Licitación ID: 272-4-LE25
LEVANTAMIENTO Y DIAGNÓSTICO COMUNIDAD DE AGUAS
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DEL MINISTERIO DE AGRICULT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 8
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Productos o servicios
1
Servicios de asesoría de riego 1 Unidad
Cod: 70171708
LEVANTAMIENTO Y DIAGNÓSTICO COMUNIDAD DE AGUAS CANAL CHILE CHICO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE MEJORAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO INTRA Y EXTRAPREDIAL  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LEVANTAMIENTO Y DIAGNÓSTICO COMUNIDAD DE AGUAS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Desarrollar un estudio básico de levantamiento y diagnóstico que genere los elementos técnicos necesarios para evaluar el estado actual de la infraestructura de riego, tanto asociativa extrapredial como individual intrapredial, en la cuenca del río Jenimeni, que abastece a la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico, a lo largo de aproximadamente 10 km de canal principal y sus derivados. El estudio deberá emplear tecnologías geoespaciales, sensores remotos y análisis multitemporal, elaborando planimetrías e informes técnicos que identifiquen la infraestructura existente y proyecten futuros desarrollos de riego asociativo, considerando clima, suelos, recursos hídricos superficiales y una caracterización ambiental del territorio. Los resultados deberán generarse con instrumentos de alta precisión y entregarse mediante una plataforma online interactiva, accesible para diversos perfiles de usuario, que facilite la toma de decisiones, la planificación de intervenciones y la prevención de riesgos hídricos yo ambientales.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SEREMI XI Región
R.U.T.:
61.301.000-9
Dirección:
AV OGANA 1060
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-12-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 19-12-2025 16:27:39
Fecha inicio de preguntas: 19-12-2025 18:01:00
Fecha final de preguntas: 23-12-2025 19:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-12-2025 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-12-2025 15:10:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-12-2025 15:10:00
Fecha de Adjudicación: 22-01-2026 12:37:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información deben acompañarse en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto: a) Persona Jurídica: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa, vigente. iii. Constitución de la Sociedad / certificado de vigencia con al menos 60 días de vigencia. iv. Certificado de vigencia de la personería del representante legal. v. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) b) Persona Natural: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad. ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII. iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones). c) Personas Jurídicas Régimen simplificado: Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45, de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad: i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente. ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa, vigente. iii. Certificado de Estatuto Actualizado. iv. Certificado de Vigencia. v. Certificado de Anotaciones. vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) Los oferentes que se encuentren inscritos y hábiles en el registro de proveedores podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formule los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deberán encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información.   d) Unión Temporal de Proveedores (UTP): La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente: a) La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño. b) Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c) Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d) Debe materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por Lo an-terior en los términos previstos en los artículos 180 y 181 del Reglamento de la Ley de Compras. En todos los casos, la modalidad de formalización deberá asegurar la claridad de los compromisos asumidos, el resguardo del interés fiscal y el cumplimiento íntegro de las condiciones establecidas en las bases de licitación y en la oferta adjudicada. Instrumento público simplificado, como una escritura reducida ante notario (sin necesidad de protocolización); o Instrumento privado, esto es, un contrato suscrito directamente entre las partes sin intervención notarial. En todos los casos, la modalidad de formalización deberá asegurar la claridad de los compromisos asumidos, el resguardo del interés fiscal y el cumplimiento íntegro de las condiciones establecidas en las bases de licitación y en la oferta adjudicada. e) Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad li-citante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficien-tes para representarlos en conjunto. En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente el Anexo N° 8 dispuesto para ello en el consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas. Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen. Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”. Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente los campos previstos en la plataforma para dichos efectos), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración lo previsto en el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado”: Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta. En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada. La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta. Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 8, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar. Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas. Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que: -El Anexo N° 8 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. - Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP. - Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato. Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución. La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta. En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato. Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
Documentos Técnicos
1.- Quienes oferten, inscritos o no en el registro electrónico de proveedores del Estado de www.mercadopublico.cl, deben suscribir la nueva declaración jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, éste último sólo si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos, si fuera necesario.
 
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉCNICA METODOLOGÍA DEL PLAN DE TRABAJO 25 COHERENCIA CARTA GANTT 15 EQUIPO DE TRABAJO PROPUESTO 30 70%
2 ADMINISTRATIVOS CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 3 POLÍTICA DE INCLUSIÓN LABORAL Y/O DE GÉNERO 5 PROGRAMA DE INTEGRIDAD 2 10%
3 Oferta Económica Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes, correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: EXTRAPRESUPUESTARIO
Monto Total Estimado: 45000000
Justificación del monto estimado Presupuesto máximo disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 100 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: JULITA BARRIENTOS
e-mail de responsable de pago: julita.barrientos@minagri.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL
e-mail de responsable de contrato: compras@minagri.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-23935019-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar, con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta una cuantía equivalente al 20% de la totalidad del precio del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Seremi, con
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
SSi quien se adjudique desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no pierde la habilidad para contratar con el Estado en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien resulte adjudicadoa, facultará a la SEREMI para dejar sin efecto la adjudicación y Re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora. itación.
Bases Administrativas
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BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA: “LEVANTAMIENTO Y DIAGNÓSTICO COMUNIDAD DE AGUAS CANAL CHILE CHICO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE MEJORAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO INTRA Y EXTRAPREDIAL

I.-         BASES ADMINISTRATIVAS

  1. LICITANTE:

Razón Social                          : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura.

Unidad de Compra                 : Secretaría Regional Ministerial de la Región de Aysén.

RUT                                        : 61.301.000-9

Dirección                                : Avenida Ogana N°1.060.

Ciudad                                    : Coyhaique.

Región                                    : De Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.

  1. ENCARGADO/A DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:

Nombre                                  : Karin Kutchartt Duarte

Cargo                                     : Asistente Administrativo de Apoyo

E-mail                                     : karin.kutchartt@minagri.gob.cl

Tipo de Adquisición                : Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM (LE)

Tipo de Convocatoria             : Abierta

Tipo de Adjudicación              : Simple con emisión automática de orden de compra

Moneda                                  : Pesos Chilenos

Líneas                                    : Una línea de producto

Etapas                                    : Una Etapa

Publicidad de las Ofertas    : La SEREMI dispone en este acto que las propuestas técnicas de los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.

  1. SERVICIO SOLICITADO

3.1.  Nombre de la adquisición: levantamiento y diagnóstico comunidad de aguas canal chile chico para la elaboración de un plan de mejoramiento a la infraestructura de riego intra y extrapredial.

3.2.  Objetivo de la adquisición: Desarrollar un estudio básico de levantamiento y diagnóstico que genere los elementos técnicos necesarios para evaluar el estado actual de la infraestructura de riego, tanto asociativa (extrapredial) como individual (intrapredial), en la cuenca del río Jenimeni, que abastece a la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico, a lo largo de aproximadamente 10 km de canal principal y sus derivados. El estudio deberá emplear tecnologías geoespaciales, sensores remotos y análisis multitemporal, elaborando planimetrías e informes técnicos que identifiquen la infraestructura existente y proyecten futuros desarrollos de riego asociativo, considerando clima, suelos, recursos hídricos superficiales y una caracterización ambiental del territorio. Los resultados deberán generarse con instrumentos de alta precisión y entregarse mediante una plataforma online interactiva, accesible para diversos perfiles de usuario, que facilite la toma de decisiones, la planificación de intervenciones y la prevención de riesgos hídricos y/o ambientales.

  1. NORMATIVA

La presente licitación pública se rige por la ley Nº19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su reglamento, y estas bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas, además de sus correspondientes anexos.

Las presentes bases son obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.

La normativa y documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente licitación, junto a los siguientes antecedentes:

  • Las correspondientes ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
  • Los antecedentes administrativos y legales solicitados a cada postulante
  • Las consultas a las Bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas por la SEREMI.

  • Las aclaraciones y modificaciones que se efectúen a las Bases por iniciativa de la SEREMI o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
  • Las aclaraciones a las ofertas que solicite la SEREMI, durante el proceso de evaluación de ofertas.

  1. DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR

5.1.          ANTECEDENTES LEGALES

Los siguientes documentos, si ellos no se encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información deben acompañarse en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule, como documento adjunto:

a)     Persona Jurídica:

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

    ii.     Fotocopia simple de RUT de la Empresa, vigente.

  iii.     Constitución de la Sociedad / certificado de vigencia con al menos 60 días de vigencia.

  iv.     Certificado de vigencia de la personería del representante legal.

   v.     Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

b)     Persona Natural:

 

     i.    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad.

    ii.     Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

  iii.     Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones).

c)     Personas Jurídicas Régimen simplificado:

 

Las personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45, de 2013, de la Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades, suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:

       i.      Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal, vigente.

      ii.      Fotocopia simple de RUT de la Empresa, vigente.

    iii.      Certificado de Estatuto Actualizado.

    iv.      Certificado de Vigencia.

     v.      Certificado de Anotaciones.

    vi.      Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones)

Los oferentes que se encuentren inscritos y hábiles en el registro de proveedores podrán exceptuarse de adjuntar en la propuesta que formule los documentos señalados en los numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes. Sin perjuicio de lo anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en este párrafo deberán encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de información.


d)     Unión Temporal de Proveedores (UTP):

 

La Unión Temporal de Proveedores deberá dar cumplimiento a lo siguiente:

 

a)     La UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.

b)     Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.

c)     Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.

d)     Debe materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por Lo anterior en los términos previstos en los artículos 180 y 181 del Reglamento de la Ley de Compras.

