Licitación ID: 2762-52-LE22
REPOSICIÓN DE CUBIERTA SECTOR AZUL
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE CORONEL DPTO ADMINIST, DEPARTAMENTO ADMINISTRACION SALUD MUNICIPAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 141
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Instalación de sistemas de seguridad 1 Unidad
Cod: 72102204
Reposición Cubiertas sector azul CESFAM  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPOSICIÓN DE CUBIERTA SECTOR AZUL
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes Especificaciones Técnicas (E.T.) se refieren a la determinación de los materiales y a los procedimientos de ejecución de obras, así como la definición de los trabajos terminados y a los requisitos para su aceptación, de la obra que forma parte del proyecto de 205.90 m2 denominado “Reposición de cubierta Cesfam – Sector Azul”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE CORONEL DPTO ADMINIST
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO ADMINISTRACION SALUD MUNICIPAL
R.U.T.:
69.151.202-9
Dirección:
AVDA. CORDILLERA N° 3611, SECTOR PARQUE INDUSTRIAL
Comuna:
Coronel
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-12-2022 9:00:00
Fecha de Publicación: 12-12-2022 18:39:31
Fecha inicio de preguntas: 13-12-2022 9:00:00
Fecha final de preguntas: 16-12-2022 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-12-2022 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-12-2022 9:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-12-2022 9:30:00
Fecha de Adjudicación: 12-01-2023 16:40:36
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
Documentos Técnicos
1.- ANEXO TÉCNICO N°1: 01.- Plano Reposición Cubiertas sector azul Cesfam
 
Documentos Económicos
1.- El oferente deberá entregar obligatoriamente el anexo económico denominado "ANEXO ECONÓMICO: FORMULARIO N.º 3, PRESUPUESTO DETALLADO", como se indica en el referido formulario. De no presentar este documento y completado correctamente, no se evaluara la oferta y quedara fuera de bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 EXPERIENCIA EN M2 CONSTRUIDOS Ítem Porcentaje ≥ 5.001 m2 construidos 35% Acredita entre 3.001-5.000 m2 construidos 30% Acredita entre 1.000 – 3.000 m2 construidos 25% Acredita menos de 1.000 m2 construidos 20% No presenta experiencia. 0 ACREDITACIÓN MENCIONADA EN PUNTO N°9; ''PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES PARA CRITERIO DE EVALUACIÓN EXPERIENCIA EN M2'' 45%
2 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Obtendrá 10 porciento, el oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de la misma y acompañando todos los antecedentes requeridos, hasta antes de la fecha y hora de la Apertura Electrónica. Obtendrá 0 porciento, el oferente que haya omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, es decir antes de la apertura, dándole la posibilidad de completarlos con posterioridad, a través del foro inverso, en virtud de lo señalado en el artículo 40 del reglamento de la ley N° 19.886. Será motivo de rechazo, la oferta que no entregue la totalidad de los documentos solicitados, toda vez que se le haya dado la posibilidad de salvar errores u omisiones formales. 10%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 45%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2153102004003
Monto Total Estimado: 12702545
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 30 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE PEREZ PILCO
e-mail de responsable de pago: recaudacion@dascoronel.cl
Nombre de responsable de contrato: CLAUDIO RIVERA CABRERA
e-mail de responsable de contrato: jefefinanzas@dascoronel.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-41-3393525-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Coronel, Departamento de Salud
Fecha de vencimiento: 25-04-2023
Monto: 5 %
Descripción: La vigencia será la cantidad de días del plazo de ejecución, aumentado en 90 días adicionales corridos (120 días de vigencia de la referida boleta de garantía), contados desde la fecha de emisión del documento y por una cantidad equivalente al 5% del valor del contrato. Dentro del plazo de la vigencia de la garantía se entiende incluido al plazo contractual de ejecución de las obras. Descripción: Este documento se presentará en un sobre cerrado dirigido al Departamento de Salud de la Ilustre Municipalidad de Coronel, indicando el nombre del oferente y nombre de la Licitación, el cual deberá ser ingresado a través de la Oficina de Partes del Departamento Salud, ubicado en Calle Los Notros #1489, Sector Lagunillas, Coronel, hasta la fecha de cierre de la presente licitación, en el siguiente horario 08:30 a 13:00 hrs., no existirá mayor plazo, la NO presentación de la boleta se considerará que desistió de su oferta y se cancelara la adjudicación. También podrá presentar la boleta de forma electrónica (digital), respetando los mismos plazos indicados anteriormente.
