1.-
19.4 OFERTA TÉCNICA
19.4.1 OFERTA A PRESENTAR POR EL PROVEEDOR (común para todas las líneas, excluyentes del proceso si no se cumplen)
La empresa adjudicada queda obligada a proporcionar directamente la prestación de servicios, a realizarse en las instalaciones del oferente, de acuerdo a las necesidades del Servicio Odontológico Prótesis Removibles APS 2023, del Departamento de Salud de Ovalle.
Los oferentes deberán señalar explícitamente en cada una de las características requeridas en el Formulario N°5, si dan o no cumplimiento a lo solicitado, especificando con la información complementaria requerida, señalando ubicación en archivo de referencia para la obtención de puntaje en la característica.
“Cada vez, que no señale explícitamente el cumplimiento de una característica y su información complementaria requerida, se considerará como "incumplimiento", por lo que, no se obtendrá el puntaje asignado. Será inválido todo Formulario Nº5 que sea alterado de forma unilateral por el oferente respecto del documento original publicado. Todo lo declarado en el Formulario Oferta N°5 será exigible al proveedor”.
Asimismo, los oferentes deberán considerar en su oferta el ingreso de los certificados y demás antecedentes requeridos en el Formulario N°5, los cuales formarán parte de la oferta técnica.
19.4.2 Requisitos técnicos Exigibles para la realización del servicio.
- Prótesis removibles de menor complejidad realizadas por odontólogos generales capacitados o Especialistas en Rehabilitación oral, mediante la confección de prótesis removibles acrílicas, en pacientes desdentados parciales o totales, que pueden ser tratados con técnicas prostodóncicas convencionales.
- Al adjudicado se le entregara una ficha clínica que contenga datos personales, centro de procedencia, diagnóstico de la condición periodontal del usuario, evaluar solicitar radiografía, eliminación y/o corrección de factores locales, pulido radicular si fuera necesario y todo el tratamiento no quirúrgico que se requiera, junto a una terapia de mantención con al menos 2 controles periodontales, registrado en evoluciones. Esta ficha clínica deberá ser enviada al correo valentinamunoz@departamentodesaludovalle.cl, para revisión antes de iniciar los tratamientos. Una vez finalizado el tratamiento se deberá enviar ficha clínica completa al correo mencionado. Una vez adjudicada la licitación el Inspector Técnico remitirá el formato mínimo de ficha clínica que deberá ser implementada y remitida.
- Una vez que el usuario ha pasado la primera consulta y es ingresado a tratamiento, deberá firmar un documento que establezca un compromiso y responsabilidad por parte del paciente para mantener su atención (se enviará formato de aceptación e ingreso a tratamiento).
- Si un usuario no asiste a la atención programada de ingreso, sin previo aviso, se dará una segunda citación, si no asiste por segunda vez seguida, se procederá a asignar otro cupo (nuevo usuario) para concretar el respectivo ingreso.
- Si el usuario presenta tres inasistencias al tratamiento sin justificación, se asignará otro cupo.
- Estas inasistencias deben quedar consignada en la ficha clínica como NSP (no se presenta) con la fecha correspondiente.
- Se realiza tratamiento de rehabilitación oral mediante la confección de prótesis removible acrílica, en pacientes que cumplan con los criterios de referencia locales. El paciente seleccionado debe tener previamente el tratamiento de APS finalizado, lo que incluye: instrucción de higiene oral, ausencia de enfermedad periodontal activa con su terapia de mantención correspondiente y ausencia de caries.
- Posterior a la instalación de la(s) prótesis removibles se debe realizar al menos 2 controles.
- IMPORTANTE: El plazo de ejecución de este convenio será hasta el 15 de diciembre del 2023, lo anterior corresponde según la línea adjudicada por parte del oferente, es decir, línea 1: 58 prótesis instaladas con 2 controles post instalación; Línea 2: 57 prótesis instaladas con 2 controles post instalación, razón por la cual no se podrá realizar ingresos posteriores al 15 de diciembre de 2023. Al finalizar el tratamiento el encargado comunal realizará el catastro y evolución en sistema AVIS correspondiente a ficha clínica realizada por prestador externo quien entregue el servicio, la cual, será digitalizada para presentar registro en sistema de APS. Podrá a su vez, constatar mediante llamado telefónico aleatorio según el listado de altas pertinentes sobre la conformidad de tratamiento por parte de los usuarios beneficiarios.
