Licitación ID: 2905-12-LE24
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES LANCO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LANCO, Administración y Finanzas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios hospitalarios para animales 1 Unidad
Cod: 70122009
Ejecutar Plan de Esterilizaciones de responsabilidad compartida 2023, para la Comuna de Lanco, mediante la Solicitud de Pedido N°053576 de fecha 10.01.2024 de la Dirección de Operaciones.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES LANCO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Ejecutar el Plan Nacional de Esterilizaciones responsabilidad compartida 2023, Comuna de Lanco, de acuerdo con la Solicitud de Pedido N°053576 de fecha 10.01.2024 de la Dirección de Operaciones, conforme La Resolución Exenta N° 143712023 de fecha 22.12.2023 de SUBDERE, que informa distribución de recursos y dispone transferencia a la Municipalidad de Lanco.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LANCO
Unidad de compra:
Administración y Finanzas
R.U.T.:
69.200.300-4
Dirección:
Libertad 251
Comuna:
Lanco
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 25-03-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 15-03-2024 13:25:45
Fecha inicio de preguntas: 15-03-2024 13:31:00
Fecha final de preguntas: 19-03-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 20-03-2024 12:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 25-03-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 25-03-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 03-05-2024 10:54:48
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- A. FORMULARIO N° 1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE DEBIDAMENTE FIRMADA. Unión Temporal de Proveedores (UTP): En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, los formularios N° 1 deben ser completando por cada uno de sus integrantes. Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores. B. Licitación, mediante documento de situación tributaria, disponible por parte del Servicio de Impuestos Internos. C. Certificado Antecedentes Laborales (F30) sin anotaciones de deuda previsional. Vigente a la fecha de cierre de la licitación. D. FORMULARIO N°2: CARTA COMPROMISO CRITERIOS SUSTENTABLE
Documentos Técnicos
1.- a) FORMULARIO N°3 Identificación y currículum vitae del Médico Veterinario a cargo del proyecto. b) Fotocopia legalizada de título. c) FORMULARIO N°4 Identificación y currículum vitae del personal profesional y no profesional que comprende la propuesta. d) Organigrama del equipo de trabajo, con detalle de las principales funciones asignadas y los cargos según el personal que propone (formato libre). e) Propuesta logística de trabajo, donde se detalle el procedimiento completo del servicio veterinario móvil, desde su llegada al punto de ejecución (sede social u otro recinto) hasta la salida del mismo (formato libre). f) Propuesta de difusión del Programa (formato libre). g) FORMULARIO N°5 Carta compromiso firmada y timbrada por representante legal en la cual se certifica contará con los equipamientos solicitados en las presentes bases. Deberá especificar tanto el equipamiento mínimo como el complementario FORMULARIO N°5, de acuerdo con lo indicado en el documento GUIA DE PROTOCOLOS MEDICOS Servicios Veterinarios Públicos. h) FORMULARIO N°6 Carta Compromiso de cada uno de los Médicos Veterinarios integrantes del proyecto propuesto, que certifique su participación en la presente licitación.
