Resolución de Empates |
En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Desarrollo Local y si persiste se adjudicará por Experiencia.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico miriam.torres@educangol.cl, hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar, no entrega la garantía de fiel cumplimiento del contrato según el plazo establecido, no suscribe el contrato en el plazo establecido o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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De la Apertura y Admisibilidad |
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación, en el caso de no cumplir con lo siguiente:
- Que, cumpla con adjuntar el listado de los productos con los precios de acuerdo al formato adjunto.
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Cumplimiento de los requisitos formales |
En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación indicará un 5% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros, de no cumplir con lo indicado no se tomarán en consideración para su evaluación:
- Que, anexe Anexo I Técnico - Económico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
- Que, anexe Identificación del Oferente.
- Que, anexe facturas
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Consultas y aclaraciones durante la publicación |
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
No se recibirán consultas mediante otras vías (Teléfono, e-mail, de manera presencial, etc.) será responsabilidad del interesado consultar las aclaraciones a través del medio ya mencionado.
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Presentación de ofertas |
El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará ya sea para la evaluación o admisibilidad.
Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación o admisibilidad.
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Consideraciones generales |
El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
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Forma de pago |
La Municipalidad pagará, previa entrega de factura y recepción conforme del solicitante de la compra, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
Al tratarse de la contratación de suministros, los pagos se realizarán mediante Estados de Pago por productos entregados, la cual deberá contar con la certificación del Inspector técnico del contrato.
La falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
a) Plazo de Pago:
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura de la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada.
b) Certificado de Recepción Conforme:
El Solicitante del Establecimiento Educacional, deberá emitir un certificado de recepción conforme del servicio, al Encargado de la Compra, indicando que el servicio ha sido recibido de forma satisfactoria y según lo estipulado con el proveedor.
c) Facturación:
Una vez entregado la totalidad de los productos, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N°69.180.100-4, giro “Actividades de la Administración Pública”, o afines a Educación. La factura debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol.
d) Forma de Pago:
Transferencia o cheque, el cual deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
La falta o la emisión de algunos de los antecedentes solicitados, genera el no pago del Estado de Pago respectivo.
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Vigencia de la oferta |
La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
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Adjudicación |
El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica, y requerirá de una Comisión Evaluadora, la que evaluará de acuerdo a la información indicada en los anexos solicitados y los criterios de evaluación.
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De la Comisión Evaluadora |
El proceso de adjudicación de la propuesta se iniciará con la evaluación de las distintas ofertas por parte de la Comisión Evaluadora.
La Comisión Evaluadora, para una mejor evaluación, podrá solicitar información a los oferentes con posterioridad a la recepción de las ofertas, debiendo comunicar esta solicitud a todos los oferentes que estén siendo evaluados para que exista igualdad de condiciones, a través del portal Mercado Público. Se podrá solicitar todo documento que permita obtener una mejor oferta y que la comisión evaluadora considere pertinente, con el objeto de contar con más elementos.
Finalizado el trámite de evaluación, la Comisión someterá a consideración del Alcalde las ofertas, proponiendo la propuesta más ventajosa, tomando en consideración los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, según lo establecido en la Sección "Criterios de Evaluación'.
La Comisión antes citada estará compuesta por los (as) Srs. (as)
- Administrador de Recursos Financieros de la Dirección de Educación Municipal.
- Coordinador(a) de Adquisiciones de la Dirección de Educación Municipal.
- Encargado(a) de Adquisiciones de la Dirección de Educación Municipal.
Si alguno de los titulares de los cargos mencionados no está en el momento de la Evaluación, lo remplazará la persona subrogante.
La Municipalidad aceptará la propuesta que sea más ventajosa para los intereses municipales y de la comuna, considerando los criterios de evaluación que se presenta en las bases.
