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Calidad Técnica de los Bienes o Servicios
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Evaluación Técnica (E.T.) (60%)
La Evaluación Técnica, en primer lugar, tiene la finalidad de determinar que los oferentes estén capacitados para proporcionar el servicio requerido con las condiciones o términos indicados en las Bases de licitación. El cumplimiento de los aspectos técnicos será evaluado por la Comisión Evaluadora, al momento de sesionar de acuerdo a la realidad de los antecedentes presentados con respecto a lo licitado.
Para la Evaluación Técnica, es imprescindible que el oferente haya estudiado cabalmente las Bases Administrativas y Técnicas de Licitación.
Si el servicio ofertado no cumple con las especificaciones técnicas señaladas en el punto N° 4. “Especificaciones Técnicas del Servicio” de las Bases Administrativas y con las Bases Técnicas, la oferta quedará fuera de Bases y no podrá seguir adelante con la evaluación, debiendo declararse inadmisible.
Si la propuesta presentada por el oferente cumple con las especificaciones técnicas indicadas en el punto N° 4. “Especificaciones Técnicas del Servicio” de las Bases Administrativas y con las Bases Técnicas, continuará la evaluación técnica considerando los siguientes sub-factores técnicos o aspectos específicos de evaluación:
Experiencia en el Rubro (20%)
Equipamiento y suministros (10%)
Condiciones de remuneraciones (20%)
Comportamiento contractual anterior (10%)
De este modo:
F.T.1.: Experiencia en el rubro (20%):
Este factor estará determinado por la experiencia con que cuenten los proveedores en el rubro del servicio de arriendo o concesión de casinos, en general, en organismos públicos o privados.
Se comprobará mediante la presentación de antecedentes (de preferencia contratos, constancias u otros documentos análogos), que de manera fehaciente demuestre a la Comisión Evaluadora la experiencia con que cuenta el oferente en el rubro en instituciones públicas o privadas.
Se evaluará de acuerdo a la cantidad total de servicios realizados o que esté realizando que el proveedor acredite que haya efectuado en instituciones públicas o privadas, aplicando el criterio como contrataciones del servicio de arriendo o concesión de Casinos propiamente tal, y no como cantidad de servicios de alimentación prestados individualmente considerados. (Anexo Técnico N°1)
De esta forma, obtendrá una mayor ponderación aquel oferente que haya prestado la mayor cantidad de servicios en el rubro, que se encuentren acreditados.
En consecuencia, para los efectos de determinar la experiencia con que cuenten los oferentes para ejecutar el servicio licitado, no se atenderá únicamente a los antecedentes que se mencionen en el Anexo Técnico N° 1, o que se mencionen en la propuesta en general, sino que será necesario además acompañar antecedentes con los cuales sea posible demostrar la experiencia afirmada.
Los antecedentes de la propuesta deberán contener la información necesaria e idónea que permita realizar el cálculo de experiencia de los proponentes, de acuerdo a lo dispuesto en las Bases de Licitación, para ser considerados para la evaluación.
Si el oferente: no indica su experiencia, o no la comprueba con antecedentes presentados en su propuesta que den fe de los trabajos realizados, o si no es posible calcular la experiencia del proponente a partir de los antecedentes de su oferta, o no tiene experiencia, será evaluado con 0 punto.
El proveedor presentará Certificado o Documento On Line de Iniciación de Actividades emitido por el Servicio de Impuestos Internos, el cual tendrá carácter obligatorio, y deberá presentarse en las propuestas, bajo apercibimiento de quedar fuera de bases y no seguir adelante con la evaluación.
El puntaje estará determinado por la siguiente tabla:
F.T.1 Experiencia en el Rubro (20%) Puntaje
De 5 o más servicios 100
De 3 a 4 servicios 75
De 1 a 2 servicios 25
No indica experiencia, no la comprueba, no es posible calcularla, o no tiene experiencia. 0
El puntaje así obtenido se multiplica por el factor 0,20
F.T.2: Equipamiento y Suministros (10%):
Se considerará para la evaluación la cantidad de maquinarias, herramientas e insumos relevantes necesarios para el eficiente cumplimiento de las labores del servicio requerido, que cada oferente señale en sus propuestas, no considerando aquellos implementos que no tengan directa aplicación con la realización del servicio licitado, como por ejemplo uniformes, guantes, cofias o gorros, mascarillas, etc., dado que se trata de elementos que deben ser proporcionados por el proveedor a sus trabajadores de acuerdo a lo dispuesto en las Bases de licitación. A su vez tampoco serán considerados para la evaluación aquellos elementos que no estén directamente destinados a efectuar el servicio solicitado tales como alargadores, extensiones eléctricas, celulares, etc. (Anexo Técnico N°2)
Se entregará mayor puntaje a aquellos oferentes que cuenten con la mayor cantidad de Equipamiento y Suministros para llevar acabo el servicio.
