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GENERALIDADES |
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Las presentes Bases Administrativas Especiales, Técnicas y Económicas tienen como objetivo definir y dar lineamientos claros de los deberes y derechos de los participantes a cuál se refiere este Ilamado a Licitación Pública denominada “CONSTRUCCION Y HABILITACION DE SALAS DE LACTANCIA MATERNA EN DOS CESFAM DE LA COMUNA DE CORONEL”
El Contrato será de tipo Suma Alzada, sin reajustes ni intereses, ni indemnizaciones de ningún tipo, para ejecutar a precio fijo expresado en pesos y hasta la total terminación de la obra a que se refieren los Planos, Especificaciones Técnicas y en general todos los antecedentes de la Licitación.
Los Contratistas y Subcontratistas, deberán cumplir con la normativa vigente relativa a la Iey N° 20.123 y Reglamento que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de Empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. La DAS velará y certificará el cabal cumplimiento de lo anterior.
Los Contratistas, deberán cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la Aplicación del Artículo 66 bis de la Ley N° 16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo en obras, faenas o servicios. La DAS velará y certificará a través de la I.T.O. el cabal cumplimiento de lo anterior.
Los Contratistas, deberán cumplir con la normativa vigente del Reglamento N° 05 de fecha 16 de Noviembre del 2015, relativa al “Reglamento especial de prevención de riesgo, salud ocupacional y medio ambiente para empresas contratistas y sub contratistas de la I. Municipalidad de Coronel" para su aplicación y que son parte de las bases de licitación. Este documento se encuentra publicado en el link htto://www.portaltransparencia.cl/PortaIPdT/odtta/-/ta/MU068/PMN/MN Trabajo en obras, faenas o servicios. La DAS velará y certificará el cabal cumplimiento de lo anterior.
Desde publicada la licitación hasta la adjudicación de ésta, los oferentes no podrán tener contacto alguno con la entidad licitante, salvo en las visitas a terreno y/o a través de los mecanismos dispuestos en la plataforma de licitaciones, esto es, el foro para consultas y respuestas, antes del cierre de recepción de ofertas y el foro inverso de aclaración a las ofertas, posterior a la apertura electrónica.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar todas aquellas personas naturales y jurídicas que cuenten con la capacidad necesaria para suministrar los bienes y/o servicios que se licitan y que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases Administrativas Especiales, Técnicas y Económicas.
Los proveedores deben estar inscritos en Chile Proveedores para poder participar en la presente licitación, por el hecho de estar en estado de INSCRITO en el Registro, acredita el cumplimiento de las habilidades para ser contratado por organismos del estado en el caso de que adjudique.
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ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO |
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El servicio a contratar consistirá en la construcción y habilitación de la sala de lactancia en dos Centros de Salud Familiar. El detalle se encuentra en las Especificaciones Técnicas de las presentes bases.
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MONTO DISPONIBLE |
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El monto máximo disponible asciende a la suma de $ 13.585.843.- IMPUESTO E IVA INCLUIDO.
Si la oferta supera este monto, quedará fuera de base y no será evaluada.
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DISCREPANCIA ENTRE LOS ANTECEDENTES: |
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Toda imprecisión o discrepancia, en los antecedentes de la presente Licitación, se interpretará siempre en el sentido de la mejor y más perfecta ejecución de los trabajos, conforme a normativas de procedimiento de buena ejecución y a la siguiente prelación administrativa:
• Aclaraciones Foro Inverso
• Bases Administrativas Especiales, Técnicas y Económicas y sus Anexos
• Bases Administrativas Generales
Cabe señalar que el contratista deberá verificar en terreno las cantidades de obras a ejecutar y ello tenerlo presente ya que es un contrato a suma alzada.
Prelación Técnica:
• Aclaraciones Foro inverso del Portal Mercado Publico.
• Especificaciones técnicas.