En todos los casos, la modalidad de formalización deberá asegurar la claridad de los compromisos asumidos, el resguardo del interés fiscal y el cumplimiento íntegro de las condiciones establecidas en las bases de licitación y en la oferta adjudicada.

Instrumento público simplificado, como una escritura reducida ante notario (sin necesidad de protocolización); o Instrumento privado, esto es, un contrato suscrito directamente entre las partes sin intervención notarial.

En todos los casos, la modalidad de formalización deberá asegurar la claridad de los compromisos asumidos, el resguardo del interés fiscal y el cumplimiento íntegro de las condiciones establecidas en las bases de licitación y en la oferta adjudicada.

e)     Los proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.

En caso de tratarse de una UTP, se debe presentar obligatoriamente el Anexo N° 8 dispuesto para ello en el consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.

Se hace presente que la UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema de información, marcando la opción que corresponde y en dicha funcionalidad incluir las razones sociales que la componen.

Ante cualquier incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.

Quien oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha modalidad (utilizando adecuadamente los campos previstos en la plataforma para dichos efectos), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración lo previsto en el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado”:

Es necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.

En caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha oferta deberá ser rechazada.

La UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.

Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la propuesta.

Las UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se adjunta como Anexo N° 8, debidamente firmada por el representante legal del proponente, al momento de ofertar.

Se requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de identidad de cada uno de ellos o ellas.

Debe tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:

 -El Anexo N° 8 debe incluir la descripción e individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación.

- Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.

- Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual, al momento de la suscripción del contrato.

Quienes oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución.

La Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta.

En caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación, reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato.

Todos quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y 35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.

 

5.2.          PRESENTACIÓN DE ANEXOS

Quienes oferten, inscritos o no en el registro electrónico de proveedores del Estado de www.mercadopublico.cl, deben suscribir la nueva declaración jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los Anexos N°s 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8, éste último sólo si corresponde, más los documentos que acompañen cada uno de ellos, si fuera necesario.

  1. PACTO DE INTEGRIDAD

 

Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, quien oferte acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

1     Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

2     Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.

3     Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

4     Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

5     Quien oferte manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

6     Quien oferte se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

7     Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

8     Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

  1. PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA

a)  Recepción de ofertas y cierre de postulaciones: hasta las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de Licitación.

b) Acto de apertura electrónica: a las 15:10 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de Licitación.

Excepcionalmente podrán efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes, en los términos que informe, excepcionalmente, la Entidad licitante.

Quienes oferten podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente al efecto.

c)  Preguntas sobre las bases: los proponentes podrán realizar consultas y/o aclaraciones a las bases únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl hasta las 19:00 horas del cuarto día corrido, contado desde la fecha de publicación de las bases de licitación.

La Seremi dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

d) Publicación de las respuestas a las preguntas sobre las bases: serán publicadas hasta las 18:00 horas del día hábil siguiente contado desde la fecha de cierre del período para hacer consultas.

En circunstancias que las respuestas a las preguntas signifiquen aclaraciones, modificaciones o complemento a las bases, estas se aprobaran mediante el respectivo acto administrativo. Si las respuestas se refieren a información expresamente consignada en el presente pliego de condiciones del proceso de licitación, se entenderán aprobadas con la publicación de estas en los términos y plazos, establecidos en este acto.

e)  Plazo estimado de evaluación: siete días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.

f)   Fecha de adjudicación: la adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el duodécimo día hábil contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas a las 19:00 horas.

g) Cambio en la fecha de adjudicación: si por causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los cinco días hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será debidamente declarado en el acto administrativo de adjudicación.

h) Formalización del contrato: La suscripción del contrato se realizará en el plazo máximo de 10 días corridos contados desde la adjudicación.

 

i)   Contabilización de los días: en caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.

j)   Modificaciones a las bases de licitación: La Subsecretaría podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

  1. VIGENCIA DE LAS OFERTAS

Las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de sus términos.

  1. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

9.1.          COMISIÓN EVALUADORA

Las propuestas serán evaluadas por una comisión evaluadora integrada por tres funcionarios/as de la Seremi y/o de la Subsecretaría, quienes podrán apoyarse técnicamente en los profesionales expertos que sea necesario.

La comisión evaluadora emitirá un informe fundado en los criterios de evaluación, y ponderación de estos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9.2 de las bases de licitación. El informe antes señalado se enviará a la autoridad correspondiente, incluyendo una propuesta de adjudicación.

La Subsecretaría informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el resultado del llamado a licitación.

La comisión evaluadora declarará previo a la apertura de la licitación que no presenta conflictos de interés para participar como equipo evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas. Lo anterior de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley de Compras y Contrataciones, y el artículo 108 del reglamento de la misma ley N°19.886.

Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.

La comisión actuará en los términos previstos en el artículo 57 del reglamento de la ley N°19.886.

En el marco de la ley N°20.730, los/as funcionarios/as de planta o contrata o prestadores de servicios, si los hubiere, que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán transitoriamente sujetos pasivos de la mencionada ley de Lobby.

Quedará prohibido que los integrantes de la Comisión concedan reuniones a terceros (oferentes o no), sobre materias vinculadas a la evaluación.

Finalmente, desde el momento de la apertura de las propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de ésta en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La comisión evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas de la compra.

La integración de la comisión evaluadora se publicará previo a la apertura de las ofertas en el Sistema de Información, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la ley de Compras.

Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita la expedita reunión de sus miembros.

De lo anterior debe dejarse constancia en el acta de evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios electrónicos que correspondan.

9.2.          CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Para la evaluación y calificación de las propuestas, se considerarán los siguientes criterios y pauta de evaluación, con los porcentajes o ponderaciones que se indican:

9.2.1.     CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

ASPECTOS POR MEDIR

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.-Oferta Económica 20%

1.-Precio

20%

2.- Oferta Técnica

70%

2.1.- Propuesta de Trabajo (40%)

40%

2.1.1.- Metodología del Plan de Trabajo

25%

2.1.2. - Coherencia Carta Gantt

15%

2.2. Equipo de Trabajo propuesto (30%)

30%

2.2.1.- Perfil y Experiencia Profesional del Jefe(a) de Consultoría

10%

2.2.2.- Perfil y Experiencia del Equipo de Trabajo

10%

2.2.3.- Formación Académica del equipo de Trabajo

10%

3.-Administrativos

10%

3. Administrativo (10%)

10%

3.1.-Cumplimiento de Requisitos Formales

3%

3.2.-Inclusión Laboral y/o Género

5%

3.3.- Programa de Integridad

2%

9.2.2.     METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN:

1. OFERTA ECONÓMICA (20%)

Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes, correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.

La SEREMI declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo establecido para esta contratación.

 

2.- OFERTA TÉCNICA (70%)

2.1.- PROPUESTA DE TRABAJO (40%)

2.1.1.- METODOLOGÍA DEL PLAN DE TRABAJO (25%)

Para el análisis del subcriterio, se entenderá por metodología del plan de trabajo las técnicas y métodos específicos que se emplearán para lograr los objetivos propuestos y necesarios para llevar a cabo las tareas, así como la definición de herramientas y técnicas de gestión, si procede.

La metodología presentada asegura un 100% de coherencia en el desarrollo y cumplimiento de los objetivos de la consultoría (detallados en el punto 3.2 de estas bases) y es precisa, sistemática e integral, es decir, hace una descripción detallada de las fuentes de información que va a utilizar, de los procedimientos, técnicas e instrumentos considerados y de la organización del equipo para el desarrollo de las actividades, procesos, áreas, unidades, departamentos y ubicaciones físicas, si corresponde.

100

La metodología presentada cumple entre un 80% y 99% de coherencia en el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del trabajo, no es tan precisa, ni sistemática ni integral, es decir, no realiza una descripción tan detallada de las fuentes de información que va a utilizar, ni de los procedimientos, técnicas e instrumentos considerados de la organización del equipo para el desarrollo de las actividades, procesos, áreas, unidades, departamentos y ubicaciones físicas, si corresponde.

70

La metodología presentada cumple entre un 70% y 79% de coherencia en el desarrollo y cumplimiento de los objetivos del trabajo, no es tan precisa, ni sistemática ni integral, es decir, no realiza una descripción tan detallada de las fuentes de información que va a utilizar, ni de los procedimientos, técnicas e instrumentos considerados de la organización del equipo para el desarrollo de las actividades, procesos, áreas, unidades, departamentos y ubicaciones físicas, si corresponde

50

La metodología presentada no cumple con los objetivos del trabajo, no es precisa, ni sistemática ni integral, es decir, no realiza una descripción detallada de las fuentes de información que va a utilizar, ni de los procedimientos, técnicas e instrumentos considerados de la organización del equipo para el desarrollo de las actividades, procesos, áreas, unidades, departamentos y ubicaciones físicas, si corresponde.

0

2.1.2.- COHERENCIA CARTA GANTT (15%)

La Carta Gantt cumple al 100% con describir expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones, actividades y productos a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras.

100

La Carta Gantt cumple entre un 80% al 99% con describir expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones, actividades y productos a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras actividades.

70

La Carta Gantt cumple entre un 70% al 79% con describir expresamente cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones, actividades y productos a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras actividades.

50

La Carta Gantt no cumple expresamente con describir cada actividad a desarrollar en pro del cumplimiento de los objetivos, indicando las acciones, actividades y productos a llevar a cabo como entrevistas, grupos focales, encuestas, análisis documental – normativo, entre otras actividades.