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°7: OFERTA ECONÓMICA DE LA PROPUESTA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta Técnica Presenta procedimientos detallados en forma completa, especificando personal, funciones y actividades, según Guía de Protocolos Médicos 2022. Puntaje=(100)*40% Se presentan los procedimientos, detallando personal, funciones y actividades de manera completa, faltando solo algunos puntos, según Guía de Protocolos Médicos 2022. Puntaje=(75)*40% Se presentan los procedimientos detallando personal, funciones y actividades de manera parcial o incompleta, según Guía de Protocolos Médicos 2022. Puntaje=(50)*40% Se mencionan, pero no son detallados los procedimientos, personal, funciones o actividades. Puntaje=(25)*40% No se presentan ni mencionan, siendo difícil entender cómo la empresa propone realizar el trabajo. Puntaje=0 40%
2 MODALIDAD DE ATENCIÓN Pabellón móvil (100) *10% Convenio clínica fija en comuna de Lanco o Malalhue (50) *10% Sin Pabellón móvil ni convenio (25) *10% 10%
3 ENTREGA DE REQUISITOS FORMALES El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales. (100) *10% El oferente presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, corrigiendo errores u omisiones formales, posterior a la apertura. (80) * 10% El oferente no adjunta los antecedentes solicitados a través del foro inverso. 0 % 10%
4 EXPERIENCIA Mayor Experiencia en ejecución de contratos similares al encomendado, expresada en número de contratos ejecutados. ((N° DE CONTRATOS A EVALUAR / MAYOR N° DE CONTRATOS) X 100) X 35% Formas de acreditación de experiencia declarada: Mandantes públicos: - Contratos de Trabajo suscrito por ambas partes, certificados de recepción conforme del mandante, Órdenes de compra y Factura. Mandaste privados: - Contratos y facturas. 35%
5 CRITERIO SUSTENTABLE El proveedor cuenta con al menos cuatro de los criterios señalados anteriormente (100) *5% El proveedor cumple con tres de los criterios señalados anteriormente (75) *5% El proveedor cumple con dos de los criterios señalados anteriormente (50) *5% El proveedor cumple con solo uno de los criterios señalados anteriormente (25) *5% El proveedor no cumple con los criterios señalados anteriormente o no informa 0% 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SUBDERE
Monto Total Estimado: 28600000
Justificación del monto estimado MONTO DISPONIBLE PROGRAMA PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACION
Contrato con Renovación: NO
Observaciones NO SUPERAR MONTO DISPONIBLE
Tiempo del Contrato 240 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LEONARDO ZUÑIGA
e-mail de responsable de pago: leonardo.zuniga@munilanco.cl
Nombre de responsable de contrato: SAULO ESPINOZA
e-mail de responsable de contrato: saulo.espinoza@munilanco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-63-2670137-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Lanco,
Fecha de vencimiento: 31-12-2024
Monto: 5 %
Descripción: 12.2. Se deja constancia que la garantía por concepto de Fiel Cumplimiento de Contrato no sólo tendrá por objeto caucionar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, sino que también se podrán hacer efectivas en ella las multas impuestas en caso de incumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, y de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario.
Glosa: EN GARANTIA “PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS 2023 COMUNA DE LANCO”.
Forma y oportunidad de restitución: 12.3. En caso de cobro de garantía, el oferente deberá reponer la garantía, por otra de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, que la reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. 12.4. En caso de que la Garantía por Fiel Cumplimento venciere antes del plazo indicado, será responsabilidad del adjudicatario renovarla. Mientras no se cumpla con lo indicado no se cursará estados de pago que aún estuvieran pendientes.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Lo que deberá adjuntar junto al anexo 01: identificación del oferente, al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que deberá contar con un apoderado. Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse, deberá esta inscrito en el Registro de Proveedores. En general, la participación de oferentes como UTP estará regulada por lo señalado en los artículos 2 (37), 23 y 67 bis del Decreto N° 250/2004 de Hacienda y por la Directiva de Contratación Pública N°22 de 2015. En el caso de exista UTP, la Entidad Licitante solicitara al socio, la declaración jurada simple, de inhabilidades, Conflictos de interés, suscrita por la otra parte de la UTP, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en la Ley 19.886. Podrán participar en la presente Licitación, persona natural o persona jurídica, con capacidad técnica y experiencia acreditada y comprobada en el rubro que se demanda.
DE APLICACIÓN INMEDIATA SIN DERECHO A PARTICIPAR EN ETAPAS SIGUIENTES:
a) No cumplir con todos los requisitos solicitados en la etapa de admisibilidad. b) Exceder los montos establecidos para la presente licitación. c) No cumplir con todos los requisitos técnicos-económicos solicitados en estas bases. d) No adjuntar documentos ni responder a las aclaraciones solicitadas a través del foro inverso.
