidad de Ovalle.
Las presentes Especificaciones Técnicas se refieren a los deberes, formas, usos y obligaciones que deberán cumplir el oferente una vez notificado y contratados, por el Municipio de Ovalle, para entregar el suministro del servicio de transporte terrestre para el desarrollo de sus funciones propias y que por tanto estarán sometidas a la supervisión de quien determine La Municipalidad.
El presente anexo administrativo especial regula los siguientes ítems globales:
01. Del Suministro.
02. Del Área.
03. Del Horario.
04. Del Personal del Contratista.
05.- De los vehículos.
01. DEL SUMINISTRO.
1.1.- El suministro tiene como objetivo entregar el servicio de transporte terrestre en vehículos que cumplan con las características señaladas en el punto número 05 de las presentes Especificaciones Técnicas o Anexo Administrativo especial, de acuerdo a la demanda que efectúen el Depto. de Salud Municipal.
1.2.- El suministro del servicio de arriendo de vehículo para el Departamento de Salud e Higiene Ambiental la Municipalidad de Ovalle, deberá ser entregado por el Contratista a través de un móvil de su propiedad, el que tendrá la misión de trasladar a funcionarios(a), pacientes y bienes desde y hacia las distintas localidades propias para la realización de gestión del Departamento de Salud e Higiene Ambiental. Sin perjuicio de lo anterior, el móvil podrá realizar traslados desde y hacia localidades fuera del radio urbano de esta comuna.
2. DEL ÁREA:
2.1.- El área en que se requiere el servicio de arriendo, incluye en principio todo el territorio comunal. Sin embargo, también podrá ser utilizado para el traslado de funcionarios(a), pacientes o cosas fuera de esta comuna.
3. DEL HORARIO:
3.1.- El propietario deberá mantener a disposición de la I. Municipalidad el móvil de lunes a viernes (trabajados) de 08:00 a 20:00 horas. La disponibilidad para los días sábado, domingo o festivos, será confirmado, previo aviso del Inspector Técnico o Director del establecimiento o encargado de movilización de cada establecimiento, con un plazo de antelación de 24 horas, a través de mensaje de texto (correo electrónico, SMS, Whatsapp) o mediante documento escrito.
3.2.- Para control del uso del servicio prestado, el contratista deberá implementar una bitácora en la cual su conductor registre: fecha, horario, kilometraje de entrada y salida del día, a los(a) funcionarios(a), bienes o insumos transportados, horario de salida y retorno, y firma.
4. DEL PERSONAL DEL CONTRATISTA:
4.1.- El suministro del servicio de transporte terrestre entregado por el contratista deberá incluir a lo menos un conductor estable, cuyo nombre, domicilio, teléfono fijo y móvil deberá ser registrado con el Inspector Técnico en el Depto. Salud.
4.2.- El conductor, incluido en el suministro del servicio, deberá contar con licencia de conducir de acuerdo al tipo de vehículo a su cargo (de preferencia A1, A2, A3 o B). El conductor de reemplazo, si fuera el caso, deberá presentar la licencia de conducir y la hoja de vida de conductor, la que será evaluada por el Inspector Técnico quien podrá rechazarla o aceptarla, sin señalar el motivo. El reemplazo del conductor deberá ser informado al Inspector Técnico, por escrito, adjuntando los antecedentes del conductor que reemplaza.
4.3.- El conductor incluido en el suministro del servicio, deberá presentar su hoja de vida emitido por el Registro Civil.
4.4.-Será obligación del contratista que el conductor del vehículo mantenga disponibles los medios de comunicación informados a la supervisión técnica. Ello significa en la práctica que debe mantener su teléfono celular prendido y/o su teléfono de red fija en funcionamiento. Ello con el fin de que el conductor sea ubicable en cualquier horario.
4.5.- El conductor incluido en el suministro del servicio además de conducir, deberá ayudar en tareas de cargar y descargar del vehículo los enseres que se trasladan ocasionalmente en cumplimiento de los objetivos del servicio, por ejemplo: correspondencia, cilindros de oxigeno de 6, 3, y 0,7 metros cúbicos, bultos de medicamentos e insumos. El director o coordinador evaluará la pertinencia de designar un funcionario que acompañe el traslado de algún bien que considere de cuidado.
4.6.- El Contratista será responsable directo de las cancelaciones de su personal, por concepto de sueldos, salarios y leyes sociales. La Ilustre Municipalidad de Ovalle, no tendrá vínculo alguno con dicho personal.
4.7.-Los conductores y vehículos quedarán sujetos a la inspección o supervisión que podrá realizar el Inspector Técnico en forma esporádica, mensual o cuando éste estime conveniente. De lo observado por el Inspector Técnico se informará al prestador señalándole un plazo prudente para su reparación y conformidad. Las reparaciones deberán efectuarse los días inhábiles evitando la suspensión del servicio. Si la reparación significara la no prestación del servicio por el vehículo adjudicado, deberá este ser reemplazado.
4.8.- Todos los conductores deberán mantener una buena presentación personal y vestir adecuadamente, es decir, calzados cerrados y pantalón largo sobrio. Comportamiento social, moral y ético acorde a las exigencias y características del servicio prestado. De no cumplir con lo requerido, el Inspector Técnico, junto con representar el hecho que lo infringe podrá requerir el cambio del conductor infractor.
