Resolución de Empates |
En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Entrega e Instalación y si persiste se adjudicará por comportamiento contractual.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico gerar.uribe@educangol.cl, hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para generar la Orden de Compra o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, no acepta la orden de compra una vez trascurrido 24 horas desde dicha solicitud, o se realiza termino anticipado del contrato según punto 10.17 de las presentes bases administrativas, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Apertura y Admisibilidad |
Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación, en el caso de no cumplir con lo siguiente:
- Que, la oferta cumpla con las cláusulas estipuladas en el punto 9 “Especificaciones Técnicas de los Bienes y Servicios Requeridos”.
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Cumplimiento de requisitos formales |
En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación se calificara con un 5% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros, de no cumplir con lo indicado no se tomarán en consideración para su evaluación:
- Que, anexe Anexo Técnico- Económico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
- Que, anexe Identificación del Oferente.
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Modificación de Bases |
Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, debiendo ser autorizadas mediante Decreto Alcaldicio.
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Consultas y aclaraciones durante la publicación |
Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
No se recibirán consultas mediante otras vías (Teléfono, e-mail, de manera presencial, etc.) será responsabilidad del interesado consultar las aclaraciones en lo ya mencionado.
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Presentación de ofertas |
El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará ya sea para la evaluación o admisibilidad.
Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación o admisibilidad.
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Consideraciones Generales |
El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
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Forma de pago |
La Municipalidad pagará en estados de pago mensuales, previa entrega de factura, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
a) Plazo de Pago
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura en la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada.
b) Recepción Conforme
La recepción conforme del servicio y la certificación de la factura correspondiente será realizada por las directoras de los Jardines VTF y el Encargado de Informática DEM o quien lo subrogue.
c) El proveedor deberá emitir la factura de manera mensual por los servicios correspondientes al periodo. La factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N° 69.180.100-4, la cual debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol.
d) Forma de Pago
Transferencia o cheque, el cual deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
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Vigencia de la oferta |
La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
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Adjudicación |
El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica, la propuesta sé evaluará de acuerdo a la información indicada en los anexos solicitados y los criterios de evaluación por encargado de informática y el encargado de adquisiciones disponible de la Dirección de Educación Municipal de Angol.
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Unión temporal de proveedores, UTP |
Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entras las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.
Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La UTP que no acredite al momento de contratar que se ha formalizado de la manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra.
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Contrato |
El contrato se formalizará con la orden de compra, considerando que es una adquisición superior a 100 e inferior a 1000 UTM (LE), y se trata de bienes estándar de simple y objetiva especificación art. 63 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas.
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Renovación del Contrato |
Debido a la naturaleza del servicio, el cual contempla equipamiento y softwares con capacitación en su uso, instalación, y otros gastos que conllevan inversión recurso monetario y tiempo, es que se podrá acordar entre las partes, una renovación del Contrato por un año, motivo de esta licitación pública y por una sola vez, de acuerdo a lo señalado en el artículo 12 del Decreto 250 del año 2004.
Dicho acto se podrá realizar siempre y cuando las Directoras de los establecimientos Educacionales que harán uso del servicio de fibra óptica, certifiquen mediante un documento la conformidad del servicio, además de un informe realizado por el Encargado de Informática de la Dirección de Educación Municipal de Angol en el cual proponga la renovación del contrato.
En el caso que el contrato sea renovado, se deberá mantener el mismo precio mensual fijado al momento de la adjudicación.
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termino anticipado del contrato |
La Dirección de Educación Municipal de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos:
A. Si la empresa adjudicada fuere una sociedad y se disolviera.
B. Por fallecimiento del oferente, cuando se trate de persona natural.
C. Cuando las multas aplicadas alcancen el 10% del monto adjudicado.
D. Si el proveedor adjudicado no realiza la entrega e instalación según el plazo ofertado, una vez emitida la Orden de Compra.
E. Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable.
F. Si el Servicio de Fibra Óptica es interrumpido por mas de 5 días corridos sin previo aviso o por responsabilidad atribuibles al proveedor.
G. Si el proveedor no acatase las observaciones realizadas por el ITS.
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Inspector Técnico del Servicio |
La Municipalidad designará como inspector técnico del Servicio (ITS) al Encargado de Informática de la Dirección de Educación Municipal de Angol, quien deberá, entre otras funciones, formular todas las observaciones que le merezca la ejecución de los servicios, la calidad de suministros y materiales, en general, le corresponderá velar por la correcta ejecución de la entrega del servicio hasta el término del contrato.
El nombramiento de ITS se hará mediante Decreto Alcaldicio. El Inspector podrá hacerse asesorar por otros profesionales, quienes solo le podrán hacer proposiciones a este, pero no impartir órdenes o hacer observaciones directamente al oferente, todo lo cual debe ser canalizado debidamente a través del Inspector.
El oferente deberá someterse a las órdenes del Inspector Técnico, conforme a los términos y condiciones dispuestas en las Bases Administrativas. De tales órdenes el contratista podrá apelar ante Director de Educación Municipal, dentro de un plazo de cinco días hábiles, a contar de la fecha que se le comunique la respectiva orden, sea sobre la entrega del servicio u otros aspectos que se relacione con el contrato. El director resolverá la apelación dentro de un plazo de cinco días hábiles.
Si el oferente no apelase o si su apelación fue rechazada y se resistiese a acatar las órdenes impartidas, el Mandante podrá suspender la trasmisión de los pagos de los servicios prestados.
Podrá, asimismo, según la gravedad del caso, poner término anticipado al contrato de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Además, el ITS deberá formular un informe según los reportes de caídas del servicio recibidos por los usuarios de los Jardines. Dicho informe deberá ser enviado al encargado de adquisiciones para aplicar las multas correspondientes.
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Multas |
Se aplicará una multa de 2% valor neto adjudicado, por día hábil de atraso y/o no cumplimiento del soporte técnico ofertado, la cual será notificada al proveedor a través de carta certificada o correo electrónico.
Se aplicará una multa de un 2% del valor neto adjudicado por cada informe de caídas del servicio formulado por el ITS.
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Reclamo |
Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl cuando:
- Se haga cobro de multa
- Si el proveedor no cumple con el plazo de entrega establecido.
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Forma de pago de multas |
El valor de la multa deberá ser pagado en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la misma, ingresando dicho monto en dinero efectivo en la caja de la Tesorería Municipal. Una vez realizado el pago de la multa, el oferente deberá presentar en la Dirección de Educación Municipal de Angol el comprobante de pago de multas (copia de la orden de ingreso que se le entrega en caja. Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional. Si el oferente multado no pagare la multa aplicada, el municipio no efectuará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete.
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Procedimiento de impugnación |
Las multas serán notificadas al proveedor adjudicado conforme a lo señalado en el punto 10.17 presente. El proveedor adjudicado podrá apelar mediante carta dirigida al alcalde de la Municipalidad de Angol en un plazo de 5 días hábiles contados de la notificación de la multa, dicha carta deberá ser ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad de Angol.
El alcalde, en el plazo de 10 días hábiles, resolverá, fundadamente pudiendo dejar sin efecto, rebajar o mantener la multa.
La Municipalidad de Angol queda facultada para poner término anticipado del contrato cuando las multas aplicadas alcancen el 10% del monto adjudicado.
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