1.-
La Oferta Técnica deberá contener una descripción detallada de los servicios, trabajos y/o productos ofertados, ajustándose - en todo caso - a lo establecido en las presentes Bases de Licitación.
Por el solo hecho de presentar ofertas, se da por entendido que los proponentes han estudiado personalmente todos los antecedentes de la licitación.
Los oferentes deberán presentar los siguientes antecedentes en la carpeta Anexos Técnicos del portal, utilizando para ello los formularios anexos a las presentes bases, según corresponda:
- Anexo 6: Declaración jurada simple sobre el cumplimiento de las condiciones técnicas requeridas, en donde se debe considerar una descripción detallada de lo solicitado en las bases técnicas, a través del cual el adjudicatario se compromete a entregar y/o realizar el servicio de acuerdo a lo requerido en cada uno de los puntos de las Especificaciones Técnicas.
- Anexo 7: Declaración jurada simple, tiempo y ejecución del servicio, donde el oferente deberá indicar de manera clara el tiempo que llevara realizar el servicio requerido (en días corridos).
- Anexo 8: Declaración jurada simple de experiencia técnica del oferente, detallando los que se encuentran a nivel de diseño con Permiso de Edificación aprobado y en trámite. Deberá acompañar antecedentes fidedignos que acrediten la experiencia
- Anexo 9: Declaración jurada simpe de experiencia técnica del arquitecto en proyectos de edificación exclusivamente de carácter educacional, detallando los que se encuentran a nivel de diseño con Permiso de Edificación aprobado y en trámite. Deberá acompañar antecedentes fidedignos que acrediten la experiencia.
- Anexo 10: Declaración jurada simple de experiencia técnica del ingeniero calculista proyectos de edificación, detallando los que se encuentran a nivel de diseño con Permiso de Edificación aprobado y en trámite. Deberá acompañar antecedentes fidedignos que acrediten la experiencia.
- Anexo 11: Experiencia de los profesionales que conforman el equipo de trabajo, en este caso el oferente deberá indicar la experiencia de los profesionales mínimos requeridos según las presentes bases, acreditándola mediante antecedentes fidedignos, es decir, aquellos emitidos y firmados por terceros ajenos a la empresa y que permitan a los evaluadores verificar fehacientemente los proyectos en los que ha participado. En este apartado no se considerará la experiencia del Arquitecto Patrocinante ni del Ingeniero Calculista puesto que se evalúa de forma independiente (Anexo 9 y 10). Solo es pertinente la evaluación del resto del equipo mínimo requerido.
- Anexo 12: Carta compromiso responsabilidad informe vial básico y/o informe de mitigación de informe vial.
- Anexo 13: Propuesta de trabajo consistente en Metodología y Plan de trabajo en el que se detalle los servicios y productos ofertados, Organización del Equipo y Pogramacion de Actividades determinadas en Carta Gantt.
- Propuesta Inicial de Arquitectura: Se valorará la Propuesta de Arquitectura conceptual, con la idea inicial del proyecto, a través de bosquejos, esquemas y zonificación general en planta y volúmenes, mediante imágenes proyectuales y esquemáticas de la propuesta (croquis, renders, fotomontajes, esquemas 3d, etc.) la cual será evaluada como parte de la oferta técnica de acuerdo a los señalado en el punto 4.5. “Criterios de Evaluación”.
- Anexo 14: Carta Gantt, deberá considerar programación de las actividades, considerando el desarrollo completo de los proyectos, sus diferentes etapas y sub-etapas, incluyendo entregas totales y parciales con sus respectivos períodos de revisión y aprobación. La Carta Gantt presentada deberá ser coincidente con lo señalado en Anexo 7.
- Anexo 15: Declaración jurada simple sobre participacion en el proyecto, cada profesional propuesto indicado en Anexo 16, debera ademas suscribir esta declaracion jurada con el fin comprmeter su participacion en el proyecto. Por tanto, el equipo que se proponga, debera ser el que participe efectivamente en la ejecucion y solo podra reemplazarse si media una autorizacion escrita por parte de la Universidad.