0

2.2.- EQUIPO DE TRABAJO PROPUESTO (30%)

2.2.1.- PERFIL Y EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL JEFE/A DE CONSULTORÍA (10%)

El Jefe/a de Proyecto acredita 6 o más trabajos, en los últimos 10 años, liderando equipos en el ámbito del levantamiento topográfico, multiespectral y registro fotogramétrico para mapeo y diagnóstico de canales de riego o similares.

100

El Jefe/a de Proyecto acredita 4-5 trabajos, en los últimos 10 años, liderando equipos en el ámbito del levantamiento topográfico, multiespectral y registro fotogramétrico para mapeo y diagnóstico de canales de riego o similares.

80

El Jefe/a de Proyecto acredita hasta 3 trabajos, en los últimos 10 años, liderando equipos en el ámbito del levantamiento topográfico, multiespectral y registro fotogramétrico para mapeo y diagnóstico de canales de riego o similares.

30

El Jefe/a de Proyecto acredita menos de 3 trabajos, en los últimos 10 años, liderando equipos en el ámbito del levantamiento topográfico, multiespectral y registro fotogramétrico para mapeo y diagnóstico de canales de riego o similares.

0

2.2.2.- PERFIL Y EXPERIENCIA DEL EQUIPO DE TRABAJO (10%) (anexo 2)

El 100% del equipo cuenta con profesionales y/o técnicos con la pertinencia y experiencia acreditada en coordinación cartográfica, análisis espacial, elaboración de mapas temáticos, procesamiento de datos topográficos, modelado de superficie, generación de curvas de nivel, diagnóstico y diseño conceptual de soluciones en zonas críticas, análisis hidráulico de infraestructura en canales de regadío, evaluación de riesgos naturales y antrópicos, elaboración de matrices de riesgo e interpretación de índices de vegetación, recomendaciones de manejo y planificación agroambiental,  conforme a los objetivos de la prestación de bienes y/o servicios, con la descripción de sus competencias, responsabilidades y la asignación de sus tareas.

100

El entre el 99% y el 50% del equipo cuenta con profesionales y/o técnicos con la pertinencia y experiencia acreditada en coordinación cartográfica, análisis espacial, elaboración de mapas temáticos, procesamiento de datos topográficos, modelado de superficie, generación de curvas de nivel, diagnóstico y diseño conceptual de soluciones en zonas críticas, análisis hidráulico de infraestructura en canales de regadío, evaluación de riesgos naturales y antrópicos, elaboración de matrices de riesgo e interpretación de índices de vegetación, recomendaciones de manejo y planificación agroambiental,  conforme a los objetivos de la prestación de bienes y/o servicios, con la descripción de sus competencias, responsabilidades y la asignación de sus tareas

70

El entre el 49% y el 30% del equipo cuenta con profesionales y/o técnicos con la pertinencia y experiencia acreditada en coordinación cartográfica, análisis espacial, elaboración de mapas temáticos, procesamiento de datos topográficos, modelado de superficie, generación de curvas de nivel, diagnóstico y diseño conceptual de soluciones en zonas críticas, análisis hidráulico de infraestructura en canales de regadío, evaluación de riesgos naturales y antrópicos, elaboración de matrices de riesgo e interpretación de índices de vegetación, recomendaciones de manejo y planificación agroambiental,  conforme a los objetivos de la prestación de bienes y/o servicios, con la descripción de sus competencias, responsabilidades y la asignación de sus tareas

50

El equipo cuenta con menos del 30% del equipo cuenta con profesionales y/o técnicos con la pertinencia y experiencia acreditada en coordinación cartográfica, análisis espacial, elaboración de mapas temáticos, procesamiento de datos topográficos, modelado de superficie, generación de curvas de nivel, diagnóstico y diseño conceptual de soluciones en zonas críticas, análisis hidráulico de infraestructura en canales de regadío, evaluación de riesgos naturales y antrópicos, elaboración de matrices de riesgo e interpretación de índices de vegetación, recomendaciones de manejo y planificación agroambiental,  conforme a los objetivos de la prestación de bienes y/o servicios, con la descripción de sus competencias, responsabilidades y la asignación de sus tareas.

0

2.2.3.- FORMACIÓN ACADÉMICA DEL EQUIPO DE TRABAJO (10%) (Anexo 3)

Más de 50% del equipo cuenta con estudios de postgrado en áreas de procesamiento de datos terrestres, fotogrametría con drones, curso piloto de drones, geografía y geomática, gestión de riesgos y/o planificación agroambiental.

100

Menos del 50% del equipo cuenta con estudios de postgrado en áreas de procesamiento de datos terrestres, fotogrametría con drones, curso piloto de drones, geografía y geomática, gestión de riesgos y/o planificación agroambiental.

70

Ningún profesional del equipo cuenta con estudios de postgrado en áreas de procesamiento de datos terrestres, fotogrametría con drones, curso piloto de drones, geografía y geomática, gestión de riesgos y/o planificación agroambiental.

50

3.- ADMINISTRATIVOS (10%)

3.1.- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (3%)

Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.

100

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien oferte responde en el plazo que se indica.

50

Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.

50

No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no responde dentro de los plazos establecido cuando se le solicita la aclaración y/o rectificación de la oferta.

0

Los requisitos formales son aquellos requisitos solicitados en las bases de licitación, respecto del cumplimiento con la correcta presentación de la oferta, a saber:

1)         Presentación de Anexos administrativos y Anexos técnicos según formatos.

2)         Consistencia de la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.

3)         Anexos técnicos y documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se solicita.

La omisión, rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo de espera de respuesta de 48 horas desde que se realiza la consulta, la no respuesta por quienes oferten en el plazo establecido incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio, y si el requerimiento de información fuera necesario para completar la evaluación del/la proveedor/a, éste quedará desestimado del proceso de licitación, declarándose su oferta como inadmisible.

3.2.- POLÍTICA DE INCLUSIÓN LABORAL Y/O DE GÉNERO (5%)

Se entenderá por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o género).

Adicionalmente de acuerdo con lo previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:

  • Se entenderá que una empresa promueve la igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la desigualdad de género.

  • Se entenderá que una empresa promueve los liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.

  • Se entenderá que una empresa impulsa la participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y desarrollo en el mercado laboral

El criterio se calculará a partir de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 5:

Factores de inclusión

Materias y contenidos

Medio de verificación

Trabajadores pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias. ***

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**; y

2. Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena otorgado por CONADI.

Para extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho país debidamente legalizados en Chile

Trabajadores en situación de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores, empresas mayores deben cumplir con el requisito legal del 1%).

Quien oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.***

1. Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses**;

2. Inscripción en Registro Nacional de Discapacidad.

Mujeres trabajadoras****

1-Quien oferta es una persona natural de género femenino.

2-Quien oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente General es mujer.

3-Quien oferta demuestra tener una política de inclusión de género a través de la paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres contratadas respecto al total de trabajadores contratados.

4-Quien oferta considera al menos una mujer como integrante del equipo de trabajo permanente para el proyecto.

Se comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:

1. Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).

2. Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes.

3. Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la empresa (debe incluir todas las faenas o todos los certificados por faenas del RUT).

4. Debe indicarse expresamente en la oferta técnica al momento de presentar el equipo de trabajo, singularizando a la integrante mujer.

**Podrá acreditarse el cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de indefinidas.

***Se entenderá cumplido el requisito si quien oferte al menos acredita contar con una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.

**** Para el factor de inclusión mujeres trabajadoras podrá cumplirse con una o más materias, pero sólo se otorgará puntaje por factor específico.

Cuenta con dos o más factores de inclusión laboral y/o de género.

100

Cuenta con un factor de inclusión laboral y/o de género.

70

No cuenta con factores de inclusión laboral y/o de género, o no los acredita según se indica en el cuadro precedente.

0

3.3.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD (2%)

Quienes contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para el/a proveedor/a y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.

Lo anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su propuesta.

Con ese fin, el oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:

  1. Declarar en Anexo N° 1 si cuenta con Programa de integridad

  1. Acompañar, con su oferta, el programa de integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);
  2. Acompañar los antecedentes que den cuenta de que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).

Sólo se asignará puntaje a quienes oferten y cuenten con un programa de integridad que pueda acreditarse que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores, cumpliendo los N°s 1, 2 y 3 precedentes).

Cuenta con programa de integridad difundido al interior de la empresa

100

No cuenta con programa de integridad o no da cuenta que está difundido

0

Si quien oferte es una persona natural obtendrá este puntaje íntegramente.

En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso, recibirán el puntaje íntegro para este criterio.

 

En caso de tratarse de una UTP al menos uno de los integrantes de ésta debe contar con el programa de integridad debidamente difundido en su empresa.

NOTA A LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

ü  Validación de la experiencia:

Experiencia de los integrantes del Equipo de Trabajo: el equipo presentado posee una experiencia (relación ámbito con tiempo de trabajo) en temas similares al licitado. Para evaluar esta dimensión quien oferte debe presentar el currículo vitae de cada integrante del equipo de trabajo que indique el tiempo de experiencia en las materias por la cual es incorporado en el equipo.

La validación de la experiencia del equipo de trabajo debe ser acreditada, al menos, con cualquiera de los siguientes documentos:

  1. Medios de verificación para acreditar la “Experiencia Profesional del Jefe/a de Consultoría” y/o “Experiencia del Equipo de Trabajo”.