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VISITA EN TERRENO |
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Se contempla una visita a terreno de carácter obligatorio el día lunes 25 a las 17:00; la visita en terreno será en Cesfam Carlos Pinto Fierro, ubicado en Manuel Montt N°1500, esq. Los Chiflones , y luego en Cesfam Lagunillas ubicado en Los Álamos N° 2428, Lagunillas 1. El oferente que no concurra a la misma, quedará fuera de bases. Se dejará constancia de los asistentes en Acta de visita a terreno.
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CONSULTA, RESPUESTAS Y/O ACLARACIONES |
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Las consultas que los participantes deseen formular, en relación a la materia de esta propuesta, del sitio www.mercadopublico.cl, en fechas indicadas, en etapas y plazos de la ficha electrónica de la licitación. Las respuestas y/o aclaraciones se pondrán a disposición de los oferentes en la página web www.mercadopublico.cl, en fechas indicadas, en etapas y plazos de la ficha electrónica de la licitación. Se citaran a cada consulta, sin hacer mención al participante que le haya formulado y luego se dará la respuesta respectiva.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el mismo plazo en que deben responderse las consultas, las aclaraciones se entenderán informadas a los participantes al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl, en la misma fecha señalada en el párrafo anterior; por lo tanto, el proveedor está obligado a revisar en el portal en la fecha indicada de la publicación de las respuestas, si se anexaron nuevos archivos como aclaraciones.
Tanto las respuestas a las preguntas, como las aclaraciones que formule la institución se entenderán como parte integrante de las presentes bases para todos los efectos legales.
En el caso de las respuestas derive una modificación de las bases de licitación, de ser necesario deberá otorgarse el plazo suficiente a los proveedores para presentar sus ofertas en el sistema de información www.mercadopublico.cl
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PRESENTACION DE LA OFERTA |
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Antes de la fecha y hora de cierre de la licitación, los oferentes deberán ingresar sus ofertas al portal www.mercadopublico.cl, en formato digital, clasificando los antecedentes en dos anexos denominados.
• “Anexos Administrativos”
• “Anexos Económicos”
9.1.- ANEXOS ADMINISTRATIVOS
Formulario N°1 “Declaración Jurada Simple”, de acuerdo a formato adjunto.
Formulario N°2 “Formato de Identificación del Oferente”, de acuerdo a formato adjunto.
Formulario N° 3 “Aceptación de bases”, de acuerdo a formato adjunto.
En el caso de sociedades o personas jurídicas deben adjuntar copia de la escritura de constitución de sociedad y fotocopia de certificado de vigencia de la Sociedad.
En el caso que sean personas naturales deberán presentar fotocopia de la Cédula de Identidad y certificado de iniciación de actividades con una data no superior a 30 días desde el cierre de recepción de ofertas.
Iniciación de actividades emitida por el SII.
9.2.- ANEXOS ECONOMICOS
Se deberá subir al portal los siguientes antecedentes una vez completos los datos solicitados:
Formulario Oferta “Oferta Económica” (Se adjunta en el anexo N°4)
Presupuesto detallado que indique claramente el precio unitario, unidad de medición de la partida cantidad total, según formato adjunto, respetando estrictamente el contenido del itemizado que se adjunta en los documentos de la licitación.
No se aceptarán modificaciones realizadas por el oferente respecto a los antecedentes suministrados para la licitación, además, si el oferente omite algún documento solicitado en los anexos administrativos y económicos o lo adjunta incompleto, su oferta será rechazada y no podrá participar de la licitación.
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PLAZO DE EJECUCION |
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El plazo máximo es de 15 días corridos, contados desde la fecha de adjudicación de la propuesta al oferente.
En el caso del que el oferente indique un plazo superior, este quedará fuera de bases y su oferta será rechazada. En caso de que el proveedor incumpla su oferta, sin perjuicio de las multas, el hecho de superar el plazo de 15 días, importará un incumplimiento grave y supondrá el termino ipso facto del proceso adjudicado.
