Resolución de Empates |
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en lo económico, relacionado con la oferta económica, (Precio).
En caso que continúe la situación de empate, se establece como segundo mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio técnico, es decir Experiencia comprobable en el Rubro.
En caso que prosiga la situación de empate, se establece como tercer mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en Condiciones de Remuneraciones
En caso que se mantenga la situación de empate, se establece como cuarto mecanismo de desempate la adjudicación al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio Cumplimiento programa de integridad.
De mantenerse el empate, se optará por aquella Oferta que haya ingresado primero al portal de www.mercadopublico.cl.
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CONFIDENCIALIDAD |
Una vez adjudicado contratista, el personal contratado deberá firmar un convenio de confidencialidad respecto a la información de la Universidad de Atacama, sus dependencias y todo aquello que tenga acceso en el desempeño de sus cargos, sea estas relativas a la infraestructura, bienes, personal, estudiantes, información, instalaciones, proyectos, etc. y que se ubiquen en el contexto de las instalaciones universitarias. Según modelo adjunto en anexo N°4, Compromiso de Confidencialidad.
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MODIFICACION DE CONTRATO POR MUTUO ACUERDO. |
De acuerdo a lo dispuesto en la letra a) del artículo 13 de la Ley 19.886 y en el numeral 1 del artículo 77 de su Reglamento, el contrato podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes en caso de ser necesario un aumento en la dotación del personal para resguardar la seguridad de los campus de la Universidad no consideradas en un principio, debiendo suscribirse el respectivo acto modificatorio que será aprobado mediante la correspondiente resolución administrativa, la que deberá estar totalmente tramitada para ser efectiva.
Las modificaciones del contrato no pueden sobrepasar más allá del 30% del monto contratado, debiendo el adjudicatario entregar una caución de acuerdo al monto del aumento la cual se regirá por lo dispuesto en el punto 10.6 de las bases administrativas, debiendo cumplir con las condiciones allí establecidas.
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Validez de la Oferta. |
La oferta tendrá validez de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de la propuesta. La oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido, será declarada inadmisible y no podrá continuar con la etapa de evaluación. El oferente que no indique la vigencia de su oferta, se le considerará la exigida en las presentes bases. Vencido este plazo sin realizar la adjudicación, la Universidad, solicitará a los Proponentes la prórroga de sus ofertas y garantías si las hubiere.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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ADMINISTRADOR DEL CONTRATO E I.T.O. |
Con el objeto de supervisar y verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas exigidas en la presente Licitación, la Universidad designa al Jefe de Departamento de Servicios Generales e Infraestructura, Sr. Wilson Jopia Carmona o a su subrogante legal, o a quien lo reemplace, como Administrador del Contrato y contraparte ante el proveedor.
Se designa como Inspector Técnico de Obras (I.T.O) a la Srta. Paula Vergara Vásquez, quien fiscalizara el desarrollo de los servicios y adoptara las medidas necesarias durante su ejecución.
Ante alguna irregularidad, el Administrador del contrato se pondrá en contacto con el representante legal del oferente adjudicado o con la persona que éste haya indicado como supervisor del contrato por parte del proponente, a fin de que se subsane todas las irregularidades y/o reparos acaecidos.
Lo antes indicado es sin perjuicio de las facultades administrativas que correspondan a la Unidad de Contratos de la Universidad.
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