Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de vencimiento” de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Plazo de entrega” y, finalmente, de seguir empatados se considerará la oferta que hubiese sido ingresada primero, verificando fecha y hora.
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De la fecha de Adjudicación (aplazamiento) |
En la eventualidad de que el Departamento de Salud, no pueda cumplir con la fecha de adjudicación indicada en las bases, podrá ampliar la fecha de acuerdo a las necesidades del Servicio. La justificación correspondiente será publicada en www.mercadopublico.cl.
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De la validez de las ofertas |
Las ofertas tendrán una validez mínima de 40 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la Entidad licitante podría solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
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Consultas y aclaraciones |
Los oferentes podrán realizar sus consultas o solicitar aclaraciones de la ficha de licitación las que deberán ser presentadas a través de la plataforma de compras públicas en el sitio web www.mercadopublico.cl, según los mecanismos definidos como “Foro”, las que se recibirán a contar de la fecha señalada en las bases. Dichas consultas deberán ser revisadas por los interesados.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto para tal efecto.
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Especificaciones generales |
Los productos farmaceúticos deben tener registro del Instituto de Salud Pública de acuerdo a lo estipulado en el artículo 42 del Reglamento del Servicio de Salud.
Los fármacos deberán proporcionarse en envases clínicos o envase comercial que garanticen su estabilidad al momento de ser utilizados.
Los fármacos que no cumplan con el punto anterior, serán devueltos al proveedor previo aviso telefónico ó vía correo electrónico, dejando constancia de situación y se exigirá la reposición de ellos sin costo alguno para el Departamento de Salud.
Dicha reposición deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco días, contados desde la fecha de la información escrita, archivando antecedentes y quedando pendiente el pago de la factura.
No se aceptaran fármacos dañados por transporte o mal almacenamiento y que además, el tipo de transporte no cumpla con las especificaciones de conservación de los productos.
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Cláusula de Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no acepta la orden de compra, o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos |
El Departamento Administración Salud podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores.
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Presentación oferta administrativa, técnica y económica |
a) El licitante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuren en esta ficha de licitación (bases), las cuales constituyen una única fuente de información para la preparación de la oferta.
b) Toda aclaración, cambio, agregado o supresión de los antecedentes de la licitación se efectuará por medio del portal, emitidas por la Dirección de Administración de Salud de la Municipalidad de Coronel.
c) Los oferentes deben constatar el envío de sus ofertas técnicas, económicas y administrativas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios anexos requeridos, se debe verificar el posterior despliegue automático del Comprobante de Envío de Oferta que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
d) Los oferentes podrán presentar ofertas totales o parciales en cada línea de producto con el valor, la cual contiene la cantidad referencial de fármacos utilizados por los establecimientos en base a registro histórico de consumos, por lo tanto la cantidad a comprar durante la vigencia del convenio puede ser mayor o menor a lo especificado.
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Procedimiento de evaluación de las ofertas |
a) Para el estudio y/o análisis técnico-económico de las ofertas presentadas, se designará una comisión evaluadora: Un integrante de la Unidad Técnica de Farmacia, y un integrante de la Unidad de Adquisiciones.
b) La Comisión evaluadora de ofertas, podrá efectuar consultas durante la etapa de evaluación de las ofertas si lo estima conveniente.
c) En el caso que hubiese un único oferente, ello no será obstáculo para el proceso de apertura, de oferta, ni para la adjudicación definitiva, que se lleve a cabo, siempre y cuando dicha oferta, reúna a juicio de la comisión evaluadora de ofertas, las condiciones técnicas, económicas y de servicio para merecer la adjudicación.
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Adjudicación |
a) La Ilustre Municipalidad de Coronel, Departamento de Salud adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio con los proveedores seleccionados, el que será publicado en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitado.
b) La o las adjudicaciones que efectúe el municipio podrán ser totales o parciales.
c) Las cantidades indicadas serán referenciales y en este sentido, éstas pueden aumentar o disminuir de acuerdo a las necesidades de la entidad licitante, según la disponibilidad de existencias y capacidad de recursos financieros, siempre y cuando este no supere más de un 30% al monto total adjudicado.
d) El tipo de adjudicación de la licitación será múltiple con emisión automática de Orden de Compra, están serán generadas de acuerdo a las necesidades de abastecimiento y capacidad de bodegaje de los establecimientos de Salud, para lo cual se podrá pedir la entrega parcializada de los productos.
e) El mandante se reserva la facultad de rechazar todas o algunas de las propuestas presentadas si por razones técnicas o presupuestarías no satisfacen el propósito de la adjudicación.
f) Igualmente el mandante se reserva la facultad de rechazar o no considerar las ofertas individuales cuyo monto sea tan inferior al presupuesto estimado, que haga presumir fundadamente y basándose en criterios técnicos de costos, que la oferta no asegura que podrá ejecutarse totalmente o pone en riesgo su calidad.
g) Las Órdenes de Compra emitidas a través del mercadopublico.cl, NO serán certificadas por Bodega Central, cuando estas no se encuentren en estado “ACEPTADA” en el www.mercadopublico.cl
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a farmacia@dascoronel.cl, quién entregará la respuesta y/o aclaración respectiva.
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Precio y forma de pago |
a) El precio unitario ofrecido por cada proveedor se indicará en la línea del producto correspondiente, se expresará en moneda nacional y en valores netos e incluirá todos los costos directos e indirectos que pudieran afectar al producto y/o servicio (transporte, descargas, etc.)
b) La modalidad de pago será dentro de los 30 días siguientes de recepcionada la factura correspondiente a los bienes y que se encuentren en conformidad.
c) La factura deberá ser emitida de acuerdo a los siguientes datos:
Razón Social: I. Municipalidad de Coronel, Departamento de Salud.
R.U.T.: 69.151.202-9
Dirección: Los Notros N° 1489, Lagunillas
Ciudad: Coronel
Giro: Salud
Fonos: (44) 2902040
Se debe indicar el número de la orden de compra.
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Plazo y lugar de entrega |
La entrega del producto se hará en función a la fecha indicada por el proveedor en su oferta, que será señalada en la emisión de la Orden de compra.
En la eventualidad y con la debida autorización del Jefe de Finanzas, se podrá solicitar los despachos de los medicamentos en forma parcializada, en este caso la multa por la fecha de entrega no será considerada, puesto que los despachos de estos, estarán sujetas a lo indicado por esta Dirección de Salud.
Los productos deberán ser entregados en la Bodega del Departamento Administración Salud Municipal, ubicada en Avenida Cordillera N° 3611, Parque Industrial, Coronel., en el siguiente horario:
Lunes a Viernes: Horario AM 09:00 a 13:00 Hrs.
Horario PM 15:00 a 16:00 Hrs.
Cualquier desperfecto, deterioro o merma producida durante el traslado de los productos será de exclusiva responsabilidad del proveedor.
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Multas |
De acuerdo a la fecha de despacho indicada por el proveedor, este se compromete a realizar la entrega de los productos en la fecha indicada, en su totalidad, de lo contrario se aplicará una multa por cada día hábil de atraso correspondiente al 2% del total del producto.
Procedimiento de aplicación de la multa: Detectada la situación que amerite la aplicación de multa, por parte de la DAS, se procederá a informar por escrito, indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar de la fecha de la notificación, el proveedor tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinente. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Dirección de Salud Coronel, dictará el Decreto Alcaldicio aplicando de inmediato la multa. Si el proveedor hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la DAS podrá acoger o rechazar los antecedentes presentado por el proveedor, lo que determinará mediante Decreto Alcaldicio si procede el cobro de la multa o no.
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