  • Certificados Acreditación de Experiencia del Mandante.
  • Contratos de trabajo.
  • Órdenes de compra (aceptadas o con recepción conforme).
  • Facturas o boletas que consignen expresamente los servicios prestados.

  1. Información mínima que deben señalar expresamente la documentación presentada por el oferente para acreditar la “Experiencia Profesional del Jefe/a de Consultoría” y/o “Experiencia del Equipo de Trabajo”.

2.1.  En caso de presentar “Certificados Acreditación de Experiencia del Mandante”, se debe indicar obligatoriamente lo siguiente:

  • Identificación del mandante.
  • Identificación de quien oferta.
  • Monto en pesos chilenos.
  • Fecha y Duración de la prestación de bienes y/o servicios.
  • Descripción del Servicio Prestado u Obra Realizada.
  • Fecha de emisión del documento.

2.2.  En caso de presentar “Contratos de trabajo”, se debe indicar obligatoriamente lo siguiente:

  • Identificación del mandante.
  • Identificación de quien oferta.
  • Monto en pesos chilenos.
  • Fecha y Duración de la prestación de bienes y/o servicios.
  • Descripción del Servicio Prestado u Obra Realizada.
  • Firma de las Partes.

2.3.  En caso de presentar “Órdenes de compra (aceptadas o con recepción conforme)”, se debe indicar obligatoriamente lo siguiente:

  • Copia simple de la(s) orden(es) de compra aceptada(s) o con recepción conforme (período al menos de un año).
  • Identificación del mandante.
  • Identificación de quien oferta.
  • Monto en pesos chilenos.
  • Fecha y Duración de la prestación de bienes y/o servicios.
  • Descripción del Servicio Prestado u Obra Realizada.

2.4.  En caso de presentar “Facturas o boletas que consignen expresamente los servicios prestados”, se debe indicar obligatoriamente lo siguiente:

  • Copia simple de la(s) factura(s) o boleta(s) (período al menos de un año).
  • Identificación del mandante.
  • Identificación de quien oferta.
  • Monto en pesos chilenos.
  • Fecha y Duración de la prestación de bienes y/o servicios.
  • Descripción del Servicio Prestado u Obra Realizada.

9.3.          PUNTAJE MÍNIMO DE ADJUDICACIÓN

La Subsecretaría no adjudicará a ninguna oferta que obtenga menos del 65% del puntaje ponderado total, por lo tanto, el puntaje mínimo de adjudicación será igual o superior a 65%.

9.4.          MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES

En el caso de verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:

  1. En caso de existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes, primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Propuesta de Trabajo”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación en el criterio “Oferta Económica”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación en el subcriterio “Metodología del Plan de Trabajo”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Estructura del Plan de trabajo”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación del criterio “Perfil y experiencia profesional del Jefe/a de Consultoría”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el más alto puntaje ponderado en la evaluación del criterio “Inclusión laboral y/o género”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido el mayor puntaje ponderado en la evaluación del subcriterio “Coherencia de la Carta Gantt”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación del criterio “Cumplimiento de Requisitos formales”.

  1. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la evaluación del criterio “Programa de Integridad”.

10.  En caso de mantenerse el empate, se resolverá por la fecha y hora de ingreso de la oferta en el Sistema de Compras.

9.5.          ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE LICITACIÓN

Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl

La Subsecretaría dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web: www.mercadopublico.cl., dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.

10.  ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

La Subsecretaría exigirá que todos los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.

Solamente en el periodo de evaluación y en los casos que la Subsecretaría lo estime necesario, podrá:

  1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.

  1. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,

  1. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.

Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes.

Existiendo la posibilidad de rectificar los errores u omisiones por parte de los/as proveedores/as, esta se encuentra contemplada en las presentes bases.

Las consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de “Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados deben ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de 48 horas hábiles.

Cabe señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.

La Subsecretaría no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales, los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl, siendo de responsabilidad de cada proveedor/a, proporcionar la información requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases, para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a la Subsecretaría para rechazar las ofertas.

11.  PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

El oferente debe ingresar su oferta técnica a través de los Anexo adjuntos las presentes bases de licitación, así como toda la información que la respalde en formato digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.

 

En caso de existir inconsistencias u omisiones en la información, se aplicará, si procede, lo señalado en el numeral denominado: “Presentación de antecedentes omitidos por los proponentes”, dispuesto en las presentes bases.

12.  COSTOS

Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la SEREMI.

13.  INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS

La Subsecretaría se reserva el derecho a declarar inadmisibles una o más de las ofertas presentadas, en la etapa de apertura de la licitación, cuando éstas no cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes bases de licitación pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.

Serán declarados inadmisibles en el Acto de apertura del proceso, aquellas propuestas que:

-    No presenten o no completen cualquiera de los Anexos N° 1, 2, 3, 4, 6 y 7, todos aprobados en las presentes bases de licitación.

-    No presentar Anexo N° 8 si correspondiera, para casos de postulación de UTP y/o no postular electrónicamente como UTP, si ese fuera el caso.

-    Excedan el presupuesto máximo disponible para la licitación.

-    Excedan el plazo máximo para llevar a cabo la consultoría

Con todo, la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en evaluación evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de evaluación de ofertas.

El Anexo N° 1 debe presentarse firmado y acompañando la totalidad de los documentos ahí señalados, no basta sólo con su presentación firmada, debe acompañar lo que en él se solicita y que declara lo que la oferta contiene.

  1. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.

Notificación: La SEREMI informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la adjudicación de ésta, a través del portal www.mercadopublico.cl

Re-adjudicación: Si quien se adjudique desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no acepta la orden de compra o no pierde la habilidad para contratar con el Estado en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.

En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien resulte adjudicado/a, facultará a la SEREMI para dejar sin efecto la adjudicación y Re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor puntuación ponderada de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora.

Declaración de Desierta: La SEREMI podrá declarar desierta la licitación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9° de la ley N°19.886.

Consultas y reclamos: quienes tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.

  1. MODIFICACIONES A LAS BASES DE LICITACIÓN

La SEREMI podrá modificar las presentes bases de licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.

La SEREMI podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases si tiene lugar situaciones determinadas como fuerza mayor o caso fortuito, lo que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.

La modificación se hará efectiva una vez que sea aprobada por el respectivo acto administrativo.

  1. CONTRATO:

La SEREMI suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique la licitación, previa acreditación de su inscripción en el portal www.mercadopublico.cl y de haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal y físicamente ante la SEREMI.

La validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe.

Previa suscripción del contrato el oferente debe acreditar, además, el cumplimiento de las normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores de la citada prestación de servicios. En caso de ser personal a honorarios, debe presentar una declaración jurada que acredite tal situación.

Posterior a la suscripción del contrato, el proponente debe hacerse cargo de cualquier gasto que eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de servicios, conflictos en los cuales la SEREMI de Agricultura no tendrá participación alguna.

Para el caso de que la empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la Subsecretaría de Agricultura establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo acreditar, mediante comprobantes y planillas, que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la Dirección del Trabajo, sobre esta materia.

En caso de incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la SEREMI de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida no podrá participar.

Si quien se adjudique no firmare el contrato por causa imputable a él, en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la adjudicación de la presente Licitación Pública, su oferta podrá dejarse sin efecto, pudiendo la SEREMI, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.

La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio, para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Coyhaique, de la ciudad del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la SEREMI y las atribuciones de la Contraloría General de la República.

ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO:

Quien se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante su incorporación en el sistema de información, en los plazos señalados en el párrafo anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la escritura pública en que conste su constitución.

A.-       Persona jurídica:

-    Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos, debidamente autorizadas por un Notario Público.

-    Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante Legal.

-    Fotocopia simple de RUT de la Empresa.


B.-       Persona Natural:

-    Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del adjudicatario.

-    Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.

C.-       Unión Temporal de Proveedores (UTP):

En caso de adjudicarse una UTP, debe presentar una fotocopia de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario sea dos o más proveedores.

16.1.       INICIO DEL CONTRATO

El inicio del contrato estará sujeto a la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, junto con la emisión de la orden de compra, y se extenderá por un plazo de 100 días corridos, pudiendo extenderse hasta 30 días corridos más, en caso de ser necesario y con la debida justificación, en los términos previstos en el numeral 21 de las presentes bases.

16.2.       EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR

 i. Tipos de incumplimientos:

La Subsecretaría estará facultada para aplicar multas cada vez que quien se adjudique no proporcione los servicios y productos convenidos dentro de los plazos fijados en su oferta o bajo las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación. Dichas multas serán aplicadas en forma administrativa, descontándolas del pago que se adeude el proveedor.

A continuación, se detallan los criterios conforme a los cuales se determinarán y aplicarán las multas por incumplimientos en la contratación:

INCUMPLIMIENTO

MULTA

1

No respetar los plazos de la Carta Gantt, para cualquiera de las entregas de informes, actividades o productos comprometidos.

UF 3 por cada día hábil de atraso, con un máximo de 15 días hábiles.

2

Entrega de informes con observaciones por más de dos veces, es decir, la tercera entrega con observaciones quedará afecta a multa.

UF 3 por evento, con un máximo de tres eventos.

3

Reemplazo de un profesional del equipo técnico sin previo aviso para la aprobación por parte de la contraparte técnica.

UF 3 por evento, con un máximo de dos eventos.

4

Reemplazo del Jefe/a de la Consultoría sin previo aviso para la aprobación por parte de la contraparte técnica.

