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10.1 Especificaciones Técnicas Básicas |
a) Los productos farmacéuticos deben tener registro del Instituto de Salud Pública de acuerdo a lo estipulado en el artículo 42 del Reglamento del Servicio de Salud.
b) Los fármacos deberán proporcionarse en envases clínicos o envase comercial que garanticen su estabilidad al momento de ser utilizados.
c) Los fármacos que no cumplan con el punto anterior, serán devueltos al proveedor previo aviso telefónico o vía correo electrónico, dejando constancia de situación y se exigirá la reposición de ellos sin costo alguno para el Departamento de Salud.
d) Dicha reposición deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco días, contados desde la fecha de la información escrita, archivando antecedentes y quedando pendiente el pago de la factura.
e) No se aceptarán fármacos dañados por transporte o mal almacenamiento y que, además, el tipo de transporte no cumpla con las especificaciones de conservación de los productos.
f) Los valores deben incluir todos los costos directos e indirectos que pudieran afectar el producto y/o servicio de transporte, descarga, retiro, devoluciones, etc., siendo de cargo del proveedor el caso fortuito o fuerza mayor
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10.2 Apertura y admisibilidad de las Ofertas |
a) El acto de Apertura de la Oferta se realizará a través de www.mercadopublico.cl. se efectuará en las dependencias del Departamento Administración Salud, ubicado en Los Notros 1489, Lagunillas, con la participación de Coronel en presencia de la comisión de apertura, integrada por:
* Asesor Técnico Químico Droguería DASM
* Encargada Compras de Farmacia
b) Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas, esta Dirección de Salud, se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes y finalmente no impida la correcta evaluación de las propuestas.
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10.3 Resolución de Empates |
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En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Precio. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Plazo de vencimiento. De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente mayor puntaje en el criterio Plazo de entrega. Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingresó en el menor plazo y horario su oferta en www.mercadopublico.cl
de continuar aun así empatados los oferentes se resolverá adjudicando al oferente que hubiese presentado la oferta en el menor plazo y horario de postulación.
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10.4 Presentación Oferta Técnica, Económica y Administrativa |
a) El licitante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuren en estas bases, las cuales constituyen una única fuente de información para la preparación de la oferta.
b) Los antecedentes requeridos deben ser presentados vía portal mercadopublico.cl, en archivos tipo PDF o JPG, u otro, en cualquiera sea el caso se deberá garantizar que la visualización contenida en estos archivos sea legible y libre de cualquier duda.
c) Los oferentes deben constatar el envío de sus ofertas técnicas, económicas y administrativas a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios anexos requeridos, se debe verificar el posterior despliegue automático del Comprobante de Envío de Oferta que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
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10.5 Procedimiento de evaluación de las ofertas |
a) En el caso que hubiese un único oferente, ello no será obstáculo para el proceso de apertura, de oferta, ni para la adjudicación definitiva, que se lleve a cabo, siempre y cuando dicha oferta, reúna a juicio de la comisión evaluadora de ofertas, las condiciones técnicas, económicas y de servicio para merecer la adjudicación.
b) Las variables que se considerarán en la evaluación de las ofertas, entre otras, serán:
Precio 60%
Plazo de vencimiento 20%
Plazo de entrega 20%
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10.6 Modificación de las Bases |
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El Departamento de Salud Municipal de Coronel podrá modificar las bases de la Propuesta, ya sea por Iniciativa propia o en la atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de preguntas y Respuestas de la Propuesta, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, por lo cual se modificará la fecha de cierre de recepción de ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, a través de un Decreto Alcaldicio. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases.
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10.7 Modificación de la fecha de adjudicación |
a) La fecha aproximada de la adjudicación será la indicada en el calendario de la correspondiente Licitación en el portal y de acuerdo a lo que establece el art 41 del reglamento de la 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
* Retraso en la firma del Decreto de adjudicación, por compromisos del Alcalde y/o sus subrogantes.
* Por ausencia involuntaria del encargado del proceso.
* Por motivos de fuerza mayor emergencia y otros imprevistos.
* Por reasignación del ítem o el presupuesto asignado.
b) En caso que se produjese una prórroga de la fecha, esta será realizada en el icono respectivo del sitio web www.mercadopublico.cl “mostrar fechas de la Licitación”, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de la adjudicación inicial.
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10.8 Adjudicación y contratos |
a) La adjudicación se formalizará con el Decreto Alcaldicio de adjudicación y la posterior emisión de la Orden de Compra, en este caso no será requerida garantía de fiel cumplimiento, de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el sentido que no existen razones fundadas que ameriten su exigibilidad.
b) Las cantidades indicadas serán referenciales y en este sentido, éstas pueden aumentar o disminuir de acuerdo a las necesidades de la entidad licitante, según la disponibilidad de existencias y capacidad de recursos financieros, siempre y cuando este no supere más de un 30% al monto total adjudicado.
c) La Orden de Compra emitida a través del mercadopublico.cl, NO será certificada por Bodega Central, cuando esta no se encuentren en estado “ACEPTADA” en el sitio web www.mercadopublico.cl
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10.9 Aclaraciones |
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Los interesados en presentar ofertas podrán formular consultas a través del sitio web www.mercadopublico.cl según los mecanismos definidos como “Foro”, las que se recibirán a contar de la fecha señalada en las bases del portal. Dichas consultas se responderán en el mismo portal, y deberán ser revisadas por los interesados.
