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9. REQUERIMIENTO TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS |
Clausula 1: Se solicita el Servicio de abastecimiento de 5.000 litros de combustible diesel para caldera del establecimiento.
Clausula 2: El oferente debe Ofertar un valor fijo para los 5.000 litros de diesel para caldera, del cual se debe realizar el abastecimiento en caldera del establecimiento.
Clausula 3: Los abastecimientos serán solicitados acorde a la necesidad del establecimiento, considerando que el Estanque de la Caldera es de 3.000 litros. El servicio estará vigente hasta agotar el stock de 5.000 litros cargados.
Clausula 4: El proveedor adjudicado debe dar cumplimiento del abastecimiento, no máximo a 72 horas una vez solicitado vía correo electrónico.
Clausula 5: Se debe cumplir con todas las medidas de seguridad establecidas en la normativa vigente.
Clausula 6: Se solicitará fotografía de medidor de litros antes y después del abastecimiento en caldera.
Clausula 7: Solo se evaluara ofertas realizadas en valor por litros de combustible Diesel, no se considerará flete, entre otros adicionales. (Considerar todo costo asociado al valor por litro ofertado)
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Resolución de Empates |
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En caso de empate se adjudicará al oferente que obtenga la mayor ponderación en Precio, luego por Comportamiento Contractual y si persiste se adjudicará por Desarrollo Local.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Se recibirán y contestarán a través del correo electrónico oscar.estrada@educangol.cl, hasta 5 días desde la adjudicación, las que posteriormente serán adjuntadas en el portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la Apertura y Admisibilidad |
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Se determinará la admisibilidad de las propuestas, debiendo comprobarse que se haya efectuado en la forma establecida en las presentes bases, de lo contrario su oferta será rechazada y no entrará en la evaluación, en el caso de no cumplir con lo siguiente:
- Que, la oferta cumpla con las cláusulas estipuladas en el punto 9 “Requerimientos Técnicos y Otras Cláusulas”.
- Que, la oferta no supere el monto disponible estipulado en el punto Nº 7 “Monto, duración y subcontratación”
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Cumplimiento de los requisitos formales |
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En el caso que el oferente omita algunos de los documentos solicitados en Cumplimiento de los requisitos formales, se podrán solicitar por medio de aclaración de oferta, pero la falta de ésta documentación indicará un 10% menos como se indica en los criterios de evaluación, y se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación y se verificará la siguiente documentación que debe estar vigente, legible y visualmente claros, de no cumplir con lo indicado no se tomarán en consideración para su evaluación:
- Que, anexe Anexo Técnico - Económico (Se anexo formato para mayor facilidad de ofertar).
- Que, anexe Identificación del Oferente.
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Modificación de las Bases |
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Se podrán modificar los documentos de la Licitación ya sea por iniciativa propia de la Dirección de Educación Municipal de Angol o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación y hasta la entrega de las aclaraciones informando de ello, a través del portal Mercado Público. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases, debiendo ser aprobadas por autorización por la Dirección de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Angol.
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Consultas y aclaraciones durante la Publicación |
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Las consultas que los participantes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación durante su publicación, deberán ser realizadas a través del portal Mercado Público. Las respuestas en el portal se pondrán a disposición de los proponentes de acuerdo a la calendarización del foro entregado por el portal Mercado Público. Se responderá cada consulta sin hacer mención al participante que la haya formulado.
No se recibirán consultas mediante otras vías (Teléfono, e-mail, de manera presencial, etc.) será responsabilidad del interesado consultar las aclaraciones a través del medio ya mencionado.
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Presentación de ofertas |
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El proceso de licitación que se regula por las presentes bases se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, de tal forma que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del mencionado portal. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al señalado y será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
La documentación anexada debe ser claramente visualizada, en el caso que sean fotografías que no se identifique de manera clara, no se considerará ya sea para la evaluación o admisibilidad.
Debe verificar los archivos que anexarán, ya que, si estos se encuentran dañados, no se considerarán para su evaluación o admisibilidad.