Glosa: Garantia por el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra: Esta garantía es para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, la correcta ejecución de la obra y el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, así como el pago de eventuales multas. De la licitación publica ID:2762-52-LE22, denominada REPOSICION CUBIERTA SECTOR AZUL
Forma y oportunidad de restitución: Forma y oportunidad de Restitución: La boleta de garantía será devuelta a la empresa una vez transcurridos 90 días corridos posteriores a la entrega de la obra, por lo anterior la boleta de garantía de “Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato y Correcta Ejecución de la Obra”, tendrá una vigencia de 120 días corridos contados desde su emisión.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “Precio”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “Garantía de mantenimiento”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio   "Comportamiento contractual anterior”  y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta a la plataforma, lo anterior será verificado en el comprobante de oferta que entrega él portan www.mercadopublico.cl.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Solo a través de foro en www.mercadopublico.cl
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
La empresa adjudicada deberá respetar la legislación vigente a la fecha en relación con el cumplimiento de los deberes sociales con sus trabajadores. 
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Solo en los casos en que no sea ventajosa para el oferente que omitió antecedentes, se solicitaran por foro inverso a través de la plataforma en www.mercadopublico.cl
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Plazo de ejecución de la obra.
El plazo de ejecución de 30 días de la obra, es de carácter obligatorio y solo podrá ser disminuido o ampliado por el ITO a cargo de la obra.
Cumplimiento de especificaciones técnicas.
Las especificaciones técnicas adjuntas al presente proceso son de estricta sujeción, cualquier oferta entregada por la empresa de forma autónoma y propia, que no se ajuste a lo requerido en las especificaciones técnicas adjuntas, no será evaluada y quedara fuera de bases.
SUBCONTRATACION
La empresa podrá realizar subcontrataciones de hasta un 30% previa a autorización de la DAS, presentando un informe con las partidas que serán subcontratas y la empresa que realizara el servicio.
ANTICIPOS
No se considera. La obra será pagada una vez terminada, entregada y reciba el visto bueno de conformidad y buena ejecución por parte del ITO.
PROFESIONAL DE LA EMPRESA OFERTANTE A CARGO DE LA OBRA
La persona que esté a cargo directo de la obra deberá ser un profesional del área de la construcción, es decir, deberá ser uno de los siguientes profesionales: Constructor Civil, Ingeniero Civil del área de la construcción o Ingeniero Constructor. El profesional a cargo deberá estar tiempo completo en la obra. El incumplimiento de lo anterior dará derecho a cobrar una multa diaria (por cada día que se compruebe el incumplimiento) de 0,05 % del valor TOTAL del contrato, situación que será verificada por la I.T.O y deberá dejar constancia en el libro de Obras. El I.T.O. deberá solicitar el Certificado de Título legalizado ante notario, del profesional Residente de la obra.
PARALIZACION TEMPORAL DE OBRAS O AUMENTO Y/O DISMINUCIONES DE PLAZO
Sin perjuicio de lo dispuesto en las presentes Bases Administrativas, la Municipalidad podrá, con el fin de llevar a un mejor término la obra contratada, ordenar modificación o paralización temporal de obras, las que deberán ser justificadas y aprobadas por Decreto Alcaldicio, antes de la fecha de término del plazo contractual. Estas paralizaciones deben ser bajo una causal justificada, entre ellas se encuentra: • Caso fortuito • casos externos • falta abastecimiento de materiales • otro debidamente justificado En caso de paralización, en el decreto que lo aprueba debe quedar establecido quien será responsable del resguardo de la obra durante ese periodo. Además, el decreto debe establecer el periodo de aumento o paralización, si el oferente excede este periodo, será multado Por cada día de atraso en retomar las Obras se procederá aplicar una multa de un 0,2% del valor neto total del contrato por día, con un tope del 30% del monto total del contrato., lo cual se procederá a realizar el término de contrato con cargo.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Inspección Técnica podrá poner Término Anticipado del Contrato por los siguientes casos: 1.