Licitación ID: 2905-66-L123
SERVICIO LIMPIEZA DE COMBUSTIONES LENTA Y COCINAS
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE LANCO, Administración y Finanzas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Limpieza de chimeneas 21 Unidad
Cod: 76111603
servicio de limpieza de 21 combustiones lentas y cocinas a leña en dependencias municipales por un periodo de 5 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO LIMPIEZA DE COMBUSTIONES LENTA Y COCINAS
Estado:
Cerrada
Descripción:
SERVICIO DE LIMPIEZA DE COMBUSTIONES LENTA Y COCINAS A LEÑA EN DEPENDENCIAS MUNICIPALES, POR UN PERIODO DE 5 MESES, DONDE LOS TRABAJOS CONSISTEN EN LIMPIEZA Y EXTRACCION DE ELEMENTOS DE HUMO DE LAS COMBUSTIONES.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
I MUNICIPALIDAD DE LANCO
Unidad de compra:
Administración y Finanzas
R.U.T.:
69.200.300-4
Dirección:
Libertad 251
Comuna:
Lanco
Región en que se genera la licitación:
Región de Los Ríos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-09-2023 18:28:00
Fecha de Publicación: 30-08-2023 17:24:00
Fecha inicio de preguntas: 30-08-2023 20:28:00
Fecha final de preguntas: 02-09-2023 20:28:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-09-2023 20:28:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-09-2023 18:29:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-09-2023 18:29:00
Fecha de Adjudicación: 28-09-2023 18:29:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO N°1
Documentos Técnicos
1.- FORMULARIO N°2
 
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO N°3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Entrega ((Oferta menor plazo )/(Oferta a evaluar)×100)x 40%=Puntaje por menor plazo 40%
2 Precio ((Oferta menor valor)/(Oferta a evaluar)×100)x 50%=Puntaje por precio 50%
3 Entrega de Requisitos Formales Cumple al momento de la apertura 100 Entrega posterior a la apertura 20 No entrega la información solicitada a través del foro inverso Se rechaza la oferta 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 1365000
Justificación del monto estimado el gasto que ocasione esta adquisición al ítem 2152206999 SP 1 del presupuesto municipal vigente para el año 2023.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones 1. Que, mediante Solicitud de Pedido N°052468 de fecha 13.07.2023 de Administración Municipal, para la “SERVICIO DE LIMPIEZA DE COCINAS Y COMBUSTIONES LENTA A LEÑA PARA DEPENDENCIAS MUNICIPALES”.
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: LEONARDO ZUÑIGA
e-mail de responsable de pago: leonardo.zuniga@munilanco.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
SE PROHIBE LA SUBCONTRATACION.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
4. MODIFICACIONES A LAS BASES
La entidad licitante podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes durante el proceso de la licitacion, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las Bases. Las Bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las aprueba. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
5. REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR
Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de prestación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras. Lo dispuesto en el párrafo anterior deberá ser acreditado por el oferente mediante la presentación de una declaración jurada según el formato del Anexo n°2 de las presentes bases. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. El cumplimiento de dichas obligaciones constituirá un requisito esencial para celebrar el respectivo contrato y su inobservancia facultará a la Ilustre Municipalidad de Lanco para dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar la propuesta a cualquiera de los restantes oferentes que hayan cumplido los requisitos previstos en estas Bases, siguiendo el orden de prelación fijado por la comisión de Evaluación o declararla desierta. Sin prejuicio de lo anterior, los oferentes deberán tener presente que no podrá afectarles las inhabilidades para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 4° de la Ley N°19.886, las personas jurídicas condenadas por la Ley N°20.393, en caso de ser persona natural, que tengan las calidades descritas en la letra “b” del Artículo 54 de la Ley N°18.575, de Bases Generales de Administración del Estado”; es decir, personas naturales que posean la calidad de cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo grado de afinidad, respecto de algún funcionario de la Municipalidad de Lanco, de grado superior o equivalente a jefatura o sus autoridades. Deberá estar inscrito en el sistema de contrataciones públicas www.mercadopublico.cl y/o en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado www.chileproveedores.cl en el rubro. De acuerdo con lo anterior, si el oferente NO estuviese inscrito en el registro electrónico oficial mencionados en el punto anterior, estará obligado a inscribirse en ambos registros dentro del plazo estipulado en la ley y su reglamento.
UNION DE PROVEEDORES
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. Si el Municipio exige la inscripción en el Registro de Proveedores para suscribir el contrato, cada proveedor de dicha unión temporal deberá inscribirse. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión Temporal determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. En general, la participación de oferentes como UTP estará regulada por lo señalado en los artículos 2 (37), 23 y 67 bis del Decreto N°250/2004 de Hacienda y por la Directiva de Contratación Pública N°22 de 2015. Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
8. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN
La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
9. DE APLICACIÓN INMEDIATA SIN DERECHO A PARTICIPAR EN ETAPAS SIGUIENTES:
a) No cumplir con todos los requisitos solicitados en la etapa de Admisibilidad. b) No cumplir con todos los requisitos técnicos y económicos solicitados en estas Bases. c) No adjuntar los documentos solicitados ni responder a las aclaraciones solicitadas a través del Foro Inverso de la plataforma www.mercadopublico.cl. d) Presentar Discrepancias entre la oferta publicada en el portal www.mercadopublico.cl y el FORMULARIO N° 3 OFERTA ECONÓMICA. e) Si la propuesta formulada por el oferente, en su integralidad, presenta discrepancias o inconsistencias importantes que significan una distorsión significativa del resultado del presupuesto y entrega final de los equipos y refleja una falta de acuciosidad en el estudio de la propuesta.
10. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
Una Comisión evaluadora designada mediante decreto alcaldicio, evaluarán las ofertas e informarán al alcalde el orden de prelación de las ofertas. Durante la evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como: solicitud de aclaraciones, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación prevista en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Para la evaluación de las ofertas se utilizará la siguiente pauta y sus respectivos criterios, que se enuncian y describen a continuación. El puntaje final obtenido por cada uno de los oferentes corresponderá a la suma de los puntajes en cada uno de los factores a evaluar, considerando sus respectivas ponderaciones. 10.1 Una Comisión Evaluadora designada mediante decreto alcaldicio, evaluarán las ofertas e informarán al alcalde el orden de prelación de las ofertas.
13. ADJUDICACIÓN Y NOTIFICACIÓN: (ART.41 DE LA LEY):
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidas en las presentes bases, a través de una Resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl., entendiéndose por notificado al oferente adjudicado transcurridas 24 horas desde dicha publicación (Art 6° del Reglamento) La Entidad Licitante declarará Inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Entidad licitante podrá, además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses
Resolución de Empates