Sobre este punto, se hace presente que el plazo ofertado por el proveedor, aceptado y adjudicado por la I. Municipalidad de Coronel, no podrá ser alterado, siendo de cargo del proveedor el riesgo en estos casos, sin que sea causal o eximente para incumplir el mismo, cualquier clase de imprevisto, caso fortuito o incluso fuerza mayor. Así, para mayor claridad, se deja expresamente establecido, que, de no cumplirse el señalado plazo de entrega, se aplicará la respectiva multa y/o el término anticipado a criterio de la I. Municipalidad de Coronel, a todo evento.
Sin perjuicio de lo dicho, y solo cuando sea de interés de la I. Municipalidad de Coronel, se podrá aprobar un aumento o disminución de plazo, el cual deberá ser aprobado previamente por el director DAS, quien remitirá la misma al Sr. alcalde, donde indique la pertinencia o no, de dicho aumento de plazo, similar criterio se aplicará en el caso de aumento y/o disminución de obra de cualquier tipo, inclusive las de costos cero.
El contratista, el primer día luego de su adjudicación, deberá entregar al Jefe administrativo del Cesfam respectivo, con copia al director del DAS, una Carta Gantt detallada con fechas de la programación de la obra, no alterando la fecha indicada en su oferta.
El profesional designado por el DAS, revisará la obra las veces que sea necesario, con el fin de verificar el avance y la calidad de la obra.
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CIERRE Y APERTURA DE LA OBRA |
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La fecha de cierre para la recepción de las ofertas es la indicada en el portal mercado público, quienes cumplan con la ´postulación electrónica quedaran automáticamente participando. El acto de apertura administrativa y económica se realizará a contar de la fecha y hora indicada en el portal mercado público en las dependencias del Departamento de Salud de Coronel (DAS), ubicada en Avda. Cordillera 3611, Parque Industrial, Coronel, y no será necesaria la participación de los oferentes.
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CONTRATO |
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Una vez notificado el decreto de adjudicación por parte del DASM., se celebrará el contrato respectivo dentro del plazo máximo de 2 día hábiles, contados desde la fecha de dicha notificación.
El DASM., podrá exigir que el adjudicatario presente en sus dependencias, ubicadas en Avda. Cordillera N° 3611, Parque industrial Coronel, dentro de los 2 días siguientes a la notificación de la adjudicación, los siguientes documentos, en forma previa a la suscripción del contrato:
Copia autorizada ante Notario de los documentos en que consta la personería del representante legal y de su inscripción en el Registro de Comercio.
Certificado de vigencia de la sociedad, original o copia autorizada ante Notario, otorgado por el Conservador de Comercio, cuando corresponda, con una antigüedad no superior a 60 días.
Para facilitar el proceso de firma del contrato, éste estará a disposición del oferente adjudicado en las oficinas del DASM., previa comunicación.
En caso que el adjudicatario no firme el contrato dentro del plazo establecido en el punto 13, el DASM., podrá hacer efectivo el documento de Garantía de Seriedad de la Oferta y se dejará sin efecto administrativamente el Decreto de Adjudicación, procediéndose a efectuar una nueva adjudicación al oferente que hubiese quedado en el segundo lugar en la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora o proceder a realizar una nueva licitación, según lo considere más conveniente para sus intereses, el DASM.
Serán de cargo del contratista todas las obligaciones tributarias que correspondan durante la vigencia del contrato, en lo que se refiere a impuestos, tasas y contribuciones fiscales, municipales y de cualquier otra índole.
El adjudicatario no tendrá derecho a demandar aumento o reajuste del precio de su contrato fundado en la dictación de leyes generales o especiales que dispongan reajustes o aumentos de las remuneraciones, bonificaciones, imposiciones previsionales o impuestos, aumentos en los salarios o en el costo de los materiales y equipos nacionales y/o importados, costos financieros, u otros de cualquier naturaleza y/u origen, tanto legales como convencionales, haciendo constar las partes que la posibilidad de tales aumentos han sido tenidas en cuenta para la fijación del precio ofertado.