- Por resolución administrativa con cargo del contrato, en los casos señalados en el Art. Nº 84 de las Bases Administrativas Generales. Si el contratista no diere cumplimiento a las condiciones pactadas en el contrato o se niegue a dar cumplimiento a las instrucciones impartidas por la I.T.O., la DAS podrá disponer la resolución administrativa con cargo al contrato y aplicarle una sanción de suspensión del registro de contratistas por el periodo de 5 años Para los efectos de las presentes bases generales, resolver administrativamente con cargo un contrato, implica la facultad que tiene la DAS de poner término anticipado a un contrato de ejecución de obras, sin necesidad de recurrir a la justicia ordinaria para tales efectos, habida consideración de la aceptación del contratista por el solo hecho de suscribir el contrato correspondiente, siendo de cargo de dicho contratista todo mayor gasto directo o indirecto que su incumplimiento le signifiquen a la DAS. Se entiende, por cargo de un contrato resuelto administrativamente, el mayor costo que deba pagar la DAS por la ejecución y terminación de las obras contratadas, incluyéndose la totalidad de los gastos en que deba incurrir, tanto directos como indirectos o a causa de ello, previstos o imprevistos. La DAS podrá declarar resuelto administrativamente el contrato con cargo, sin forma de juicio, y hacer efectivas de inmediato todas las garantías que obren en su poder, en los siguientes casos: a) si el contratista, por causa que le sea imputable, no iniciaré las obras dentro del plazo máximo de 30 días corridos de plazo entregado para realizar la obra, contados desde la fecha de entrega en terreno. b) por paralizar las obras por más de 5 días, sin causa justificada ante la I.T.O c) Por el incumplimiento de las órdenes e instrucciones impartidas por la I.T.O relacionadas con la ejecución de las obras. d) Por modificaciones o alteraciones de las obras contratadas sin la debida autorización. e) Si las obras quedaren con defectos graves que no pudieren ser reparados y comprometieren la seguridad de ellas u obligaren a modificaciones sustanciales del proyecto, sin perjuicio que la municipalidad adopte las medidas procedentes. f) Por quiebra, cesión de bienes o notaria insolvencia. Se presumirá insolvencia del contratista cuando tenga documentos protestados o se encuentre en mora en el pago de obligaciones previsionales o tributarias. g) Si el contratista fuere declarado reo por algún delito que merezca pena aflictiva. Tratándose de sociedades, cuando lo fuere alguno de sus socios, miembros del directorio apoderados. h) Si el contratista fuere una sociedad y se disolviera o se hubiese manifestado la voluntad de disolverla, encontrándose pendiente la ejecución del contrato. i) Por atraso mayor o igual a 20 días corridos, con respecto a la programación de las actividades, solicitadas en el art. 15 precedente. j) Por otras causales indicadas en las presentes bases generales que establezcan dicha sanción; Resuelto administrativamente con cargo un determinado contrato la DAS deberá contratar la terminación de las obras materia del mismo, de acuerdo a las normas de las presentes bases generales, procurando mantener, en lo posible, el mismo número, calidad y especificaciones de las obras contratadas primitivamente. Para terminar las obras liquidadas administrativamente con cargo, la DAS podrá recurrir a los estados de pagos pendientes y hacer efectivas las garantías en custodias de cualquier naturaleza. La DAS dispondrá de un plazo de 90 días, contados desde la fecha de tramitación de la resolución que disponga la medida a que se refieren los artículos precedentes, para recontratar la terminación de las obras. En caso de que al contratarse la terminación de las obras, fuere necesario modificar partidas o especificaciones del contrato resuelto administrativamente con cargo, para los efectos de liquidar el cargo, se deberán considerar para aquellas partidas los valores y cantidades contemplados en el presupuesto detallado, según sea el caso. Terminadas y recibidas por la DAS las obras contratadas se procederá a liquidar contablemente el contrato resuelto administrativamente con cargo, para lo cual se deberá expresar en pesos el monto del contrato que se liquida, a la fecha de término establecida para el mismo. De resultar un saldo a favor del contratista, se le restituirá dictando previamente al efecto un decreto que sancione la liquidación pertinente. Si de la liquidación se obtiene un saldo en contra del contratista, este tendrá un plazo de 30 dias, contados desde la fecha de notificación de la resolución que aprueba la liquidación contable, para ingresar en arcas de la DAS el total adeudado. Vencido dicho plazo, la municipalidad iniciara las acciones judiciales procedan. 2.- De común acuerdo entre los contratantes. 3.- Por liquidación anticipada, en caso de fallecimiento del contratista. 4.- Cuando demostrare incapacidad técnica para terminar los trabajos. 5.- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 6.- Por constatar que los integrantes de la UTP la constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. 7.- Si uno o más integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 8.- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros. 9.- Inhabilidad sobreviviente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. 10.- Disolución de la UTP. En cualquiera de estos casos, la DAS podrá hacer efectiva la Garantía por el Fiel y oportuno Cumplimiento de Contrato, dando término anticipado del contrato en forma administrativa y sin necesidad de intervención de los tribunales de justicia ni arbítrales, sin perjuicio de ejercer las acciones legales por los montos no cubiertos por la Garantía.
