Una vez revisada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieren a esos oferentes una situación de privilegio respecto a los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes y además, siempre que se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere, a través del sistema de información. La existencia o inexistencia de vicios, omisiones o errores formales, constituye un criterio de evaluación en conformidad a lo prescrito en las presentes Bases.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles, para responder lo solicitado por el Departamento de Educación.
El Departamento de Educación solicitara estas aclaraciones a través del sistema electrónico del portal www.mercadopublico.cl y los oferentes deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio. Esta situación está establecida como criterio de evaluación