UF 5 por evento, con máximo de un evento

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.

Las multas se descontarán del pago de la factura correspondiente y en caso de existir estados de pago pendientes podrá descontarse del próximo estado de pago, mientras se tramita completamente la aplicación de la multa, del mismo modo en caso de no existir estados de pago pendientes las multas deberán ser pagadas en los términos que establezca el acto administrativo que las aplique lo indique.

En cualquiera de los casos, la sumatoria de las multas aplicadas no deberá exceder el tope máximo del 30% del total del contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 136 del reglamento vigente de la Ley de Compras N° 19.886, o cuando se apliquen más de tres multas totalmente tramitadas en el periodo de vigencia del contrato. Cualquiera sea la situación, podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo estipulado en numeral 10.5 de las presentes bases de licitación.

ii. PROCEDIMIENTO PARA EL COBRO DE MULTAS Y/O SANCIONES:

Una vez producido el incumplimiento la Seremi lo notificará por escrito, mediante el acto administrativo correspondiente al contratante, otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.

Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción.

Sin perjuicio de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios establecidos en la ley N°19.880.

La multa será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de ésta.

Las multas se regirán y aplicarán en los términos previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la ley N° 19.886.

16.3.       PRECIO, FORMA DE PAGO Y FACTURACIÓN

16.3.1.  PRECIO:

 

El presupuesto máximo disponible para la presente licitación asciende a la suma de $45.000.000.-(cuarenta y cinco millones de pesos), valor con todos los impuestos incluidos.

16.3.2.  FORMA DE PAGO:

Los servicios contratados se pagarán en 03 cuotas, previa recepción conforme de las entregas correspondientes de cada uno de los informes y presentación de estos, según corresponda, y de acuerdo con lo siguiente:

a)   Un primer pago, equivalente al 35% del total del monto del contrato, una vez aprobado el Informe Técnico N°1, según se señala en el Numeral 3 (Productos Esperados y Plazos de Entrega) de las Bases Técnicas.

b)   Un segundo pago, equivalente al 35% del total del monto del contrato, una vez aprobado el Informe Técnico N°2, según se señala en el Numeral 3 (Productos Esperados y Plazos de Entrega) de las Bases Técnicas.

c)   Un tercer pago, equivalente al 30% del total del monto del contrato, una vez aprobado el Informe Técnico N°3, según se señala en el Numeral 3 (Productos Esperados y Plazos de Entrega) de las Bases Técnicas.


 

 

16.3.3.  FACTURACIÓN:

 

Una vez recibido conforme los servicios, por parte de la contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir las facturas, de acuerdo con el detalle de la orden de compra enviada a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, consignando lo siguiente:

Razón Social              : Subsecretaría del Ministerio de Agricultura

RUT                            : 61.301.000-9

Dirección                    : Avenida Ogana N°1060, Coyhaique

Giro                             : Servicio Público

Glosa                          : ID de la orden de compra, indicar estado de pago.

 

Las facturas serán pagadas en un plazo no superior a los 30 días corridos, contados desde su recepción conforme.

 

El archivo XML de las facturas debe ser ingresado electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar copia del PDF de la factura al correo electrónico: facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si así corresponde.

La Seremi de Agricultura, en el marco de lo dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.

Es responsabilidad de quien preste el servicio incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como parte del contrato o acuerdo con la Seremi para materializar el pago (guías de despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).

 

16.3.4.  FACTORING:

En caso de que quien se adjudique ceda a un factoring la(s) factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato suscrito por el/la proveedor/a.

Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 127 del Reglamento de la ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

Tratándose de cesión electrónica el/la proveedor/a debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.

16.4.       Término anticipado del contrato

La Seremi podrá poner término anticipado al contrato o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales establecidas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes causales:

-      Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.

-      Unilateralmente, cuando quien preste el servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que se le señale, sin perjuicio de hacer efectivas las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento grave, lo siguiente:

ü  haber formalizado más de dos multas durante la vigencia del contrato.

ü  No informar inmediatamente sobre la disolución de la Unión Temporal de Proveedores o el retiro de uno o más integrantes durante la vigencia del contrato. (aplica para las UTP). Salvo autorización previa de la Seremi, no se podrá incorporar nuevos integrantes a la UTP una vez adjudicado el contrato.

-      Unilateralmente, si quien presta el servicio registra incumplimiento del pago de remuneraciones y/o leyes sociales de sus trabajadores, por más de un mes.

-      Unilateralmente, en caso de estado de notoria insolvencia del quien presta el servicio, con la respectiva declaración.

-      Unilateralmente, si quien preste el servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad.

-      Unilateralmente si quien preste el servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases de licitación.

-      Unilateralmente, si la modificación de la Unión Temporal de Proveedores afecta el cumplimiento adecuado de las obligaciones asumidas, o si se transgrede la solidaridad comprometida entre los integrantes.

-      Unilateralmente en caso de no dar cumplimiento con lo establecido en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la calidad técnica del subcontratado. La Seremi en cuanto tome conocimiento de que ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.

-      Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.

En estos casos, la Seremi debe comunicar el término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio para liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con los servicios a ser prestados, lo cual se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas correspondientes.

16.5.       Supervisión y contraparte técnica


La Seremi de Agricultura se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de una contraparte técnica la que estará integrada por al menos un/a profesional de la Seremi de Agricultura, quien o quienes serán designado/a(s) formalmente en el acto administrativo que apruebe el contrato.

Las funciones de la contraparte técnica serán las siguientes:

a)       Supervisar, hacer seguimiento y controlar la entrega de los productos y servicios a adquirir, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados en las bases técnicas y de los plazos acordados.

b)       Otorgar la recepción conforme de los productos y/o sistemas adquiridos.

c)       Otorgar orden de pago.

d)       Informar, mediante memorándum al Encargado Administrativo regional y Departamento de Compras y Contrataciones sobre la procedencia de la aplicación de multas ante eventuales incumplimientos por parte del proveedor, señalando la causal y cuantificación de la sanción,

e)       Otorgar su opinión técnica en caso de solicitarse ajustes o modificaciones a la contratación.

La referida Contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por el proveedor, quien deberá facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.

La misma contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con quien preste el servicio o con determinados profesionales del equipo técnico de este último. Quien preste el servicio debe facilitar la oportuna asistencia y realización de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas podrán realizarse, también, a requerimiento de él.

16.6.       COORDINADOR/A DEL CONTRATO

Quien se adjudique debe nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada a la SEREMI de Agricultura.

En el desempeño de su cometido, el/la coordinador/a del contrato deberá, a lo menos:

a)     Informar oportunamente al órgano comprador a la SEREMI de Agricultura de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

b)     Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

c)     Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este contrato.

La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el adjudicatario a la contraparte técnica de la SEREMI, a más tardar dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico designado por la SEREMI de Agricultura.

16.7.       INFORMES

La consultoría contempla la entrega de los siguientes informes y productos, los contenidos de cada uno de ellos están definidos en las Bases Técnicas.

Estado de Pago

Entrega de los informes y/o avances

Porcentaje de la cuota (%)

1

(Cuota N°1)

A los 30 días corridos del inicio del contrato.

35% del monto total del contrato

2

(Cuota N°2)

A los 60 días corridos del inicio del contrato.

35% del monto total del contrato

3

(Cuota N°3)

A los 100 días corridos del inicio del contrato.

30% del monto total del contrato

Procedimiento de Aprobación de Informes

Cada vez que se apruebe un informe, éstos deben hacerse por escrito.

Una vez efectuada su revisión por la Contraparte Técnica, se pueden producir las siguientes situaciones:

a)   El Informe es Aprobado: En este caso la contraparte técnica debe enviar por escrito, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de este, la aprobación correspondiente, generándose el pago respectivo.

b)   El Informe presenta observaciones a ser incorporadas en el informe siguiente. La contraparte técnica debe enviar por escrito la aprobación correspondiente, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción de éste, indicando que las observaciones deben ser resueltas con la entrega del próximo producto, aprobándose por parte de la contraparte técnica del contrato el pago respectivo.

 

c)    El producto es observado o rechazado. La contraparte debe enviar esta observación dentro de los 10 días hábiles siguientes a la recepción del informe. En este caso quien preste el servicio tiene 7 días hábiles para corregir los puntos observados. Se entenderá por observación cualquier comentario de la contraparte técnica del contrato, respecto de no cumplimiento de objetivos, tareas o actividades especificadas en el presente contrato que, a su juicio, impida aprobar el producto y que, por tanto, implique la calificación de “Insuficiente”.

Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir las siguientes situaciones:

  1. Quien preste el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados y son aprobadas por la Contraparte Técnica, por lo cual éste debe enviar por escrito la aprobación y la fecha de recepción prevista para el siguiente.
  2. Quien preste el servicio entrega las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica estima que aún no se ajusta a lo solicitado. En este caso, se remitirán las nuevas observaciones a quien preste el servicio para su re-corrección por medio de una comunicación escrita, disponiendo de 7 días hábiles para corregir los puntos observados.

Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2) veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la contraparte técnica, se aplicarán las multas indicadas en las presentes bases.

En caso de que por cuarta vez suceda lo mismo, la Seremi considerará este hecho como incumplimiento del contrato y procederá al término anticipado del mismo.

Tanto en la recepción de los productos o informes como en la recepción de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos. Por cada uno de estos días de atraso se cobrarán las multas establecidas en las presentes bases.

Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere la presente cláusula, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día de recepción de éstas, sean realizadas electrónicamente o por carta certificada.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.

  1. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

Ni quien preste el servicio ni la Subsecretaría serán responsables en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito, conforme lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil.

Quien resulte adjudicado y se vea afectado por una situación de fuerza mayor o caso fortuito notificará, por escrito a la Subsecretaría, dentro de los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los documentos necesarios para mejor resolver.

La calificación de fuerza mayor o caso fortuito, corresponderá resolverla a la Subsecretaría de Agricultura mediante resolución fundada, sobre la base de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos/as que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.

En caso de que la situación descrita implique una ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será formalizada mediante el respectivo acto administrativo, hasta cumplir con los términos y condiciones de las presentes bases.

  1. SUBCONTRATACIÓN

La persona o empresa adjudicada podrá subcontratar, con terceros la prestación parcial de los servicios contratados hasta una cuantía equivalente al 20% de la totalidad del precio del contrato, siempre que ello sea informado por escrito a la Seremi, con la debida antelación, esto es, con a lo menos 10 días hábiles anteriores a la fecha de subcontratación. La Seremi se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la propuesta de subcontratación efectuada. Dicho porcentaje no incluye los profesionales que contrate a honorarios.

La persona del subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.

  1. CONFIDENCIALIDAD

Si en la ejecución del contrato, se identifica información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados, el adjudicatario guardará confidencialidad respecto de la información que en el cumplimiento del contrato conociera de la SEREMI.

Toda información que sea revelada o haya sido revelada por la SEREMI al adjudicatario, sus asesores o empleados, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica, electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca o no la SEREMI, y toda la información que el adjudicatario, sus asesores, empleados dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier forma, en relación con la SEREMI, tendrá carácter de confidencial.

La información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y confidencialidad de la información que reciba el adjudicatario de parte de la SEREMI.

Con todo, esta confidencialidad se referirá a:

  • No usar en el momento de la ejecución del contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún propósito distinto a la prestación de los servicios a la SEREMI.
  • Mantener dicha información en secreto y reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados, sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación con la provisión o posible provisión de servicios a la Subsecretaría.
  • No hacer copias, ni permitir que otros hagan copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información, salvo que la SEREMI lo autorice en forma previa y por escrito.

  • La SEREMI tendrá el derecho para exigir en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material, documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
  • Tomar todas las medidas necesarias para que la información confidencial mantenga ese carácter, evitando situaciones y actos que puedan producir un perjuicio para la SEREMI.

Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la SEREMI y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la SEREMI, que permita revelar total o parcialmente la información entregada.

  1. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

Quien se adjudique la presente licitación no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de la Subsecretaría de Agricultura, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento.

Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para la Subsecretaría de Agricultura u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a la Subsecretaría.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios, será propiedad de la Subsecretaría. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de la Subsecretaría.

Finalmente, quien resultare adjudicado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

  1. PRÓRROGA Y/O MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y SERVICIOS CONEXOS

El contrato podrá ser modificado y/o prorrogado por una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo que no podrá superar los 30 días corridos adicionales a la vigencia original y no podrá superar el 20% del monto total presupuestado para la contratación.

La prórroga estará sujeta a la evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento del contrato original.

Cualquier modificación adicional, que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que corresponde.

Del mismo modo, la SEREMI podrá eventualmente contratar servicios conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de exclusividad para quien se adjudique.

Toda contratación adicional a los términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las condiciones contractuales singulares para dichos efectos.

Lo anterior en los términos previstos en el N°1 del artículo 129 del Reglamento de la Ley 19.886

  1. CESIÓN DEL CONTRATO:

Quien oferte no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de una licitación, de acuerdo con lo consignado en el artículo 126 del Reglamento de la Ley 19.886, y en especial los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones.

Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo a las normas del derecho común.


Bases Técnicas
.

LEVANTAMIENTO Y DIAGNÓSTICO COMUNIDAD DE AGUAS CANAL CHILE CHICO PARA LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE MEJORAMIENTO A LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO INTRA Y EXTRAPREDIAL”

  1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN:

El Gobierno Regional de Aysén tiene por misión liderar el desarrollo regional de manera sostenible e integral, actuando como un órgano descentralizado, autónomo y transparente del Estado, orientado a contribuir a la equidad territorial, la inclusión, la igualdad de género, la calidad de vida y la dignidad de sus habitantes mediante la planificación regional y la inversión pública en los ámbitos social, económico y cultural.

Por su parte, la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de Aysén (SEREMI) es la institución encargada de fomentar, orientar y coordinar la actividad silvoagropecuaria del país, conforme al Decreto con Fuerza de Ley N° 294 de 1960, que establece que su acción debe promover el aumento de la producción nacional, la conservación y protección de los recursos naturales renovables, y el mejoramiento de la nutrición del pueblo.

En este contexto, mediante Resolución Afecta N° 083 de 26 de mayo de 2025, tomada de razón por la Contraloría Regional el 13 de junio del mismo año, se aprobó el convenio de transferencia de recursos celebrado entre el Gobierno Regional y la SEREMI para la ejecución del programa “Transferencia Fomento y Fortalecimiento Pequeña Agricultura desde la Gestión del Riego” (Código BIP 40062094-0). Dicho convenio fue igualmente aprobado por la SEREMI a través de la Resolución Exenta N° 029 de 17 de junio de 2025, encontrándose vigente hasta el 17 de junio de 2028.

El convenio tiene entre sus objetivos fortalecer las capacidades y conocimientos de personas naturales, directivas y socios de organizaciones o comunidades usuarias de agua dedicadas a la pequeña agricultura en la región, promoviendo la correcta implementación y uso eficiente del recurso hídrico tanto a nivel individual como asociativo. En el marco de estas acciones, la SEREMI requiere contratar servicios de asesoría para la realización de un estudio destinado al levantamiento y diagnóstico de los canales de regadío administrados por la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico, con el fin de elaborar un plan de mejoramiento de su infraestructura intra y extrapredial.

 

  1. SERVICIO SOLICITADO

Estudio básico de levantamiento y diagnóstico para generar todos los elementos técnicos necesarios que permitan evaluar el estado actual de la infraestructura de riego asociativo (extrapredial) e individual (intrapredial) existente en la cuenca del río Jenimeni, que abastece a la comunidad de Aguas Canal, Chile Chico, a lo largo de aproximadamente 10 km de canal principal y sus derivados.

Este estudio diagnóstico debe emplear tecnologías geoespaciales, sensores remotos y análisis multitemporal, y deberá elaborar las planimetrías e informes técnicos que identifiquen la infraestructura de riego existente y definan claramente las proyecciones para futuros proyectos de riego asociativo, considerando las características del clima, suelos y recursos hídricos superficiales, así como una caracterización ambiental del territorio analizado.

Todo lo anterior debe realizarse mediante instrumentos de alta precisión, con la entrega de resultados en una plataforma online interactiva accesible para diversos perfiles de usuario, que facilite y/o mejore la toma de decisiones, planifique intervenciones en canales y permita prevenir riesgos hídricos y/o ambientales.,

  1. PRODUCTOS ESPERADOS Y PLAZOS DE ENTREGA

Los productos esperados para cada uno de los Estados de Pago considerados en esta contratación, deberán ser elaborados y entregados, como máximo, de acuerdo con los siguientes términos:

ETAPA

PRODUCTO

DETALLE

CONTRA DE ENTREGA

Estado de Pago N°1

(CUOTA N°1)

1.Levantamiento de información, planimetría e informe técnico estado de infraestructura de riego extrapredial existente

1.1.          Informe Técnico N°1: Consolidado de productos elaborados para el Estado de Pago N°1 y registro de la sociabilización con la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico.

A los 30 días corridos del inicio del contrato.

1.2.          Levantamiento Topográfico con GNSS que entregue, al menos, los siguientes insumos:

  • Levantamiento topográfico con GNSS RTK.
  • Curvas de nivel generadas cada 1 metro a lo largo de todo el canal y cada 0,5 metros en zonas críticas, como compuertas, confluencias, tramos en pendiente y sectores de erosión identificados.
  • Georreferenciación precisa mediante estación base GNSS y correcciones RTK.
  • Perfil longitudinal detallado del canal con identificación de pendientes, tramos de sedimentación.
  • Entrega de documentación física (impresa) y digital en formatos DXF, SHP, Geodatabase y reportes PDF.

1.3.          Planimetría Canal de regadío principal y derivados Comunidad de Aguas Canal Chile Chico*.

  • Planimetría General del Río Jenimeni desde la Bocatoma hasta último regante de perteneciente a la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico.
  • Dos copias físicas de cada plano impresas en formato A0 (1189 * 841 mm), A1 (841 * 594 mm) y/o A2 594 * 420 mm. En el caso de láminas esquemáticas de dibujo incluidas en informes, estas deberán usar los tamaños A4 y A3.
  • Respecto a los formatos digitales de la planimetría a proveer deben considerar los formatos DWG, KLM/KMZ/ y PDF.

 

1.4.          Respaldo físico (impreso) y digital (en dispositivo de almacenamiento de información de, al menos, 1 terabyte de capacidad) para el levantamiento topográfico, planimetrías e informes técnicos.

 

ETAPA

PRODUCTO

DETALLE

PLAZO DE ENTREGA

Estado de Pago N°2

(CUOTA N°2)

2.Fotogrametría, registros fotográficos, cálculos hidráulicos y catastro de tributarios.