4.9.- Los conductores deberán poseer salud compatible para trabajar en el área salud de APS, además debe ser provisto por parte del contratista de los equipos de protección personal. (EPP).
5.- EL VEHÍCULO:
5.1.- Los vehículos requeridos son SEIS camionetas, con chofer y combustible a cargo del oferente adjudicado. Precio Disponible del servicio diario es de $ 75.000.- IVA incluido, cuyos requerimientos son:
Tipo: Camioneta:
Tipo Vehículo : Camioneta 4x2 y/o 4x4, Doble Cabina
Año : 2019 en adelante.
Marca : Existente en el Mercado
Modelo : Existente en el Mercado – doble cabina-
con pick up
Tipo Combustible : Diésel o gasolina
5.2.- El móvil ofertado deben cumplir con las siguientes características generales:
a) Que se encuentren en perfectas condiciones mecánicas y físicas, es decir deberá presentar un excelente estado mecánico, especialmente en lo que se refiere a dirección, frenos, amortiguadores y luces. Además, al momento del inicio del servicio deberá contar con neumáticos, incluido el de repuesto con un mínimo de 5mm. de profundidad de dibujo. Que incluya barra o antivuelco para carga de madera y fierro en su carrocería, además de soga o cordel para amarre, lenga o similar.
b) Los vehículos deberán contar con seguro obligatorio y seguro por daños propios, revisión técnica al día, permiso de circulación vigente.
c) El vehículo deberá estar acondicionado según las normas de seguridad con sus respectivos cinturones de seguridad, con juego de herramientas y rueda de repuesto, extintor, botiquín, señalizaciones y todas aquellas condiciones que exige la Ley de Tránsito y sus reglamentos.
5.3.- Una vez adjudicado el vehículo y al momento de la celebración del contrato deberá:
a) Contar con un distintivo especial, que consistirá en un sello indeleble, de forma circular, de 15 centímetros de diámetro, en colores azul y blanco, insertándose en su interior las palabras “Vehículo de uso Estatal”, y en el centro un escudo de color azul fuerte. Este sello deberá ser adherido en la parte inferior derecha del parabrisas. Dicho distintivo o sello, será confeccionado por la Casa de Moneda de Chile y deberá ser adquirido por la Municipalidad, entregado a contratista y devuelto al término del contrato. Este distintivo podrá ser solicitado por el Inspector Técnico o Director del establecimiento los días que no preste servicios
5.4.- Los trabajos de mantención y aseo del vehículo, el contratista deberá ejecutarlos fuera del horario de trabajo.
5.5.- En el caso de sufrir cualquier desperfecto técnico o mecánico el contratista deberá suplir o reemplazar el servicio con un vehículo de igual o superiores características que el vehículo adjudicado. En lo pertinente al cambio deberá el Inspector Técnico certificar e informa previamente lo referido a éste. De no cumplir con los requisitos solicitados el vehículo no prestará el servicio.
5.6.- Todo vehículo y su conductor quedará sujeto a cambio o modificaciones en sus labores o cometidos si son requeridos. La destinación del vehículo quedará a cargo de la Jefatura del Departamento de Salud, según lo considere.
5.7.- Será de cargo del contratista el suministro de todos los repuestos, mantenciones, reparaciones, provisión de elementos necesarios y renovación de documentación y permisos necesarios para la correcta ejecución del contrato de suministro.
5.8.- El vehículo deberá contar con Seguro Obligatorio y Seguro con cobertura de Accidentes Personales y/o Contra Terceros (Responsabilidad Civil), la póliza debe indicar expresamente que el vehículo está en arriendo para la Ilustre Municipalidad de Ovalle, el contratista se obliga a entregar la presente póliza en el plazo de 15 días hábiles contados desde la fecha de firma del contrato. La póliza contendrá en forma específica dentro de la glosa correspondiente la materia asegurada, la individualización de la Propuesta Pública, y los daños e indemnizaciones asegurados sin exclusiones en cuanto al origen de esos daños y sin deducibles de ninguna especie, y la singularización de la placa patente del vehículo. De producirse daños a terceros por montos que superen el valor de la póliza contratada, el contratista será el único responsable pecuniariamente de las diferencias entre el monto de la póliza y los daños que efectivamente deban ser indemnizados o reparados, de no cumplir con ésta obligación, se hará efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato para cubrir la diferencia. En todo caso la vigencia de los seguros deberá cubrir la totalidad del período por el que se extiende el contrato de suministro, siendo responsabilidad del contratista su renovación inmediata si es que se produjere su vencimiento dentro del período del contrato. El contrato de seguro por daños propios deberá estar vigente por todo el período, debiendo acompañar con las respectivas facturas el certificado de pago mensual o anual que demuestre su vigencia.
5.9.- El contratista será responsable de todas las infracciones que cometiere el conductor del vehículo en contra de la Legislación, las Ordenanzas o Reglamentos y será directamente responsable de los daños y perjuicios que él o sus dependientes causaren a la Municipalidad de Ovalle, a sus funcionarios o a terceros.
5.10.- Todos los gastos de estacionamientos y peajes de traslados en cumplimiento del servicio contratado, fuera de la comuna, deberán ser cancelados con fondos municipales (gastos menores) y el conductor del prestador deberá al regreso de la jornada rendir con las boletas respectivas al director o coordinador del establecimiento de salud el pago respectivo.
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