RECEPCIÓN PROVISORIA
Una vez terminados los trabajos, el contratista solicitará por escrito la Recepción Provisoria de las Obras a la I.T.O., con copia a la DOM y al Encargado de Recursos Físicos y logística DAS, solicitud que deberá ingresar a través de la oficina de Partes de la DAS y de DOM. EL I.T.O., tendrá un plazo máximo de 5 días para verificar el fiel cumplimiento de los planos y Especificaciones Técnicas del Contrato y comunicar por escrito, a su Jefe de Servicio, con copia a Dirección DAS, la fecha en que el contratista puso término a la obra. La recepción provisoria de las obras, se efectuará por la comisión de evaluación designada en Decreto Alcaldicio, la cual incluye el profesional a cargo del proyecto dependiente de DOM (ITO). El día y hora fijado para la recepción debe ser comunicado al contratista con dos días de anticipación, por lo menos, para que concurra al acto si lo desea. La ITO deberá informar con la copia del decreto de la designación a los funcionarios de dicha asignación, como el día y la hora de la constitución en terreno. Documentación que debe presentar a la comisión al momento de Recepción Provisoria en Terreno: 1.-Copia Solicitud Recepción Ingresada en Oficina de Partes 2.-Oficio del ITO al Director de Obras, indicando que procede la Recepción Provisoria. 3.-Certificado Eléctrico, si corresponde. 4.-Certificado de Gas (Sello Verde), si corresponde. 5.-Certificados de Laboratorios, si corresponde. 6.-10 fotos, tamaño, carta u oficio, papel fotográfico Obra Terminada. 7.-Set de 30 fotografías, tamaño 10x15 cm, papel fotográfico, que plasmen el proceso de la obra desde su inicio hasta el término.- Nota: 1.-Todas las fotos deberán indicar la fecha que fueron tomadas. 2.-Las fotos se entregarán impresas y en digital (CD). La ITO entregará Carpeta a comisión de recepción con los documentos que se indica anteriormente. Una vez verificado por la Comisión el cabal cumplimiento del Contrato, éste dará curso a la recepción y levantará un “ACTA RECEPCIÓN PROVISORIA SIN OBSERVACIONES”, dentro de un plazo de 7 días hábiles contados del día de la recepción en terreno y que será firmado por los miembros asistentes, por el ITO y por el contratista, si lo desea. Si éste no estuviere de acuerdo con el texto propuesto deberá formular sus observaciones en el término de 5 días. La comisión consignará como fecha de término de las obras, la fecha que haya indicado la I.T.O. como término de la obra en el oficio que se hace referencia en el párrafo inicial de este punto. - Si de la recepción de las Obras, la comisión determina que los trabajos adolecen defectos fácilmente reparables, recepcionará las obras con reserva levantando un “ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA CON OBSERVACIONES”, detallando estas y fijando un plazo para que el contratista ejecute a su costo los trabajos requeridos, el plazo adicional no podrá exceder del 25% del plazo contractual y no estará afecto a multas. El inspector técnico deberá certificar el cumplimiento de las observaciones formuladas por la comisión, dentro del plazo fijado para ello. Una vez subsanadas las observaciones dentro del plazo establecido, la comisión procederá a su recepción y a levantar el ACTA QUE LEVANTA OBSERVACIONES, dejando constancia del cumplimiento de las correcciones técnicas ordenadas, y de la fecha de término real de las obras. - Si el contratista hubiera excedido el plazo otorgado por la Comisión, esos días adicionales estarán afectos a multas de acuerdo al ART. 95 de las Bases Administrativas Generales, de lo que dejará constancia en el Acta de Recepción. - Si de la recepción de las obras resulta que los trabajos no están terminados o no se ejecutaron de acuerdo a los planos, especificaciones técnicas, y reglas de la técnica, o sean empleado materiales defectuosos o inadecuados, la comisión no dará curso a la recepción provisoria y elevará un informe detallado al jefe de la unidad técnica el cual notificara al contratista quien ejecutara a su costo los trabajos que falta o las reparaciones que ella determine. Si la comisión establece dentro del plazo que la obra no ha sido terminada, dejara constancia de ello en un informe y al contratista le serán aplicadas las multas por atrasos a contar de la fecha en que ingreso la notificación de término de la obra. Este informe se notificará a través del libro. El contratista, una vez que considere haber terminado la obra deberá requerir nuevamente la recepción provisoria en la forma señalada precedentemente.
