Resolución de Empates |
Ante el empate en el puntaje total obtenido, entre dos o más ofertas, una vez aplicada la pauta de evaluación, se dirimirá dicha igualdad, de acuerdo a la prelación de los siguientes criterios:
1° Experiencia del oferente con puntaje más alto.
2° Oferta económica más baja.
3° Comportamiento contractual anterior con puntaje más alto.
Con todo, la Municipalidad, sobre la base de circunstancias fundamentadas técnicamente, podrá aceptar cualquier propuesta, aun cuando no corresponda a la de menor valor económico, o desechar todas ellas, cuando ninguna sea conveniente a los intereses municipales.
La Municipalidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la información contenida en todos los antecedentes incluidos en la oferta, quedando así mismo facultada para declarar inadmisibles las ofertas en que la referida información resulte ser falsa, incompleta, incongruente, inconsistente o discrepante o que no exista plena concordancia o equivalencia entre los antecedentes contenidos en la oferta.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas que efectúen los proveedores respecto a la adjudicación, podrán realizarlas al correo electrónico m.sabag@sanpedrodelapaz.cl. Las respuestas se enviaran al correo de quien consulte.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
El contratista adjudicado debe cumplir con la normativa vigente relativa a la Ley Nº 20.123 y Reglamento que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el Funcionamiento de empresas de Servicios Transitorios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios. Será responsabilidad de la Unidad Técnica velar y certificar a través del I.T.O. el cabal cumplimiento de lo anterior.
También, debe cumplir con la normativa vigente relativa al Reglamento para la Aplicación del Artículo 66 bis de la Ley Nº16.744 sobre la Gestión de la Seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios. Será responsabilidad de la Unidad Técnica velar y certificar a través del I.T.O. el cabal cumplimiento de lo anterior.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Durante el proceso de evaluación, la Comisión Técnica de Estudio y Evaluación podrá requerir a los oferentes aclaraciones o antecedentes administrativos omitidos respecto de sus respectivas propuestas, las que se efectuarán a través del portal www.mercadopublico.cl, por medio del Foro Inverso. Las respuestas a esta solicitud deberán subirse al mismo portal dentro de las 48 horas siguientes contadas desde el requerimiento, a través del portal.
La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del "Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos" según corresponda, al resto de los oferentes.
En el caso de presentar documentos administrativos dentro de las 48 horas posteriores a la solicitud realizada mediante Foro Inverso de Mercado Público, estos deben cumplir con lo solicitado en el artículo 40 del Reglamento de Ley N°19.886, el cual establece “… La entidad licitante podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Para ellos esta posibilidad deberá estar contemplada en las bases de licitación, en las que se especificará un plazo breve y fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, el que se informará a través del Sistema. En estos casos, las bases deberán contemplar, dentro de los criterios de evaluación, el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de ofertas, con todo lo requerido”.
Es decir, basándose en lo anteriormente expuesto, la Municipalidad declarará inadmisibles las ofertas, en los siguientes casos:
a) Si no se adjunta uno o más documentos administrativos, solicitados en Bases Especiales de licitación.
b) Si se adjunta uno o más documentos administrativos, solicitados en Bases Administrativas Especiales, con fecha posterior al cierre de licitación.
c) Si se adjunta uno o más documentos administrativos, pero no corresponden con lo solicitado en las Bases Administrativas Especiales.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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