Resolución de Empates |
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese
dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno
en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con
un mayor puntaje en el criterio, de acuerdo al siguiente orden:
Insumos ofertados; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Plazo de Entrega; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Oferta económica; De persistir el empate, se considerará a quien tenga mayor
puntaje en el siguiente criterio,
Fecha de vencimiento de los productos; De persistir el empate, se considerará a
quien tenga mayor puntaje en el siguiente criterio,
Cumplimiento de los requisitos formales: Finalmente, si aún persiste el empate,
se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal
www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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SOLICITUD DE CERTIFICACIONES O ANTECEDENTES OMITIDOS |
El DESAM permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que
dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a
situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se
entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en
esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo
fatal de 1 día hábil, contados desde su comunicación al oferente por parte de la
entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información
www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho
sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos
oferentes.
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INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN |
El DESAM declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los
requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin
perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones
formales de acuerdo con lo establecido en el punto 16 de las presentes bases.
El DESAM podrá, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o
cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán
materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho
a indemnización alguna a los oferentes.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
a) El DESAM formalizará la relación con un contrato cuya vigencia comenzará
desde la notificación de adjudicación de la licitación y hasta el 31 de diciembre de
2023.
b) El contrato se suscribirá dentro de los 20 días hábiles siguientes a la notificación
de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
c) El responsable de la elaboración del contrato será de responsabilidad de la entidad
licitante.
d) Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito en el Registro de
Proveedores.
e) Para suscribir el contrato, el adjudicatario deberá adjuntar la siguiente
información:
- Acta o Certificado de constitución de sociedad o Escritura Pública
actualizado.
- Cédula de identidad vigente del representante legal de la empresa
- Rol Único Tributario vigente (RUT) legalizado ante notario
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COORDINADOR DEL CONTRATO |
El adjudicatario deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá
ser informada al órgano comprador. En el desempeño de su cometido, el coordinador
del contrato deberá, a lo menos:
a) Informar oportunamente al órgano comprador de todo hecho relevante que pueda
afectar el cumplimiento del contrato.
b) Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la
ejecución del contrato.
c) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de
este contrato.
La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el
adjudicatario al responsable de administrar de contrato por parte del órgano
comprador.
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INSPECTOR TECNICO DEL SERVICIO |
El ITS será el responsable velar que el servicio se preste de acuerdo con lo
establecido en las presentes bases y su respectivo contrato. Además, deberá será el
responsable de dar recepción conforme al servicio, de acuerdo a lo establecido en
las bases técnicas, la cantidad requerida por el CESFAM y lo ofertado por el
proveedor.
El ITS de la presente licitación será el o la Referente Programa Odontológico o quien
lo reemplace, del CESFAM Belarmina Paredes de Futrono.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por
motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere,
formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30%
del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
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VIGENCIA Y RENOVACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato comenzará a regir desde la tramitación del acto administrativo que
apruebe el contrato, posterior a la adjudicación de la presente licitación y hasta el
día 31 de diciembre de 2023, a menos que ocurra alguna causal de termino
anticipado del contrato.
El contrato podrá ser renovado fundadamente por el mismo período o por el periodo
que se estime necesario, por una sola vez, en la medida que exista disponibilidad
presupuestaria y previo informe técnico favorable del administrador de contrato del
DESAM, conforme a las bases administrativas y técnicas de las presentes bases de
licitación.
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MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO: APLICACIÓN DE MULTAS |
La Municipalidad de Futrono podrá cursar multas de acuerdo al siguiente detalle:
Nº INCUMPLIMIENTO
DESCRIPCIÓN
1 El incumplimiento en el plazo de
entrega ofertado por el proveedor.
0,5 UTM por cada día de
atraso en la entrega, con un
tope de 5 días hábiles.
2 El incumplimiento de las
especificaciones técnicas de los
insumos entregados. Es decir, entregar
un insumo no ofertado en las presentes
Bases y no dar aviso a ITS.
1 UTM por incumplimiento.
Tope de 3 UTM.
0,5 UTM por evento y/o día
según corresponda. Tope de 5
UTM
Las multas se aplicarán de acuerdo a lo siguiente:
- El valor de la UTM corresponderá al valor del día en que se originó el
incumplimiento.
- El incumplimiento será notificado por ITS a la Unidad de Adquisiciones del
DESAM, vía correo electrónico.
- En caso de que ITS evidencie un incumplimiento, el DESAM emitirá un oficio
al proveedor indicando el incumplimiento y el monto de la multa.
- El proveedor podrá hacer sus descargos emitiendo un oficio dirigido al ITS del
contrato y al Alcalde de la Comuna de Futrono, dentro de 5 días hábiles , desde
la notificación del DESAM.
- Vencido el plazo sin presentar descargos, el DESAM dictará el acto
administrativo aplicando la multa.
- Si el adjudicatario hubiese presentados descargos en tiempo y forma, el DESAM
tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles a contar de la recepción de los mismos,
para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará,
mediante acto administrativo, el cual será notificado al adjudicatario mediante
correo electrónico.
- Las notificaciones por correo electrónico se entenderán practicadas a contar del
tercer día hábil siguiente a su envío.
- El monto de las multas será rebajado de la orden de compra emitida por DESAM
más próximas y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos
pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de 10 días
hábiles siguientes a la notificación.
3 Cualquier otro incumplimiento de las
bases que afecte directamente la
correcta prestación del servicio.
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PAGOS |
a) En cada requerimiento de la entidad, se realizará Orden de Compra. El proveedor
deberá facturar de acuerdo a los insumos entregados en CESFAM.
b) Las facturas deberán ser enviadas a los correos electrónicos
Dsoto@munifutrono.cl, aguentrepan@munifutrono.cl y cmolina@munifutrono.cl.
c) La recepción conforme deberá ser acreditada por Encargado(a) de Programa
Odontológico del CESFAM.
d) El pago será en pesos chilenos, efectuado mediante cheque y/o transferencia
electrónica dentro de los treinta (30 días) corridos siguientes desde la fecha de
recepción de la factura respectiva y previo cumplimiento y recepción conforme del
servicio.
e) Cuando el resultado del monto a facturar sea un número con decimales, se
redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea
igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número
entero anterior.
f) La emisión de la factura será a nombre de Ilustre Municipalidad de Futrono, RUT
69.200.700-K, dirección: Carlos Acharan Arce S/N - Futrono
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
La Municipalidad se reserva el derecho de efectuar modificaciones a las Bases
Administrativas y Técnicas y sus anexos, hasta antes del cierre de recepción de
ofertas, para este efecto, se considerarán un plazo prudente para que los proveedores
interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
La entidad licitante tendrá la facultad discrecional de prorrogar el plazo para la
presentación de las propuestas, así también los demás aspectos que sean afectados
por esta decisión, a fin de dar un plazo razonable para la presentación de los
antecedentes, considerando lo estipulado en el párrafo anterior.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de plataforma
web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las
Bases desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.
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