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Resolución de Empates |
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SEGUN BASES
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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SEGUN BASES
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
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SEGUN BASES
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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SEGUN BASES
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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POLIZA DE SEGURO |
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En lo que corresponde a la ejecución de las obras, el contratista deberá asegurar contra todo riesgo las obras mediante la contratación de una poliza de seguro por un valor equivalente al 100% del monto del contrato, que a lo menos permita cubrir la inversión ejecutada a la fecha de un eventual siniestro; y por la eventual responsabilidad civil que pudiese generarse por los daños a terceros en virtud delos trabajos que se ejecuten, mediante la contratación de una póliza de seguro por un valor equivalente a lo menos a un 10% del monto del contrato.
Estas pólizas deberán mantenerse vigentes durante toda la ejecución de las obras hasta la obtención de la Recepción Provisoria.
SEGUN BASES
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PLAZO DE EJECUCION DE LAS OBRAS |
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El plazo máximo de ejecución de las obras licitadas es de 90 días corridos, contados desde la fecha consignada en el acta de entrega del terreno.
Serán rechazadas aquellas ofertas que propongan un plazo de ejecución superior a 60 días corridos.
(SEGUN BASES)
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MULTAS POR ATRASO |
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El atraso en el plazo de ejecución de la obra corresponde a la diferencia, expresada en días corridos, que existe entre el plazo de ejecución de ella establecido en el contrato más las modificaciones de plazo acordadas si correspondiere, y el plazo real de ejecución de la obra, medido entre la fecha de entrega del terreno, consignada en el acta respectiva, y la fecha de término de la obra señalada en el acta de recepción provisoria sin observaciones.
El atraso en el cumplimiento del plazo de ejecución de las obras contratadas será sancionado de la siguiente manera:
a.- De uno a quince días corridos de atraso, se aplicará una multa diaria correspondiente al uno por mil del valor neto del contrato, considerando las modificaciones en el valor neto según corresponda.
b.- De dieciséis días corridos de atraso en adelante, se aplicará una multa diaria correspondiente al dos por mil del valor neto del contrato, considerando las modificaciones realizadas a éste valor cuando corresponda.
Superado el 10% del valor neto del contrato en multas aplicadas, incluidas las modificaciones en dicho valor, la Municipalidad de San Carlos podrá poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la garantía por fiel cumplimiento del mismo, sin perjuicio de ejercer las acciones legales pertinentes.
Las multas por atraso se descontarán administrativamente del último estado de pago y de las garantías, en este orden de prelación, y serán notificadas al Contratista por el Inspector Técnico de la Obra, indicando la causa y el monto de la multa a aplicar.
El Contratista podrá apelar a la multa, dentro del plazo de tres días hábiles, contados desde la fecha de la notificación, mediante carta dirigida al Alcalde.
El Alcalde resolverá fundadamente la reclamación, acogiéndola total o parcialmente o rechazándola, comunicando su resolución al Inspector Técnico de la Obra, quien a su vez la transmitirá al Contratista
(SEGUN BASES)
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CONTRATO DE EJECUCIÓN DE OBRAS |
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Una vez notificada la adjudicación de la licitación a través del portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl, obtenido el respectivo acuerdo por parte del Concejo Municipal, entregado por el Adjudicatario en la Dirección de Educación Municipal (DAEM) de la Municipalidad de San Carlos, el documento de garantía por fiel cumplimiento del contrato y obtenida la certificación del mismo, se procederá a la suscripción del contrato.
El Adjudicatario dispondrá de un plazo máximo de diez (10) días corridos, contados a partir de la fecha de notificación de la adjudicación de la licitación pública a través del portal Mercado Público, www.mercadopublico.cl, para la suscripción del contrato respectivo.
En el evento que el contrato no se suscriba en el plazo señalado en el párrafo anterior por causas atribuibles al Adjudicatario, se desista éste de su oferta, sea inhábil para contratar con la Municipalidad de San Carlos en los términos del artículo 4º de la Ley Nº 19.886 o no proporcione los documentos que le sean requeridos, como por ejemplo la personería de quien concurre en representación del Adjudicatario, cuando se trate de una persona jurídica, la Municipalidad de San Carlos procederá a hacer efectivo el cobro de la garantía por concepto de seriedad de la oferta y tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo al puntaje consignado en el informe de evaluación de las ofertas, o a declararla desierta y realizar una nueva licitación.
En caso de ser necesario, la Municipalidad de San Carlos podrá ampliar el plazo para la suscripción del contrato, señalado anteriormente, notificando al Adjudicatario, vía correo electrónico el nuevo plazo establecido.
El contrato será redactado por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de San Carlos en conformidad con las presentes bases, con las bases administrativas generales, con las respuestas a consultas y aclaraciones realizadas por la Municipalidad cuando corresponda, con las especificaciones técnicas y planimetría del proyecto y con la oferta económica realizada por el Adjudicatario.
El contrato deberá ser protocolizado ante Notario Público, siendo de costo del Adjudicatario su protocolización.
(segun bases)
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