En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate.

  1. Precio
  1. Plazo de entrega   declarada por el oferente, debidamente certificados
  1. Cumplimiento de requisitos formales
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Durante este periodo de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevista, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones, entrega de muestras o pruebas que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiese sido prevista en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las  rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha  solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Foro de la plataforma www.mercadopublico.cl.

Se permitirá, asimismo, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones No mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Los oferentes tendrán un plazo 24 horas corridas contadas, desde la notificación del respectivo requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o acompañar lo requerido por ésta.

Los oferentes tendrán un plazo que determine la comisión en el momento de analizar las ofertas, expresadas en horas corridas contadas desde la notificación del respectivo requerimiento para responder a lo solicitado por la entidad licitante o acompañar lo requerido por ésta.

Dicho lo anterior las bases contemplaran dentro de los criterios evaluación uno que evalué el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignando menos puntaje a las ofertas que no cumplieron con lo requerido (Art 40 del Reglamento).

Seguidamente, se levantará un acta en presencia de todos los miembros de la comisión en la cual se dejará constancia del cumplimiento en la entrega de la totalidad de los documentos de admisibilidad, documentos administrativos, oferta Técnica y económica y observaciones que formulen la comisión. 

 La municipalidad se fija un plazo de 15 días hábiles, a contar de la fecha de la recepción para la evaluación y adjudicación de la propuesta. Una vez evaluada ésta, la Comisión procederá a informar al Sr. Alcalde, el orden de prelación de las ofertas para proceder a su adjudicación.

El Alcalde adjudicará la propuesta mediante decreto alcaldicio dentro de los 15 días hábiles siguientes a la apertura de la Propuesta, lo que será notificado al proponente favorecido. Asimismo, se publicará en el Portal Mercado Público para conocimiento de los demás proponentes.  No obstante, cuando el monto a contratar sea igual o superior a 500 UTM, esta adjudicación deber ser informada y sancionada por el Concejo Municipal, en virtud en el Art. 65 letra j) de la Ley 18.695.

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.