2.1.          Informe Técnico N°2: Consolidado de productos elaborados para el Estado de Pago N°2 y registro de la sociabilización con la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico.

A los 60 días corridos del inicio del contrato.

2.2.          Informe diagnóstico de la Infraestructura de Riego Extrapredial existente Canal de regadío principal y derivados Comunidad de Aguas Canal Chile Chico

2.3.          Registro Fotogramétrico de Puntos Clave

  • Registro con drone fotogramétrico en zonas estructuralmente sensibles (compuertas, confluencias, bocatomas).
  • Generación de ortomosaicos georreferenciados con precisión submétrica.
  • Modelos digitales de superficie (MDS), nube de puntos 3D en zonas importantes y críticas.
  • Modelos 3D texturizados para inspección remota.
  • Análisis de estado estructural visual y dimensiones clave.

2.4.          Informe Técnico que dé cuenta del análisis de riesgo de inundación multitemporal

  • Análisis de imágenes satelitales históricas (últimos 10 años) para identificar evolución de cuerpos de agua, humedad superficial y patrones de escurrimiento.
  • Detección de expansión de zonas húmedas, cambios en cobertura vegetal, procesos de erosión y acumulación de sedimentos.
  • Identificación de tramos con riesgo de rebalse o ruptura.
  • Mapas comparativos por fechas clave (eventos lluviosos extremos).
  • Recomendaciones para mitigación, obras menores o monitoreo periódico.

2.5.          Levantamiento Multiespectral con Drone

  • Aplicación de vuelos con drone multiespectral en sectores definidos por su relevancia agroproductiva o riesgo potencial.

  • Captura de bandas visible, infrarrojo cercano y borde rojo.

  • Cálculo e interpretación de índices NDVI (vigor vegetativo), NDRE (contenido de clorofila) y otros índices de salud vegetal.

  • Identificación de sectores con estrés hídrico o deterioro de la vegetación.

2.4.          Levantamiento Multiespectral con Drone

  • Mapas temáticos con recomendaciones para uso del suelo, cobertura vegetal y planificación de manejo hídrico.

A los 60 días corridos del inicio del contrato.

 

2.5.          Respaldo físico (impreso) y digital (en dispositivo de almacenamiento de información de, al menos, 1 terabyte de capacidad) para el Registro Fotogramétrico de Puntos Clave, Informe Técnico que dé cuenta del análisis de riesgo de inundación multitemporal y Levantamiento Multiespectral con Drone

 

Estado de Pago N°3

(CUOTA N°3)

3.Propuesta de mejoras de infraestructura hidráulica extrapredial, Informe Técnico Análisis de Riesgos Generales, Plataforma Online de Visualización y Consulta e   Final Consultoría

3.1.  Informe Técnico N°3: Consolidado de productos elaborados para el Estado de Pago N°3 y registro de la sociabilización con la Comunidad de Aguas Canal Chile Chico.

A los 100 días corridos del inicio del contrato.

3.2.  Propuesta de Mejoras en Infraestructura Hidráulica Extrapredial.

  • Diagnóstico técnico de las condiciones actuales del canal y estructuras anexas.

  • Propuesta conceptual de soluciones de mejora en zonas críticas:

  • Reparación o reemplazo de compuertas.
  • Refuerzo de taludes y bordes erosionados.
  • Redirección de flujos para evitar socavación o estancamiento.
  • Inclusión de disipadores de energía o dispositivos de control de caudal.

  • Evaluación comparativa de alternativas según costo/beneficio y viabilidad técnica

3.3.  Informe Técnico de Análisis de Riesgos Generales

  • Identificación y evaluación de riesgos naturales (inundaciones, deslizamientos) y antrópicos (obstrucción, intervención no autorizada).
  • Riesgos a la infraestructura existente y al entorno productivo.
  • Elaboración de matriz de riesgos, medidas de control y monitoreo propuesto.
  • Integración del análisis en la propuesta general de soluciones.

Estado de Pago N°3

(CUOTA N°3)

3.Propuesta de mejoras de infraestructura hidráulica extrapredial, Informe Técnico Análisis de Riesgos Generales, Plataforma Online de Visualización y Consulta e   Final Consultoría

3.4.  Plataforma Online de Visualización y Consulta. Todos los productos serán integrados en una plataforma web interactiva, desarrollada específicamente para esta prestación de bienes y/o servicios, la cual deberá contar con, al menos, lo siguiente:

  • Visor SIG con navegación fluida y herramientas de medición.
  • Visualización de capas vectoriales, raster, curvas de nivel, modelos 3D y ortomosaicos.
  • Mapas de NDVI, NDRE, riesgo de inundación, infraestructura crítica y secciones transversales.
  • Sistema de usuarios por niveles: administrador, técnico y consulta.
  • Compatible con navegador y dispositivos móviles.
  • Manual de uso para el mandante y capacitación básica.

A los 100 días corridos del inicio del contrato.

3.5.  Informe Final Consultoría.

3.6.  Respaldo físico (impreso) y digital (en dispositivo de almacenamiento de información de, al menos, 1 terabyte de capacidad) para la Propuesta de Mejoras en Infraestructura Hidráulica, Informe Técnico de Análisis de Riesgos Generales, Plataforma Online de Visualización y Consulta e Informe Final de la Consultoría.

 

  1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:

Las características y requerimientos mínimos establecidos en el presente documento podrán ser mejorados por el oferente, quien podrá proponer alternativas que incrementen la calidad o las prestaciones técnicas ofrecidas, siempre que dichas mejoras no excedan el monto máximo disponible del presupuesto.

4.1.   NORMAS GENERALES PARA EL DIBUJO Y PRESENTACIÓN DE PLANIMETRÍA

4.1.1. ALCANCE

El objetivo de las presentes especificaciones técnicas es uniformar la presentación de todos los planos y documentos técnicos elaborados por la consultoría y, a su vez, exigir la entrega de la información requerida en este formato.

El propósito fundamental de lo anterior es garantizar la entrega, por parte del consultor, de la planimetría y/o documentación técnica de calidad y claridad en el contenido de la información a proveer, así como estandarizar los sistemas gráficos de presentación.

No obstante, el consultor podrá ceñirse a las normas chilenas del INN (Instituto Nacional de Normalización) cuando necesite complementar las especificaciones técnicas requeridas por la SEREMI.

Cualquier aclaración sobre el uso de otras normas será realizada por la Contraparte Técnica, quien podrá emitir instrucciones explicativas al respecto.

4.1.2.     PLANOS Y DOCUMENTOS TÉCNICOS

Se clasificarán en:

4.1.2.1.        PLANOS GENERALES:  En estos deben aparecer las características principales del proyecto, las dimensiones generales de las obras por construir y una nómina de los planos de detalles que los complementan. Su clasificación se indicará en la viñeta con la letra “G”.

4.1.2.2.        PLANOS DE DETALLE:  En estos planos deben aparecer todos los antecedentes de tipo topográfico, estructural u otros que permitan la total comprensión de las ideas del esquema básico definido en los planos generales. Entre estos se incluyen planos longitudinales, transversales, de planta, de armaduras de hormigón, detalles de fundaciones y excavaciones, definiciones de tipo geométrico detallado, planos mecánicos, de montaje, etc. Su clasificación se indicará en la viñeta con la letra “D”.

4.1.2.3.        PLANOS TIPO: Su clasificación se indicará en la viñeta con la letra “T” y corresponderá a todas las secciones tipo de estructuras a construir.

4.1.2.4.        PLANOS AS BUILT: Se considera planos As Built, a las láminas de planos cuyo contenido representa fielmente las obras construidas de terreno por la(s) empresa(s) ejecutora(s) de proyecto(s) de riego extrapredial.

Toda la planimetría elaborada por la empresa consultora deberá presentarse en 02 copias impresas y en formato digital utilizando las extensiones de formatos DWG, KML/KMZ y PDF.

4.1.3.      IDENTIFICACIÓN

Todos los planos deben llevar los nombres y firmas de los profesionales que, de acuerdo con el contrato respectivo sean responsables de su elaboración y de la consultoría contratada. Estos nombres y firmas irán en viñeta ubicada junto al ángulo inferior izquierdo del plano.

El diseño interno de esta viñeta será libre, pero manteniendo la proporcionalidad del conjunto. La viñeta que lleve las aprobaciones de la SEREMI deberá ceñirse a las características de los modelos que se mencionan a continuación.

Como procedimiento interno dentro de la SEREMI se establece que:

       I.          Los planos generales llevarán las firmas del proyectista (si corresponde), de los profesionales encargados de la revisión, del Profesional del Jefe(a) de Consultoría y de la Contraparte Técnica del Contrato.

     II.          Los planos de detalle llevarán la firma del proyectista (si corresponde), de los profesionales encargados de la revisión pertenecientes a la SEREMI o contratados para este fin específico por ella. También será necesaria la firma del Profesional del Jefe(a) de Consultoría y de la Contraparte Técnica del Contrato.

    III.          Los planos tipo y sus especificaciones técnicas serán firmados por el proyectista, por los profesionales encargados de la revisión, del Profesional del Jefe(a) de Consultoría y de la Contraparte Técnica del Contrato.

4.1.4.     RESPONSABILIDAD

El significado de las aprobaciones es el siguiente:

       I.          La firma del consultor o la de la firma consultora y sus colaboradores, significa la aceptación de toda responsabilidad técnica, profesional y contractual respecto al trabajo entregado.

     II.          La firma del proyectista de la consultoría, si es el caso, del Profesional del Jefe(a) de Consultoría y la de los revisores, si los hay, indica que ellos asumen la responsabilidad técnica del trabajo por ellos ejecutado.