- Anexo 16: Nómina de profesionales del equipo de trabajo que participará en el desarrollo del estudio. Se deberá acompañar Copia Simple de Titulo o Certificado de Titulo, Certificado de Expertiz, o validación por Institución Publica en su caso. Se analizará el equipo propuesto en relaciona a cada profesional por área de gestión donde se evaluará de mejor manera el cumplimiento total del equipo indicado. Se debe presentar un equipo compuesto por profesionales y su asignación dentro del proyecto, esto se concretará mediante la entrega de nómina de profesionales indicada en ANEXO 16 y entrega de ANEXO 15 suscrita por cada profesional propuesto. La nómina debe estar compuesta por los siguientes profesionales obligatorios (mínimos):
1. Arquitecto Patrocinante (Coincidente con el indicado en FT2 “Experiencia de Oferente”).
2. Ingeniero Civil Calculista (Coincidente con el indicado en FT2 “Experiencia de Oferente”).
3. Ingeniero Experto en Mecánica de suelos.
4. Ingeniero Eléctrico o experto afín, inscrito en SEC.
5. Ingeniero Sanitario o Profesional afín, inscrito en la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
6. Constructor Civil, con experiencia en cubicaciones y presupuestos.
7. Topógrafo o profesional afín.
• Otros profesionales del equipo.
Para la validez y consideración de los nombres de los profesionales se deberá acompañar respecto de ellos:
i. Declaración jurada simple de participación en el proyecto de referencia para lo cual deberá completar ANEXO 15.
ii. Copia Simple de Título Profesional o validación por Institución pública en su caso.
El oferente deberá considerar que los siete (7) profesionales indicados precedentemente, son los mínimos requeridos para esta licitación, por tanto, la información proporcionada deberá ser correspondiente a estos profesionales. Sin perjuicio de ello, el oferente podrá postular a otros profesionales adicionales y no considerados en las bases, siempre y cuando se justifique su participación en atención a su profesión o experticia y se mantenga el mínimo de siete (7) profesionales en el equipo.
La ausencia en la presentación de uno de estos documentos solicitados (declaración jurada simple de participación en el proyecto, copia simple del título profesional) implicara la no consideración del profesional propuesto y por tanto, la declaración de inadmisibilidad de la oferta, en el entendido de que se trata del mínimo de profesionales que deben participar en el desarrollo del proyecto.
En el caso que se desee reemplazar a uno de los profesionales propuestos durante la ejecución del contrato y por causas no imputables al contratista, el proponente deberá solicitar de forma escrita al Administrador de Contrato su reemplazo por otro profesional que cumpla con las mismas condiciones de experiencia que el reemplazado, por consiguiente, se deberá adjuntar a su solicitud, ANEXO 11 actualizado con indicación del nuevo profesional propuesto, ANEXO 16 actualizado con indicación del nuevo profesional propuesto, ANEXO 15 suscrito por el profesional, copia simple de título profesional o Certificado de Titulo, antecedentes fidedignos que den cuenta de la experiencia del profesional en proyectos de edificación emitidos por terceros ajenos a la empresa y que permitan verificar fehacientemente los trabajos realizados.
La solicitud de reemplazo deberá ser evacuada en un plazo que no exceda los 15 días corridos contados desde la ocurrencia del hecho que motivó el reemplazo, so pena de ser rechazada la solicitud y ser objeto de multa.
Una vez realizada la solicitud de reemplazo, la administración examinará los antecedentes otorgados y aprobará o rechazará la solicitud de acuerdo al mérito de los antecedentes y en base a lo preceptuado por las Bases Administrativas.
En el caso de que el reemplazo sea rechazado por extemporaneidad de la solicitud, o por considerar que el profesional propuesto no cumple con las mismas condiciones de experticia que el reemplazo, se multara a la empresa contratista con 10 UTM, por cada profesional ausente. Si el monto de las multas por esta casual sobrepasa el 30% del valor del contrato, la Universidad de Atacama podrá poner término al contrato unilateralmente en forma administrativa haciendo efectivo el cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento pues es considerada un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
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