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El contrato |
El contrato deberá ser suscrito por el adjudicatario dentro de un plazo de 20 días hábiles a contar de la fecha de notificación de autorización de la Adjudicación, previa a la suscripción del contrato es requisito acompañar la garantía de fiel cumplimiento de contrato. El contrato tendrá vigencia desde la adjudicación hasta el 31 de diciembre del presente año, pagándose solo los días efectivos prestados
Por razones de buen servicio y dado el carácter de importancia de la solicitud, se podrán iniciar anticipadamente los servicios, previo a la tramitación total del contrato y del decreto que apruebe dicho contrato, debiéndose entregar la garantía de fiel cumplimiento del contrato para optar a la modalidad antes mencionada. No obstante, su pago sólo podrá efectuarse una vez concluido dicho trámite. La Dirección de Educación Municipal de Angol, indistintamente, notificará el día de inicio de los servicios contratados.
En caso de cualquier contingencia como: Terremoto, toques de queda, pandemia o cualquier otra circunstancia crítica que signifique la suspensión de las clases presenciales, respaldado por algún dictamen, resolución o decreto, se hará término anticipado del contrato, y se pagarán los productos entregados.
En el caso de tratarse de una persona jurídica, deberá entregarse a la Dirección de Educación Municipal de Angol, dentro del plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, copia de Escritura de Constitución de la Sociedad, demás modificaciones si las hubiere, de aquella en que conste el nombramiento de o los representantes legales y copia autorizada del Certificado de Vigencia de la Sociedad emitido por el conservador de comercio respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días.
Si durante la vigencia del contrato algunos de los procedimientos estipulados, afectan al buen funcionamiento del contrato, se deberá realizar la modificación por escrito anexando la información al sistema.
Si el contratista favorecido no suscribe el Contrato, aun cuando haya cumplido con la entrega de la garantía de fiel cumplimiento de este, dentro del plazo señalado en las presentes bases, la Municipalidad podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar al segundo oferente mejor evaluado y que cumpla con las Bases de la Licitación, para el cual regirán los plazos señalados en los incisos anteriores y demás artículos. Estas nuevas adjudicaciones, podrán operar sucesivamente en caso que proceda, siempre que la Municipalidad de Angol lo estime adecuado a sus intereses y sin perjuicio de poder dejar sin efecto el proceso de licitación, en cualquier momento.
El oferente deberá autorizar ante Notario Público su firma estampada en el Contrato, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 425 del Código Orgánico de Tribunales. Y además el contrato debe protocolizarse, siendo estas costas asumidas por el contratista.
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Renovación del Contrato |
Debido a la naturaleza del servicio, de requerir cada año artículos de premiación y otros estímulos para establecimientos educacionales y Dirección de Educación Municipal, Comuna de Angol, se considera esta cláusula de renovación de contrato, con el objetivo de contar con los productos en condiciones similares a las requeridas en estas bases y que se genere un buen desarrollo del servicio por el proveedor, es del todo ventajoso para la institución, considerar la renovación del contrato, lo cual genera un apoyo a la gestión del sistema en cuanto a la economía procedimental y celeridad permitiendo una mejor eficiencia y eficacia en la gestión de la compra.
La renovación del contrato se realizará de forma automática por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto 250 del año 2004.
Dicho acto se podrá realizar siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
a) Que, se genere la nueva solicitud de compra
b) Que, el servicio entregado se realice siempre durante el tiempo indicado en la oferta y no tenga ninguna falta que ocasione aplicar la o las multas indicadas.
c) Que, al término del contrato tenga a lo menos 2 certificados de directores de establecimientos educacionales de Comportamiento Contractual indicando responsabilidad y entrega de un servicio de calidad.
d) Que, cumpla con todas las normas ofertadas anteriormente:
e) Iniciación de actividades vigente
f) Que, se encuentre habilitado para contratar
g) Que, no tenga cobros de garantías, en el caso que se soliciten.
h) Que, no tenga reclamos de esta licitación.
i) Que, no exista término anticipado de contrato.
j) Que, renueve garantía de fiel cumplimiento de contrato por el mismo periodo anterior.
