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Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, se resolverá adjudicando al oferente que
hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “OFERTA ECONÓMICA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “EXPERIENCIA”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “PLAZO TOTAL LEVANTAMIENTO,
DISEÑO E IMPLEMENTACIÓN”.
Una vez verificados los puntajes anteriores, en caso de persistir el empate, se decidirá adjudicando
al oferente que tuviese el mayor puntaje en el criterio “MATERIAS DE ALTO IMPACTO SOCIAL”.
Si, aplicando la fórmula anterior, persiste el empate, dicha situación se resolverá adjudicando al
oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “CUMPLIMIENTO DE LOS
REQUISITOS”.
De persistir el empate, se aplicará un criterio cronológico, prefiriéndose la primera oferta ingresada
en el portal y, si se mantuviera el empate, se realizará vía sorteo ante Ministro de Fe.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
La adjudicación de la licitación se hará mediante el respectivo acto administrativo municipal, y se
publicará en el portal www.mercadopublico.cl en la fecha indicada en el calendario de la licitación,
entendiéndose notificada a todos los interesados, transcurridas 24 horas desde su publicación en el
referido Portal.
Si la publicación de la adjudicación no se realizare dentro del término señalado en el numeral 5,
precedente, se informará a través del Portal las razones que justifican tal incumplimiento debiendo
indicar el nuevo plazo para cumplir dicho trámite, conforme lo señala el artículo 41 inciso 2° del
Reglamento de la Ley N° 19.886.
En el evento que el adjudicatario, se desistiere de su oferta, rechazare, expresa o tácitamente la
adjudicación, no hiciere entrega de la garantía de fiel cumplimiento del contrato en el plazo
establecido y/o no suscribiere el contrato, la Municipalidad podrá, junto con dejar sin efecto la
adjudicación original, readjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con el
listado de readjudicación propuesto en la respectiva Acta de Evaluación, en un plazo no superior a
60 días corridos desde la publicación de la adjudicación original y siempre que se encuentren
vigentes las ofertas. En cualquiera de estos casos, procederá el cobro de la garantía de seriedad de
la oferta.
Sin perjuicio de todo lo anterior, la Municipalidad podrá, además, declarar desierta la licitación
cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, en atención a aspectos económicos o técnicos, esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la
Ley N°19.886. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una
resolución fundada.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Serán rechazadas de plano, todas las propuestas de los oferentes que no acompañen los
documentos señalados como ESENCIALES.
En caso de que alguno de los oferentes no acompañe la totalidad de los documentos requeridos,
calificado como no esenciales, la Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el
artículo 40 inciso segundo del Decreto N.º 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el
Reglamento de la Ley N.º 19.886.
Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad a través del foro inverso, pero el oferente no
diere respuesta y/o no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esos
documentos solicitados o eventualmente podrá ser rechazada de plano, si corresponde. Esta
facultad solo podrá ejercerse con los documentos que no son considerados como esenciales por
estas bases.
La Municipalidad se reserva el derecho de constatar la validez de los antecedentes y certificaciones
acompañados por el oferente, así como de la respectiva entidad certificadora y/o mandante o
emisora de la documentación, en caso de que detecte alguna inconsistencia o inexactitud en la
información de la documentación aportada, su oferta será declarada inadmisible.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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