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1.-
El plazo de entrega total y definitiva de los servicios días hábiles, corresponderá al ofertado por el proveedor adjudicado en el ECONOMICON°6.
El inicio del plazo de entrega de los servicios se contará desde el día siguiente de la aceptación de la Orden de Compra enviada al adjudicado a través del portal www.mercadopublico.cl.
Modificación de plazo:
Cualquier atraso que ponga en riesgo el cumplimiento del plazo de entrega de los servicios contratados y que tenga su origen en algún caso fortuito o de fuerza mayor no imputable al proveedor adjudicado, deberá ser informado oportunamente al Departamento de Salud e Higiene Ambiental de la Ilustre Municipalidad de Ovalle a través del al mail de contacto establecido en la ficha de la presente licitación, solicitando la prórroga del plazo que estime necesario. En todo caso, la solicitud deberá formularse antes de la fecha de entrega ofertada originalmente por el proveedor adjudicado.
La unidad requirente procederá a estudiar las causas invocadas para solicitar la prórroga y comunicará oportunamente al proveedor el rechazo o aceptación de esta solicitud y el plazo que se concede.
El aumento del plazo de entrega, no implicará un aumento de precio del Servicio adjudicado.
EL LUGAR DE ENTREGA de las especies, previa coordinación con el Inspector Técnico: Gabriela Mistral N°41, Ovalle.
ARTICULO N°27 INSPECCIÓN TÉCNICA
Para todos los efectos de este proceso licitatorio se entenderá por Inspector Técnico a él o los funcionarios a quien la Municipalidad le haya encomendado la supervisión de los Servicios licitados, su entrega y, en general, supervigilar el cumplimiento del contrato. Desempeñará esta función un funcionario que a través de un Decreto Alcaldicio indicando el nombre del Inspector Técnico.
El contratista quedará en todo momento supeditado a las órdenes que le imparta la Inspección Técnica y deberá cumplir siempre con los plazos establecidos por ésta.
Los Servicios serán recibidos por parte de la Inspección Técnica, al finalizar la entrega de los servicios emitirá un acta de recepción final y dar por finalizada la Licitación. La Municipalidad de Ovalle designa al inspector técnico, para que vigile la entrega del servicio, el cual será el único nexo entre la Municipalidad y el Adjudicado. Deberá entre otras funciones: Formular todas las observaciones que merezca la ejecución de los servicios, calidad de los servicios y cualquiera otra cosa que estime necesaria, interpretar las especificaciones técnicas y de las especificaciones técnicas, gestionar modificaciones contractuales y aplicación de multas. En consecuencia, el Inspector Técnico estará facultado para exigir al adjudicado el cumplimiento estricto de las bases en el evento de que este no se esté ajustando en su totalidad a lo prescrito por estas. Como asimismo dar estricto cumplimiento a lo establecido en relación a la renovación de garantías. No obstante, las facultades entregadas al Inspector Técnico es su función informar al mandante el grado de cumplimiento del contrato por parte del prestador.
ARTICULO N°28 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
En términos generales el prestador será responsable de:
29.1.- Dar cumplimiento a todas las obligaciones impuestas en el contrato.
29.2.- El contratista responderá ante la Municipalidad, no sólo de sus propias acciones, sino también de los hechos de los que estuvieren bajo su cuidado y responsabilidad y de las personas que hubiere contratado o subcontratado, directa o indirectamente, todo de conformidad a lo establecido en el Título XXXV del Libro IV del Código Civil.
29.3.- Prohibiciones: Se prohíbe absolutamente a los proponentes ceder o traspasar, parcial o totalmente, a cualquier título, el o los contratos definitivos, que con ocasión de la presente licitación suscribieron con la Municipalidad y/o los derechos y obligaciones que asuman en virtud de la presente propuesta pública. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.
No obstante, excepcionalmente y con autorización escrita de la Municipalidad podrá realizar subcontrataciones para la ejecución de parte del contrato, pero manteniéndose el Contratista como único y exclusivo responsable ante la I. Municipalidad de Ovalle.
29.4.- Obligaciones del Contratista:
Serán obligaciones del Contratista, sin que la enumeración sea taxativa, las siguientes:
a. Ejecutar cabalmente los Servicios adjudicados de acuerdo a lo señalado en los términos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas, en su oferta y demás documentación de la presente licitación y durante toda la vigencia del contrato y subsanar cualquier defecto que en el desarrollo de este se presente.
b. Cumplir las instrucciones impartidas por el Inspector Técnico del Servicio.
c. La presentación, en tiempo y forma, de la documentación necesaria para tramitar el pago del Servicio.
d. Cumplir con las disposiciones legales vigentes en materias laborales de protección a los trabajadores, contenidas en el Código del Trabajo y otros cuerpos legales que regulan las relaciones con los trabajadores.
e. Dar estricto cumplimiento a las normas legales y reglamentarias sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, además deberá velar por la seguridad del personal que desarrolla los trabajos, tomando todas las medidas correspondientes, de forma tal de prever cualquier accidente.
f. Efectuar oportunamente el pago de las remuneraciones, salarios, jornales, de las indemnizaciones, retenciones, aportes y contribuciones legales y/o convencionales y de toda otra obligación vinculada con la relación laboral o de índole previsional del personal que se encuentre bajo su subordinación y dependencia, de conformidad con el derecho vigente Además deberá dar cumplimiento a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes en materia laboral; de seguridad social, previsional, tributaria y de seguridad e higiene en el trabajo (Artículo 184y siguientes del Código del Trabajo; Ley 16.744,Decreto N°40 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social),y demás normas aplicables.