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Término anticipado del contrato |
La Municipalidad de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos:
a) Por no entregar los productos por más de 5 días corridos posterior al tiempo ofertado y/o eventuales sin causa justificada, debidamente calificadas por el Inspector Técnico del contrato.
b) Por reiterados incumplimientos de las órdenes e Instrucciones impartidas por la inspección, relacionadas con la ejecución del contrato.
c) Cuarto Informe de Incumplimiento emitido por ITC.
d) Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Contratista cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias.
e) Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorios, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación.
f) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera.
g) Por fallecimiento del contratista, cuando se trate de persona natural.
h) En caso de suspensión de presencialidad de clases por parte de autoridades educacionales y/o municipales, debidamente justificado.
i) Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable. En todo caso, la Municipalidad siempre podrá cobrar la garantía correspondiente, que se haya otorgado para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
j) La Municipalidad podrá poner término al Contrato de Suministro con un aviso previo por escrito de 30 días sin especificación de causa ni indemnización alguna.
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Multas |
En caso de cualquier contingencia como: Terremoto, corte de luz, inundación, tomas del establecimiento, cortes de ruta, pandemias o cualquier otra circunstancia ajena a la responsabilidad del contratista, deberá respaldarse por certificado firmado por el ITC (Inspector Técnico del Contrato), para él no cobro de la multa indicada.
Además, la Dirección de Educación Municipal de Angol, tendrá la facultad de anular administrativamente el contrato, en los casos de incumplimiento por parte del oferente, quien no podrá alegar por daños y costos incurridos, no dando derecho a indemnización posterior de ningún tipo.
La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando se emita un cuarto informe de incumplimiento emitido por el ITC, y según la siguiente tabla:
Situación Multa
Primer Informe de Incumplimiento emitido por ITC 3 UTM
Segundo Informe de Incumplimiento emitido por ITC 6 UTM
Tercer Informe de Incumplimiento emitido por ITC 10 UTM
Cuarto Informe de Incumplimiento emitido por ITC Término Anticipado del Servicio, Garantía FCC
Los informes de incumplimiento deberán ser emitidos por el ITC, y su materia corresponderá a incumplimientos de entrega, entrega de productos en malas condiciones, productos que no corresponden al rubro solicitado.
Las multas serán notificadas al proveedor por el ITC a través de carta certificada, considerar que no se dará acuso de recibo del Servicio de Impuestos Internos a la factura, dejando pendiente el estado de pago hasta que sean pagadas las multas correspondientes.
Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional.
Si el contratista multado no pagare la multa aplicada, el municipio no afectará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete.
El contratista tendrá 5 días hábiles para presentar los descargos de las multas en forma escrita mediante carta dirigida al Alcalde, quien tendrá 10 días hábiles para resolver los descargos.
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Reclamos |
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl en cualquiera de los siguientes casos:
- Se efectúe el término anticipado del contrato, exceptuando el caso que proveedor fallezca.
- Se haga cobro de multa.
- Se emitan informes de incumplimiento por ITC.
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De la Inspección Técnica del Contrato |
La Municipalidad designara como inspector técnico del Contrato (ITC) a un profesional competente de la Dirección de Educación Municipal de Angol, quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución del contrato, seguir el cumplimiento de las medidas en: la entrega de los productos se realice en el tiempo ofertado, la gestión de la orden de compra se realice de acuerdo a lo establecido en el contrato, etc. En general le corresponderá velar por la correcta ejecución y cumplimiento del contrato hasta la liquidación de éste.
De ser necesario la Municipalidad designará como Asesor Técnico del Contrato (ATC) a un profesional competente de la ilustre Municipalidad de Angol, quien deberá, entre otras funciones, asesorar y apoyar a la inspección técnica del contrato.
