Licitación ID: 2905-19-L124
ADQUISICION DE NEUMATICOS PARA CAMIONES Y RETRO
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LANCO, Administración y Finanzas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Neumáticos para camiones pesados 2 Unidad
Cod: 25172503
Neumáticos direccionales MIXTOS 315/80R 22.5 20 PR, para Camión recolector mercedes Benz, PPU, LJTY84. Debe incluir montaje en la ciudad de Lanco y servicio de alineación y balanceo.  

2
Neumáticos para camiones pesados 8 Unidad
Cod: 25172503
Neumáticos tracciónales 295/80R 22.5 18 PR, para Camión recolector Mercedes Benz, PPU, LJTY 85. Debe Incluir Montaje en la ciudad de Lanco.  

3
Neumáticos para camiones pesados 4 Unidad
Cod: 25172503
Neumáticos tracciónales 295/80R 22.5 18 PR, para Camión tolva Mercedes Benz, PPU HKZH 499. Debe Incluir Montaje en la ciudad de Lanco  

4
Neumáticos para camiones pesados 2 Unidad
Cod: 25172503
Neumáticos direccionales MIXTOS 295/80R 22.5 18 PR, para Camión tolva Mercedes Benz, PPU HKZH 499. Debe incluir montaje en la ciudad de Lanco, servicio de alineación y balanceo.  

5
Neumáticos para camiones pesados 8 Unidad
Cod: 25172503
Neumáticos 11R 22.5 16PR direccional mixto, para Carro de arrastre PPU KDHP-74. Debe Incluir Montaje en la ciudad de Lanco  