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Consideraciones Generales |
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El Municipio se reserva el derecho de solicitar mayores antecedentes si así lo estimara conveniente, además de rechazar la oferta sin lugar a indemnización alguna, a aquellos proponentes que no acompañen los documentos o antecedentes indicados en las presentes Bases.
Una vez realizada la Apertura de las Ofertas, el Municipio podrá solicitar, a cada uno de los Proponentes, aclaraciones sobre cualquier aspecto de su Oferta. Estas aclaraciones serán respondidas por parte de los proponentes a más tardar en 2 días hábiles contados desde la recepción del requerimiento.
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Forma de Pago |
La Municipalidad pagará en estados de pago posterior a abastecimiento, previa entrega de factura, la falta u omisión de algunos de los antecedentes solicitados, generará el no pago respectivo.
a) Pago posterior a abastecimiento:
Los litros abastecidos deberán ser registrados antes y posterior al proceso de carga de Diesel en caldera, con evidencia de fotografías, estas serán certificados por el Director del Establecimiento. El cálculo del valor total por monto abastecido se realizará con la siguiente formula:
Pago por
Cantidad de litros cargados X Valor de litro ofertados ($) = abastecimiento
en caldera realizado
b) Plazo de Pago:
El pago se realizará dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la Factura de la Dirección de Educación Municipal o área que corresponda la compra, pudiendo extenderse hasta 45 días corridos en el caso excepcional de alguna contingencia justificada.
c) Certificado de Recepción Conforme:
La recepción conforme de los bienes y la certificación de la factura correspondiente será realizada por el Director del establecimiento o quien lo subrogue.
d) Facturación:
Una vez entregado la totalidad del servicio, la factura deberá ser extendida a nombre de la Municipalidad de Angol, RUT. N°69.180.100-4, giro “Actividades de la Administración Pública”, o afines a Educación. La factura debe ser enviada al correo facturas@educangol.cl o hacerla llegar a la Dirección de Educación Municipal de Angol, Lautaro N° 89 Angol.
e) Forma de Pago:
Transferencia o cheque, el cual deberá ser retirado por el proveedor, en las oficinas de la tesorería municipal ubicadas en calle Pedro Aguirre Cerda N° 509 de la comuna de Angol.
La falta o la emisión de algunos de los antecedentes solicitados, genera el no pago del Estado de Pago respectivo.
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Vigencia de la Oferta |
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La oferta económica presentada por cada uno de los oferentes, deberá mantener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta, la cual será extendida en el caso de cualquier contingencia en común acuerdo con el oferente.
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Adjudicación |
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El plazo para adjudicar será de un máximo de 30 días corridos luego de la apertura electrónica, y no requerirá de una Comisión Evaluadora, la propuesta sé evaluará de acuerdo a la información indicada en los anexos solicitados y los criterios de evaluación por el encargado de adquisiciones disponible de la Dirección de Educación Municipal de Angol.
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De la Unión Temporal de Proveedores, UTP. |
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Se considerará que una oferta es presentada bajo esta figura cuando dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entras las partes respeto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para contrataciones iguales o superior a 1.000 UTM, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
La UTP que no acredite al momento de contratar que no se ha formalizado de manera antedicha, que no contemple la solidaridad de las obligaciones o bien, que no contemple un plazo de duración al menos igual al de la vigencia del contrato, no dará cumplimiento a las presentes Bases y por ende la Municipalidad podrá readjudicar al oferente que sigue en puntaje o declararla desierta si fuese la UTP el único proveedor.
Para todos los efectos de la oferta como Unión Temporal de Proveedores, aplica el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y Directiva N°22 de Chile Compra.
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El Contrato |
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Considerando que esta licitación se trata de bienes estándar y simple especificación conforme a lo establecido en el Artículo 63 del Reglamento de la Ley N°19.886, se formalizará con la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor lo indicado en las presentes bases será parte integral para el buen funcionamiento, o término de entrega del servicio en el caso de no cumplimiento.