TITULO IX: APERTURA, ADJUDICACIÓN Y READJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA
9.1.- La apertura será en una oficina municipal, quedando estipulado en el acta, el día y hora, conforme al cronograma de la licitación publicada en el Portal Mercado Público, ante la comisión designada por Decreto. La Comisión de Evaluación procederá primeramente a realizar una revisión general de los antecedentes de las propuestas, pudiendo requerir a los oferentes a través del portal Mercado Público, que salven errores u omisiones formales. 9.2.-Se evaluará en primer lugar los antecedentes de “DOCUMENTOS ADMINISTRATIVO”, posteriormente los antecedentes “TECNICOS – ECONOMICOS”. En el análisis de la apertura de la propuesta se verificará la existencia de los antecedentes solicitados. Posteriormente, la Municipalidad analizará el contenido y la legalidad de cada uno de ellos.
9.3 SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES FORMALES) (Art. 40 Reglamento de Compras Públicas).
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, durante la evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Foro de la plataforma www.mercadopublico.cl. Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones No mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo 24 horas corridas contadas, desde la notificación del respectivo requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o acompañar lo requerido por ésta. Los oferentes tendrán un plazo que determine la comisión en el momento de analizar las ofertas, expresadas en horas corridas contadas desde la notificación del respectivo requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o acompañar lo requerido por ésta. Dicho lo anterior las bases contemplaran dentro de los criterios evaluación uno que evalué el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menos puntaje a las ofertas que no cumplieron con lo requerido (Art 40 del Reglamento). Seguidamente, se levantará en el acta en presencia de todos los miembros de la comisión en la cual se dejará constancia del cumplimiento en la entrega de la totalidad de los documentos de admisibilidad, documentos administrativos, oferta Técnica y económica y observaciones que formulen la comisión. La municipalidad se fija un plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de la recepción para la evaluación y adjudicación de la propuesta. Una vez evaluada ésta, la Comisión procederá a informar al Sr. Alcalde, el orden de prelación de las ofertas para proceder a su adjudicación. El Alcalde adjudicará la propuesta mediante decreto alcaldicio dentro de los 10 días hábiles siguientes a la apertura de la Propuesta, lo que será notificado al proponente favorecido. Asimismo, se publicará en el Portal Mercado Público para conocimiento de los demás proponentes. No obstante, cuando el monto a contratar sea igual o superior a 500 UTM, esta adjudicación deber ser informada y sancionada por el Concejo Municipal, en virtud en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695.
9.6 READJUDICACION:
En caso de que algún oferente no dé cumplimiento a los requisitos para contratar establecidos en las bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo a la Ley 19.886 y su Reglamento, se adjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
10.3 MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En caso de empate, se resolverá de la siguiente manera: - Primero: según modalidad de atención, se valorará positivamente quién oferte pabellón clínico móvil. - Segundo: Según criterio de experiencia - Tercero: según criterio sustentable
TITULO XI: DEL CONTRATO
11.1.Una vez notificado del Decreto Alcaldicio de Adjudicación, el oferente adjudicado, debe obligatoriamente estar registrado y hábil en el Registro de Chile Proveedores y entregar una fotocopia protocolizada del certificado de Título. El plazo de suscripción del contrato no debe ser superior a 7 días hábiles. 11.2. Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción de éste, el Municipio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación. 11.3.- El contrato deberá ser firmado en tres (3) ejemplares de igual fecha y tenor, dentro del plazo de 7 días hábiles contados desde la notificación al proponente. Los gastos que se originen por este motivo serán de cargo exclusivo del adjudicatario. De no firmar el contrato el oferente favorecido, en el plazo de 7 días hábiles, desde que le sea informado que debe firmar, podrá adjudicarse la propuesta a aquel oferente ubicado en segundo o tercer lugar o llamar a una nueva propuesta, declarándola inadmisible. 11.4. Si el oferente adjudicado incumple de forma grave con las obligaciones que a su respecto emanen del contrato que suscriba con la I. Municipalidad de Lanco. Ésta podrá poner término anticipado al presente contrato, previo informe fundado emitido por el Inspector técnico quien actuará como representante de la Unidad Técnica de Fiscalización del presente contrato enviando un correo electrónico al oferente a del Municipio indicando que se pone término anticipado al contrato. 11.5. Se deja constancia que la boleta por concepto de fiel cumplimiento de contrato no sólo tendrá por objeto caucionar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, sino que también se podrán hacer efectivas en ella las multas impuestas en caso de incumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato y de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario. 11.6. La Municipalidad de Lanco se reserva el derecho de poner término anticipado del contrato si la realización de los trabajos contratados no comienza en los plazos convenidos, sin tener por ello que indemnizar al contratista.