6
Neumáticos para camiones pesados 2 Unidad
Cod: 25172503
Neumáticos traccional delantero 12.5/80-18 12PR, para Retroexcavadora CAT, F16 E PPU GVYY -18. Debe Incluir Montaje en la ciudad de Lanco.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICION DE NEUMATICOS PARA CAMIONES Y RETRO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
1. Que, mediante la Solicitud de Pedido N°053872 de fecha 11.03.2024 de la Dirección de Operaciones, que requiere la “ADQUISICIÓN DE NEUMATICOS PARA FLOTA DE CAMIONES MUNICIPALES Y RETROEXCAVADORA”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LANCO
Unidad de compra:
Administración y Finanzas
R.U.T.:
69.200.300-4
Dirección:
Libertad 251
Comuna:
Lanco
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 21-03-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 15-03-2024 17:45:07
Fecha inicio de preguntas: 15-03-2024 17:51:00
Fecha final de preguntas: 18-03-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-03-2024 15:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 21-03-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 21-03-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 28-03-2024 13:55:38
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. FORMULARIO N° 1: IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE DEBIDAMENTE FIRMADA. Unión Temporal de Proveedores (UTP): En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, los formularios N° 1 deben ser completando por cada uno de sus integrantes.
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- 2. FORMULARIO N°2: OFERTA ECONÓMICA Y PLAZO DE ENTREGA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica (Menor Precio) ((Oferta Menor Precio )/(Oferta a evaluar)×100)x 50%=Puntaje por menor precio 50%
2 Plazo de Entrega ((Oferta Menor Plazo )/(Plazo Oferta a evaluar)×100)x 40%=Puntaje por menor plazo 40%
3 Entrega de Requisitos Formales El oferente presenta su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos. Puntaje= (100) *10% El oferente cumple todos los requisitos formales corrigiendo errores u omisiones formales, si la comisión lo hubiera solicitado. Puntaje= (50) *10% El oferente no cumple todos los requisitos formales, aun si esta hubiera sido solicitada por el foro inverso Puntaje= (0) *10% 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 6000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO MUNICIPAL DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones NO SUPERAR EL MONTO
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: LEONARDO ZUÑIGA
e-mail de responsable de pago: leonardo.zuniga@munilanco.cl
Nombre de responsable de contrato: SAULO ESPINOZA ARANEDA
e-mail de responsable de contrato: saulo.espinoza@munilanco.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-63-2670137-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
4. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR
a) No haber sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con todo lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 19.886. b) No haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. c) No ser funcionario directivo de la respectiva entidad compradora; o una persona unida a aquél por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N°18.575; Ley orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado"; que señala “Las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive”, ni con sociedades de personas de las que aquél o ésta formen parte; o una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquélla o ésta sea accionista; o una sociedad anónima abierta en que aquél o ésta sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; o un gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas. d) Tratándose exclusivamente de una persona jurídica, no haber sido condenada conforme a la ley N° 20.393 a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado, mientras esta pena esté vigente A fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos, los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. Sin perjuicio de que la Dirección Chile Compra o de las facultades de la Entidad Licitante, podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. El cumplimiento de dichas obligaciones constituirá un requisito esencial para celebrar el respectivo contrato y su inobservancia facultará a la Ilustre Municipalidad de Lanco para dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar la propuesta a cualquiera de los restantes oferentes que hayan cumplido los requisitos previstos en estas Bases, siguiendo el orden de prelación fijado por la comisión de Evaluación, o declararla desierta. Deberá estar inscrito en el sistema de contrataciones públicas http://www.mercadopúblico.cl y/o en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado http://www.chileproveedores.cl en el rubro
5. UNION TEMPORAL DE PROVEEDORES (UTP)
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Lo que deberá adjuntar junto al anexo 01: identificación del oferente, al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, que deberá contar con un apoderado. Cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse, deberá esta inscrito en el Registro de Proveedores. En general, la participación de oferentes como UTP estará regulada por lo señalado en los artículos 2 (37), 23 y 67 bis del Decreto N° 250/2004 de Hacienda y por la Directiva de Contratación Pública N°22 de 2015. En el caso de exista UTP, la Entidad Licitante solicitara al socio, la declaración jurada simple, de inhabilidades, Conflictos de interés, suscrita por la otra parte de la UTP, que acredite que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en la Ley 19.886.
6. CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LAS BASES
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases y sus anexos, en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de la licitación, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas según lo estipulado en el portal. Las consultas que se efectúen de otra forma que la señalada en el párrafo anterior, se tendrán por no efectuadas y por lo mismo no serán contestadas. La Municipalidad también podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases y/o especificaciones, para precisar el alcance, complementar, rectificar, corregir, reemplazar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro, y dificulte el proceso de formulación de ofertas. En ningún caso se podrán formular aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo para el cierre de la propuesta. De igual forma, se entenderá que estas aclaraciones determinan el alcance y sentido de las Bases y, en tal condición, deberán ser consideradas por los Oferentes en la preparación de sus ofertas. Por lo indicado, todo aquel contratista interesado en formular ofertas deberá proceder a la revisión del foro antes de su cierre y con posterioridad al horario indicado. Las aclaraciones Municipales serán parte integrante de las presentes Bases. No se admitirá alegación alguna, que diga relación con el desconocimiento de una o más aclaraciones municipales. Las modificaciones y/o aclaraciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas formarán parte integral de las Bases. Las bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las aprueba. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
10. SOLICITUD DE ACLARACIONES Y ANTECEDENTES (ERRORES U OMISIONES FORMALES) (Art. 40 Reglamento de Compras Públicas)
