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Resolución de Empates |
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en el criterio.
- Precio
- Experiencia en el Rubro
- Plazo de Entrega
- Cercanía de la Comuna
- Cumplimiento de Requisitos Formales
- Hora de la oferta en el portal
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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En caso de que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse vía correo electrónico con el contacto de la respectiva licitación. Las consultas efectuadas serán respondidas por este mismo medio al proveedor que realiza la consulta y junto con ello las preguntas y respuestas serán publicadas como anexos a la licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Una vez
realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Entidad licitante podrá solicitar
a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las
rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una
situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de
los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si
correspondiere a través del Sistema de Información.
Los
oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, establecidas en el foro
de Aclaración de ofertas, contados desde la notificación del respectivo requerimiento,
para responder a lo solicitado por la Entidad licitante o para acompañar los
antecedentes requeridos por ésta, esto significará una disminución del puntaje
de acuerdo al Criterio de Evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”.
La Entidad licitante no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos
una vez vencido dicho plazo.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
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Se podrán modificar las presentes bases ya sea por iniciativa propia o en atención a alguna aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
Las modificaciones que se lleven acabó, serán informadas a través del sitio web www.mercadopublico.cl, Estas modificaciones formaran parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
Junto con aprobar las modificaciones, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de la propuesta, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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ADJUDICACION |
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La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidos en las presentes bases, a través de una Resolución Fundada.
La Entidad Licitante declarará Inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
La licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y sus ponderaciones, establecidas en las presentes bases, a través de una Resolución que será publicada en www.mercadopublico.cl.
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PLAZO ENTREGA DEL SERVICIO |
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La entrega de los productos requeridos, no deberá superar los plazos indicados en su oferta por el proveedor adjudicados, contados desde la emisión de la orden de compra respectiva al oferente adjudicado, los cuales deberán ser entregados en dependencias de la Ilustre Municipalidad de Lanco, ubicada en calle Libertad N° 251 de Lanco.
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VIGENCIA DEL CONTRATO |
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El contrato tendrá una vigencia de 2 años, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe (Decreto Alcaldicio).-
El Contrato comenzará a regir a partir de la fecha de suscripción del contrato, e incrementando su valor según IPC acumulado, siempre y cuando el proveedor cumpla con todo lo establecido en las Bases de Licitación, a menos que cualquiera de las partes manifieste su intención de ponerle término al contrato, esto se debe realizar mediante el envío de un oficio entregado en la Oficina de Partes de la I. Municipalidad de Lanco, con una anticipación de 30 días corridos a la fecha de su vencimiento.
El Proveedor adjudicado deberá hacer llegar a la I. Municipalidad de Lanco, el listado de los productos reajustados un vez al año (los primeros cinco días hábiles al cumplirse el año), a través de carta certificada o hacer llegar los documentos a la Oficina de Partes del Municipio para ser registrado los cuales posteriormente serán subidos como Anexo de la Licitación.-
Cada oferente deberá considerar en el desarrollo de su oferta que los precios propuestos para los distintos productos deberán mantener su vigencia durante todo año, el que será reajustado de acuerdo al IPC.-
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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La Municipalidad de Lanco podrá declarar término anticipado del contrato de acuerdo al artículo 13º de la Ley 19.886, de Bases sobre contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en todo o en parte, cuando el adjudicatario incurra en incumplimiento grave a sus obligaciones, se entenderá que se incurre en incumplimiento grave de las obligaciones del adjudicatario en los siguientes casos:
Si el adjudicatario fuera declarado en quiebra o estuviere en notoria insolvencia.
Si incumple con estipulado en las bases.-
Si se advierten defectos en los servicio solicitados.
Si cede el contrato o cualquiera de sus obligaciones o derechos, sin la debida autorización Municipal.
Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el adjudicatario. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la prestación del servicio, descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la ENTIDAD un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones.
Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible, durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal adscrito a la ENTIDAD, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la ENTIDAD.
Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la ejecución de los servicios objeto de la presente licitación.
Tergiversar hechos, con el fin de influenciar la ejecución cuando de común acuerdo, la ENTIDAD y el respectivo adjudicatario resuelvan poner término al contrato.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años a la mitad de la ejecución del contrato.-
Atraso reiterado (2 veces alternadas o seguidas durante el periodo de 2 meses) y deficiencia en el servicio prestado a juicio del Inspector) Incumplimiento del Contrato.
Incumplimiento a las Bases Administrativas y Técnicas que rigieron la propuesta.
Mutuo acuerdo de las partes por causas debidamente justificadas y sin cargo para ambos.
Por muerte o incapacidad del proveedor, en el evento que éste sea persona natural.
Resuelto el Término Anticipado del Contrato, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la ENTIDAD concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.
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