Si el oferente no indica o no tiene Equipamiento y Suministros, será evaluado con 0 punto.
La forma de calcular este criterio está dada por la siguiente fórmula:
F.T.2.: Equipamiento y Suministros (10%)
((Proveedor evaluado)/(Proveedor mayor cantidad equipamiento y suministros))*100
El puntaje así obtenido se multiplica por el factor 0,10
F.T.3.: Condiciones de Remuneraciones (20%):
Este criterio permite determinar las condiciones de remuneraciones que los oferentes mantienen respecto de sus trabajadores, permitiendo alcanzar un mayor puntaje a aquellos oferentes que otorguen a sus trabajadores mejores condiciones de remuneraciones, que se mantengan en el tiempo, que cumplan con lo dispuesto en la normativa laboral, y se reajuste por ley.
Este factor estará determinado por el sueldo imponible mensual de los trabajadores, en el cual se le dará mayor puntaje a los oferentes que ofrezcan remuneraciones iguales o mayores al siguiente monto: $ 400.000 (total imponible), en jornada completa.
En caso que en una propuesta se observen remuneraciones distintas de los trabajadores dada la diversa naturaleza de las funciones o cargos que desempeñan, o por carga de trabajo asignado, se aplicará para la evaluación un promedio del sueldo imponible mensual mencionado en las ofertas.
El oferente presentará la información requerida en el documento Anexo Técnico N° 3.
De esta manera se asignará mayor puntaje a los proponentes que ofrezcan a sus trabajadores mayor sueldo imponible, pudiendo aumentar durante la vigencia del contrato, pero en ningún caso disminuir respecto del sueldo ofertado en cuyo caso se facultará a la Universidad para dar término al contrato.
Si los oferentes no especifican la renta imponible mensual en su propuesta, o ésta es inferior a los montos señalados previamente, la propuesta quedará fuera de Bases, quedando descalificada y no podrá seguir adelante con la evaluación, debiendo declararse inadmisible.
El factor será evaluado de acuerdo a la siguiente formula:
F.T.3: Condiciones de Remuneraciones (20%)
((Proveedor evaluado)/(Proveedor mayor renta imponible ))*100
El puntaje así obtenido se multiplica por el factor 0,20
F.T.4.: Comportamiento contractual anterior (10%):
Este criterio permite determinar el grado de satisfacción que han obtenido los oferentes en prestaciones anteriores para con la Universidad de Atacama. Para ello el proveedor deberá adjuntar un detalle o listado de las órdenes de compra que la Universidad de Atacama les ha emitido. Este detalle se registrará en el Anexo Técnico N° 4.
Con esta información, la Universidad analizará cada contrato, constando el comportamiento contractual de los oferentes, de acuerdo a la base de datos que la Universidad mantiene.
Si el proveedor no expresare información alguna en el Anexo Técnico N° 4 o en otro documento de la propuesta en general, o no presentase el Anexo Técnico N° 4, y la Universidad revisando sus registros, comprobase que sí ha prestado servicios para la institución, el proveedor será evaluado con 0 punto en este criterio.
Este factor será evaluado de acuerdo al siguiente cuadro:
F.T.4: Comportamiento contractual anterior (10%): Puntaje
El proveedor ha prestado servicios a la Universidad y éstos se han recepcionado conformes.
El proveedor no ha prestado servicios a la Universidad.
100
La Universidad ha aplicado multa al proveedor.
50
La Universidad ha terminado el contrato anticipadamente al proveedor.
0
El puntaje así obtenido se multiplica por el factor 0,10
Definidos los factores que determinan la Evaluación Técnica (E.T.), ésta se calculará mediante la siguiente expresión:
E.T. sub-factores = FT1= (puntaje) x 0,20 + FT2= (puntaje) x 0,10 + FT3= (puntaje) x 0,20 + FT4= (puntaje) x 0,10
De esta manera, la puntuación obtenida de la operación anterior, se sumará a la puntuación que se obtenga en la Evaluación Económica, lo que dará como resultado la Evaluación Final de las ofertas.
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