El nombramiento de ITC y ATC se hará mediante Decreto Alcaldicio, dependerá de la Dirección de Educación Municipal y podrá modificarse la designación del funcionario, si el mandante lo estima necesario. El Inspector podrá hacerse asesorar por otros profesionales, quienes solo le podrán hacer proposiciones a este, pero no impartir órdenes o hacer observaciones directamente al contratista, todo lo cual debe ser canalizado debidamente a través del Inspector.
Se deja constancia que la labor de inspección no constituye en ningún caso aceptación ni aprobación parcial o total en la ejecución del servicio por parte del Mandante.
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Modificación de las bases |
Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, debiendo ser aprobadas por autorización firmada por la Dirección de Educación Municipal de Angol.
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De la Unión Temporal de Proveedores, UTP |
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para contrataciones iguales o superior a 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La UTP que no acredite al momento de contratar que no se ha formalizado de manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra.
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Recepción Conforme de la Orden de Compra |
El proveedor contratado podrá solicitar la recepción conforme de la orden de compra efectuada la recepción definitiva, a través de correo electrónico al Comprador Encargado de la Licitación o quién subrogue, quién verificará las siguientes condiciones para la recepción conforme total:
- Que, no tenga cobros de garantías, en el caso que se soliciten.
- Que, no tenga reclamos de esta licitación.
- Que, no exista término anticipado de contrato.
- Que, el servicio se entregue en los plazos establecidos en la oferta.
Considerar que las órdenes de compras en estado recepción conforme de nuestra entidad puedan ser referentes en criterios de evaluación de futuras licitaciones.
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Reajuste |
Los precios ofertados deberán mantenerse fijos por 3 meses después de la adjudicación. Transcurrido el primer trimestre se aceptará un reajuste de precios, previa solicitud del proveedor a través del correo electrónico solicitudes.compras@educangol.cl de acuerdo al IPC acumulado, cálculo que se realizará a través de la página https://calculadoraipc.ine.cl/ ingresando el mes anterior, el mes en curso y el valor a ajustar.
El monto obtenido como resultado de la fórmula anterior, se considerará como precio máximo que pudiere ser reajustado por parte del proveedor.
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Productos no Considerados |
Por la naturaleza de la variación y gran diversidad de características de los productos a contratar, es probable que se presenten situaciones NO PREVISTAS dentro del detalle establecido en Anexo Nº I. Estas situaciones, en el evento que el valor del producto no exceda de las 10 UTM, las características del producto correspondan al rubro contratado. Se debe presentar por parte del proveedor adjudicado del contrato de suministro respectivo, una cotización del o los productos requeridos (NO PREVISTOS). El encargado de Unidad Compradora, acompañará dos cotizaciones de terceros proveedores las que serán referenciales para determinar el valor promedio de mercado y que éste no exceda el 20% del valor referido.
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Procedimiento de la compra |
Todas las áreas pertenecientes a Educación Municipal, podrán usar éste contrato
de suministro para realizar sus adquisiciones con respecto a Contrato de suministro artículos de premiación y otros estímulos para establecimientos educacionales y Dirección de Educación Municipal, Comuna de Angol, en el caso que el comprador encuentre uno o varios servicios con condiciones más ventajosas que las entregadas por el proveedor adjudicado a éste contrato, se podrá entregar una cotización o captura de pantalla de la tienda online donde demuestre tales condiciones más ventajosas como: precio, entrega, o destacando el alto impacto social, indicado en los criterios de evaluación de éstas bases, lo que permitirá adquirir el o los
productos fuera de éste convenio.
El proveedor adjudicado deberá entregar un listado de todos los productos con sus precios, los cuales se anexarán a la misma licitación en la plataforma www.mercadopublico.cl, en base al listado, cada comprador generará una solicitud de compra interna, con los precios indicados en el listado, resguardando seleccionar los precios más bajos de un mismo producto de igual características y stock disponible, con la solicitud autorizada se procederá a generar la orden de compra con la autorización y certificado de disponibilidad presupuestaria, con la orden de compra en estado enviada a proveedores, se deberán retirar o enviar los productos donde se indique, con guía de despacho o factura.
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