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10.10 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a farmacia@dascoronel.cl, quién entregará la respuesta y/o aclaración respectiva.
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10.11 Precio y forma de pago |
a) La modalidad de pago será dentro de los 30 días siguientes de recepcionada la factura correspondiente a los productos solicitados y que estos se encuentren en conformidad.
b) La factura deberá ser emitida de acuerdo a los siguientes datos:
Razón Social: I. Municipalidad de Coronel, Departamento de Salud.
R.U.T.: 69.151.202-9
Dirección: Los Notros 1489, Lagunillas
Ciudad: Coronel
Giro: Salud
Fonos: (41) 3393500
Deberá indicar el número de la orden de compra
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10.12 Plazo y lugar de entrega |
a) En el caso que el proveedor requiera prorrogar la entrega de los productos, por causa justificada, deberá formularlo por correo electrónico al Asesor Técnico Químico Droguería DASM o al Encargado del proceso de compra, acompañando los fundamentos. Dicha solicitud será evaluada y resuelta e informada al proveedor su resolución. En caso de no ser presentada dicha justificación, el proveedor deberá asumir las multas y sanciones respectivas.
b) La entrega de los productos se hará en función a la fecha de emisión de la Orden de compra y el tiempo comprometido por el oferente en su oferta.
c) Los productos deberán ser entregados en la Bodega del Departamento Administración Salud, ubicada en Avenida Cordillera N° 3611, Parque Industrial, Coronel., en el siguiente horario: Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 Horas., y de 14:30 a 16:30 horas.
d) La entrega de la Factura podrá ser física o enviada al correo electrónico facturas@dascoronel.cl.
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10.13 Multas |
a) La Ilustre Municipalidad de Coronel, Departamento Administración Salud procederá a la aplicación de multa de un porcentaje sobre el valor total neto de la Orden de Compra de la materia de encargo, debido a la siguiente causal:
El incumplimiento en el plazo de entrega de los productos: En este caso, la multa por atraso en la entrega total o parcial, por rechazo por no cumplimiento de especificaciones técnicas, se aplicará por cada día hábil de atraso (considera los días superiores a los comprometidos por el oferente en su oferta) y se calcularán con un 3% del valor neto de los bienes, con un tope de 10 días hábiles. Transcurrido ese plazo de incumplimiento esta Administración de Salud podrá pedir la cancelación de la orden de compra pudiendo adjudicar a la segunda mejor oferta presentada en dicha licitación.
La multa no podrá sobrepasar el 30% del valor total de la orden de compra, la cual será descontada a través de la factura a pagar.
Aplicación de multa
En caso de incumplimiento de las obligaciones del proveedor, le corresponderá al Asesor Técnico Químico Droguería DASM enviar informe detallado del Incumplimiento a la Directora y Jefe de Gestión Financiera para su tramitación. El Informe deberá contener a lo menos:
* Identificación del proveedor
* Identificación de la licitación
* Nº Orden de compra
* Fecha del Incumplimiento por parte del proveedor.
* Descripción del Incumplimiento con documentación que lo respalda.
* Monto de la Multa de acuerdo a lo indicado en las presentes Bases.
La Directora del DASM a la vista del informe, estará facultada para calificar, aplicar y notificar al proveedor la multa correspondiente, mediante carta certificada al domicilio legal o correo electrónico consignado por el proveedor en el Anexo N°1. El adjudicatario a partir de esta notificación tendrá un plazo de cinco (05) días hábiles para realizar sus descargos, debiendo ingresar por Oficina de Partes una carta o correo electrónico dirigido a la Directora. direccion@dascoronel.cl
Si se hubiese presentado descargos, la Directora, evaluando los antecedentes, y solicitando los informes que estime pertinentes al Asesor Técnico Químico Droguería DASM, resolverá mediante resolución fundada la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los argumentos dados por el proveedor. En caso que no se hubiese reclamado la multa o realizado los descargos correspondientes, la Directora resolverá mediante resolución fundada en un plazo de diez (10) días hábiles contados desde la fecha de notificación del Oficio Ordinario que informó la multa respectiva al proveedor, la aplicación de la multa.
El proveedor tendrá derecho a reclamación ante los Organismos del Estado pertinentes según la Ley 19.880 y su Reglamento.
Mecanismos para pago de multa:
Para el pago de las multas se establecen los siguientes mecanismos:
* El valor de la multa aplicada se descontará a través de la factura a pagar.
* Pago directo del proveedor en la cuenta del Departamento Administración Salud Municipal de Coronel.
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10.14 Cláusula de readjudicación |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, excede el plazo máximo indicado en las multas, no entrega los antecedentes legales para contratar o no se inscribe en Chile proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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