Resolución de Empates |
a) Precio
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b) Plazo de entrega y activacion
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c) Cumplimiento de Requisitos Formales
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d) Hora de postulación
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas corridas, establecidas en el foro de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta, esto significará una disminución del puntaje de acuerdo al Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”. La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MODIFICACION A LAS BASES |
Se podrán modificar las presentes bases ya sea por iniciativa propia o en atención a alguna aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven cabo, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, Estas modificaciones formaran parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar las modificaciones, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de la propuesta, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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ADJUDICACION |
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una Resolución Fundada.
La Entidad Licitante declarará Inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidas en las presentes bases, a través de una Resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl.
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MULTAS |
La Municipalidad podrá cobrar multas al oferente adjudicado cuando este no cumpla con sus obligaciones contractuales dentro de los plazos estipulados y en las condiciones acordadas, en relación con las bases.
LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS SE HARA POR VIA ADMINISTRATIVA (DECRETO ALCALDICIO) Y SE DEDUCIRA DE CUALQUIER PAGO QUE LA MUNICIPALIDAD DEBA EFECTUAR AL ADJUDICATARIO CON MOTIVOS DE LA PRESENTE PROPUESTA
TABLA SANCIONES
FALTA MULTA
Días de atraso por 3 días en adelante Dia de atraso ¼ UTM de multa
3 días de atraso 1 UTM
Entrega defectuosa ½ UTM por multa
Termino anticipado 3% del contrato o servicio
OBSERVACIONES
a) Cuando se trate de entregas de productos deficientes e incompletos, la Municipalidad considerara que los bienes no han sido entregados en las condiciones ofertadas y adjudicadas, por lo cual se aplicara multa.
b) En los casos que por atraso del proponente adjudicado no entregue los servicios propuestos, incumpliendo las especificaciones cotizadas, según lo dispuesto por la unidad técnica, conllevara multa por atraso.
c) El oferente adjudicado, que no hubiera dado cumplimiento a las bases especiales o plazo de entrega, dará lugar para comenzar a regir las multas correspondientes.
d) El oferente adjudicado que renuncie al contrato, sin cumplirlo totalmente, será sancionado con el monto que corresponda.
Cualquier incumplimiento al contrato por causas imputables al oferente adjudicado, facultara al mandante para poner término anticipado a este, por simple resolución administrativa.
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