El adjudicatario se obliga, en lo que fuere procedente, a cumplir con lo dispuesto en la Ley 20.123 y en sus modificaciones posteriores, así como también en lo dispuesto en el Reglamento para la aplicación del Artículo 183- C, inciso segundo del Código del Trabajo y Reglamento para la aplicación del artículo 66 Bis de la Ley 16.744.
El DASM., podrá considerar como causales de Modificaciones y Término Anticipado, las siguientes:
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
El DASM., podrá poner término anticipado al contrato sin necesidad de aviso previo, por la vía administrativa, mediante la dictación de un Decreto Alcaldicio fundado y sin intervención judicial, cuando el oferente hubiere infringido obligaciones que las leyes, las presentes bases administrativas o el contrato le impongan haciéndose efectivo el documento de Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, haciéndose expresamente aplicable lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de la Ley Nº19.886. En estos casos, el proveedor no tendrá derecho a reclamación ni indemnización de ningún tipo, por la circunstancia de haberse puesto término de esta forma al contrato. Se considerarán, a modo de ejemplo, y especialmente como incumplimientos graves de las obligaciones por parte del adjudicatario que faculten al Municipio a través del DASM., para aplicar este numeral, las siguientes:
Las causales estipuladas en las leyes chilenas.
Por interrupción de la ejecución de las obras requeridas, por parte del adjudicatario, sin causa justificada, por más de dos días hábiles.
En aquellos casos en que por razones de interés público así lo determine la Ilustre Municipalidad de Coronel.
No pago de las remuneraciones de sus actuales trabajadores.
Incumplimiento grave en la calidad y cantidad de las obras y servicios solicitados, ofrecidos, adjudicados y contratados, lo que en todo caso será evaluado por la Ilustre Municipalidad de Coronel, a través del DASM.
La no entrega en el plazo ofertado por el adjudicatario, por cualquier causa, incluyéndose en este punto, toda clase de imprevistos, caso fortuito o fuerza mayor.
No cumplimiento en el plazo de entrega ofertado por el adjudicatario para el servicio terminado o cuando se demostrare o resultare evidente, que no cuenta con la capacidad técnica para terminar los mismos.
El procedimiento para declarar el término anticipado por incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, será el relativo a la aplicación de multas, iniciándose el procedimiento con la notificación del encargado del contrato al proveedor de las circunstancias que configuran el referido incumplimiento grave, a fin de que éste último pueda presentar sus descargos en un plazo no superior a 2 días corrido. El director DAS tendrá 3 días hábiles para dar a conocer al proveedor su decisión al respecto.
En cualquiera de los casos señalados en la presente cláusula, el Departamento de Salud podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
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GARANTÍAS |
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Cada una de los documentos de garantía antes señaladas, deberá indicar claramente en su glosa lo que están garantizando, de conformidad a lo establecido en los puntos precedentes.
Garantía de fiel, oportuno y exacto cumplimiento del contrato
El Adjudicatario deberá entregar para caucionar el Fiel Cumplimiento del Contrato, una garantía inicial consistente en una caución o garantía de cobro inmediato equivalente al 5% del valor total del Contrato, con una duración igual al plazo del contrato más 90 días corridos, la que será entregada al momento de la firma del Contrato.
La Garantía o Caución, tomada a favor del DASM., RUT Nº 69.151.202-9, deberá contemplar la siguiente glosa: "Para garantizar al Departamento de Salud de Coronel, el cumplimiento del Contrato “CONSTRUCCION Y HABILITACION DE SALAS DE LACTANCIA MATERNA EN DOS CESFAM DE LA COMUNA DE CORONEL”
y el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores contratantes", u otra que dé cuenta de la obligación que garantiza.
La garantía deberá entregarse en el DASM., en sobre cerrado dirigido al Sr. Director del DASM., con indicación del Nº de ID del presente proceso de compra en el portal www.mercadopublico.cl, rotulado Contratación de “CONSTRUCCION Y HABILITACION DE SALAS DE LACTANCIA MATERNA EN LOS CESFAM DE LA COMUNA DE CORONEL”
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INSPECCIÓN, SANCIONES Y MULTAS |
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La inspección técnica será ejercida por el Director del DASM., o quien el designe, mediante documento formal. De no mediar aquello, la misma podrá ser realizada por los Jefes administrativos o Subdirectores de los establecimientos respectivos.