    III.          En caso de que el proyecto haya sido realizado por consultores contratados por la SEREMI, la firma del jefe de proyecto o coordinador general significa que los planos han sido revisados por el profesional y que éste está conforme y corrobora que el trabajo entregado y el proyecto cumplen con los objetivos y normas de la SEREMI.

    IV.          La firma de la Contraparte Técnica del Contrato en todos los planos, indica que este los ha revisado y ha comprobado que la obra de riego extrapredial proyectada en los planos puede ser construida o considerada en cartera de proyectos futura.

4.1.5.     CÓDIGOS

Las viñetas de los planos generales y de detalle llevarán un código numérico compuesto por cuatro grupos de números y una fracción (x-xxx – xx - xx x/x), según se señala a continuación:

       I.          El primer grupo está compuesto de un dígito e indica la zona de división hidrográfica del país a la cual pertenece.

     II.          El segundo grupo, compuesto por tres dígitos, individualiza la hoya del proyecto según el sistema hidrográfico identificado por consultora.

    III.          El tercer grupo (de dos dígitos) indica el N° del proyecto específico dentro de la hoya.

   IV.          El cuarto grupo (de dos dígitos) señala el número de orden del plano dentro del del proyecto.

     V.          La fracción indica si el plano está compuesto por una o varias láminas. El numerador representa la lámina que está en observación y el denominador, la cantidad de láminas totales asociadas a este plano.

Además, la viñeta llevará un recuadro de la categoría, para uso exclusivo de archivo técnico y planos:

Categoría A: Planos oficiales son los que contienen las Obras Civiles de riego extrapredial construidas.

Categoría B: Planos de obras en etapa de prefactibilidad, sirven de consulta.

Categoría C: Son planos de terceros que sirven de consulta.

4.1.6.     MODIFICACIONES

Los planos están sujetos a varias revisiones con el objeto de depurar y corregir posibles errores en la información presentada. En cada una de estas etapas de revisión, en caso de haberlas, se anotará en el cuadro de modificaciones de la viñeta, el número de la modificación realizada; junto a ella se anexará una nota explicativa del cambio informado y la fecha y firma del Profesional del Jefe(a) de Consultoría y de la Contraparte Técnica del Contrato, quienes con esto habrán aprobado la modificación informada.

4.1.7.     REVISIONES

En el proceso de Levantamiento de Información o de ejecución de este Estudio Diagnóstic, en que se encontraran el diseño de proyectos proyectos de riego extraprediales, los planos que resulten, tendrán una denominación inicial de Revisión con la letra “A” mayúscula.

Si en el transcurso de las revisiones a que se sometan los planos, recibieran modificaciones o alteraciones, tendrán que ser indicadas nuevamente, bajo la misma denominación (Revisión), continuando las revisiones sucesivas con las letras en orden alfabético.

Para los Planos que se consideren para construcción, la revisión comenzará con la denominación del número “0” (cero). Si en el transcurso sufrieran correcciones o modificaciones, el número de la revisión proseguirá con la misma numeración correlativa.

4.1.8.     IDIOMA

Las memorias, instrucciones y leyendas de los planos se harán en idioma español, pudiéndose indicar entre paréntesis en idioma inglés las expresiones técnicas que se estimen aconsejables para su mejor interpretación.

4.1.9.     SISTEMA DE UNIDADES

El sistema de medida utilizado será el Sistema Internacional de Unidades (en adelante, S.I.), excepto en aquellos elementos en que es usual el empleo de unidades del sistema inglés de medidas, en cuyo caso deberá indicar su equivalencia en el S.I.

4.2.          NORMAS

4.2.1.      FORMATOS

Los planos de dibujo utilizarán los siguientes formatos:

  • A0 1189 * 841 mm
  • A1 841 * 594 mm A2 594 * 420 mm.
  • En el caso de láminas esquemáticas de dibujo incluídas en informes, estas deberán usar los tamaños A4 y A3.

4.2.2.     MÁRGENES

Se considera como margen al polígono rectangular que contiene toda la información del plano. Cada uno de sus lados se encontrará a 1 cm del borde de la lámina con excepción del lado izquierdo, el cual deberá distar en 2,5 cm del borde de la lámina. El espesor de esta línea de margen deberá ser de 0,7 mm.

4.2.3.     VIÑETA

La posición de viñetas estará dada por el siguiente formato:

  • La disposición de las viñetas dentro de la lámina.
  • La viñeta de la SEREMI estará ubicada en el extremo inferior derecho, de forma horizontal.
  • La viñeta del Consultor deberá ceñirse a los grosores de línea de la viñeta de la Dirección y ser de la misma altura. Estará ubicada en la esquina inferior izquierda, distanciada del cuadro de modificaciones.
  • En caso de tratarse de planos topográficos, esta viñeta deberá incluir la fecha del levantamiento, número de plano y nombre del geomensor responsable.

4.2.4.     CUADRO DE MODIFICACIONES

El cuadro de modificaciones y sus dimensiones se indica en Anexo 3.1.3. Su ubicación espacial dentro del plano.

4.2.5.     DOCUMENTOS TÉCNICOS

En la presentación de los documentos técnicos se empleará el formato carta, con la viñeta que se indica a continuación:

4.2.6.     REFERENCIAS

Las referencias necesarias en el plano, como notas generales, simbología o listados de materiales, deberán ir anotados sobre la viñeta.

Los listados de materiales que sean muy extensos se incluirán en láminas separadas que formarán parte del plano. Los planos afines se indicarán sobre la viñeta indicando el número y título del plano.

4.2.7.     PAPEL

El producto final, deberá ser entregado en papel tipo poliéster transparente, de 75 micrones de espesor. Este tipo de papel y el espesor exigidos garantizan una mejor conservación del producto gráfico, ya que este no presenta grandes dilataciones frente a condiciones de humedad y temperatura, es de larga duración y difícil fisuración.

Los planos para revisión serán entregados en papel Bond.

4.2.8.     DIBUJO EN CAD

Los planos finales como información digital, deben ser entregados en archivos magnéticos con extensión .dwg y pdf equivalentes a dos versiones anteriores al año de la entrega y en caso de ser necesario, se solicitará entregarlos en extensión .dxf.

El dispositivo de almacenamiento de información de, al menos, 1 Terabyte de capacidad deberá llevar el nombre del producto esperado a entregar y fecha de entrega, y la carátula, además de los datos mencionados, deberá indicar el contenido del disco.

En ambos casos (extensión DWG, PDF o DXF), los archivos deberán tener las siguientes características:

4.2.8.1.    CAPA O LAYER

Parar todo tipo de planos se deberán regir por estas normas y agrupar las entidades de cada dibujo en capas o layer, todas individualizadas por color y por grosor y tipo de línea, para controlar así su visualización.


Se exigirá un layer de Quiebre, que contendrá las líneas duras que modelan las curvas de nivel, y estas deberán estar dibujadas como polilíneas.

Queda estipulado que el color amarillo y el color número 50, en todo tipo de textos, cotas o trazados lineales, NO será aceptado por la SEREMI. Solo se aceptan los colores antes señalados en planos con fotos.

4.2.8.2.    LETRAS Y NÚMEROS

El tamaño de las letras y números deberá ser concordante con la escala. Se aceptará como tamaño mínimo de letra o número, un alto de 2 mm, un ancho de 1 mm y un grosor de 0.2 mm.

El nombre del plano irá anotado en la parte superior de la lámina, centrado con respecto a la representación (usar letra tamaño 7 mm).

  • Subtítulos: Los subtítulos en plantas, cortes y detalles, irán ubicados en la parte superior del dibujo (usar letra tamaño 5 mm).

  • Escala: La escala del plano, estará centrada bajo el nombre del Subtítulo (usar letra tamaño 3.0 mm).

Se exigirá uniformidad de estilo, inclinación, tamaño y espaciamiento. Los espacios entre letras deben ser iguales entre sí, así como también los espacios entre palabras.

4.2.8.3.    ESCALAS

En los planos, los dibujos podrán ser confeccionados a escala natural, escala reducida o escala ampliada, según convenga de acuerdo al propósito del plano.

  • En las reducciones se emplearán, generalmente, las escalas 1:2, 1:5, 1:10, 1:20, 1:25, 1:50, 1:100, 1:200, 1:500, 1:1000.

  • En planos topográficos, planos de ubicación y mapas se utilizarán también las escalas 1:2000, 1:2500, 1:5000, 1:10000, 1:20000, 1:50000, 1: 100000, y en los topográficos, las escalas 1:100, 1:200, 1:500 y 1:1.000.

  • En las ampliaciones se emplearán las escalas 2:1, 5:1, 10:1.

  • Se exige además una escala gráfica para rápidas interpretaciones de láminas en papel, la cual se ubicará al costado derecho del plano, cerca de la viñeta de la Dirección.

4.3.   CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Los informes del estudio deben incluir un capítulo de conclusiones y recomendaciones que resuma e integre cada una de las secciones de esta consultoría. En particular, las propuestas de obras civiles de riego extrapredial deben considerar la existencia de brechas que se hayan identificado en el proceso de levantamiento y elaboración del estudio diagnóstico contratado.

  1. PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE

El presupuesto máximo disponible para la totalidad de los servicios a contratar asciende a la suma de $45.000.000- (cuarenta y cinco millones de pesos), valor con todos los impuestos incluidos, en un plazo de ejecución de 100 días corridos.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.