Especialmente, el Contratista deberá mantenerse al día en el pago de las imposiciones Previsionales y aportes para seguros de accidentes del trabajo para todo su personal. En caso que el Contratista no acredite encontrarse al día en el cumplimiento de estas obligaciones o cometa infracción a las disposiciones sobre seguridad, por parte del personal técnico designado por el y sin perjuicio de otros derechos, la Municipalidad podrá suspender el pago de los servicios, hasta la normalización de las obligaciones que aparezcan morosas.
La ignorancia o el error con respecto a estas normas no será atenuante ni eximente de responsabilidad alguna. Ante el solo requerimiento del I.T.S. El contratista deberá acreditar el cumplimiento de los establecido en este punto, pudiendo el municipio retener el pago, hasta que se hayan presentados los comprobantes respectivos.
ARTICULO N°29 REPRESENTANTE DEL PRESTADOR ADJUDICADO
El Oferente Adjudicado deberá designar una persona que lo represente, para los efectos del contrato, el que tendrá la responsabilidad de la conducción del servicio, y será el nexo con la Inspección Técnica.
ARTICULO N°30 RECEPCIÓN CONFORME
La recepción de los productos; Es el acto mediante el cual se verificará la efectividad de los servicios realizados por el prestador. Este hecho deberá ser recibido conforme por el Inspector Técnico.
ARTICULO Nº31 FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El Inspector Técnico comunicará al prestador la conformidad de los servicios prestados, solo luego de ello, el proveedor podrá emitir la factura correspondiente.
El pago se efectuará dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de emisión de la factura (Documento Tributario Electrónico debe ser emitido con condición de pago al CRÉDITO), para darle eficacia normativa de la Ley N° 21.131 (pago oportuno a 30 días) y la Ley N° 19.983 (acuse de recibo por mercaderías o servicios prestados en conformidad); o del respectivo instrumento tributario de cobro por parte del proveedor adjudicado, por cada uno de los meses de la vigencia del contrato, de la que deberá ser emitida una vez que el Inspector Técnico certifique la recepción conforme total y definitiva, firmada por el Inspector Técnico, para lo anterior deberá contar con la coordinación previa entre el representante de la empresa adjudicada y el Inspector Técnico.
La Recepción conforme total y definitiva, constará en la correspondiente acta que dará cuenta de ello.
Junto con la factura de cobro de los servicios, el contratista deberá acompañar un certificado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores, si corresponde.
Las facturas deben ser entregadas en Oficinas del Departamento de Salud e Higiene Ambiental, ubicado en calle Gabriela Mistral 055 Ovalle. Dichos documentos deben venir sin enmendaduras, legible y detallando expresamente la prestación de los servicios y su valoración.
El proveedor adjudicado deberá adjuntar a la factura la respectiva orden de compra para el trámite de pago.
La Unidad Requirente podrá reclamar del contenido de la factura dentro del plazo de 8 días contados, desde la emisión de la factura. Vencido este plazo, se entenderá que la factura ha sido irrevocablemente aceptada de acuerdo al artículo 3° de la Ley N°19.983.
La factura deberá ser emitida a nombre de:
FACTURACIÓN A NOMBRE : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE OVALLE
DOMICILIO : AVDA. ARIZTIA PONIENTE N°7, OVALLE
R.U.T. : 69.040.700-0
Una vez aceptada la orden de compra a través del portal www.mercadopublico.cl y en la eventualidad que el proveedor adjudicado ceda el crédito a un factoring, deberá comunicar dicha situación en forma expresa y con la debida antelación a la Municipalidad de Ovalle, quien a su vez deberá enviar conjuntamente con la factura, el contrato de cesión de crédito con el factoring, suscrito ante Notario Público.
En caso contrario, esto es, cuando el crédito no esté factorizado o cedido, la unidad requirente deberá adjuntar al estado de pago la factura respectiva incluyendo la cuarta copia denominada cuadruplicado: cobro ejecutivo cedible de manera de tener la certeza que el proveedor no ha suscrito factoring o cesión de crédito.
El adjudicado que emita una factura electrónica, y que sea factorizada o cedida, estará obligado a inscribir dicha factorización o cesión de crédito en el “Registro Público Electrónico de Transferencia de Créditos” contenidas en link facturas electrónicas que lleva el SII.
Cabe señalar que, junto con la entrega de la factura, el adjudicatario deberá entregar los certificados de las respectivas instituciones previsionales o la Inspección del Trabajo, que acrediten que se encuentra al día en el pago de las prestaciones previsionales y remuneraciones de todo su personal. En caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el monto será rebajado de la factura.
Para dar curso efectivo al pago de la factura, se deberá contar con la siguiente documentación:
- Factura (incluida la copia cedible, en caso que no se encuentre factorizada)
- Orden de compra aceptada por el proveedor.
- Acta de recepción total y definitiva, conforme de Inspector Técnico o Subrogante
- Certificado Formulario 30-1 de la inspección del trabajo que señale que no hay deudas previsionales de sus trabajadores. Documento el cual deberá verificar el Inspector Técnico en la página WEB del servicio.
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