Corresponderá al Departamento de Salud la fiscalización del correcto, oportuno y eficiente cumplimiento del Contrato de “CONSTRUCCION Y HABILITACION DE SALAS DE LACTANCIA MATERNA EN LOS CESFAM DE LA COMUNA DE CORONEL”. Para estos efectos, el Director respectivo, designará un Inspector Técnico del Contrato, función que recaerá en el Jefe Administrativo o sub-Director según el Cesfam que corresponda,
Corresponderá al Inspector Técnico del Contrato, visar la factura para el pago del servicio del adjudicatario, de no mediar esta vización no se realizará el pago.
Será el inspector técnico del contrato, quien realizará la recepción de la obra terminada, y será aquel, quien certifique si los trabajos se realizaron en los plazos de ejecución indicados por el proveedor adjudicad, para efectos de aplicar eventuales multas o sanciones.
Se aplicarán sanciones o multas, expresadas en Unidades Tributarias Mensuales (U.T.M.), en caso de incumplimiento de alguna de las situaciones que se señala a continuación:
Atraso en el cumplimiento de la carta Gantt entregada por el oferente, multa de 2 U.T.M., por día de atraso.
Abandono del servicio o del lugar de trabajo, mostrar conductas que a juicio del supervisor, alteren el buen servicio o la imagen institucional, no constituirse a la supervisión, al ser fiscalizado por inspector técnico del contrato, Multa de 1 a 2 U.T.M., dependiendo de la gravedad del caso, por vez detectada.
Incumplimiento en el plazo de entrega (ejecución) de las obras y servicios contratados, indicados en la oferta del proveedor, multa de 30 UTM por día de atraso, sin perjuicio de la faculta de la I. Municipalidad de Coronel, de poner término anticipado al contrato.
Las Multas en general, tendrán un tope mensual de 60 UTM, en caso de exceder dicho tope, se incurrirá en incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, lo que habilitará al Municipio para poner término anticipado al Contrato, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, todo lo anterior previa evaluación del Director DAS.
En el evento que el DASM., haga efectivas las multas mediante el cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, este Acto Administrativo, obligará al contratista a presentar una nueva garantía, dentro del plazo de 2 días corridos de ejecutoriada, tomada en las mismas condiciones y valor originalmente estipuladas en las presentes Bases, la que una vez presentada, dará lugar a la entrega y liquidación del saldo efectivo al Contratista de la garantía cobrada. Si este documento en garantía no es repuesto en el plazo que se estipula, comenzara a correr desde el día 3 en adelante una multa diaria correspondiente al 1% del valor total del contrato, que se descontara del documento tributario Factura pendiente por pagar en la oficina de contabilidad del DAS.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE LA MULTA |
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La detección de deficiencias por parte de la Inspección Técnica hacia el proveedor, quedará registrada y comunicada al contratista a través de un oficio dirigido a este enviado a través de correo electrónico, en donde se le describirá la falta calificada, el día, el lugar y la multa que se le aplicará.
El proveedor, ante la aplicación de la multa podrá presentar sus descargos en un plazo no superior a 2 días corridos al correo secretariadireccion@dascoronel.cl, con copia a directorsalud@dascoronel.cl, comprasmenores@dascoronel.cl, recaudación@dascoronel.cl, jefefinanzas@dascoronel.cl, Posterior a la revisión de estos descargos el Director DAS, tendrá un plazo de 3 días hábiles para darle respuesta a los descargos, decisión que se comunicara por la vía expuesta en la letra (a) de este procedimiento.
Una vez cursadas, las multas se descontarán administrativamente, sin forma de juicio, de la facturación mensual, la garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o de cualquier valor que se adeude al contratista, para lo cual, la Dirección DAS deberá notificarlo previamente por oficio.
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