19.4.3.- REQUISITOS DE CALIDAD PARA LA EJECUCION Y EVALUACION DEL PROGRAMA. Son de carácter obligatorio para la ejecución del programa.
1. El Prestador deberá contar con Clínica o Consulta Odontológica con Resolución Sanitaria Vigente, para garantizar la calidad en la atención.
2. Registro completo en Ficha Clínica Odontológica en formato digital.
3. Todo paciente debe tener firmado su consentimiento informado, que está de acuerdo con el Plan de Tratamiento propuesto.
4. Todo usuario recibirá mínimo 2 controles posteriores a la entrega de prótesis.
5. Se debe enviar un reporte semanal de los pacientes inasistentes a los tratamientos. (Con nombre y rutificado)
6. Todo paciente debe recibir buen trato, atención oportuna, anamnesis completa, aplicación de medidas de bioseguridad según norma, examen clínico oral Completo.
7. Se deberá otorgar a todos los tratamientos una garantía mínima de 1 año, luego del alta del paciente, registrado en la ficha clínica. Esto deberá ser especificado en la postulación.
8. El pago se realizará adjuntando la ficha clínica odontológica del paciente dado de alta, con los requisitos mencionados en el punto 19.4.2.
19.4.4.- OBLIGACIONES DEL PRESTADOR.
1. El prestador debe acreditar profesión de Cirujano Dentista y/o Rehabilitador Oral, con título reconocido en Chile e inscripción en la Superintendencia de Salud.
2. La consulta privada debe estar en la ciudad de Ovalle, de preferencia en lugar céntrico y que facilite el acceso a los usuarios. Debe contemplar recepcionista y teléfono fijo.
3. Copia de Resolución de Autorización Sanitaria vigente de consulta o centro médico, en caso de arriendar adjuntar contrato de arriendo vigente al menos 31 de diciembre 2023.
4. El prestador deberá costear el trabajo del asistente dental y los insumos necesarios.
5. El prestador deberá señalar la disponibilidad de horarios, idealmente de Lunes a Viernes de 9:00 a 19:00 horas (ambas horas inclusive), pudiendo dar atención los días Sábados de 9:00 a 19:00 hrs (ambas horas inclusive). Se debe asegurar la atención preferencial para los pacientes del sector rural que solo tiene acceso a locomoción los días Lunes, Miércoles y Viernes de 9:00 a 14:00 horas (ambas horas inclusive).
6. El prestador deberá adjuntar un cronograma en la oferta, que consigne horarios, fecha de inicio y número de altas mensuales proyectadas, el cual se evaluará en la oferta. Deberá dejar establecidos los días de ingresos con sus respectivos horarios, con la finalidad de enviar desde el DESAM los pacientes citados.
19.4.5.- GARANTÍA Y RESPONSABILIDAD EN CASO DE DAÑOS.
1. La garantía de servicio odontológico, no podrá ser inferior a un año, contado desde la fecha del alta del beneficiario.
2. Todo daño de cualquier naturaleza que, en el contexto de la ejecución del contrato, se ocasione a algún beneficiario de éste, ya sea por acción o por omisión, éste será de exclusiva responsabilidad del prestador.
3. De acuerdo a la legislación vigente, la Municipalidad no pagará al contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones en que deba incurrir producto de lo estipulado en este párrafo.
19.4.6. Sustitución de Recurso Humanos
Al momento del inicio de las prestaciones adjudicadas a un determinado oferente, en relación al Recurso Humano presentando en la oferta técnica, si por causa de razones de fuerza mayor no continua como parte del equipo de trabajo algunos de los profesionales informados al inicio o durante la ejecución del servicio, debe comunicar por medio escrito formal dentro de las 24 hrs. al Inspector Técnico de la licitación indicada, la causal por la cual no continuará el profesional antes indicado, además debe ser reemplazado por otro profesional que cuente con los mismos requisitos de las presentes bases. Lo anterior, solo es aplicable en relación a RRHH y en caso excepcional donde profesional indique su inhabilidad. El plazo de reemplazo no deberá ser mayor a tres días hábiles, contados desde el requerimiento formal escrito del Inspector Técnico. Si transcurrido el plazo no se da cumplimiento a lo requerido se pondrá considerar por el municipio poner término del contrato procediendo, en tal caso, al cobro de la garantía del fiel cumplimiento de contrato.
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