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, durante la evaluación, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Foro de la plataforma www.mercadopublico.cl. Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones No mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán un plazo 24 horas corridas contadas, desde la notificación del respectivo requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o acompañar lo requerido por ésta. Dicho lo anterior las bases contemplaran dentro de los criterios evaluación uno que evalué el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menos puntaje a las ofertas que no cumplieron con lo requerido (Art 40 del Reglamento). Seguidamente, se levantará en el acta en presencia de todos los miembros de la comisión en la cual se dejará constancia del cumplimiento en la entrega de la totalidad de los documentos de admisibilidad, documentos administrativos, oferta Técnica y económica y observaciones que formulen la comisión. La municipalidad se fija un plazo de 5 días hábiles, a contar de la fecha de la recepción para la evaluación y adjudicación de la propuesta. Una vez evaluada ésta, la Comisión procederá a informar al Sr. Alcalde, el orden de prelación de las ofertas para proceder a su adjudicación. El Alcalde adjudicará la propuesta mediante decreto alcaldicio dentro de los 10 días hábiles siguientes a la apertura de la Propuesta, lo que será notificado al proponente favorecido. Asimismo, se publicará en el Portal Mercado Público para conocimiento de los demás proponentes. No obstante, cuando el monto a contratar sea igual o superior a 500 UTM, esta adjudicación deber ser informada y sancionada por el Concejo Municipal, en virtud en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695.
11. DE APLICACIÓN INMEDIATA SIN DERECHO A PARTICIPAR EN ETAPAS SIGUIENTES:
a) No cumplir con todos los requisitos señalados en la etapa N°2 de Admisibilidad. b) Si la propuesta formulada por el oferente, en su integralidad, presenta discrepancias o inconsistencias importantes que significan una distorsión significativa del resultado del presupuesto y entrega final de los equipos y refleja una falta de acuciosidad en el estudio de la propuesta.
12. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La Entidad Licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, de acuerdo con lo establecido en la etapa de admisibilidad, anexos administrativos, técnicos y económicos, de existir discordancia entre el oferente o los antecedentes de su oferta y la cuenta a través de la cual la presenta, esta no será evaluada, siendo desestimada del proceso y declarada como inadmisible, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La Entidad Licitante podrá, además, declarar desierta la licitación, en los siguientes casos: a) Si no se presentaran ofertas. b) Si las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses municipales. c) Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presente bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
13. COMISION EVALUADORA Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión evaluadora constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio o quien tenga delegada la facultad para ello. Sin embargo, la entidad licitante podrá aumentar dicho número de integrantes. Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886. La Comisión de Evaluación procederá primeramente a realizar una revisión general de los antecedentes de las propuestas, pudiendo requerir a los oferentes a través del portal Mercado Público, que salven errores u omisiones formales. Esta Comisión emitirá un informe/acta de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio de la entidad licitante, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
15. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate. 1) Oferta Económica 2) Plazo de Entrega 3) Cumplimiento de requisitos formales
17. ADJUDICACIÓN DE LA OFERTA Y NOTIFICACIÓN: (ART.41 DE LA LEY):
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidas en las presentes bases, a través de una Resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl., entendiéndose por notificado al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde dicha publicación (Art 6° del Reglamento) Si la adjudicación no se realiza en el plazo señalado en las presentes bases, se deberá informar en el Sistema de Informaciones las razones que justifiquen el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo de adjudicación. Se adjudicará la propuesta mediante decreto alcaldicio dentro de los 10 días hábiles siguientes a la apertura de la Propuesta, lo que será notificado al proponente favorecido. Asimismo, se publicará en el Portal Mercado Público para conocimiento de los demás proponentes. En caso de no cumplir con la fecha de adjudicación de las presentes Bases de Licitación, se publicará una nueva fecha en el portal, informando las razones del atraso.
18. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN:
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl. La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
19. READJUDICACION
En caso de que algún oferente no dé cumplimiento a los requisitos para contratar establecidos en las bases, no acepte la orden de compra se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con la Ley 19.886 y su Reglamento, se adjudicará al oferente que le siga en puntaje de acuerdo con la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
20. DOCUMENTOS INTEGRANTES
La relación contractual que se genere entre la entidad licitante y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: i) Bases de licitación y sus anexos. ii) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere. iii) Oferta. iv) Contrato definitivo suscrito entre las partes, si corresponde. v) Orden de compra. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de preeminencia de las Bases.
21. PLAZO DE ENTREGA Y MULTAS
Teniendo presente que el plazo de entrega de los “NEUMÁTICOS PARA CAMIONES Y RETROEXCAVADORA MUNICIPALES” es parte de las condiciones generales de la licitación y además un factor a evaluar de las ofertas, se considera la aplicación de multa en caso de atraso en la entrega: 0,5 UTM por cada día corrido de atraso en la entrega de los neumáticos, en los términos contratados, por sobre el plazo de entrega ofertado. Si los “NEUMÁTICOS PARA CAMIONES Y RETROEXCAVADORA MUNICIPALES” no cumplen con lo especificado o presentan defectos y fallas se considerarán como no entregados, computándose la multa hasta obtener la plena conformidad de la contraparte municipal. El proveedor deberá pagar el monto de la multa a la Municipalidad de Lanco, para lo cual se emitirá un comprobante que se le hará llegar posteriormente. Una vez recibido el pago de la multa por parte del oferente, éste podrá cursar el Estado de Pago que corresponda, por el monto total o por los insumos recepcionado conforme, y luego emitir la factura correspondiente, procediendo el sistema a devengar y pagar en forma íntegra dicha factura.
22. FORMA DE PAGO
La forma de pago será contra recepción de Bodega Municipal, ubicada en calle libertad N°251, presentación de factura, que se cancelará en un plazo máximo de 30 días corridos. La factura deberá extenderse a nombre de la “ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LANCO” RUT N°69.200.300-4, Giro Administración Pública, con domicilio en Calle Libertad 251 Lanco.
23. CESIÓN DE CRÉDITO O FACTORING
En caso de celebrar el oferente un contrato de Factoring, éste deberá notificar al Mandante y Unidad Técnica dentro de las 48 horas siguientes a su celebración. Asimismo, la empresa de factoring deberá tomar las providencias necesarias y oportunas de notificación a este Mandante de dicho contrato, a fin de hacer efectivo el cobro de la respectiva factura, siempre que no existan obligaciones o multas pendientes. En ningún caso, la notificación del Factoring puede llegar, en fecha posterior a la solicitud de pago, que corresponde a la factura cedida