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Termino anticipado del contrato |
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La Municipalidad de Angol podrá dar término administrativamente y en forma anticipada y sin derecho a indemnización, al contrato en los siguientes casos:
A. Por no ejecutar los servicios en el plazo máximo de 72 horas sin causa justificada, una vez solicitado el abastecimiento de combustible diésel en caldera vía correo electrónico.
B. Cuando las multas aplicadas alcancen el 10% del monto adjudicado.
C. Por reiterados incumplimientos de las órdenes e Instrucciones impartidas por la inspección, relacionadas con la ejecución del servicio.
D. Por quiebra, cesión de bienes o notoria insolvencia. Se presumirá insolvencia del Contratista cuando tenga documentos comerciales protestados o se encuentre en mora en el pago de las obligaciones previsionales o tributarias.
E. Si el Contratista fuere condenado por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, siempre que tengan la calidad de miembros del Directorios, Apoderados o bien que tenga la Administración de la sociedad, sea por acto constitutivo o por delegación.
F. Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera.
G. Por fallecimiento del contratista, cuando se trate de persona natural.
H. En caso de suspensión de presencialidad de clases por parte de autoridades educacionales y/o municipales, debidamente justificado.
I. Las partes contratantes, de común acuerdo, podrán poner término anticipado al contrato cuando por razones de carácter técnico o financiero sea aconsejable.
J. La Municipalidad podrá poner término al Contrato de Servicio con un aviso previo por escrito de 30 días sin especificación de causa ni indemnización alguna.
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Multas |
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Se aplicará una multa de 2% valor neto adjudicado, si el proveedor no realiza el abastecimiento superando el plazo de 48 horas una vez notificado vía correo electrónico, la cual será notificada al proveedor a través de carta certificada o correo electrónico.
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Forma de pago de multas |
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El valor de la multa deberá ser pagado en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados desde la notificación de la misma, ingresando dicho monto en dinero efectivo en la caja de la Tesorería Municipal. Una vez realizado el pago de la multa, el oferente deberá presentar en la Dirección de Educación Municipal de Angol el comprobante de pago de multas (copia de la orden de ingreso que se le entrega en caja), quedando pendiente el estado de pago hasta que ingrese el comprobante del pago de la multa.
Todos los valores señalados como multas, serán aplicados en su equivalente en moneda nacional.
Si el contratista multado no pagare la multa aplicada, el municipio no afectará el pago de la factura emitida, hasta que ello se concrete.
El contratista tendrá 5 días hábiles para presentar los descargos de las multas en forma escrita mediante carta dirigida al Alcalde, quien tendrá 10 días hábiles para resolver los descargos.
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Procedimiento de Impugnación |
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Las multas serán notificadas al proveedor adjudicado conforme a lo señalado en el artículo precedente. El proveedor adjudicado podrá apelar mediante carta dirigida al alcalde de la Municipalidad de Angol en un plazo de 5 días hábiles contados de la notificación de la multa, dicha carta deberá ser ingresada en la oficina de partes de la Municipalidad de Angol.
El alcalde, en el plazo de 10 días hábiles, resolverá, fundadamente pudiendo dejar sin efecto, rebajar o mantener la multa.
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Reclamo |
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Se realizará reclamo en la ficha del proveedor del portal www.mercadopublico.cl cuando:
- Se efectúe el término anticipado del contrato, exceptuando el caso que proveedor fallezca.
- Se haga cobro de multa.
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Responsabilidad Laboral, Civil o Penal |
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Corresponderá, al Prestador de Servicio, toda responsabilidad laboral, civil o penal, respecto de personal de su dependencia que contrate para la prestación de los servicios, por todo y cualquier accidente de trabajo y todo riesgo o daño que pudiere producirse con motivo u ocasión de la prestación del servicio. En consecuencia, la Municipalidad no será responsable por daño alguno a terceros, directo o indirecto, causado por el Prestador de Servicio o por su personal, por lo que todo costo, gasto o indemnización respecto de terceros, será asumido en su totalidad por el Prestador del Servicio.
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