TITULO XII: GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
12.1. El contratista procederá a garantizar el fiel cumplimiento del Contrato con un instrumento financiero el cual deberá ser pagadero a la vista y de carácter irrevocable, en conformidad al Artículo N° 68 de la Ley de Compras 19.886 y su Reglamento, a nombre de la Ilustre Municipalidad de Lanco, por un 5% del monto del Contrato y cuya vigencia será el plazo del contrato, aumentado en 60 días corridos, plazo que se contará desde la fecha de emisión de la garantía de fiel cumplimiento. Además, se debe especificar nombre y rut del tomador, a nombre de Ilustre Municipalidad de Lanco, dirección: Libertad n°215, Lanco, Rut: 69.200.300-4 La glosa que deberá contener, en caso de ser una boleta de garantía es la siguiente: EN GARANTIA “PLAN NACIONAL DE ESTERILIZACIONES RESPONSABILIDADES COMPARTIDAS 2023 COMUNA DE LANCO”. 12.2. Se deja constancia que la garantía por concepto de Fiel Cumplimiento de Contrato no sólo tendrá por objeto caucionar el cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, sino que también se podrán hacer efectivas en ella las multas impuestas en caso de incumplimiento de las obligaciones que emanan del contrato, y de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario. 12.3. En caso de cobro de garantía, el oferente deberá reponer la garantía, por otra de igual monto y por el mismo plazo de vigencia, que la reemplaza, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. 12.4. En caso de que la Garantía por Fiel Cumplimento venciere antes del plazo indicado, será responsabilidad del adjudicatario renovarla. Mientras no se cumpla con lo indicado no se cursará estados de pago que aún estuvieran pendientes.
TITULO XIII: PLAZO DE EJECUCION DEL CONTRATO
13.1. El servicio tendrá un plazo de duración de 240 días contados desde la fecha de la firma del contrato. Las partes de común acuerdo y por escrito podrán modificar el plazo de ejecución, sólo durante la vigencia de este. 13.2. De los aumentos de plazo y modificaciones. La Municipalidad de Lanco se reserva el derecho de aumentar el plazo de ejecución de los servicios contratados y de vigencia del contrato, previa solicitud del contratado y siempre por motivos fundados, como caso fortuito, fuerza mayor y cualquier causa no imputable al adjudicatario, lo que será evaluado por la contraparte técnica de la Municipalidad. Además, se podrá modificar el contrato de común acuerdo por las partes, siempre que tal modificación, no altere en el objeto de la convención, ni en sus cláusulas especiales. 13.3. Los aumentos de plazo y toda otra modificación al contrato, deberá ser sancionada mediante Decreto alcaldicio y su duración deberá ser proporcional al plazo que tuvo la causal que le diera origen asimismo y a fin de mantener permanentemente caucionado o garantizadas las obligaciones derivadas de este contrato, las multas y las obligaciones laborales y sociales para con sus trabajadores, el contratado deberá renovar la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato, si fuere procedente, extendiendo su vigencia hasta 90 días corridos posteriores al término del nuevo plazo concedido. 13.4. De las adecuaciones. Durante la ejecución de los servicios, la adjudicataria podrá proponer adecuaciones al Plan de Trabajo, las que serán analizadas por la contraparte técnica de la Municipalidad y, de ser aceptadas por ésta, serán aprobadas mediante Decreto alcaldicio. Se entenderá por adecuaciones al Plan de trabajo, aquellas modificaciones que no alteren el objeto y la finalidad principal de las bases y el contrato y que se relacionen con la ejecución del servicio contratado.