RECEPCIÓN DEFINITIVA
La Recepción Definitiva se realizará con antelación al vencimiento de la Garantía que cauciona “La Correcta Ejecución de las Obras”, previa solicitud por escrito de parte del contratista. En la Recepción Provisoria y Definitiva se suscribirá un Acta detallada de Recepción con Expresión, si es el caso, de las Observaciones y reparos formulados. La comisión receptora verificará básicamente durante la recepción definitiva de la obra lo siguiente: a) la buena ejecución de los trabajos (que no se hallan producidos daños atribuibles a la ejecución defectuosa) b) la calidad de los materiales empleados (que no se hallan presentados desperfectos o deficiencias propias de los materiales utilizados)
MULTAS
Por cada día de atraso en la entrega de las Obras se multará con un 0,2% del valor neto total del contrato incluido sus modificaciones y se aplicará administrativamente sin forma de juicio y se deducirá de los estados de pago pendientes y / o de las garantías en custodia, como además de lo indicado en las Bases Administrativas Generales. Por cada día de ausencia del profesional a cargo de la obra, se cobrará una multa diaria (por cada día que se compruebe el incumplimiento) de 0,05 % del valor neto del contrato, situación que será verificada por la I.T.O y deberá dejar constancia en el libro de Obras.
MECANISMO DE APLICACIÓN DE MULTAS
El mecanismo establecido para la aplicación de multas Artículo 79 ter. Ley 19.886. Podrán ser aplicadas multas por el incumplimiento de cualquiera de las exigencias de la presente ficha de licitación que no hayan sido justificadas con anterioridad y obtenido el permiso del Director DAS. Una vez constatada la falta injustificada, se notificará al proveedor de su incumplimiento a través de correo electrónico. El proveedor tendrá 48 hrs, para contestar al correo direccion@dascoronel.cl, y copiado al mail de contacto de esta licitación compras@dascoronel.cl, presentando sus excusas. Lo anterior será revisado por el Director del Departamento de Salud, quien resolverá a través de ordinario, el cual será notificado al proveedor. Contra esta resolución podrán interponerse los recursos que disponga la Ley.
PAGO
Se realizará un solo pago por el valor total del contrato, una vez recepcionada finalmente la obra, en completa conformidad según lo establecido en las especificaciones técnicas, será el ITO quien determinara si el servicio fue entregado correctamente en cantidad y calidad, así como también se haya realizado la obra con estricta sujeción a las bases, entonces se realizara la recepción total según lo establecido en las especificaciones técnicas y demás anexos que constituyen la presente ficha de licitación.
pRESENTACION DE ANTECEDENTES PARA CRITERIO DE EVALUACION EXPERIENCIA EN M2
b. Puntaje experiencia oferente: Para este criterio de evaluación solo se considerará la experiencia que cumplan con los requisitos solicitados, para validar la experiencia presentada se debe adjuntar certificado emitido por el mandante que certifique la obra realizada con sus respectivos metros cuadros acompañado de su respectivo contrato u orden de compra (orden de compra emitida a través del portal). Se evaluara experiencia en obras civiles.
Ampliación de contrato hasta un 30%
17. Podrá aumentarse el monto de la contratación hasta un máximo de un 30% del valor adjudicado por cada proveedor, Articulo N°77, Reglamento Ley 19.886, “Causales de modificaciones y termino anticipado”. “Sin perjuicio de las demás causales establecidas en este artículo, cuando se trate de las causales contenidas en los numerales 1 y 6, la posibilidad de modificar el contrato deberá encontrarse prevista en las bases de la licitación. En tal caso, no podrá alterarse la aplicación de los principios de estricta sujeción de las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más de un 30% del monto originalmente pactado.”
Visita en Terreno
Será de carácter Obligatorio asistir el día viernes 16/12/2022, a las 15:30 hrs pm. Presentarse en OIRS, CESFAM LAGUNILLAS ubicada en los Álamos 2428 Lagunillas coronel. Obligatoria asistencia y puntualidad, contacto Sr. Jorge Etchevers RRFF DAS, +56987763847, y la Sta Yessenia Correa Sub Direc. +56986324279.