Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Municipalidad de Huechuraba
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Fecha de vencimiento:
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30-07-2026
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Monto:
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10000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía, ya sea en soporte físico o electrónico, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 52 del reglamento de la ley N° 19.886. Como ejemplos de garantías, se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. No se aceptarán cheques como instrumento de garantía.
En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá excluir la cláusula de arbitraje, toda vez que dicha caución debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.
Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y R.U.T. de la entidad licitante, indicado en el Anexo A, numeral 1, de las bases.
El instrumento deberá incluir la glosa indicada en el Anexo A, numeral 4, de estas bases, que señala que dicha caución se otorga para garantizar la seriedad de la oferta, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía.
La garantía deberá tener como vigencia mínima desde la presentación de la oferta hasta la suscripción del contrato entre la respectiva entidad licitante y el proveedor adjudicado, plazo que deberá ser definido por la entidad licitante en el Anexo A, numeral 4, considerando los tiempos del proceso licitatorio. Si se lleva a cabo una readjudicación este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato.
El oferente deberá mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si, por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula, como, por ejemplo, ampliación de fecha de cierre de la licitación o del proceso de evaluación o readjudicación. En caso de no ampliar la referida vigencia, se entenderá que el oferente desiste de su participación en el proceso licitatorio.
8.1.3. Forma y oportunidad de entrega la garantía de seriedad de la oferta
La garantía deberá ser entregada en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo A, numeral 4, dentro del plazo para presentación de ofertas, si fuera en soporte de papel, y en el horario de atención a los oferentes que allí se indique.
Si la garantía fuera emitida en soporte electrónico, esta deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, debiendo presentarse en el ID del proceso licitatorio publicado en el Sistema de Información portal, www.mercadopublico.cl, junto con su oferta, o en su defecto, enviar a través del correo electrónico que señale la entidad licitante en el Anexo A, numeral 4, dentro del plazo antes indicado.
8.1.4. Forma y oportunidad de restitución de la garantía de seriedad de la oferta
Tratándose del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya suscrito el contrato entre las partes.
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información, en la dirección de la entidad licitante, indicada en el Anexo A, numeral 4.
Al contemplar las presentes bases la posibilidad de readjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje a la oferta originalmente adjudicada en caso de que el proveedor adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato, en virtud de lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes que no hayan sido adjudicados, la devolución de la garantía, se efectuará dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica.
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Glosa:
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“Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública para el proceso ID 2793-14-LR26, para la contratación del “Servicio de Arriendo de Vehículos”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Al contemplar las presentes bases la posibilidad de readjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje a la oferta originalmente adjudicada en caso de que el proveedor adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato, en virtud de lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes que no hayan sido adjudicados, la devolución de la garantía, se efectuará dentro del plazo de 40 días hábiles administrativos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudica.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Municipalidad de Huechuraba
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Fecha de vencimiento:
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30-11-2029
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato en las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, el adjudicatario deberá presentar una o más garantías de la misma naturaleza, cuyo monto total deberá ser equivalente al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario según lo indicado en el Anexo A, numeral 5. En los casos en los cuales el monto de la contratación sea inferior a 1.000 UTM, no será exigida esta caución, salvo que la entidad contratante considere pertinente exigir dicha garantía en virtud del riesgo involucrado en la contratación, lo que deberá justificarse en el Anexo A, numeral 5; lo anterior, en virtud de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 19.886.
8.2.1. Disposiciones para la presentación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato
Se aceptará cualquier tipo de instrumento de garantía, ya sea en soporte físico o electrónico, que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable, y siempre que cumpla con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del reglamento de la ley N° 19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: Boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. No se aceptarán cheques como instrumento de garantía.
En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente:
• Debe excluir cláusula de arbitraje, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.
• Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista.
• Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista.
La garantía deberá cubrir el monto equivalente al porcentaje indicado en el Anexo A, numeral 5, esto es, al 5% del precio final neto ofertado por el adjudicatario, a menos que sea declarada por la Entidad Compradora como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la Entidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía, en el Anexo A, numeral 5, de estas bases, y/o en la resolución que apruebe el respectivo contrato, según corresponda.
Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.
El instrumento deberá incluir una glosa que señale que se otorga para garantizar el fiel cumplimiento del contrato, singularizando el respectivo proceso de compra. En caso de que el instrumento no permita la inclusión de la glosa señalada, el oferente deberá dar cumplimiento a la incorporación de ésta en forma manuscrita en el mismo instrumento, o bien, mediante un documento anexo a la garantía. La glosa se encuentra previamente señalada en el Anexo A, numeral 5 de estas bases.
El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje por caucionar.
Dicha garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado precedentemente en esta cláusula.
La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días hábiles administrativos después de la finalización del contrato.
Será responsabilidad del adjudicatario mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento, al menos hasta 60 días hábiles administrativos después de la finalización del contrato. Mientras se encuentre vigente el contrato, las reposiciones que procedan producto de la ejecución de esta caución, así como las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Como beneficiario del instrumento debe figurar la razón social y R.U.T. de la entidad licitante, indicado en la cláusula N° 1 de las bases.
La garantía deberá ser entregada en la dirección de la entidad licitante indicada en el Anexo A, numeral 5, dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la adjudicación, si fuera emitida en soporte de papel, en el horario de atención a los proveedores, debidamente informado por la entidad licitante en dicho Anexo. Si la garantía fuera emitida en soporte electrónico, ésta se deberá enviar a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el mismo anexo, dentro del plazo antes indicado.
De ser adjudicada una oferta riesgosa o temeraria, la entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía será del 5% neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
8.2.2. Ejecución, reposición y restitución de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato
En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento imputable de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación del acto administrativo que aplica la multa.
En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en la cláusula N° 10.9.3 “Término anticipado de contrato” de estas bases, en su numeral 11.
La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento, en los términos indicados en el punto 8.2.1 de las presentes bases, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.
Finalmente, cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.
8.3. Garantías por anticipo
De conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley N° 19.886, se dispone la posibilidad de que puedan efectuarse anticipos de recursos por parte de la entidad contratante, si así fuere necesario, para el adecuado cumplimiento de las obligaciones del contrato. Lo anterior, se encuentra señalado en la cláusula N° 10.12.3 de las bases tipo de licitación.
Los anticipos de recursos por parte de la entidad contratante, en caso de permitirse según lo indicado precedentemente, sólo se realizarán contra presentación de una garantía por anticipo, la cual deberá estar extendida por el 100% de los recursos que sean anticipados. Dicha garantía deberá atenerse a las disposiciones y regulaciones comprendidas para la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, las cuales se encuentran descritas en la cláusula N° 8.2 de estas bases de licitación, con salvedad de la glosa, debiéndose utilizar la siguiente expresión en el instrumento de garantía: “Para garantizar la totalidad de los recursos anticipados en virtud del contrato derivado de la licitación ID ___________ (ID de licitación que corresponda)".
Si existiere más de un hito de pago que se requiera garantizar, la garantía podrá entregarse en uno o más instrumentos, cuyos montos irán en la proporción del valor de cada hito de pago.
La devolución de la correspondiente garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la recepción conforme por parte de la entidad contratante de los productos y/o servicios que el proveedor haya entregado con cargo al respectivo anticipo.
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Glosa:
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"Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato derivado de la licitación pública ID 2793-14-LR26 para la contratación del “Servicios de Arriendo de Vehículos” y/o el pago de las obligaciones laborales y sociales del adjudicatario”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la correspondiente garantía por anticipo se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la recepción conforme por parte de la entidad contratante de los productos y/o servicios que el proveedor haya entregado con cargo al respectivo anticipo.
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