TITULO XIV: TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
La Municipalidad podrá dar término anticipadamente al contrato, cuando el adjudicatario incurra en incumplimiento grave a sus obligaciones contractuales, en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario no acatare las órdenes e instrucciones que le imparta la Municipalidad relacionadas con la ejecución del contrato conforme a lo dispuesto en él. b) Si, por incumplimiento de normas legales por parte del adjudicatario, la Municipalidad se ve expuesta al pago de indemnización por daños o perjuicios. c) Si el adjudicatario fuera declarado en quiebra o estuviere en notoria insolvencia. d) Si el adjudicatario o alguno de los socios, miembros del directorio o el gerente del adjudicatario, si fuere persona jurídica, fueren formalizados por algún delito que merezca pena aflictiva. e) Si el adjudicatario se disolviere o dejare de realizar las actividades, encontrándose pendiente la ejecución de los servicios convenidos en el contrato. f) Si incumple el programa de trabajo del contrato. g) Si se advierten defectos en la ejecución del servicio. h) Si el adjudicatario incumple las obligaciones laborales, previsionales y de seguridad social de sus respectivos trabajadores. i) Si el adjudicatario incumple sus obligaciones relativas al personal con que se obligó a prestar los servicios. j) Si cede el contrato o cualquiera de sus obligaciones o derechos, sin la debida autorización Municipal. k) Si el adjudicatario pierde la calidad jurídica que le permite desarrollar los servicios personales que son objeto del contrato. En estos eventos se valorizarán y pagarán al adjudicatario los servicios afectivamente ejecutados. Los servicios que no reúnan dichas condiciones no serán objeto de valorización ni se pagarán y se tendrán como no ejecutados. En todo caso, las sumas que corresponda pagar al adjudicatario serán retenidas por la MUNICIPALIDAD hasta que esta última lleve a cabo los servicios y demás prestaciones faltantes y no cumplidas por el adjudicatario, quedando facultada para descontar de dichas sumas los perjuicios que sufriere por el mayor costo de terminación de los mismos y todo otro gasto ocasionado por el incumplimiento. El ejercicio de la atribución anterior no dará lugar a derecho o indemnización de ningún tipo a favor del adjudicatario. Sin perjuicio de lo expuesto, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato y se aplicará las multas que procedan por el incumplimiento. La Municipalidad a través de la unidad técnica podrá poner término al contrato anticipadamente y sin forma de juicio, en los siguientes casos.
14.2 TERMINACIÓN ANTICIPADO DEL CONTRATO POR CAUSAS IMPUTABLES AL ADJUDICADO:
alguna de las siguientes causales: - El Contratista es declarado reo por delito que merezca pena aflictiva. - El Contratista es declarado en quiebra. - Incumplimiento de lo estipulado en el contrato y todas sus partes, informado por el ITO. - Por abandono de la obra por parte del Contratista. Todos los gastos administrativos que hubiere que efectuar con motivos de la terminación y liquidación del contrato, será de cargo del contratista.
14.3. RESCILIACIÓN.
Corresponde resciliar un contrato cuando de común acuerdo, la Municipalidad y el contratista deciden poner término y liquidar el contrato. Con tal objeto, la parte interesada en resciliar deberá formular una presentación por escrito, y la otra parte, podrá o no aceptarla. Se resciliará el contrato sin indemnización para las partes, devolviéndose las boletas de garantía pertinentes.
TITULO XVI: MULTAS
El no cumplimiento de lo estipulado en las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, contrato y sus anexos será sancionado con multas, el inspector del servicio será el responsable de cursar dichas multas. Cada vez que se efectué una multa se oficiará al oferente. La reiteración de más de dos veces de una misma falta será causal de término de contrato. De acuerdo con la importancia de los procedimientos ejecutados durante toda la ejecución del contrato, se detallan las siguientes multas que serán cursadas: - Incumplimiento del plazo para la ejecución de las esterilizaciones será causal de multa de 1 UTM por cada semana de retraso. - En el caso del fallecimiento de una mascota, se comprueba por la UTM (Unidad técnica) que existió negligencia del equipo ofertado, llámese a esta una mala técnica quirúrgica o la no prestación de asesoría en los días posteriores a la cirugía que con lleve al fallecimiento del animal, se aplicará una multa de 3 UTM, que podrá ser descontada o ser cancelada por el adjudicatario mediante comprobante de pago a la municipalidad según disponga la UTM-